Acuerdo Ministerial 1930-2013
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 1930-2013
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
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MINISTERIO DE EDUCACION
Guatemala, C. A.
1930-2013 ACUERDO MINISTERIAL No.
Guatemala, 02/0008 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del sistema educativo nacional.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben presentar su solicitud
con el objeto de impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.
CONSIDERANDO: Que en virtud que el Colegio Cristiano “El Valle del Sur”, presentó su solicitud para impartir la
técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.
CONSIDERANDO: Que en virtud que el Colegio Cristiano “El Valle del Sur”, presentó su solicitud para impartir la
carrera Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, contando con el dictamen técnico favorable No. 001-2013 ECMR/DIDEDUC RETALHULEU. de fecha veinticuatro de mayo de dos mil trece, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Retalhuleu, es procedente la autorización de la referida carrera.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal c) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo Gubernativo No. 165-96.
ACUERDA: Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 2013-2015, 2014-2016, 2015-2017, 2016-2018 y 2017-2019, al Colegio Cristiano “El Valle del Sur” del municipio de San Felipe del
departamento de Retalhuleu para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada matutina. desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y nueve (39) b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, se VA períodos semanales. urPágina 2 de 3
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b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, se VA períodos semanales. urPágina 2 de 3 MINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, C. A. c) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos. d) Pensum de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural. Pensum de Estudios que se aplicará en la Carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingiie Intercultural Cuarto Grado Asignatura Períodos
Historia: Guatemala, Mesoamérica y Universal 3
Matemáticas Física Fundamental
Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno 1(L1)
Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma 1(L2) Comunicación y Lenguaje: Tercer Idioma 1(L3) Inglés Expresión Artística y Corporal |: Danza, Teatro y su didáctica
Psicopedagogía y Didáctica Generales Educación Bilingue Intercultural Informática Aplicada a la Educación Práctica Docente: Observación de educación formal y no formal Quinto Grado Asignatura Períodos Seminario sobre Problemas de Educación 4 Medio Social y Natural | y su didáctica Estadística Aplicada a la Educación Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno II (L1) Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma ll (L2)
Comunicación y Lenguaje: Tercer Idioma 11 (L3) Inglés Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica
Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma ll (L2)
Comunicación y Lenguaje: Tercer Idioma 11 (L3) Inglés Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica 8 Psicopedagogía Infantil 3 9 Didáctica de las Matemáticas 3 3 4 10 | Planificación y Evaluación 11 | Práctica Docente: Observación y participaciónPágina 3 de 3 A
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Guatemala, C. A. Sexto Grado No. Asignatura Períodos 1 Realidad Social Cultural: Cultura, Identidad y Derechos 3 Humanos Medio Social y Natural Il y su didáctica Química Didáctica del Idioma Materno (L1) Didáctica del Segundo Idioma (L2) Didáctica del Tercer Idioma (L3) Inglés Literatura Universal Literatura Maya, Ladina, Xinka y Garifuna Expresión Artística y Corporal III: Artes Plásticas, Artes de las Culturas de Guatemala y su didáctica 10 | Enfoques Pedagógicos: Educación para la democracia y en 3 valores 11 | Práctica Docente 5 39 Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Retalhuleu1á documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Pensum de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Retalhuleu/autorizará las siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018,.agotando los lineamientos respectivos.
autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Retalhuleu/autorizará las siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018,.agotando los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Retalhuleu, supervisará la ejecución de las acciones del Colegio Cristiano “El Valle del Sur”. para el aseguramiento de la calidad educativa Artículo 5. Título acreditado. Cumplidos a satisfacción la estructura y plan de estudios establecidos para la carrera autorizada, se extenderá a los estudiantes el título correspondiente. Artículo 6. Validación. Se valida la última cohorte 2012-2014, para la carrera de Magisterio de Educación Primaria que imparte el Colegio Cristiano “El Valle del Sur”. Artículo 7. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 8. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.
COMUNÍQUESE, ¿OE EDU, Le y 25 ¥ MAY 2 ¥ Y o EZ 60 » 2 32
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