Acuerdo Ministerial 1817-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 1817-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
MINISTERIO DE EDUCACION ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 1817-2012 la, C. A. Guatemala, Guatemala, 26 de JUNIO de 2012
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Servicios Administrativos -DISERSAha solicitado la aprobación del Addendum número nueve (9), de fecha 12 de junio de 2012 que contiene la prórroga al contrato DIDECO-09-101-2008-L, addendum suscrito por el señor Alfredo Gustavo García Archila, en su calidad de Segundo Viceministro de Educación, en representación del Ministerio de Educación, y el señor Juan Antonio Castillo (único apellido), en su calidad de Gerente Financiero y Representante Legal de la entidad.Seguridad y Vigilancia El Ébano, Sociedad Anónima, para la prestación del servicio de seguridad y vigilancia para la Planta Central y otras dependencias del Ministerio de Educación.
CONSIDERANDO: -Que, en la cláusula Tercera del contrato original antes indicado se contempló la posibilidad de continuar prestándose dicho servicio bajo las siguientes circunstancias: siempre que conviniere > a los intereses de “EL MINISTERIO”; que dicha prórroga se solicitara con un mes de anticipación ' a la finalización del período correspondiente mediante un cruce de cartas de aceptación de ambas partes y formalizarse mediante la suscripción del contrato respectivo.
CONSIDERANDO: Que, se tiene a la vista: a) El cruce de cartas efectuado por los señores Alfredo G. García A. en representación del Ministerio de Educación a través del oficio.DISERSA 200-A-2012, de fecha 29 de febrero de 2012 y del Gerente Financiero y Representante Legal de la entidad Seguridad y
representación del Ministerio de Educación a través del oficio.DISERSA 200-A-2012, de fecha 29 de febrero de 2012 y del Gerente Financiero y Representante Legal de la entidad Seguridad y Vigilancia El Ébano, Sociedad Anónima a través de nota de fecha 29 de febrero de 2012, enel . entendido de continuar con el servicio de seguridad y vigilancia a favor del Ministerio de Educación por el plazo de seis meses; b) Dictamen Financiero emitido en Providencia Número DAFI-SEP-RSP 266, de fecha 2 de marzo de 2012 emitida por la Dirección de Administración Financiera/DAFI, donde se certifica disponibilidad presupuestaria para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para la Planta Central y otras dependencias del Ministerio de Educación y c) Fotocopia del Certificado de Conformidad y Autorización de Pago emitido por la Dirección de Servicios Administrativos -DISERSA-— con fecha 18 de abril de 2012, en el que se hace constar la recepción a entera satisfacción del servicio de seguridad y vigilancia en la Planta Central y otras dependencias de este Ministerio durante los meses de enero a marzo de 2012.
CONSIDERANDO: Que, no obstante haberse realizado oportunamente el cruce de cartas relacionado en el Considerando anterior, el Addendum de prórroga no pudo ser suscrito y aprobado con antelación al inicio de la continuidad del servicio referido derivado que, el expediente de soporte para su elaboración ingresó tardíamente a la Dirección de Adquisiciones y Contrataciones — DIDECOporque la documentación legal de soporte fue entregada, por la entidad Servicios de Seguridad y Vigilancia El Ébano, Sociedad Anónima a la Dirección de Servicios Administrativos
DIDECOporque la documentación legal de soporte fue entregada, por la entidad Servicios de Seguridad y Vigilancia El Ébano, Sociedad Anónima a la Dirección de Servicios Administrativos —DISERSA-— hasta el 23 de mayo de 2012, tal como consta en la certificación emitida el 8 de junio de 2012 por el Departamento de Asistencia Técnica Jurídica del Acta Administrativa No. :15-2012 de fecha-7 de junio del mismo año, levantada en el Libro de Actas a cargo de la DISERSA, con el objeto de llevar a cabo las acciones administrativas correspondientes hacia los encargados que tuvieron responsabilidad en el atraso referido. Sin embargo, para que la continuidad de los servicios pueda surtir sus efectos legales, es necesario dictar la presente disposición, aMINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, C. A.
POR TANTO: “En ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos 194, literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literales a), c) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; y lo preceptuado en los Artículos 48 y 51 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 68 del Decreto número 33-2011 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2012.
ACUERDA: “Artículo 1. Aprobar el Addendum número nueve (9), de fecha 12 de junio de 2012 que contiene
Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2012.
ACUERDA: “Artículo 1. Aprobar el Addendum número nueve (9), de fecha 12 de junio de 2012 que contiene la prórroga al contrato: DIDECO-09-101-2008-L, addendum suscrito por el señor Alfredo Gustavo García Archila, en su calidad de Segundo Viceministro de Educación, en representación del Ministerio de Educación, y el señor Juan Antonio Castillo (único apellido), en su calidad de Gerente Financiero y Representante Legal de la entidad SEGURIDAD Y VIGILANCIA EL ÉBANO, SOCIEDAD ANÓNIMA, para la prestación del servicio de seguridad y vigilancia para la Planta Central y otras dependencias del Ministerio de Educación.
Artículo 2. El plazo de dicha prórroga es por seis (6) meses, contados a partir del 1 de abril al -30 de septiembre de 2012, por un monto total de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL QUETZALES (Q.1,200,000.00), monto que será cancelado con cargo a la partida presupuestaria número 2012-1113-0008-101-01-00-000-002-197-0101-11 del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado vigente. Artículo 3. El presente acuerdo entra a regir inmediatamente. DE En,
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Ministerio de Educación ADDENDUM NÚMERO NUEVE (9) DE PRÓRROGA AL CONTRATO DIDECO-09-101-2008-L En la ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala, el doce (12) de junio de dos mil doce
Ministerio de Educación ADDENDUM NÚMERO NUEVE (9) DE PRÓRROGA AL CONTRATO DIDECO-09-101-2008-L En la ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala, el doce (12) de junio de dos mil doce (2012), comparecemos, por una parte, el señor ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARCHILA, de cuarenta y nueve (49) años de edad, casado, guatemalteco, Economista, de este domicilio, con Documento Personal de identificación -DPI-, con Código Único de Identificación (CUI) número: dos mil doscientos cincuenta espacio cuarenta y dos mil treinta y siete espacio cero ciento uno (2250 42037 0101). Actúo en mi calidad de Segundo Viceministro de Educación según lo acredito con mi nombramiento contenido en Acuerdo Gubernativo número dos (2), de fecha dieciocho (18) de enero de dos mil doce (2012) y certificación del acta de toma de posesión del cargo número catorce guión dos mil doce (14-2012), de fecha diecinueve (19) de enero de dos mil doce (2012), asentada en el folio ciento veintinueve (129) del Libro de Actas de hojas movibles para toma de posesión número L dos (L2) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas con registro trece mil ochocientos treinta y tres (13833), actuando por delegación de la Autoridad Nominadora del SD A Goragrorurayre Q MINISTERIO DE EDUCACIÓN para la suscripción del presente contrato y que me fue e RECO = otorgada mediante Acuerdo Ministerial número cero cero cero seis guión dos mil doce (0006- %
Goragrorurayre Q MINISTERIO DE EDUCACIÓN para la suscripción del presente contrato y que me fue e RECO = otorgada mediante Acuerdo Ministerial número cero cero cero seis guión dos mil doce (0006- % SBANO, 2012), de fecha dos (2) de enero de dos mil doce (2012). Señalo como lugar para recibir notificaciones o citaciones la sede del Ministerio de Educación ubicada en la sexta (82) calle uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) de esta ciudad. Por la otra parte, el señor Juan ANTONIO CASTILLO (único apellido), de cuarenta y cinco (45) años de edad, casado, guatemaiteco, Perito Contador, de este domicilio, con Cédula de Vecindad número de Orden: O guión dieciséis (0-16), y Registro: dieciséis mil ochocientos veintiocho (16828), extendida por el Alcalde Municipal de Chisec, departamento de Alta Verapaz. Actúo en mi calidad de GERENTE FINANCIERO Y REPRESENTANTE LEGAL de la entidad denominada SEGURIDAD Y 6a. calle 1-87, zona 10. Teléfono 2411-9595 Alfredo G. García A.
“ICEMINISTRO
DE
EDUCACION
www.guatemala.gob.gtGobierno de Guatemala Ministerio de Educación VIGILANCIA EL ÉBANO, SOCIEDAD ANÓNIMA, como lo que acredito con fotocopia legalizada del acta notarial de fecha siete (7) de septiembre de dos mil diez (2010), autorizada en esta ciudad por el Notario Francisco Ramón Asensio Dubón, que contiene mi nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil General de la República bajo el número: trescientos cuarenta mil
ciudad por el Notario Francisco Ramón Asensio Dubón, que contiene mi nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil General de la República bajo el número: trescientos cuarenta mil quinientos cuarenta y seis (340546), Folio: ochocientos setenta y siete (877), Libro: doscientos Sesenta y siete (267), de Auxiliares de Comercio, de fecha ocho (8) de septiembre de dos mil diez (2010). Consta alli también que mi representada está inscrita con Registro: cuatro mil seiscientos treinta y cuatro (4634), Folio: ciento sesenta y siete (167), Libro: veintiocho (28) de Sociedades Mercantiles. Señalo como lugar para recibir notificaciones, citaciones y/o emplazamientos el kilómetro quince (15), uno guión cincuenta y ocho (1-58), zona dos (2) de Mixco, del departamento de Guatemala. Ambos otorgantes manifestamos ser de los datos de identificación personal arriba consignados; que nos encontramos en et libre ejercicio de nuestros derechos civiles; que tuvimos a la vista la documentación relacionada y que las representaciones que ejercitamos son suficientes para el otorgamiento del presente contrato, de conformidad con la Ley y a nuestro juicio. En lo sucesivo, ambos otorgantes, en su orden, nos denominamos “EL MINISTERIO" y “LA CONTRATISTA" (conocida como “EL CONTRATISTA” en el contrat original). En la calidad con que actuamos, por este acto celebramos el ADDENDUM NÚMERO NUEVE (9) DE PRÓRROGA AL CONTRATO DIDECO-09-101-2008-L conforme las siguientes cláusulas: PRIMERA. BASE LEGAL. El presente contrato se suscribe con base en los Artículos
NUEVE (9) DE PRÓRROGA AL CONTRATO DIDECO-09-101-2008-L conforme las siguientes cláusulas: PRIMERA. BASE LEGAL. El presente contrato se suscribe con base en los Artículos 47, 48, 49 y 51 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 27 del Reglamento de la precitada ley. También con base en el contrato administrativo número DIDECO-09-101-2008-L, suscrito el doce (12) de junio de dos mil y ocho (2008) y aprobado por Acuerdo Ministerial número un mil veintiocho guión dos mil ocho (1028-2008) de fecha veinte (20) de junio de dos mil ocho (2008), cualquier otra modificación y en lo que fuere aplicable, el Addendum número ocho (8) de fecha diecinueve (19) de marzo de www.guatemala.gob.gtdos mil once (2011), aprobado por Acuerdo Ministerial cero ochocientos cincuenta y cínco guión dos mil doce (0855-2012), del veintidós (22) de marzo de dos mil doce (2012) que regula la continuidad para la prestación de los servicios de seguridad y vigilancia otorgados por "LA CONTRATISTA” a favor de “EL MINISTERIO" durante el período del uno (1) al treinta y uno (31) de marzo de dos mil doce (2012). SEGUNDA. ANTECEDENTES. 1. Que, en el año dos mil ocho (2008) se suscribió el contrato administrativo número DIDECO-09-101-2008-L por medio del cual se formaliza la adjudicación del evento de Licitación número DIDECO-04-101-2008-L
ocho (2008) se suscribió el contrato administrativo número DIDECO-09-101-2008-L por medio del cual se formaliza la adjudicación del evento de Licitación número DIDECO-04-101-2008-L para la Contratación de Servicio de Vigilancia y Seguridad para las Instalaciones de la Planta Central y otras dependencias del Ministerio de Educación, dicha contratación se ha prorrogado en diversas oportunidades derivado de las mismas necesidades del servicio; Il. Que, durante el presente año dos mil doce (2012), se ha iniciado un proceso de licitación para la contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia, con el fin de adjudicar una nueva contratación con el oferente que resulte adjudicado en dicho evento; III. Que, en tanto finalice el proceso de licitación ya iniciado para el presente año dos mil doce (2012), se justifica la necesidad de mantener vigente el contrato suscrito con la entidad denominada Seguridad y Vigilancia El Ébano, Sociedad Anónima, ya que el servicio de seguridad y vigilancia es un servicio de naturaleza imprescindible para “El MINISTERIO”; IV. Por lo anteriormente expuesto, el presente año dos mil doce (2012), se suscribió oportunamente entre “EL MINISTERIO” y "LA CONTRATISTA”, el cruce de cartas, mediante el cual se formalizó la prórroga contractual desde el día 01 de abril del año 2012 al 30 de septiembre del año dos mil doce (2012), por lo cual se hace necesario documentar del mismo modo dicha prórroga a través de un addendum al contrato original. TERCERA. OBJETO. Derivado de los antecedentes expuestos y por el presente addendum al Contrato Administrativo número DIDECO-09-101-2008-L se establece una prórroga al plazo contractual
OBJETO. Derivado de los antecedentes expuestos y por el presente addendum al Contrato Administrativo número DIDECO-09-101-2008-L se establece una prórroga al plazo contractual que inicia del uno (01) de abí del año (2012) y finaliza el treinta (30) de septiembre del año dos mil doce (2012), convenida mediante cruce de cartas identificadas por parte de "EL MINISTERIO" como el Oficio DISERSA 200-A-2012 de fecha veintinueve (29) de febrero del año www.guatemala.gob.gt
“-CEMINISTRO
DE EDUCACION
|. E Temas,Gobierno de Guatemala Ministerio de Educación dos mil doce (2012) y por parte de "LA CONTRATISTA" nota sin identificación de fecha veintinueve (29) de febrero del año dos mil doce (2012). CUARTA: MONTO, FORMA DE PAGO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA. Con base al precio originalmente contratado, el monto del período acordado que se menciona en la cláusula anterior, asciende a la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.1,200,000.00) que incluye el Impuesto al Valor Agregado ~IVA-. La forma de pago no variará durante la vigencia de la presente prórroga contractual. La partida presupuestaria a la que estará cargada la presente prórroga es la dos mil doce guión un mil ciento trece guión cero cero cero ocho guión ciento uno guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento noventa y siete guión cero ciento uno guión once (2012-1113-0008-101-01-00-000-002-197-0101-11) correspondiente
uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento noventa y siete guión cero ciento uno guión once (2012-1113-0008-101-01-00-000-002-197-0101-11) correspondiente al Presupuesto de Egresos vigente de la Dirección de Servicios Administrativos (DISERSA) o las partidas que se creen, asignen o habiliten en el futuro para este concepto. QUINTA. APROBACIÓN. El presente contrato deberá ser aprobado mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente donde se indicará el período de duración de la prórroga acordada. SEXTA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. El plazo de vigencia de la Garantía de Cumplimiento otorgada © REPRESENTANTE originalmente por "LA CONTRATISTA" y renovado mediante endosos, en cada prórroga anterior, LEGAL deberá ser de nuevo ampliado según el tiempo establecido en este contrato y por el diez por ciento (10%) del monto aquí acordado. Dicha garantía podrá renovarse mediante endoso haciendo alusión al contrato origina! y su actual prórroga. SÉPTIMA. EFECTOS LEGALES. El presente contrato se suscribe por ser conveniente a los intereses de "EL MINISTERIO" y no deberá interpretarse de forma limitada o restringida la fecha en que inició, para las partes contractuales, el nuevo período de servicio aquí indicado. El efecto de la aprobación de este contrato, por medio de un Acuerdo Ministerial, da lugar a la posibilidad de iniciarse el procedimiento de pago correspondiente. Las condiciones y obligaciones del contrato principal continúan vigentes en lo que fuere aplicable, así también lo acordado en cualquiera de los anteriores Addendums, especialmente lo relativo a cualquier modificación que haya sido
ACEMINISTRO
DE
procedimiento de pago correspondiente. Las condiciones y obligaciones del contrato principal continúan vigentes en lo que fuere aplicable, así también lo acordado en cualquiera de los anteriores Addendums, especialmente lo relativo a cualquier modificación que haya sido
ACEMINISTRO
DE
EDUCACION
www.guatemala.gob.gtGobierno de Guatemala Ministerio de Educación acordada en cualquiera de éstos. OCTAVA. LECTURA Y ACEPTACIÓN DEL CONTRATO, Los otorgantes, en forma expresa, hacemos constar que hemos leído el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales lo aceptamos en todas y cada una de sus partes, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. e 1 REPRESENTANTE LEGAL — dano y Juan Antonio Castillo (único apellido) Serente Financiero y Representante Legal Seguridad y Vigilancia El Ébano, S.A. fredo Gustayo García Archila Viceministré de Educación www.guatemala.gob.gt