Acuerdo Ministerial 2137-2012
Ministerio de Educación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 2137-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
Página 1 de 1
MINISTERIO DE EDUCACION MN. nai 1 Cortrato() 189 de DIRE
ACUERDO MINISTERIAL No. 2137-2012
Guatemala, 24 de Julio de 2012 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corrésponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado. .
CONSIDERANDO: Que, se considera necesaria la contratación de servicios \ técnicos-profesionales, con cargo al renglón presupuestario“ 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y darle validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto Número 57-92del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario,189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario,189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 2. Se contratan los servicios técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente: DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS 2012-11130008103:01:00000°0025000189°010111000:00009000 Numero de Valor Total del Nombre de la Persona Contratada Contrato (IVA contrato Incluido) A 189 - 2268-2012 TRISTOPHER OBDULIO LÓPEZ GÓMEZ Q. 20,000.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la Direxción de Recursos Humanos, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. N Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección de Recursos Humanos, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Intema del Ministerio de Educación y entes fiscalizadores. . . DE Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente. er Eo a 06, OS <a COMUNÍQUESE E; = y Y y > A 25 os = : SD >
Ministerio de Educación y entes fiscalizadores. . . DE Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente. er Eo a 06, OS <a COMUNÍQUESE E; = y Y y > A 25 os = : SD >
5 % mojo, CN ÍA DEL AGUIYA MENDIZÁBAL — 90:
ALFREDD GUSTAVO GARCÍA ARCH
VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN
YoMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2268 - 1/6
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
TECNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2268-2012) En la ciudad de Guatemala, el día dieciocho (18) de julio del año dos mil doce (2012).
NOSOTROS: VICTOR HUGO RODRIGUEZ GRAMAJO de cincuenta y dos (52) años de edad, casado, guatemalteco, Licenciatura en Informática y Administración de Negocios, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno
(A-1) y de registro seiscientos un mil ochocientos veintiocho (601828), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala actuando por delegación de la Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de Recursos Humanos personería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión un mil
mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de Recursos Humanos personería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión un mil setecientos treinta y uno guión dos mil doce (DIREH-1731-2012), de fecha dos (02) de mayo del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número ochenta guión dos mil doce (80-2012), de fecha dos (02) de mayo del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos trece mil ochocientos treinta y tres (L2 13833) y folio número 195, señalando para recibir notificaciones Quinta calle cuatro guión treinta y tres de la zona uno, Edificio Rabí sede de la Direccion de Recursos Humanos ; y, por la otra parte, CRISTOPHER OBDULIO LÓPEZ GÓMEZ de veintitrés (23) años de edad, soltero, guatemalteco, BACHILLER EN COMPUTACIÓN CON
ORIENTACIÓN COMERCIAL CON VEINTE CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE ABOGACIA Y NOTARIADO, con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro número un millon doscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis (1284466), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala departamento de Guatemala, con residencia en QUINTA CALLE Y TERCERA AVENIDA LOTE
NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION
seis (1284466), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala departamento de Guatemala, con residencia en QUINTA CALLE Y TERCERA AVENIDA LOTE
NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2268 - 2/6
TREINTA Y TRES "A" COLONIA SANTA ROSITA, ZONA DIECISÉIS, municipio de Guatemala departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las — cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos, Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL
aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos, Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TECNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como / para DIGITACION DE INFORMACIÓN EN SISTEMA GUATENÓMINAS, en DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: 1. Actividades: a) Verificar la información del personal Docente y Administrativo del Ministerio de Educación, en el sistema designado para ello; b) Recibir y clasificar las boletas de actualización por paquetes identificados previo al ingreso de la información; c) Verificar la información de las boletas de actualización e ingresarlas en forma correcta en la plantilla de información general del sistema de Guatenóminas; d) Clasificar, llevar el control e imprimir reporte de avance. 2. Responsabilidades y Lineamientos: a) Garantizar la correcta digitación de la información; b) Apegarse a los lineamientos dados por el supervisor asignado por la Dirección de Recursos Humanos, para el ejercicio de sus funciones, quien a su vez sigue las directrices planteadas por la Coordinación del Departamento de Gestión y
NMANCILLA
Rodriguez Gramajo ecursos Humanos Lic. Víctor Hugo Director de Ministerio de EducaciónMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2268 - 3/6 pago de Nómina. El (La) Contratista se compromete a presentar los Productos siguientes: PRODUCTO UNO: Informe del total de boletas de actualización enviadas
GUATEMALA C.A. 2268 - 3/6 pago de Nómina. El (La) Contratista se compromete a presentar los Productos siguientes: PRODUCTO UNO: Informe del total de boletas de actualización enviadas por cada Dirección Departamental y Dependencias de Planta Central, clasificadas por Departamento y Unidad ejecutora de Escuintla, Izabal, Sacatepéquez, Zacapa, Petén, DAFI, DIDEMAG, DIGEDUCA, DINFO, y Junta Calificadora de Personal. La fecha de entrega de este producto es el diez de septiembre del año dos mil doce. PRODUCTO DOS: Digitación de la boletas de actualización del personal Administrativo de los renglones 011, 021 y 022 de las dependencias asignadas. La fecha de entrega de este producto es el doce de octubre del año dos mil doce. PRODUCTO TRES: Digitación de la boletas de actualización del personal Administrativo y Docente de los renglones 011, 021 y 022 de las dependencias asignadas. La fecha de entrega de este producto es el doce de noviembre del año dos mil doce. PRODUCTO CUATRO: Informe final por las dependencias asignadas, del total de boletas ingresadas en el Sistema de Guatenóminas. La fecha de entrega de este producto es el siete de diciembre del año dos mil doce.
TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de VEINTE MIL QUETZALES EXACTOS (Q.20,000.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en cuatro (4) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de CUATRO MIL QUETZALES EXACTOS
impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en cuatro (4) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de CUATRO MIL QUETZALES EXACTOS (Q.4,000.00) equivalentes al veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Un segundo pago por un monto de SEIS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.6,000.00) equivalentes al treinta por ciento (30%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Un tercer pago por un monto de SEIS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.6,000.00) equivalentes al treinta por ciento (30%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 3 indicado en los Términos de Referencia. Y un cuarto y último pago por un monto de CUATRO MIL QUETZALES EXACTOS (Q.4,000.00) equivalentes al veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 4 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al
NMANCILLA
Rodriguez Gramajo 'ecursos Humanos Ministerio de Educación Director d I g > S pan }MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2268 - 4/6 presente contrato. La DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los
presente contrato. La DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento tres guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión cero cero cero guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once Y guión A ADA guión ARA a cero cero (2012-11130008103-01-00-000-002-000-189- "A 11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para éste concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero diecisiete millones ochocientos doce mil nueve (17812009). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y vigencia del presente contrato inicia a partir de su oprovación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el siete (07) de diciembre del año dos mil doce (2012).
QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones
QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta siete (07) de diciembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer
NMANCILLA
Rodriguez Gramajo ecursos Humanos Ministerio de Educación Director de 3 I ra g > Ss 3MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2268 - 5/6 en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como
GUATEMALA C.A. 2268 - 5/6 en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL
del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente. DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley.
DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73
NMANCILLA
Humanos Ministerio de Educación 0 Rodriguez Gi de Recursos Humanos #2 SE 5MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2268 - 6/6 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente
sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en seis (6) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. / EZ 9). a , D Director de Recursos Huma eS o CRISTO] OMEZ Liveoo