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Acuerdo Ministerial 1931-2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 1931-2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2013

MINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, C. A. i g 3 1 _ 9 Y 1 3

ACUERDO MINISTERIAL No.

Guatemala, 02 AGO 2013 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República de Guatemala, garantiza la libertad de enseñanza y de criterio docente y establece la obligatoriedad del Estado de proporcionar y facilitar la educación a sus habitantes sin discriminación alguna, señalando como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad y cultura nacional y universal.

CONSIDERANDO: Que en el Acuerdo Ministerial No. 1612-2013 de fecha 14 de junio de 2013, en el artículo 1, literal

b), se indica que la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto quinto y sexto grados en treinta y cinco períodos semanales, que imparte el Instituto de Educación Diversificada por Cooperativa de Enseñanza, pero es el caso que a dicho centro educativo debe modificarse el número de períodos de la carrera de Magisterio de Educación Infantil Intercultural, por lo que es procedente realizar la reforma del Acuerdo Ministerial mencionado.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 71, 72, y 194, literales a) y f), de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a) y m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 10, 33 literal c) y 46 del Decreto Número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.

ACUERDA:

Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 10, 33 literal c) y 46 del Decreto Número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.

ACUERDA: Artículo 1. Reformar el artículo 1, literal b) del Acuerdo Ministerial No. 1612-2013 de fecha 14 de junio de 2013 el cual queda de la siguiente forma: Artículo 1, literal b) Períodos de clase. La

carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto quinto y sexto grados en treinta y nueve (39) períodos semanales en el Instituto de Educación Diversificada por Cooperativa de Enseñanza. Todas las demás disposiciones del Acuerdo Ministerial No. 1612-2013 quedan vigentes. Artículo 2. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.

COMUNÍQUESE CINTHYA CAI DEL ÁGUILA MENDIZABA 4 OLGA EVELYN AMADO JACOBO DE SEGURA GUTBERTO NICOLÁS LEIVA ALVAR

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