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Acuerdo Ministerial 18-2014

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 18-2014
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2014

MINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, C. A. 2014 ACUERDO MINISTERIAL No. Y 918Guatemala, 02 ENE 2014

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, a través del Acuerdo Ministerial número 4137-2012 de fecha 07 de diciembre de 2012, se emitió el Reglamento para el cobro y administración de recursos financieros por concepto de cuotas de Operación Escuela, y que el Ministerio de Educación autorizó desconcentrar la recepción, registro, administración y ejecución de los recursos presupuestarios y financieros percibidos por concepto de la cuota de Operación Escuela en las Direcciones Departamentales de Educación.

CONSIDERANDO: Que, en las Direcciones Departamentales de Educación se han presentado Centros Educativos que por alguna circunstancia no habían cumplido con el pago de la cuota de Operación Escuela correspondiente a ejercicios fiscales anteriores al año 2013, por lo que se hace necesario armonizar legalmente el Acuerdo Ministerial número 4137-2012 con relación al Decreto Legislativo número 12-91 “Ley de Educación Nacional”, con la finalidad de introducir ciertas reformas a la normativa legal vigente, lo que es de estricto interés para el Estado y por lo consiguiente, la publicación deberá realizarse sin costo alguno.

POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 194, literales a), f), 9) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 25 y 27 literal m) del Decreto número 11497 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 89 literal d) del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional;

97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 89 literal d) del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional; 1, 2, 13 y 14 del Acuerdo Gubernativo número 165-96, por medio del cual, se crean las Direcciones Departamentales de Educación; 3, 15 y 19 del Acuerdo Gubernativo número 2252008 Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación; y, 1 del Acuerdo Gubernativo número 226-2008.

ACUERDA: Artículo 1. Reformar el artículo 4 del Acuerdo Ministerial número 4137 de fecha 07 de diciembre de 2012, el cual queda de la forma siguiente: “Artículo 4. Destino de los recursos financieros percibidos por las Direcciones Departamentales de Educación. Los recursos percibidos por concepto de las cuotas de Operación Escuela serán destinados para financiar reparaciones de los Centros Educativos

Públicos. Las Direcciones Departamentales de Educación en coordinación con las instancias correspondientes del Ministerio de Educación y de conformidad con los montos percibidos por concepto de las cuotas de Operación Escuela priorizarán las solicitudes de reparación que presenten los Centros Educativos Públicos de su jurisdicción.MINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, C. A. En el caso de los Centros Educativos Públicos de Nivel Medio (ciclos básico y diversificado) las solicitudes de reparaciones serán presentadas ante las Direcciones Departamentales de Educación respectivas, por medio de los Comités de Finanzas constituidos en los mismos ”. Artículo 2. Transitorio. Se faculta a las Direcciones Departamentales de Educación para recibir, registrar, administrar y ejecutar los recursos presupuestarios y financieros percibidos por

Artículo 2. Transitorio. Se faculta a las Direcciones Departamentales de Educación para recibir, registrar, administrar y ejecutar los recursos presupuestarios y financieros percibidos por concepto de la cuota de Operación Escuela, de aquellos Centros Educativos afectos a la misma, que por alguna circunstancia no hayan efectuado en su momento el pago correspondiente a Ejercicios Fiscales anteriores al año 2013. Artículo 3. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir un día después de su publicación en el Diario de Centro América.

COMUNÍQUESE.

CINTHYA CA! ÁGUILA MENDIZÁBAL er mato.

¡=

ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARCHILA a

VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN

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