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Acuerdo Ministerial-189- 2024

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial-189- 2024
Autor
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2024

| Min o de Agricultura Ganadería y Alimentación

ACUERDO MINISTERIAL 189-2024

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 2 de diciembre de 2024

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN CONSIDERANDO Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, corresponde a los Ministerios de Estado, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio, dentro de su rectoría sectorial; así mismo el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia siendo su fin supremo la realización del bien común y su deber es garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo Ministerial número 107-2024 de fecha 26 de agosto de dos mil 2024 de la Viceministra de Seguridad Alimentaria y Nutricional encargada de Despacho Ministerial de este Ministerio se aprobó la Política Institucional Espacios Amigos de la Lactancia Materna y la creación del Comité de Lactancia Materna del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación. CONSIDERANDO Que para dar cumplimiento a la Socialización de la Política Institucional Espacios Amigos de la Lactancia Materna es necesario consignar de manera correcta en el Acuerdo Ministerial antes relacionado, el nombre del Ministerio y de Comunicación Social e Información Pública, de acuerdo a la estructura orgánica establecida en el Acuerdo 338-2010 del Presidente de la República, Reglamento

relacionado, el nombre del Ministerio y de Comunicación Social e Información Pública, de acuerdo a la estructura orgánica establecida en el Acuerdo 338-2010 del Presidente de la República, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 153 del Decreto número 1441 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Trabajo; y, 7 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010 de fecha 19 de noviembre de

2010. ACUERDA Artículo 1. Modificar el artículo 1 del Acuerdo Ministerial Número 107-2024 de fecha 26 de agosto de 2024, el cual queda de la manera siguiente: “Artículo 1. Aprobar la Política Institucional Espacios Amigos de la Lactancia Materna del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, con el fin de brindar las condiciones adecuadas para la extracción y conservación de la leche materna bajo lineamientos técnicos de seguridad, para que las madres trabajadoras de este Ministerio puedan transportarla al hogar y disponer de ella para alimentar al bebé en su ausencia temporal.”ELA a A e són, Lo y + Carew 2 2 | Ministerio de 6 Agricultura, + Ganadería Alimentación Artículo 2. Modificar el artículo 2 del Acuerdo Ministerial Número 107-2024 de fecha 26 de agosto de 2024, el cual queda de la manera siguiente:

2 2 | Ministerio de 6 Agricultura, + Ganadería Alimentación Artículo 2. Modificar el artículo 2 del Acuerdo Ministerial Número 107-2024 de fecha 26 de agosto de 2024, el cual queda de la manera siguiente: “Artículo 2. CREACIÓN DEL COMITÉ. Se crea el Comité de Lactancia Materna del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, que estará a cargo de la implementación de la Política Institucional Espacios Amigos de la Lactancia Materna.” Artículo 3. Modificar el artículo 5 del Acuerdo Ministerial Número 107-2024 de fecha 26 de agosto de 2024, el cual queda de la manera siguiente: “Artículo 5. SOCIALIZACIÓN. La Dirección de Recursos Humanos en coordinación con Comunicación Social e Información Pública del Ministerio, serán los responsables de la socialización de la Política Institucional de los Espacios Amigos de la Lactancia Materna del Ministerio.” Artículo 4. Las demás disposiciones consignadas en el Acuerdo Ministerial Número 107-2024 de fecha 26 de agosto de 2024, mantienen su validez. Artículo 5. El presente Acuerdo Ministerial empieza a regir inmediatamente.

COMUNÍQUESE.

RICULTURA,

LIMENTACIÓN

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