Acuerdo Ministerial 1848-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 1848-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
MINISTERIO DE EDUCACION e
ACUERDO MINISTERIAL No. 1848-2012
Guatemala, 28 de Junio de 2012 g Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACION CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, se considera necesaria la contratación de servicios técnicos-profesionales, con cargo al renglón presupuestario 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar cada uno de los contratos suscritos y darle validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto número 57-92del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26de su Reglamento, Acuerdo “Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo. Artículo 2. Se contratan los servicios técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a las personas indicadas en los contratos siguientes: DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL 2012-11130008108-12-02-000-001-000-189-0101-11000-0000-0000 — 2012-11130008108-03-00-000-005-189-0101-11000-0000-0000 Número de Valor Total del Nombre de la Persona Contratada Contrato (IVA contrato Incluido) 189 - 1311-2012 MARCOS JOÉL SANTIAGO CORTEZ Q. 42,500.00 189 - 1312-2012 DUBIA NOHEMÍ MORAN TICAS DE MENDEZ Q. 42,500.00 189 - 1397-2012 NORBERTO MELQUIADES POCOP SALOJ Q. 51,000.00 "El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. Los productos que se entreguen como consecuencia de las contrataciones respectivas quedarán en resguardo de la Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección
de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoria Interna del Ministerio de Educación y entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
COMUNÍQUESE
ALFREDO GUSTAVO
VICEMINISTRO DE EDUCACIÓNMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 1311 - 15
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
TECNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE
GUION UN MIL TRESCIENTOS ONCE GUION DOS MIL DOCE (No. 189-1311-2012) En la ciudad de Guatemala, el día veinte (20) de junio del año dos mil doce (2012).
NOSOTROS: OSCAR RENÉ SAQUIL BOL de treinta y nueve (39) años de edad, casado, guatemalteco, Licenciado en Lingiistica, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Unico de Identificación número Un billón novecientos noventa y tres mil ochocientos ochenta y dos millones quinientos treinta y un mil seiscientos uno (1993882531601) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio
Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio Educación Bilingüe Intercultural -DIGEBIpersonería que acredito por medio del y siete guión dos mil doce (DIREH-1047-2012), de fecha quince (15) de marzo del año Eu il doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número ’ _treintes uno guión dos mil doce (31-2012), de fecha quince (15) de marzo del año dos o (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de os Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para recibir notificaciones sexta calle uno guión ochenta y siete de la zona diez (6a. Calle 1-87 zona 10) sede de la Dirección Departamental de Educación; y, por la otra parte, — JOÉL SANTIAGO CORTEZ de veintinueve (29) años de edad, casado,
guatemalteco, PERITO CONTADOR CON PENSUM - CERRADO EN LA
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, con domicilio en el Departamento de Peten. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número Un billón novecientos doce mil doscientos treinta y tres millones novecientos cincuenta y un mil setecientos dos (1912233951702), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en BARRIO SAN JUAN, municipio de San Jose departamento de Peten lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo
novecientos cincuenta y un mil setecientos dos (1912233951702), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en BARRIO SAN JUAN, municipio de San Jose departamento de Peten lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 1311 - 2/5 “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las — cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos, Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL GC — == CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar
Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL GC — == CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como / para
ELABORACIÓN Y VALIDACIÓN DE UN DOCUMENTO DE LITERATURA
TIL (CUENTOS INFANTILES) EN EL IDIOMA ITZA”, BASADO EN LA ADICIÓN ORAL DE LA COMUNIDAD ITZA”, en DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL Debiendo llevar a cabo las Presentación de dos informes: el primero posterior a la recopilación de cuentos y el otro al finalizar el servicio técnico profesional; c) Vincular el documento de literatura infantil con la Concreción de la Planificación Curricular Nivel Regional del Pueblo Itza” del —CNBdel nivel primario, área de expresión artística y de Comunicación y Lenguaje Ll; d) Redacción de literatura infantil acorde a las características sociolingiísticas y culturales de la región Itza’; e) Participación en sesiones de trabajo; inducción y proceso de recapitulación y validación de literatura infantil; f) Solamente los cuentos infantiles llevarán gráficas, además con pertinencia cultural de la región. “EL (LA) CONTRATISTA” se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO UNO: a) Plan general de trabajo, derrotero de página, cronograma de actividades y plan de investigación para la recopilación y sistematización de la información; Se entregará el dieciséis de julio de dos mil doce; PRODUCTO DOS: a)
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información; Se entregará el dieciséis de julio de dos mil doce; PRODUCTO DOS: a)
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Documento de texto corrido en versión Word de: treinta y cinco (35) cuentos, quince (15) fábulas, quince (15) refranes y veinte (20) adivinanzas infantiles conformado de la siguiente manera: cada cuento en dos (2) páginas, cada fábula en dos (2) páginas, todos los refranes en una (1) página y todas las adivinanzas en dos (2) páginas en idioma Itza’ y español, totalizan ciento sesenta y seis (166) páginas. También tres (3) páginas. Una para la presentación, otra para el índice y otra página para el nombre de los autores, en total de ciento sesenta y nueve (169) páginas de literatura infantil en los dos idiomas antes mencionados. El producto se entregará en el Vicedespacho de Educación Bilingüe Intercultural y la Subdirección de Políticas Lingüísticas y Culturales Educativas; e entregará el treinta de noviembre de dos mil doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO se compromete a impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en dos (2) pagos de la siguiente manera: > pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de CUARENTA Y DOS MIL E QUETZALES EXACTOS (Q.42,500.00), cifra que incluye el N\ Un primer pago por un monto de DIECISIETE MIL QUETZALES EXACTOS (Q.17,000.00) equivalentes al cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato,
N\ Un primer pago por un monto de DIECISIETE MIL QUETZALES EXACTOS (Q.17,000.00) equivalentes al cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Y un segundo y último pago por un monto de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.25,500.00) equivalentes al sesenta por ciento (60%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento ocho guión doce guión cero dos guión cero cero cero guión cero cero uno guión cero cero cero guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión onge pi po e cero/ cero cero guión cero cero cero PANA cero (2012-11130008108-12-02-000-001-000-189-0101-11000-0000-0000) del
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cero (2012-11130008108-12-02-000-001-000-189-0101-11000-0000-0000) del
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Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para ve concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero diecisiete millones seiscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y uno (17645431). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el treinta (30) de noviembre del año dos mil doce (2012). QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de 50 Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del alor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta (30) de parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO"
en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta (30) de parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la
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167MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 1311 - 5/5 ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el
intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente. DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley.
DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en
del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. Bilingüe Intercultural -DIGEBINMANCILLA 161Ea
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CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
TÉCNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE
GUION UN MIL TRESCIENTOS DOCE GUION DOS MIL DOCE (No.
189-1312-2012) 7 En la ciudad de Guatemala, el día veinte (20) de junio del año dos mil doce (2012).
NOSOTROS: OSCAR RENÉ SAQUIL BOL de treinta y nueve (39) años de edad, casado, guatemalteco, Licenciado en Lingiistica, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Úlnico de Identificación número Un billón novecientos noventa y tres mil ochocientos ochenta y dos millones quinientos treinta y un mil seiscientos uno (1993882531601) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha
un mil seiscientos uno (1993882531601) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General De Educación Bilingüe Intercultural -DIGEBIpersonería que acredito por medio del amiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión un mil cuarenta uno guión dos mil doce (31-2012), de fecha quince (15) de marzo del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para recibir notificaciones sexta calle uno guión ochenta y siete de la zona diez (6a. Calle 1-87 zona 10) sede de la Dirección Departamental de Educación; y, por la otra parte, UBIA NOHEMÍ MORAN TICAS DE MENDEZ de treinta y seis (36) años de edad, casada, guatemalteca, MAESTRA DE EDUCACIÓN PREPRIMARIA CON PROFESORADO UNIVERSITARIO CON ESPECIALIDAD EN EDUCACIÓN PREPRIMARIA, con domicilio en el Departamento de Jutiapa. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número Un billón setecientos cincuenta y ocho mil ochocientos cuarenta y dos millones quinientos dos mil doscientos uno (1758842502201), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con
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Documento Personal de Identificación, Código Único número Un billón setecientos cincuenta y ocho mil ochocientos cuarenta y dos millones quinientos dos mil doscientos uno (1758842502201), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con
NMANCILLA velMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 1312 - 2/6
residencia en CUARTA CALLE ONCE .GUIÓN VEINTE ZONA CUATRO, municipio de Jutiapa departamento de Jutiapa lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TECNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas — siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos, Profesionales y/o Técnico
Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos, Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL TO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar VICIOS TECNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como / para
BHORACIÓN Y VALIDACIÓN DE UN DOCUMENTO DE LITERATURA
INFANTIL EN EL IDIOMA XINKA Y ESPAÑOL, BASADO EN LA TRADICIÓN ORAL DE LA COMUNIDAD XINKA, en DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Presentación de plan específico y cronograma de trabajo; b) Presentación de dos informes: el primero posterior a la recopilación de cuentos y el otro al finalizar el servicio técnico profesional; c) Vincular el documento de literatura infantil con la Concreción de la Planificación Curricular Nivel Regional del Pueblo Xinka del —CNBdel nivel primario, área de expresión artística y de Comunicación y Lenguaje Ll; d) Redacción de literatura infantil acorde a las características sociolingilísticas y culturales de la región Xinka; e) Participación en sesiones de inducción y proceso de recopilación y validación de literatura infantil; f) Solamente los NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 1312 - 3/6 cuentos infantiles llevarán gráficas, además con pertinencia cultural de la región. “EL (LA) CONTRATISTA” se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO UNO: a) Plan general de trabajo, derrotero de página, cronograma de
cuentos infantiles llevarán gráficas, además con pertinencia cultural de la región. “EL (LA) CONTRATISTA” se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO UNO: a) Plan general de trabajo, derrotero de página, cronograma de actividades y plan de investigación para la recopilación y sistematización de la información; Se entregará el dieciséis de julio de dos mil doce, PRODUCTO DOS: a) Documento de texto corrido en versión Word de: treinta y cinco (35) cuentos, quince (15) fábulas, quince (15) refranes y veinte (20) adivinanzas infantiles conformado de la siguiente manera: cada cuento en dos (2) páginas, cada fábula en dos (2) páginas, todos los refranes en una (1) página y todas las adivinanzas en dos (2) páginas en idioma Xinka y español, totalizan ciento sesenta y seis (166) páginas. También tres (3) páginas. Una para la presentación, otra para el índice y otra página para el nombre de los autores, en total de ciento sesenta y nueve (169) páginas de literatura infantil en los dos idiomas antes mencionados. El producto se entregará en el Vicedespacho de Educación Bilingüe ntercultural y la Subdirección de Políticas Lingiísticas y Culturales Educativas; Se entregará el treinta de noviembre de dos mil doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.42,500.00), cifra que incluye el al valor agregado -IVA-, distribuida en dos (2) pagos de la siguiente manera:
pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.42,500.00), cifra que incluye el al valor agregado -IVA-, distribuida en dos (2) pagos de la siguiente manera: pago por un monto de DIECISIETE MIL QUETZALES EXACTOS y 0) equivalentes al cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato, un segundo y último pago por un monto de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS Ns EXACTOS (Q.25,500.00) equivalentes al sesenta por ciento (60%) del onto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN “BILINGUE INTERCULTURAL, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
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BILINGUE INTERCULTURAL. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento ocho guión doce guión cero dos guión cero cero cero guión cero cero uno guión cero cero cero guión ciento ochenta y nueve guión cero el uno guión once © pil guión n cero cero cer cero guión cero o cero
cero cero cero guión cero cero uno guión cero cero cero guión ciento ochenta y nueve guión cero el uno guión once © pil guión n cero cero cer cero guión cero o cero cero NO AE A 02-000-001-000-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para e concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero diecisiete millones seiscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y uno (17645441). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y vigencia del presente contrato inicia a partir de e aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el treinta (30 de noviembre del año dos mil doce (2012). QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del o Jalor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar UE Ten él país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de E TAlciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta (30) de
UE Ten él país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de E TAlciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta (30) de 7émbre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la tidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que NMANCILLA wMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 1312 - 5/6 se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el
negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor úblico ni derecho