Acuerdo Ministerial 186
Ministerio de Energía y Minas
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 186
- Autor
- Ministerio de Energía y Minas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
GOBIERNO de MINISTERIO DE ENERGÍA GUATEMALA | y nas
ACUERDO MINISTERIAL 186-2023
GUATEMALA, 20 DE JULIO DE 2023
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS CONSIDERANDO Que, de acuerdo con la Constitución Política de la República, el principio de seguridad jurídica consiste en la confianza que tiene el ciudadano, dentro de un Estado de Derecho hacia el ordenamiento jurídico; es decir, hacia el conjunto de leyes que garantizan su seguridad y demanda que dicha legislación sea coherente e inteligible; en tal virtud, las autoridades en el ejercicio de sus facultades legales deben actuar en un marco de respeto a las leyes vigentes. CONSIDERANDO Que la Ley del Organismo Ejecutivo le confiere la autoridad y competencia a los Ministros de Estado para los asuntos propios de su ramo; asimismo, para dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo. CONSIDERANDO Que el artículo 7 literal a) de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Electrificación (INDE) establece que el Consejo Directivo de dicha entidad, se integrará entre otros, por un Director Titular y un Suplente, designado por el Ministerio de Energía y Minas.
POR TANTO: En el ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos 152, 154 y 201 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4, 20 y 27 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 4 y 6 del Acuerdo Gubernativo 382-2006 y sus reformas, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas;
del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 4 y 6 del Acuerdo Gubernativo 382-2006 y sus reformas, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; ACUERDA: ARTÍCULO 1. Designar al Ingeniero OSCAR RAFAEL PÉREZ RAMÍREZ, Viceministro de Desarrollo Sostenible, como Director Suplente ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Electrificación -INDEen representación del Ministerio de Energía y Minas. ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo Ministerial entra en vigencia inmediatamente y debe notificarse a la persona designada y al Instituto Nacional de Electrificación -INDE-. COMUNÍQUESE, pagas” Licda. Rita Mari Secretaria General