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Acuerdo Ministerial 1784-2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 1784-2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2013

MINISTERIO DE EDUCACION Página E de 3

Guatemala, C. A. 7

ACUERDO MINISTERIAL No. 1784-2013

Guatemala, —11JUL203 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.

CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del sistema educativo nacional.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar ta calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben presentar su solicitud

con el objeto de impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO: Que en virtud que el Colegio Tecnológico Mixto Bitingiie “Belén”, presentó su solicitud para

técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO: Que en virtud que el Colegio Tecnológico Mixto Bitingiie “Belén”, presentó su solicitud para

impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bitingúe Interculturat” contando con el dictamen técnico favorable No, DIDEDUC-SR 001-2013 de fecha veintitrés de abri! de dos mil trece, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Santa Rosa, es procedente la autorización de la referida carrera.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y 1) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal c) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo Gubernativo No. 165-96.

ACUERDA: Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 2013-2015, 2014-2016, 2015-2017, 2016-2018 y 2017-2019, al Colegio Tecnológico Mixto Bilingüe “Belén” del municipio de

Barberena dél departamento de Santa Rosa para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada vespertina. 7 b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y cinco (35) períodos semanales.

jornada vespertina. 7 b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y cinco (35) períodos semanales. €) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos. 7N Ministerio de Educación Página 2 de 3 Guatemala, C. A. d) Pensum de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercuitural. Pensum de Estudios que se aplicará en la Carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural Cuarto Grado No. Asignatura Períodos

Historia: Guatemala, Mesoamérica y Universal 3

Matemáticas Física Fundamental Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno | (L1) Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma 1 {L2) Expresión Artística y Corporal |: Danza, Teatro y su didáctica 7 Psicopedagogía y Didáctica Generales 8 Educación Bilingüe Intercultural 9 Informática Aplicada a la Educación 10 Práctica Docente: Observación de educación formal y no formal o allow Nía w [up wl w |plaluwulx Quinto Grado Asignatura Períodos Seminario sobre Problemas de Educación 4 Medio Social y Natural | y su didáctica Estadística Aplicada a la Educación Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno ll (E1) Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma il (L2) of ml ele

Medio Social y Natural | y su didáctica Estadística Aplicada a la Educación Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno ll (E1) Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma il (L2) of ml ele DI A ul w Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica 7 Psicopedagogía Infantil 3 8 Didáctica de las Matemáticas 3 Planificación y Evaluación 3 10 | Práctica Docente: Observación y participación 4 Sexto Grado No. Asignatura Períodos 1 Realidad Social Cultural: Cultura, Identidad y Derechos 3 Humanos 2 Medio Social y Natural Il y su didáctica 3 Química 4 Didáctica del Idioma Materno (L1) 5 Didáctica del Segundo Idioma (L2) 6 7 8 Literatura Universal Literatura Maya, Ladina, Xinka y Garífuna Expresión Artística y Corporal lIt: Artes Plásticas, Artes de las Culturas de Guatemala y su didáctica wiolwliaia nio 9 Enfoques Pedagógicos: Educación para la democracia y en 3 valores 10 | Práctica Docente 5 35Ministerio de Educación Página 3 de 3 Guatemala, C. A.

Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Santa Rosa la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Pensum de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental! de Educación de Santa Rosa autorizará las siguientes cohortes de las carreras autorizadas a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Santa Rosa, supervisará la ejecución de las acciones del Colegio Tecnológico Mixto Bilingüe “Belén” para el aseguramiento de la calidad educativa. Artículo 5. Título acreditado. Cumplidos a satisfacción la estructura y plan de estudios establecidos para las carreras autorizadas, se extenderá a los estudiantes el título correspondiente. Artículo 6. Casos no previstos, Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial, Artículo 7. Vigencia, El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.

COMUNÍQUESE, CINTHYA CARÍ DEL ra UILA MENDIZÁBAL ¥ 'amoio: Ae DA e %, 7t - > e ión AMADO JACOBO DE SEGURA GUTBERTO NICOLÁS LEIVA ALVAREZ. ©

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