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Acuerdo Ministerial 1786-2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 1786-2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2013

STERIO DE EDUCACION

Paginalde3 Guatemala, C. A. ) has) Q N 3 +) ACUERDO MINISTERIAL No. 1786-7201 e Guatemala, 1 1 1 2013 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.

CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano det sistema educativo nacional.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben presentar su solicitud

con el objeto de impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO:

Que en virtud que el Centro Cultural Sagrada Familia No. 2, presentó su solicitud para impartir la

técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO:

Que en virtud que el Centro Cultural Sagrada Familia No. 2, presentó su solicitud para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, contando con el dictamen técnico favorable No. SAC/283-2012/STP de fecha treinta de octubre de dos mil doce, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Guatemala Sur, es procedente la autorización de la referida carrera, POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y ) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal c) de la Ley de Educación Naciona! y 2 del Acuerdo Gubernativo No. 165-96.

ACUERDA: Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 2013-2015, 2014-2016, 2015-2017,

2016-2018 y 2017-2019, al Centro Cultural Sagrada Familia No. 2 del municipio de San Miguel Petapa del departamento de Guatemala para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad; La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada matutina. b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, se Da desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y nueve (39) períodos semanales,

c) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una ‘duración de cuarenta (40) minutos. 7TERIO DE EDUCACION Página 2 de 3 Guatemala, C. A. d) Pensum de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural. Pensum de Estudios que se aplicará en la Carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural Cuarto Grado ojal 4 oa Asignatura Períodos

Historia: Guatemala, Mesoamérica y Universal 3

Matemáticas Física Fundamental Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno | (L1) Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma | (L2) Comunicación y Lenguaje: Tercer Idioma | (L3) inglés Expresión Artística y Corporal E: Danza, Teatro y su didáctica Psicopedagogía y Didáctica Generales Educación Bilingüe Intercultural Informática Aplicada a la Educación Práctica Docente: Observación de educación formal y no formal o |wlalou| W A AW < Quinto Grado No. Asignatura Periodos Seminario sobre Problemas de Educación 4 Medio Social y Natural | y su didáctica Estadística Aplicada a la Educación 3 3

Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno II (L1) 4

Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma il (L2) 4

4 4

Comunicación y Lenguaje: Tercer idioma It (L3) Inglés Expresión Artística y Corporal li: Educación Musical y su didáctica

Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma il (L2) 4

4 4

Comunicación y Lenguaje: Tercer idioma It (L3) Inglés Expresión Artística y Corporal li: Educación Musical y su didáctica

Psicopedagogía Infantil 3 Didáctica de las Matemáticas 3 3 4 10 | Planificación y Evaluación 11 Práctica Docente: Observación y participaciónMINISTERIO DE EDUCACION Página 3 de 3 Guatemala, C. A. Sexto Grado No, | Asignatura Períodos ] 1 Realidad Social Cultural: Cultura, Identidad y 3 Derechos Humanos F 2 | Medio Social y Natural 1} y su didáctica 3 3 | Química 4 1 4 | Didáctica del Idioma Materno (L1) 4 5 | Didáctica del Segundo Idioma (L2) 4 6 | Didáctica del Tercer Idioma (L3) Inglés 4 7 | Literatura Universal 3 8 | Literatura Maya, Ladina, Xinka y Garifuna 3 9 | Expresión Artística y Corporal III: Artes Plásticas, 3 Artes de las Culturas de Guatemala y su didáctica 10 | Enfoques Pedagógicos: Educación para la 3 democracia y en valores 11 | Práctica Docente 5 39 Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Guatemala Sur la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Pensum de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial.

Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Guatemala Sur autorizará las siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Guatemala Sur, Supervisará la ejecución de las acciones del Centro Cultural Sagrada Familia No. 2 para el aseguramiento de la calidad educativa. Artículo 5. Título acreditado. Cumplidos a satisfacción la estructura y plan de estudios establecidos para la carrera autorizada, se extenderá a los estudiantes el título correspondiente. Artículo 6. Validación. Se valida la última cohorte 2012-2014, para la carrera de Magisterio de Educación Primaria que imparte el Centro Cultural Sagrada Familia No. 2, Artículo 7. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 8. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.

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LOS VICEMINISTROS DE EDUCACIÓ

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