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Acuerdo Ministerial 2154-2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 2154-2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2013

S MINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, C. A. P! { 4 3 1 q ACUERDO MINISTERIAL No. 1 5 4 =Y 1

GUATEMALA, 0 9 SEP 2013

LA MINISTRA DE EDUCACION CONSIDERANDO: Que, a través del Acuerdo Ministerial número 0971-2013, de fecha 19 de marzo de 2013, se unifica el Departamento de Asistencia Técnica Jurídica de la Dirección de Servicios Administrativos con la Unidad de Información de la Dirección de Asesoría Jurídica, pasando a formar la Unidad de Información, Asesoría y Asistencia Legal.

CONSIDERANDO: Que, la citada Unidad, no ha sido agregada a la estructura orgánica de la Dirección de Asesoría Jurídica, siendo necesario reformar el Acuerdo Ministerial número 919-2009, de fecha 26 de mayo de 2009, que contiene el Reglamento Interno de la Dirección de Asesoría Jurídica.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 5 y 27 literales a) y m del Decreto número 114-97 del Congreso de la Republica de Guatemala, Ley del

Organismo Ejecutivo.

ACUERDA: Artículo 1. Adicionar el numeral 6, al Artículo 3 del Acuerdo Ministerial número 919-2009, de fecha 26 de mayo de 2009, de la siguiente forma:

“6. Unidad de Información, Asesoría y Asistencia Legal”. Artículo 2. Adicionar el Artículo 8 bis al Acuerdo Ministerial número 919-2009, de fecha 26 de mayo de 2009, el cual queda así:

“6. Unidad de Información, Asesoría y Asistencia Legal”. Artículo 2. Adicionar el Artículo 8 bis al Acuerdo Ministerial número 919-2009, de fecha 26 de mayo de 2009, el cual queda así: “Artículo 8 bis. Unidad de Información, Asesoría y Asistencia Legal. La Unidad de Información, Asesoría y Asistencia Legal se encarga de la recepción y trámite de las solicitudes de información pública que se presenten al Ministerio de Educación, debiendo para el efecto, orientar a los interesados en su formulación. Proporciona para su consulta la información pública solicitada por los interesados o notifica la negativa de acceso a la misma, razonando dicha negativa. Expide copia simple o certificada de la información pública solicitada, siempre que se encuentre en los archivos del sujeto obligado. Coordina, organiza, administra, custodia y sistematiza los archivos que contengan la información pública a su cargo, respetando en todo momento la legislación en la materia. Prepara el informe anual que se debe presentar al Procurador de los Derechos Humanos, a que hace referencia el Artículo 48 de la Ley de Acceso aMINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, C, A. la Información Pública. Lleva a cabo las funciones inherentes en aplicación de la Ley de Acceso a la información Pública. Elabora proyecios de Acuerdos Ministeriales o Gubernativos. Lleva el contro! de la numeración de los Acuerdos Ministeriales y Resoluciones del Ministerio de Educación. Notifica los Acuerdos Ministeriales y Resoluciones del Despacho Ministerial. Gestiona la publicación de los Acuerdos Ministeriales en el Diario de Centro América, sin costo o a costa del interesado. Remite los expedientes administrativos a las Instituciones

Ministeriales y Resoluciones del Despacho Ministerial. Gestiona la publicación de los Acuerdos Ministeriales en el Diario de Centro América, sin costo o a costa del interesado. Remite los expedientes administrativos a las Instituciones Públicas que los requieran de conformidad con la Ley. Certifica expedientes o documentos administrativos del Ministerio de Educación a costa del interesado. Participa en la planificación, Plan Operativo Anual, Plan Anual de Adquisiciones, control, seguimiento y evaluación de las actividades de la Dirección de Asesoría Jurídica. Realiza otras actividades asignadas por la Dirección de Asesoría Jurídica” Artículo 11. Vigencia. El presente Acuerdo, empieza a regir inmediatamente.

COMUNÍQUESE,

ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARCHILA (E

VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN

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