Acuerdo Ministerial 2072-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 2072-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
Página 1 de 1 MINISTERIO DE EDUCACION ma La 1 Cortrato(s) 189 de DIGEBI
ACUERDO MINISTERIAL No. 2072-2012
Guatemala, 18 de Julio de 2012 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, se considera necesaria la contratación de servicios “profesionales, con cargo al renglón presupuestario \189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y darle validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) Decreto Número 114-97del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto número 57-92del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26de su Reglamento, Acuerdo — Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 89, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 89, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 2. Se contratan los servicios profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente:
\ DIRECCIÓN GENE! L 2012-11130008108-03-00-000-005-189-0101-11000-0000-0000
Nú de Valor Total del ¡eco Nombre de la Persona Contratada Contrato (IVA Incluído) 189 - 2146-2012 MARÍA RIQUIAC CIPRIANO ) la. 42,500.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Educación Bilingue Intercultural, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y entes fiscalizadores. PLE ES, Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente. E %2,
COMUNÍQUESE
CINTHYA ÍA DEL ÁGUILA MENDIZÁBAL
ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARCI
PLE ES, Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente. E %2,
COMUNÍQUESE
CINTHYA ÍA DEL ÁGUILA MENDIZÁBAL
ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARCI
VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN
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CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES
NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2146-2012) y En la ciudad de Guatemala, el día diez (10) de julio del año dos mil doce (2012).
NOSOTROS: OSCAR RENÉ SAQUIL BOL de treinta y nueve (39) años de edad, casado, guatemalteco, Licenciado en Lingiistica, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número Un billón novecientos noventa y tres mil ochocientos ochenta y dos millones quinientos treinta y un mil seiscientos uno (1993882531601) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General De Educación Bilingüe Intercultural -DIGEBIpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión un mil cuarenta y siete guión dos mil doce (DIREH-1047-2012), de fecha quince (15) de marzo del año
nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión un mil cuarenta y siete guión dos mil doce (DIREH-1047-2012), de fecha quince (15) de marzo del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número treinta y uno guión dos mil doce (31-2012), de fecha quince (15) de marzo del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de ecursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General e Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para Nr notificaciones sexta calle uno guión ochenta y siete de la zona diez (6a. Calle : ona 10) sede de la Dirección General de AD Bilingüe Intercultural ; y, por " 3;ng tra parte, MARÍA RIQUIAC CIPRIANO de cuarenta (40) años de edad, soltera, guatemalteca, LICENCIADA EN SOCIOLINGUÍSTICA, colegiado (a) número nueve mil quinientos ochenta y seis (9586), con domicilio en el Departamento de Quiche. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número Un billón ochocientos catorce mil doscientos sesenta y ocho millones seiscientos veintiuno mil cuatrocientos seis (1814268621406), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en CUARTA CALLE DOS GUIÓN CINCUENTA Y SEIS, municipio de Santo Tomas Chichicastenango departamento de Quiche lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA)
CINCUENTA Y SEIS, municipio de Santo Tomas Chichicastenango departamento de Quiche lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA)
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CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como / para
ELABORACIÓN DE UN INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN Y MANUAL DE
APLICACIÓN PARA CERTIFICACIÓN LINGÜÍSTICA DE DOCENTES PARA LECTURA, DEL ¡IDIOMA K1CHE”, en DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL “Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Elaboración del plan específico y cronograma de actividades;
LECTURA, DEL ¡IDIOMA K1CHE”, en DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL “Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Elaboración del plan específico y cronograma de actividades; b) Redacción de una batería (0 juego) de instrumentos de evaluación lingiística que determine la compresión de lectura del idioma k'iche” en sus formas A, B y C y su manual de aplicación; c) Socialización de la batería (o juego) de instrumentos de A de talleres. “El (La) Contratista” se o we ySErónograma de actividades; b) Redacción de ítems en su forma A, B y C y su manual ete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO UNO: a) Plan específico de aplicación, en texto corrido en el programa Word construido en idioma y cultura k'iche', en versión electrónica e impresa dos originales y dos copias; Se entregará el treinta y uno de julio de dos mil doce: PRODUCTO DOS: a) Informe de talleres realizados para la revisión y socialización del instrumento; b) Documento que contenga los instrumentos de evaluación de comprensión de lectura y manual de aplicación en idioma k'iche' en su forma A, B y C y traducido al español en texto corrido en el programa Word construido en idioma y cultura k'iche” en versión electrónica e impresa en dos originales y dos copias; c) Entrega del informe final de las actividades realizadas NMANCILLA HOMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2146 - 3/5 para la elaboración de instrumentos de evaluación para la compresión de lectura y manual de aplicación en idioma k’iche’ traducido al español en texto corrido en el programa Word construido en idioma y cultura k'iche' en versión electrónica e impresa
para la elaboración de instrumentos de evaluación para la compresión de lectura y manual de aplicación en idioma k’iche’ traducido al español en texto corrido en el programa Word construido en idioma y cultura k'iche' en versión electrónica e impresa en dos originales y dos copias; d) Un informe final que contenga: presentación, objetivos, actividades realizadas, conclusiones y recomendaciones; Se entregará el quince de octubre de dos mil doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL vu se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de "CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.42,500.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en dos (2) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de DIECISIETE MIL QUETZALES EXACTOS (Q.17,000.00) equivalentes al cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto I indicado en los Términos de Referencia. Y un segundo y último pago por un monto de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.25,500.00) equivalentes al sesenta por ciento (60%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN GUE INTERCULTURAL. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del 5 hte contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión mil ciento treinta millones ocho mil ciento ocho guión cero tres guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero cinco guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento /uno ghión ones VA ui co 7 ce een, guión cero cero cero cero (2012-11130008108-03-00-000-005-189-0101-11000-0000-0000) del — Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este cóncepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero diecisiete millones setecientos cincuenta y seis mil sesenta y ocho (17756068). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El NMANCILLA HTMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2146 - 4/5 plazo y vigencia del presente contrato inicia a partir de sa iprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el quince (15) de octubre del año dos mil doce (2012). QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la
mil doce (2012). QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del articulo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta quince (15) de octubre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites corresponaientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, o resultado de los servicios que preste. SEPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se pia) gue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del
proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, o resultado de los servicios que preste. SEPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se pia) gue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del lafdento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" cn la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las panes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2146 - 5/5 concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho
consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente.
DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo II del Título XII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes ieemos integramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel membretado del
Ministerio de Educación. P ~Pirector de Ta Dirección Gener Bilingüe Intercultural -DIGEBIMARÍA RQUIAC cieano
NMANCILLA
LA HS