Acuerdo Ministerial 2040-2012
Ministerio de Educación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 2040-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
Página 1 de 1
MINISTERIO DE EDUCACION mo 1 Cortrato(s) 189 de DIGEBI
ACUERDO MINISTERIAL No. 2040-2012
Guatemala, 16 de Julio de 2012 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, se considera necesaria la contratación de servicios técnicos-profesionales, con cargo al renglón presupuestario \ 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y darle validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26de su Reglamento, Acuerdo “Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doceN (12) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Téchicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestarid 189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 1. Se aprueban las doceN (12) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Téchicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestarid 189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo. Artículo 2. Se contratan los servicios técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente: V DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL 2012-11130008108-14-01-000-001-189-0401-11000-0000-0000
Número de : Valor Total del contrato Nombre de la Persona Contratada Contrato (IVA incluido)
189 - 2031-2012 N MARTA ALICIA BAL SALAZAR Q. 36,000.00
El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia, Artículo 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Educación Bilingue Intercultural, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
COMUNÍQUESE
A
ÍA DEL AGUILA MENDIZABAL N N y ALFREDO GU: e s
Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
COMUNÍQUESE
A
ÍA DEL AGUILA MENDIZABAL N N y ALFREDO GU: e s
VICEMINISTR
MALEMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2031 - 1/6
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS IL TREINTA Y UNO GUION DOS MIL DOCE (No.
189-2031-2012) 7 En la ciudad de Guatemala, el día dos (02) de julio del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: OSCAR RENÉ SAQUIL BOL de treinta y nueve (39) años de edad, casado, guatemalteco, Licenciado en Lingiiistica, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número Un billón novecientos noventa y tres mil ochocientos ochenta y dos millones quinientos treinta y un mil seiscientos uno (1993882531601) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General De Educación Bilingüe Intercultural -DIGEBIpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión un mil cuarenta y siete guión iNdoce (DIREH-1047-2012), de fecha quince (15) de marzo del año dos mil doce (2012), y
nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión un mil cuarenta y siete guión iNdoce (DIREH-1047-2012), de fecha quince (15) de marzo del año dos mil doce (2012), y n del Acta de toma de posesión del cargo, número treinta y uno guión dos mil doce (31-2012), ROD há quince (15) de marzo del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos + catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para recibir notificaciones sexta calle uno guión ochenta y siete de la zona diez (6a. Calle 1-87 zona 10); y, por la otra parte, MARTA ALICIA BAL SALAZAR de treinta y uno (31) años de edad, soltera, guatemalteca, MAESTRA DE EDUCACIÓN PRIMARIA URBANA CON PROFESORADO DE ENSEÑANZA MEDIA EN LINGÜÍSTICA APLICADA, con domicilio en el Departamento de Chimaltenango. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número Un billón setecientos cuatro mil trescientos sesenta y tres millones quinientos setenta mil cuatrocientos cuatro (1704363570404), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en PRIMERA AVENIDA TRES GUIÓN QUINCE ZONA UNO, municipio de San Juan Comalapa departamento de Chimaltenango lugar que señalo para recibir
NMANCILLA
55MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2031 - 2/6 notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL
Juan Comalapa departamento de Chimaltenango lugar que señalo para recibir
NMANCILLA
55MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2031 - 2/6 notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES/ de conformidad con las cláusulas = siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos, Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. A SEGUNDA: OBJETO DEL ERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES "EL MINISTERIO", como / para
PAÑAMIENTO TÉCNICO PEDAGÓGICO A DOCENTES DE
UELA NORMAL BILINGUE INTERCULTURAL RUKUX WAXAQI'
QAN A en DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE
PAÑAMIENTO TÉCNICO PEDAGÓGICO A DOCENTES DE
UELA NORMAL BILINGUE INTERCULTURAL RUKUX WAXAQI' QAN A en DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Elaboración y Presentación del plan de Acompañamiento Técnico Pedagógico según los lineamientos y criterios emanados de la Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural, Dirección Departamental de Educación y de las Escuelas Normales Bilingties Interculturales;\/b) Elaboración y Presentación del cronograma de acompañamiento a la Escuelas Normal Bilingüe Intercultural bajo su jurisdicción, de acuerdo al tiempo de contratación; ” c) Realización de la práctica reflexiva con los docentes de la Escuela Normal Bilingüe Intercultural para determinar las líneas de acción que se implementarán en el plan de mejora; 4) Asistencia a las reuniones que la DIGEBI convoque o cuando así lo requiere el proceso del/ Sistema de Acompañamiento Técnico Pedagógico, durante el tiempo de mación Información mensual sobre los avances de las acciones del Sistema de Acompañamiento va Pedagógico a la DIGEBI y a las autoridades de la Escuela Normal Bilingüe Intercultural! f) Ejecución NMANCILLA SHMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2031 - 3/6 de las acciones del Sistema de Acompañamiento Técnico Pedagógico en la Escuela Normal Bilingüe Intercultural bajo su responsabilidad; / $) El Acompañante Técnico Pedagógico Bilingüe Intercultural dará seguimiento a los procesos de EBI en la Escuela Normal Bilingüe Intercultural de la comunidad lingiística Kagchikel, ubicada en el
Pedagógico Bilingüe Intercultural dará seguimiento a los procesos de EBI en la Escuela Normal Bilingüe Intercultural de la comunidad lingiística Kagchikel, ubicada en el departamento de Chimaltenango/ h) Sistematización de las experiencias pedagógicas y didácticas innovadoras implementadas en la Escuela Normal Bilingue Intercultural a la que sea asignado. “EL (LA) CONTRATISTA” SE COMPROMETE A ENTREGAR LOS SIGUIENTES PRODUCTOS: PRODUCTO UNO: a) Plan y cronograma general del acompañamiento técnico pedagógico a la ENBI de acuerdo a las líneas de acción establecidas por el equipo pedagógico de cada centro educativo’) Informe sobre la estadística actualizada de las Escuela Normal Bilingüe Intercultural) Presentación del Plan de Mejora, con las líneas de acción establecidas por los docentes de la Escuela Normal Bilingüe NA Informe del avance del proceso de acompañamiento técnico pedagógico de la escuela acompañada / Se entregará el treinta y uno de julio de mo mil doce; / PRODUCTO DOS: a) Presentación de la Sistematización del proceso de ñamiento técnico pedagógico realizado en la escuela acompañada; , 57 .desCompañamiento técnico pedagógico; Se entregará el quince de noviembre de dos mil doce, TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de TREINTA Y SEIS MIL QUETZALES EXACTOS (0:36,006.00), 7 cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en dos (2) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de CATORCE MIL
cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en dos (2) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de CATORCE MIL CUATROCIENTOS/ QUETZALES EXACTOS (Q.14,400.00) equivalentes al cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Y un segundo y último pago por un monto de VEINTIUNO MIL SEISCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.21,600.00) equivalentes al sesenta por ciento od aa monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL, deberá extender el Certificado de
NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2031 - 4/6
Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento ocho guión catorce guión cero uno guión cero cero cero guión cero cero uno guión ciento ochenta y nueve guión cero cuatrocientos uno guión ones ml gujón VE 9% cejo eo / guión, Foo cero cero cero
guión cero cero uno guión ciento ochenta y nueve guión cero cuatrocientos uno guión ones ml gujón VE 9% cejo eo / guión, Foo cero cero cero (2012-11130008108-14-01-000-001-189-0401-1 1000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para espe concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero diecisiete millones setecientos quince mil ciento noventa (177151907 CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta quince (15) de noviembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El
iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como NMANCILLA cvMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2031 - 5/6 proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los ses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por ‘ onsentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el del finiquito — correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE
ses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por ‘ onsentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el del finiquito — correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente. DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley.
DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en
NMANCILLA
ElMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2031 - 6/6
sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en
NMANCILLA
ElMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2031 - 6/6 el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos integramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en seis (6) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación.
ET rector de la Diredción Gener: Bilingüe Intercultural \ DIGEBINMANCILLA
50