Acuerdo Ministerial 17-2019
Ministerio de Desarrollo Social
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 17-2019
- Autor
- Ministerio de Desarrollo Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2019
GOBIER? N O DE LA REPÚBLICA DE | & -
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DS-17-2019
Guatemala, 22 de febrero de 2019 EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala faculta a cada Ministro de Estado a dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los asuntos relacionados con su Ministerio, así como velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa, la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo, y dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de sus asuntos de conformidad con la ley. CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo Ministerial número DS-151-2018 de fecha seis de diciembre de dos mil dieciocho, emitido por el Titular de esta Cartera Ministerial, se reformó el Acuerdo Ministerial No.90-2015 de fecha uno de septiembre de dos mi! quince, de este Ministerio, modificando la denominación del Programa Social "Mi Beca Segura”, por la denominación “Seca Social", así como la denominación de sus intervenciones: a) "Mi Beca Segura Primer Empleo” por "Beca Social Primer Empleo", b) “Mi Beca Segura Educación Media” por "Beca Social Educación Media”; c) "Mi Beca Segura Educación Superior” por “Beca Social Educación Superior”; y, d) "Mi Beca Segura Artesano” por "Beca Social Artesano”, a efecto que estas se ajusten a los objetivos y fines de este Ministerio de Desarrollo Social. CONSIDERANDO Que mediante Oficio Ref.: VPPE/PRSV/jec-108-2019, de fecha diecinueve de febrero de dos mil
y fines de este Ministerio de Desarrollo Social. CONSIDERANDO Que mediante Oficio Ref.: VPPE/PRSV/jec-108-2019, de fecha diecinueve de febrero de dos mil diecinueve, suscrito por el Viceministro de Política, Planificación y Evaluación de este Ministerio solicita se reforme el Acuerdo Ministerial número DS-151-2018 emitido por el Titular de este Ministerio, en el sentido de que se pueda normar la utilización indistinta de las denominaciones “Mi Beca Segura" y “Beca Social”, así como la denominación de sus intervenciones, entre tanto, se concluye con todos los procesos y procedimientos correspondientes que tienen como objetivo la actualización del manual respectivo y de cualquier otro instrumento o herramienta que se utilice para el funcionamiento del Programa Social y sus intervenciones; asimismo que se amplie el plazo contemplado para el cumplimiento de los aludidos procesos y procedimientos. Para tal efecto se emitió el Dictamen Jurídico número DAJ-037-2019/HTDLM/ilcg, de fecha veintiuno de febrero de dos mil diecinueve, emitido por la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. POR TANTO Con base en lo considerado, y en el ejercicio de las funciones, que le confieren los artículos; 194 incisos a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), c), 9 y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo y 7 literales a., b., h., y j., del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social, Acuerdo Gubernativo número 87-2012 del Presidente de la República de Guatemala. Sta. avenida 8-78 zona 9, Guatemala C.A.
Social, Acuerdo Gubernativo número 87-2012 del Presidente de la República de Guatemala. Sta. avenida 8-78 zona 9, Guatemala C.A.
Teléfono: (502) 2300-5400d B La ÚBLICA DE o
GUATEMALA ACUERDA Reforma al Acuerdo Ministerial Número DS-151-2018 de fecha seis de diciembre de dos mil dieciocho, del Ministerio de Desarrollo Social. Artículo 1. Se reforma el Artículo 11, el cual queda de la siguiente manera: “Artículo 11. Se instruye al Viceministerio Administrativo y Financiero, al Viceministerio de Protección Social, al Viceministerio de Política, Planificación y Evaluación, así como al Fondo de Protección Social, para que en el ámbito de sus competencias, velen por la estricta observancia de lo aquí dispuesto; y, realicen todos los procesos y procedimientos correspondientes, gestionen la actualización de los manuales respectivos y de cualquier otro instrumento o herramienta que se utilice para el funcionamiento del Programa aludido, entendiéndose que cualquier disposición legal, documento físico, electrónico o sistemas informáticos que posean la denominación “Mi Beca Segura”, así como la de sus intervenciones “Mi Beca Segura Primer Empleo”, “Mi Beca Segura Educación Media”, "Mi Beca Segura Educación Superior”, y “Mi Beca Segura Artesano”, deberá entenderse que se refiere a “Beca Social” , “Beca Social Primer Empleo”, “Beca Social Educación Media”, “Beca Social Educación Superior”, y "Beca Social Artesano”, respectivamente, hasta en tanto no se aprueben los instrumentos respectivos con la nueva denominación del Programa “Beca Social” y la de sus intervenciones, teniéndose como plazo límite
Media”, “Beca Social Educación Superior”, y "Beca Social Artesano”, respectivamente, hasta en tanto no se aprueben los instrumentos respectivos con la nueva denominación del Programa “Beca Social” y la de sus intervenciones, teniéndose como plazo límite para el cumplimiento del presente artículo el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).” Artículo 2. Las demás disposiciones contenidas en el Acuerdo Ministerial DS-151-2018 de fecha seis de diciembre de dos mil dieciocho, del Ministerio de Desarrollo Social, mantienen su plena validez y vigencia. Artículo 3. El presente Acuerdo Ministerial surte efectos inmediatamente.
COMUNÍQUESE.
Ca elá: inistro de De: uez Monge rrollo Social Sta. avenida 8-78 zona 9, Guatemala CA.
Teléfono: (502) 2300-5400