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Acuerdo Ministerial 2136-2012

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 2136-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

MINISTERIO DE EDUCACION pomor 220202

ACUERDO MINISTERIAL No. 2136-2012

Guatemala , 24 de Julio de 2012 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.

CONSIDERANDO: Que, se considera necesaria la contratación de servicios, profesionales, con cargo al renglón presupuestarioN 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y darle validez a sus cláusulas contractuales.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto número 57-92del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26de su Reglamento, Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 489, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.

Artículo 2. Se contratan los servicios profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a

el renglón presupuestario 489, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo. Artículo 2. Se contratan los servicios profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente: DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL 2007-1 1130008108-03-00-000-005-189-0101-11000-0000-0000 mimica Valor Total del contrato, Nombre de la Persona Contratada Contrato (IVA contrato incluído) \ 189 - 2148-2012 N MARIO MARROQUIN PELÍZ Q. 42,500.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Articulo, 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la Dirección General de Educación Bilingue Intercultural, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente. Al y} hancia noma,

EMINISTRO DE/EDUCACION Un

COMUNÍQUESE % O, i mola, -

1LA MENDIZÁBAL

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COMUNÍQUESE % O, i mola, -

1LA MENDIZÁBAL

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CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES

NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2148-2012) En la ciudad de Guatemala, el día diez (10) de julio del año dos mil doce (2012).

NOSOTROS: OSCAR RENÉ SAQUIL BOL de treinta y nueve (39) años de edad, casado, guatemalteco, Licenciado en Lingiistica, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número Un billón novecientos noventa y tres mil ochocientos ochenta y dos millones quinientos treinta y un mil seiscientos uno (1993882531601) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General De Educación Bilingüe Intercultural -DIGEBIpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión un mil cuarenta y siete guión dos mil doce (DIREH-1047-2012), de fecha quince (15) de marzo del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número

y siete guión dos mil doce (DIREH-1047-2012), de fecha quince (15) de marzo del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número treinta y uno guión dos mil doce (31-2012), de fecha quince (15) de marzo del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de ecursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General entas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para 8%X/0na 10) sede de la Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural ; y, por otra parte, MARIO MARROQUIN PELÍZ de treinta y cinco (35) años de edad, soltero, guatemalteco, LICENCIADO EN LINGÚISTICA, colegiado (a) número catorce mil ciento diez (14110), con domicilio en el Departamento de Quiche. Me identifico con cédula de vecindad número de orden N guión catorce (N-14) y de registro número cincuenta y seis mil setenta y nueve (56079), extendida por el Alcalde Municipal de Santo Tomas Chichicastenango departamento de Quiche, con residencia en CANTÓN PAXOT III, municipio de Santo Tomas Chichicastenango departamento de Quiche lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar

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CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de

CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar

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CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48 y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA”, que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como / para

ELABORACIÓN DE UN INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN Y MANUAL DE

APLICACIÓN PARA CERTIFICACIÓN LINGÜÍSTICA DE DOCENTES, EN EL IDIOMA K'ICHE”, PARA ESCRITURA, en DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGUE INTERCULTURAL Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Elaboración del plan específico y cronograma de actividades; b) Redacción de una batería (0 juego) de un instrumento de evaluación lingilística que determine la habilidad escrita del idioma k'iche” en sus formas A, B y C y su manual de

b) Redacción de una batería (0 juego) de un instrumento de evaluación lingilística que determine la habilidad escrita del idioma k'iche” en sus formas A, B y C y su manual de aplicación; c) Socialización de la batería (o juego) de instrumentos de evaluación en texto corrido en el programa Word construido en idioma y cultura k’iche’, en versión electrónica e impresa dos originas y dos copias; Se entregará el treinta y uno de julio de dos mil doce; PRODUCTO DOS: a) Informe de talleres realizados para la revisión y socialización del instrumento; b) Documento que contenga los instrumentos de evaluación del dominio escrito y manuai de aplicación en idioma k'iche” en su forma A, B y C y traducido al español en texto corrido en el programa Word construido en idioma y cultura k'iche' en versión electrónica e impreso en dos originales y dos copias; c) Entrega del informe final de las actividades realizadas para la elaboración de instrumentos de evaluación del dominio escrito y manual de aplicación en idioma NMANCILLA TesMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2148 - 3/5 k'iche” traducido al español en texto corrido en el programa Word construido en idioma y cultura k'iche” en versión electrónica e impresa dos originales y dos copias; d) Un informe final que contenga: presentación, objetivos, actividades realizadas, conclusiones y recomendaciones; Se entregará el quince de octubre de dos mil doce.

TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad

de "CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS

TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad

de "CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS

(Q.42,500.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en dos (2) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de DIECISIETE MIL QUETZALES EXACTOS (Q.17,000.00) equivalentes al cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Y un segundo y último pago por un monto de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.25,500.00) equivalentes al sesenta por ciento (60%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al te contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGÜE ERC ULTURAL, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de tra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por {LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGÜE INTERCULTURAL. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento ocho guión cero tres guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero cinco guión ciento

número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento ocho guión cero tres guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero cinco guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión em y ee e guióncero cero cero cero (2012-11130008103-03-00-000-005-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este poncento y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero diecisiete millones setecientos cincuenta y seis mil setenta y uno (17756071). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el quince (15) depues NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2148 - 4/5 del año dos mil doce (2012). QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato,

mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta quince (15) de octubre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como ole ¡Que deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del ng lamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN EL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, d) Por decisión unilateral dictada por el

negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE

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FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente.

DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA

PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA"

obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capitulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren correspondemme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. Bl —tr MARIO MARROQUIN PELÍZ y Bilingüe Intercultural -DIGEBINMANCILLA ad

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