Acuerdo Ministerial 2089-2013
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 2089-2013
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
Página 1 de 1 MINISTERIO DE EDUCACION peo 200 6 Contratos) 189 de DIGEDUCA
ACUERDO MINISTERIAL No. 2089-2013
Guatemala, 30 de agosto de 2013 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, considera necesaria la contratación de servicios técnicos-profesionales, con cargo al renglón presupuestario 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2013, por lo que es procedente aprobar cada uno de los contratos suscritos y darle validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas, Manual de Clasificaciones Presupuestarias | para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las diecisiete (17) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios
| para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las diecisiete (17) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 2. Se contratan los servicios técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a las personas indicadas en los contratos siguientes:
DI L D A 1 2013-1113-0008-120-13-00-000-006-189-0101-11000-0000-0000
Número de Valor Total del Contrato contrato: Nombre de la Persona Contratada (IVA incluído) 189 - 336-2013 VINICIO IVAN SEGURA VALLE Q. 11,000.00 189 - 337-2013 OSCAR HUMBERTO CARRERA ALVARADO _ Q. 11,000.00 189 - 338-2013 HECTOR HUGO RUIZ PEREZ Q. 11,000.00 189 - 339-2013 MÓRTIMER ARIEL CALVILLO PAZ Q. 11,000.00 189 - 340-2013 LILIAN LORENA VELASQUEZ FUENTES Q. 11,000.00 | 189 - 341-2013 ZAIDA JUDITH ALVARADO AGUERRIDO Q. 11,000.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en los instrumentos contractuales en referencia. Artículo 3. Los productos que se entreguen como consecuencia de las contrataciones respectivas quedarán en resguardo de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y
Artículo 3. Los productos que se entreguen como consecuencia de las contrataciones respectivas quedarán en resguardo de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. . Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente. COMUNÍQUESE Sz 4 ., > z CARÓ) EL Cea memoria, > LS ) E 7 o A e
SALA, € aMINISTERIO DE EDUCACION - SUATEMALA C.A. 336 - 1/5 si > 3 ZDONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
3 BENICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE
ION TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS GUION DOS MIL TRECE (189-336-2013) En la ciudad de Guatemala, el día veintidós (22) de agosto del año dos mil trece (2013).
NOSOTROS: LUISA FERNANDA MÚLLER DURÁN de cuarenta (40) años de edad, casada, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro ochocientos noventa y dos mil setecientos ochenta y cinco (892785), extendida por el Alcalde Municipal de
vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro ochocientos noventa y dos mil setecientos ochenta y cinco (892785), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero cero cero dos guión dos mil trece (0002-2013), de fecha dos (02) de enero del año dos mil trece (2013), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa -DIGEDUCAlo que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero cero setenta y siete guión dos mil nueve (DIREH-0077-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número ocho guión dos mil nueve (8-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009) asentada en el Libro de Actas de hojas móviles Número cero setecientos noventa y tres (0793) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas con registro número L dos dos mil ochocientos sesenta y cuatro (L22864), señalando para recibir notificaciones en Avenida Reforma ocho guión sesenta (8-60) zona nueve (9), Edificio Galerías Reforma, Torre II, octavo nivel sede de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa; y, por la otra parte, VINICIO IVAN SEGURA VALLE de cuarenta y nueve (49) años de edad, casado, guatemalteco, BACHILLER EN CIENCIAS Y LETRAS CON
por la otra parte, VINICIO IVAN SEGURA VALLE de cuarenta y nueve (49) años de edad, casado, guatemalteco, BACHILLER EN CIENCIAS Y LETRAS CON VEINTICUATRO CURSOS APROBADOS EN LA LICENCIATURA EN INFORMÁTICA Y ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS, con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número un mil novecientos noventa y ocho, sesenta mil diecisiete, cero ciento uno (1998600170101), extendido por el Y Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, con residencia en AVENIDA CENTROAMÉRICA DIECISIETE GUIÓN TREINTA Y OCHO ZONA UNO, municipio de Guatemala departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de ICHUA GeMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 336 - 25 : ¡SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Articulos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26y 78 del Acuerdo Gubemativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18.
SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL
MINISTERIO", como/para CAPTURA Y VERIFICACIÓN DE DATOS, EVALUACIÓN DE TERCERO BÁSICO, JORNADA NOCTURNA, bajo la supervisión de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Vaciar la información contenida en las hojas físicas de respuestas de los estudiantes al sistema Teleform, siguiendo codificación de cada variable. b) Ingresar la información, de acuerdo al orden de los instrumentos en los bloques de hojas de respuesta que le serán proporcionados. c) Procesar un mínimo de 11,000 hojas de respuesta. d) Reportar por medio de hojas de control, la cantidad de hojas de respuesta ingresados al sistema. e) Elaborar un informe de las actividades ejecutadas... Asimismo, "EL (LA) CONTRATISTA" se compromete a entregar los siguientes productos: Asimismo, "EL (LA) CONTRATISTA" se compromete a
hojas de respuesta ingresados al sistema. e) Elaborar un informe de las actividades ejecutadas... Asimismo, "EL (LA) CONTRATISTA" se compromete a entregar los siguientes productos: Asimismo, "EL (LA) CONTRATISTA" se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO No. 1: Informe de producción No.1. Procesamiento de 4,400 hojas de respuesta. Entregará 2 informes, uno impreso que quedará en resguardo en la Subdirección de Análisis y el otro en digital que formará parte del expediente de pago. Se entregará el 16 de septiembre de 2013. PRODUCTO No. 2: Informe de producción No.2 Procesamiento de 6,600 hojas de respuesta. Entregará 2 informes, uno impreso que quedará en resguardo en la Subdirección de Análisis y el otro en digital que formará parte del expediente de pago. Se entregará el 16de octubre del año 2013. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad total de “ONCE MIL QUETZALES EXACTOS (Q.11,000.00), distribuida en dos (2) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de CUATRO MIL ICHUAMINISTERIO DE EDUCACION — GUATEMALA CA. 336 - 3/5 A TROCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.4,400.00) equivalentes al cuarenta pá ciento (40%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto ndicado en los Términos de Referencia. Y un segundo y último pago por un monto de SEIS MIL SEISCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.6,600.00) equivalentes al
ndicado en los Términos de Referencia. Y un segundo y último pago por un monto de SEIS MIL SEISCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.6,600.00) equivalentes al sesenta por ciento (60%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de cada uno de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil trece guión un mil ciento trece guión cero cero cero ocho guión ciento veinte guión trece guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero seis guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once /mil/ guión / cero cero / cer ero uión - cer cero cero cero co 7 1 2{— 1{-00{00{00{- 1 do ho AAA del — Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, consignada en la Solicitud de Gasto/Requerimiento que sirve de base para esta contratación, o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto. CUARTA: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO.
Gasto/Requerimiento que sirve de base para esta contratación, o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto. CUARTA: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el veintiuno E. octubre del año dos mil trece (2013). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula.
QUINTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. De conformidad con los artículos 65 y 69de la Ley de Contrataciones del Estado y 26del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", Seguro de Caución (Fianza de Cumplimiento), equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. De conformidad con la literal a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones
ICHUAUS MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 336 - 4/5 del Estado, dicha garantia deberá estar vigente hasta el veintiuno (21) de octubre del año ON . . s e A 4dos mil trece (2013), fecha en que termina la contratación. Esta garantía podrá hacerse Eq =
del Estado, dicha garantia deberá estar vigente hasta el veintiuno (21) de octubre del año ON . . s e A 4dos mil trece (2013), fecha en que termina la contratación. Esta garantía podrá hacerse Eq = Fefectiva, si “EL (LA) CONTRATISTA”, incumple con lo estipulado en cualquiera de las O cláusulas del contrato. SEXTA: PROHIBICIONES. En ningún caso podrá “EL (LA) CONTRATISTA” enajenar, ceder, traspasar o disponer en cualquier forma o título, total o parcialmente, los derechos que adquiere a través de este contrato, de lo contrario "EL MINISTERIO" queda facultado para dar por terminado el mismo en forma automática y sin necesidad de trámite alguno, aplicando las sanciones que correspondan conforme a las leyes que rigen la materia. Esta prohibición prevalecera aún después de haber finalizado por cualquier causa el presente contrato, haciéndose responsable "EL (LA) CONTRATISTA" por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar. SÉPTIMA: DERECHOS DE AUTOR. Los derechos de autor y derechos conexos vinculados con cualquier clase de material producido bajo los términos de este contrato, son propiedad exclusivamente de "EL MINISTERIO". OCTAVA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. NOVENA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. "EL MINISTERIO", sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato en cualquier momento de la forma siguiente: A) Unilateralmente: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Si alguno de los Productos
CONTRATO. "EL MINISTERIO", sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato en cualquier momento de la forma siguiente: A) Unilateralmente: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Si alguno de los Productos no cumple con los requisitos, contenido y/o plazo de entrega establecidos en los Términos de Referencia; y, c) Por decisión unilateral dictada por el Despacho superior de “EL MINISTERIO”. B) Mutuo Consentimiento: En este caso, las partes deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir la relación contractual, y la liquidación de todo pago pendiente así como el otorgamiento del finiquito correspondiente Y, C) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA: SUJECIÓN DE LAS PARTES A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las partes se someten a las leyes de la República de Guatemala en todo lo relacionado a este contrato y convienen expresamente que, cualquier diferencia o reclamación que surgiere entre las partes, derivadas del mismo, se resolverán sometiéndolas a la competencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 102 de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio que "EL MINISTERIO" ejerza las acciones legales que correspondan. DÉCIMA PRIMERA: CARGAS TRIBUTARIAS. El monto del presente contrato incluye el Impuesto al Valor Agregado -IVAy está sujeto a cualquier otro impuesto, tasa o contribución que fijen las leyes vigentes del país. "EL (LA) CONTRATISTA" está obligada a pagar oportunamente sus impuestos y demás
ICHUAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 336 - 5/5
"EL (LA) CONTRATISTA" está obligada a pagar oportunamente sus impuestos y demás ICHUAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 336 - 5/5 obligaciones que adquiere al suscribir este contrato. DÉCIMA SEGUNDA: DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL PRESENTE CONTRATO. Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a) Los términos de referencia; b) el expediente que sirvió de base para su elaboración; y, c) todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". DÉCIMA TERCERA: CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN. Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de HONORARIOS.
DÉCIMA CUARTA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA
QUINTA: NOTIFICACIÓN A LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS.
De conformidad con lo que establece el artículo 75 de la ley de Contrataciones del Estado, del presente contrato, de su incumplimiento, resolución, rescisión o nulidad, "EL MINISTERIO" deberá remitir, dentro del plazo de treinte (30) días contados a partir de su aprobación, o de la respectiva decisión, una copia a la Contraloría General de Cuentas, para efectos de registro, control y fiscalización. DÉCIMA SEXTA: DEL COHECHO.
su aprobación, o de la respectiva decisión, una copia a la Contraloría General de Cuentas, para efectos de registro, control y fiscalización. DÉCIMA SEXTA: DEL COHECHO. "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesta, que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de "EL MINISTERIO" para aplicar las sanciones administrativas que pudieran corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SÉPTIMA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos integramente el presente contrato y enterados de su contefido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos cinco ojas de papel membretado del Ministerio de Educación, impresas únicamente enltsu apúerso.
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GUION TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE GUION DOS MIL TRECE 9-337-2013) En la ciudad de Guatemala, el día veintidós (22) de agosto del año dos mil trece (2013).
GUION TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE GUION DOS MIL TRECE 9-337-2013) En la ciudad de Guatemala, el día veintidós (22) de agosto del año dos mil trece (2013).
NOSOTROS: LUISA FERNANDA MÚLLER DURÁN de cuarenta (40) años de edad, casada, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro ochocientos noventa y dos mil setecientos ochenta y cinco (892785), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero cero cero dos guión dos mil trece (0002-2013), de fecha dos (02) de enero del año dos mil trece (2013), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa -DIGEDUCAlo que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero cero setenta y siete guión dos mil nueve (DIREH-0077-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número ocho guión dos mil nueve (8-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009) asentada en el Libro de Actas de hojas móviles Número cero setecientos noventa y tres (0793) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas con registro número L dos dos mil
noventa y tres (0793) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas con registro número L dos dos mil ochocientos sesenta y cuatro (L2 2864), señalando para recibir notificaciones en Avenida Reforma ocho guión sesenta (8-60) zona nueve (9), Edificio Galerías Reforma, Torre II, octavo nivel sede de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa; y, por la otra parte, OSCAR HUMBERTO CARRERA ALVARADO de veintisiete (27) años de edad, soltero, guatemalteco, MAESTRO DE EDUCACIÓN PRIMARIA URBANA CON TREINTA Y SEIS CURSOS APROBADOS EN LA CARRERA DE PROFESORADO DE ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA, con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil doscientos cuarenta y cuatro, veinticuatro mil eiscientos treinta y siete, cero ciento uno (2244246370101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, con residencia en VEINTIDÓS AVENIDA "A" DIECINUEVE GUIÓN CINCUENTA Y SIETE, ZONA SEIS, COLONIA TREINTA DE JUNIO, municipio de Guatemala departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos ICHUAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 337 - 25 -__Otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) su +BONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar
ICHUAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 337 - 25 -__Otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) su +BONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar E GONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS & £ CNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas — siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 i del Decreto Número 57-92del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubemativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para CAPTURA Y VERIFICACIÓN DE DATOS, EVALUACIÓN DE TERCERO BÁSICO, JORNADA NOCTURNA, bajo la supervisión de la Dirección General de
sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para CAPTURA Y VERIFICACIÓN DE DATOS, EVALUACIÓN DE TERCERO BÁSICO, JORNADA NOCTURNA, bajo la supervisión de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Vaciar la información contenida en las hojas físicas de respuestas de los estudiantes al sistema Teleform, siguiendo codificación de cada variable. b) Ingresar la información, de acuerdo al orden de los instrumentos en los bloques de hojas de respuesta que le serán proporcionados. c) Procesar un mínimo de 11,000 hojas de respuesta. d) Reportar por medio de hojas de control, la cantidad de hojas de respuesta ingresados al sistema. e) Elaborar un informe de las actividades ejecutadas. Asimismo, "EL (LA) CONTRATISTA" se compromete a entregar los siguientes productos: Asimismo, "EL (LA) CONTRATISTA" se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO No. 1: Informe de producción No.l. Procesamiento de 4,400 hojas de respuesta. Entregará 2 informes, uno impreso que quedará en resguardo en la Subdirección de Análisis y el otro en digital que formará parte del expediente de pago. Se entregará el 16 de septiembre de 2013. PRODUCTO No. 2: Informe de producción 0.2 Procesamiento de 6,600 hojas de respuesta. Entregará 2 informes, uno impreso que quedará en resguardo en la Subdirección de Análisis y el otro en digital que formará parte del expediente de pago. Se entregará el 16de octubre del año 2013. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se ICHUA
del expediente de pago. Se entregará el 16de octubre del año 2013. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se ICHUA usMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 337 - 3/5 compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad total de ONCE MIL monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Y un segundo y último pago por un monto de SEIS MIL SEISCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.6,600.00) equivalentes al sesenta por ciento (60%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de cada uno de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil trece guión un mil ciento trece guión cero cero cero ocho guión ciento veinte guión trece guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero seis guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once - mil/ guión ,ceto cero / cero cero uión rg cero cero cero oda tad de AAN del Presupuesto
cero cero guión cero cero seis guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once - mil/ guión ,ceto cero / cero cero uión rg cero cero cero oda tad de AAN del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, consignada en la Solicitud de Gasto/Requerimiento que sirve de base para esta contratación, o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto. CUARTA: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el veintiuno (21) de octubre del año dos mil trece (2013). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula.
QUINTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. De conformidad con los artículos 65 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a
ICHUA dr]MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 337 - 4/5 “favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", Seguro de Caución (Fianza de Cumplimiento), equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. De
GUATEMALA C.A. 337 - 4/5 “favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", Seguro de Caución (Fianza de Cumplimiento), equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. De 3 nformidad con la literal a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha garantía deberá estar vigente hasta el veintiuno (21) de octubre del año dos mil trece (2013), fecha en que termina la contratación. Esta garantía podrá hacerse efectiva, si “EL (LA) CONTRATISTA”, incumple con lo estipulado en cualquiera de las cláusulas del contrato. SEXTA: PROHIBICIONES. En ningún caso podrá “EL (LA) CONTRATISTA” enajenar, ceder, traspasar o disponer en cualquier forma o título, total o parcialmente, los derechos que adquiere a través de este contrato, de lo contrario "EL MINISTERIO" queda facultado para dar por terminado el mismo en forma automática y sin necesidad de trámite alguno, aplicando las sanciones que correspondan conforme a las leyes que rigen la materia. Esta prohibición prevalecera aún después de haber finalizado por cualquier causa el presente contrato, haciéndose responsable "EL (LA) CONTRATISTA" por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar. SÉPTIMA: DERECHOS DE AUTOR. Los derechos de autor y derechos conexos vinculados con cualquier clase de material producido bajo los términos de este contrato, son propiedad exclusivamente de "EL MINISTERIO". OCTAVA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. NOVENA: T