Acuerdo Ministerial 2155-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 2155-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
Ministerio de Educación a e Guatemala, C. A.
ACUERDO MINISTERIAL No. 2155-2012
Guatemala, 25 de julio de 2012 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna, optimizando los recursos disponibles del Ministerio de Educación de conformidad con las leyes vigentes.
CONSIDERANDO: Que, ha sido solicitada la aprobación del Convenio de Subvención Económica para la Prestación de Servicios Educativos Gratuitos, suscrito entre el Ministerio de Educación y la Asociación Futuro Vivo Convenio Número 06-2012, de fecha 24 de julio de 2012, suscrito por Alfredo Gustavo García Archila, en su calidad de Segundo Viceministro de Educación, en Representación del Estado de Guatemala y la señora Eutilia Saez Saez en su calidad de Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal de la Asociación Futuro Vivo.
CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Administración Financiera ha informado que existen los recursos financieros para cubrir los compromisos adquiridos por el Ministerio de Educación, en el convenio antes indicado, por lo que es necesario emitir la aprobación correspondiente.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 71, 72, 73 y 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo preceptuado en los artículos 27 literales a), f) y m), 33 inciso a) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 2, 3, 8, 10 y 33 literales b),
artículos 27 literales a), f) y m), 33 inciso a) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 2, 3, 8, 10 y 33 literales b), €), d), k), m), r) y w) del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.
ACUERDA: Artículo 1. Aprobar las doce cláusulas de que consta el CONVENIO DE SUBVENCIÓN
ECONÓMICA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS GRATUITOS SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA ASOCIACIÓN FUTURO VIVO, Convenio Número 06-2012, de fecha 24 de julio de 2012, el cual fue ratificado, aceptado y suscrito entre Alfredo Gustavo García Archila, en su calidad de Segundo Viceministro de Educación, en representación del Estado de Guatemala y la señora Eutilia Saez Saez en su calidad de Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal de la Asociación Futuro Vivo, para desarrollar programas que tienen como objetivo atenderMinisterio de Educación Guatemala, C. A. demandas de cobertura de servicios educativos para niñas y niños en precarias condiciones económicas y de marginalidad, a población escolar de escasos recursos, residentes en las zonas marginales de influencia del centro educativo proporcionándoles clases diarias en los niveles de párvulos y primaria. Artículo 2. El presente acuerdo entra en vigencia a partir de su notificación.
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CINTHYA CAROLINA DEL ÁGUILA MENDIZABAL
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LA VICEMINISTRA DE EDUCACIÓNMinisterio de Educación Guatemala, E. A.
CONVENIO DE SUBVENCIÓN ECONÓMICA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
EDUCATIVOS GRATUITOS, SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Y LA ASOCIACIÓN FUTURO VIVO
CONVENIO No: 06-2012
En la ciudad de Guatemala, el día veinticuatro de julio de dos mil doce (24/07/2012), comparecemos: Por una parte Alfredo Gustavo García Archila, de cuarenta y nueve (49) años de edad, casado, guatemalteco, . economista, de este domicilio, con Documento: Personal de Identificación —CUInúmero dos mil doscientos cincuenta espacio cuarenta y dos mil treinta y siete espacio cero ciento uno (2250 42037 0101), extendida en Guatemala por el Registro Nacional de las Personas, en representación: del Ministerio de Educación, en calidad de Segundo Viceministro de Educación, función que ejerzo conforme nombramiento en Acuerdo Gubernativo número dos (2) del dieciocho de enero del dos mil doce (18/01/2012) y acta de toma de posesión del cargo contenida en Acta número catorce guión dos mil doce (14-2012) del diecinueve de enero de dos mil doce (19/01/2012), asentada en el libro de Actas de hojas movibles identificadas como L dos trece mil ochocientos treinta y tres (L2 13833), en el folio número ciento veintinueve (129) de la Dirección de Recursos
asentada en el libro de Actas de hojas movibles identificadas como L dos trece mil ochocientos treinta y tres (L2 13833), en el folio número ciento veintinueve (129) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación; he sido delegado por el Ministerio de Educación para suscribir convenios y contratos de carácter administrativo, por medio del Acuerdo Ministerial número cero, ro, cero seis guión dos mil doce (0006-2012); señalo lugar para recibir notificaciones, la sede ral del Ministerio de Educación, ubicada en la sexta calle uno guión ochenta y siete, de la zona {6° Calle 1-87 zona 10), de esta ciudad; y por otra parte, Eutilia Saez Saez, de cincuenta y cuatro (54) años de edad, de nacionalidad española, soltera, Religiosa, de este domicilio, me > Ciudad de Guatemala; actúo como Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal de la Asociación Futuro Vivo calidad que acredito con fotocopia del acta notarial de nombramiento suscrita por el notario Ovidio Eduardo Fernández Milián, del uno de marzo de dos mil doce (01/03/2012), inscrita en el libro 1 del Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación bajo la partida número Treinta y ocho mil seiscientos catorce (38614) ‘en el folio número treinta y ocho mil seiscientos catorce (38614), de fecha uno de marzo de dos mil doce (01/03/2012); señalo lugar para recibir notificaciones, citaciones o emplazamientos; en la décima calle veintiuno guión noventa y siete, zona quince, Vista Hermosa III (10° calle 21-97, zona 15) de la ciudad de Guatemala. Ambos
recibir notificaciones, citaciones o emplazamientos; en la décima calle veintiuno guión noventa y siete, zona quince, Vista Hermosa III (10° calle 21-97, zona 15) de la ciudad de Guatemala. Ambos comparecientes aseguramos hallarnos en “e! libre ejercicio de nuestros derechos civiles; ser de los datos de identificación personal indicados, que hemos tenido a la vista la documentación relacionada y que la representación que respectivamente ejercitamos es suficiente a nuestro juicio y conforme a la ley para otorgar el presente CONVENIO - DE SUBVENCIÓN ECONÓMICA, PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS GRATUITOS NÚMERO CERO SEIS GUIÓN DOS MIL DOCE (06-2012), de acuerdo con las cláusulas siguientes: pr PRIMERA. Antecedentes. La Asociación Futuro Vivo, es una Institución de servicio social que ha venido desarrollando, desde 1997, programas con el objeto de atender demandas de cobertura de servicios educativos para niñas y niños en precarias condiciones económicas y de marginalidad; a población escolar de escasos recursos, residentes en las zonas marginales de influencia del centro educativo proporcionándoles clases diarias en el nivel de párvulos y primaria. El Ministerio de Educación a través de la Dirección de Administración Financiera en oficio-DAFI-DP-283 de fecha veinticuatro de febrero de dos mil doce (24/02/2012), informa que en el presupuesto para el ejercicio 1Ministerio de Educación Efuatenala OA. fiscal dos mil doce (2012) tienen programada una asignación presupuestaria, por concepto de pago de subvención económica para la Asociación Futuro Vivo. SEGUNDA. Base legal. El presente convenio se suscribe con fundamento en los artículos 71, 72,
fiscal dos mil doce (2012) tienen programada una asignación presupuestaria, por concepto de pago de subvención económica para la Asociación Futuro Vivo. SEGUNDA. Base legal. El presente convenio se suscribe con fundamento en los artículos 71, 72, 73, 74 y 80 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3,.8, 10 y 33 incisos b) ; €), d), k). m), r), s) y w) de la Ley de Educación Nacional, Decreto número doce guión noventa y uno (12-91) del Congreso de la República de Guatemala. TERCERA. Objeto, aportación y ejecución. El presente convenio tiene por objeto otorgar durante el año dos mil doce (2012), una subvención económica de DOSCIENTOS MIL. QUETZALES EXACTOS (Q:200,000.00), con cargo al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Ministerio de Educación, para .que la Asociación Futuro Vivo pueda. prestar, ininterrumpidamente, sín discriminación ‘alguna, servicio : gratuito en: el nivel -de educación preprimaria y primaria de conformidad con la, Resolución número seiscientos ochenta y uno guión noventa y nueve guión E.P (681-99-E.P) de fecha catorce de octubre de mil novecientos noventa y nueve (14/10/1999) por la cual ‘autoriza el funcionamiento del mencionado colegio en el nivel de educación preprimaria; autorización que se amplió al nivel primario en la Resolución número trescientos treinta y nueve guión dos mil guión EP (339-2000-EP) de fecha dos de octubre del dos mil (02/10/2000); y que el inisterio de Educación a través de la Dirección Departamental de Educación de Guatemala Oriente;
guión dos mil guión EP (339-2000-EP) de fecha dos de octubre del dos mil (02/10/2000); y que el inisterio de Educación a través de la Dirección Departamental de Educación de Guatemala Oriente; podrá entregar en forma proporciona! de acuerdo a la disponibilidad financiera del Ministerio. de Educación, cuando la “Asociación Futuro Vivo” haya cumplido los trámites legales y administrativos correspondientes, contenidos en el MANUAL OPERATIVO PARA SUBVENCIONES A CENTROS JCATIVOS PRIVADOS GRATUITOS. Dicho aporte será destinado: el cien por ciento (100%) para ‘pago de salarios del personal docente. La Asociación Futuro Vivo será cuentadante y responsable la administración. y liquidación de los aportes económicos, a través de las respectivas cajas fiscales ante la Contraloría General de Cuentas. CUARTA. Fiscalización de la Contraloría General de Cuentas. Corresponde a la Contraloría General de Cuentas la fiscalización de los fondos aportados, a efecto de verificar que éstos sean utilizados para los fines estipulados en el presente convenio, por lo que: en cumplimiento ‘de lo dispuesto en el Acuerdo Número A guión ciento cuarenta y cuatro guión dos mil seis (A-144-2006) de la Contraloría General de Cuentas; La Asociación Futuro Vivo deberá facilitar las labores que esa “entidad realice con fines de fiscalización en la administración de los recursos otorgados adquiriendo obligación de: a) Contribuir al desarrollo de las actividades de fiscalización que por mandato lega! be efectuar la Contraloría General de Cuentas, proporcionando a ia misma los documentos, libros y cualquier información que los auditores requieran y b) Que para un efectivo seguimiento de las
obligación de: a) Contribuir al desarrollo de las actividades de fiscalización que por mandato lega! be efectuar la Contraloría General de Cuentas, proporcionando a ia misma los documentos, libros y cualquier información que los auditores requieran y b) Que para un efectivo seguimiento de las u operaciones y para facilitar el proceso de fiscalización, todos los fondos que reciban del Estado o sean producto de colectas públicas, deben constituirse en una cuenta bancaria especifica que 8 permita el efectivo control de los ingresos y egresos de la misma y llevar los registros contables de o forma separada de otros fondos que reciban. ——— món < E QUINTA. Intereses Bancarios. Los intereses bancarios generados por los recursos trasladados RU como producto del presente convenio, deberán ser depositados en la “Cuenta del Gobierno de la hs 15 República de Guatemala, Fondo Común” cuando corresponda y cada vez que el banco que opera la cuenta específica de este convenio haga las acreditaciones correspondientes, en virtud de la disposición emanada del Decreto número treinta y tres guión dos mil once (33-2011) del Congreso de Ay la República de Guatemala, de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado.--— SEXTA. Fiscalización, supervisión, monitoreo y evaluación. El Ministerio de Educación,. por medio de las unidades correspondientes, velará por el cumplimiento de los ‘objetivos: y demás 2Ministerio de Educación Guatemala; C. A. estipulaciones establecidas en el presente convenio a través de las siguientes acciones: ‘la Dirección de Auditoría Interna (DIDAI), la fiscalización de los fondos públicos a que se refiere este convenio, en forma ex post de acuerdo al Plan Anual de Auditoría (PAA) y con base a muestreo selectivo y normas
de Auditoría Interna (DIDAI), la fiscalización de los fondos públicos a que se refiere este convenio, en forma ex post de acuerdo al Plan Anual de Auditoría (PAA) y con base a muestreo selectivo y normas de auditoría gubernamental. La supervisión y monitoreo, queda bajo la responsabilidad de: la Dirección General de Gestión de Calidad Educativa (DIGECADE), Dirección General de Educación Bilingue . Intercultural (DIGEBI), “Dirección General de : Monitoreo y - Verificación .de - Calidad (DIGEMOCA), la Dirección . General de Evaluación e Investigación .(DIGEDUCA) y - Dirección Departamental de Educación de Guatemala Oriente, Dirección a la que corresponde el centro que atiende la Asociación Futuro Vivo en su labor educativa; correspondiendo también a esta última la evaluación de la ejecución de los recursos financieros asignados, establecidos en el presente convenio. — mi SEPTIMA. Obligaciones: A) del Ministerio de Educación: A.1,- Hacer efectiva la disponibilidad presupuestaria asignada por el Ministerio de Finanzas Públicas al Ministerio de Educación a través de: la Dirección de Administración Financiera del Ministerio de Educación el aporte acordado en la cláusula tercera del presente convenio, para los fines establecidos en la misma, Dicho aporte estará sujeto a la disponibilidad financiera del Ministerio. B) De la Asociación Futuro Vivo: B.1, La sociación Futuro Vivo, queda obligada y se compromete a incluir y divulgar, en los documentos que ite, en su correspondencia y otros medios que estime convenientes, el reconocimiento del aporte 2-el Ministerio de Educación hace al financiamiento de su programa, B.2, La Asociación Futuro vo; deberá presentar a la Unidad de Administración Financiera de la Dirección Departamental de
2-el Ministerio de Educación hace al financiamiento de su programa, B.2, La Asociación Futuro vo; deberá presentar a la Unidad de Administración Financiera de la Dirección Departamental de ducación de Guatemala Oriente, previo al trámite de los pagos, fotocopia del oficio o conocimiento de conste la entrega de las cajas fiscales a la Contraloría General de Cuentas, B.3, La Asociación Futuro Vivo, - deberá rendir informes -narrativos-financieros .trimestrales - de la ejecución de los desembolsos recibidos del Ministerio de Educación, ante la Dirección Departamental de Educación de Guatemala Oriente, con copias a la Dirección de Administración Financiera (DAFI); la Dirección de : Auditoría Interna (DIDAI) del Ministerio de Educación y a la delegación de la Contraloría General de Cuentas, a efecto de propiciar una evaluación permanente de los resultados y beneficios obtenidos con motivo del aporte económico otorgado, B.4, La Asociación Futuro Vivo, deberá presentar a la Dirección Departamental de Educación de Guatemala Oriente, con copia a la ‘Dirección de Administración - Financiera (DAFI), a la Dirección de Auditoría Interna: (DIDAI) del Ministerio de Educación y a la Delegación de la Contraloría General de Cuentas, un informe anual final que contenga la evaluación total del funcionamiento de su programa, los resultados del aprendizaje logrado por ‘los alumnos asistentes y la forma detallada en que fueron invertidos los fondos = asignados, los cuales deben estar respaldados con los comprobantes legítimos que amparan el 3 : destino dado a los mismos y que deben estar disponibles para su verificación por las autoridades correspondientes, B.5, La Asociación Futuro Vivo, deberá publicar en el Sistema Informático de
3 : destino dado a los mismos y que deben estar disponibles para su verificación por las autoridades correspondientes, B.5, La Asociación Futuro Vivo, deberá publicar en el Sistema Informático de &y Gestion de Guatecompras, las compras, contrataciones y adquisiciones que efectúe con esta subvención económica, de conformidad con lo dispuesto en ‘el Decreto número cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) de la Ley de Contrataciones del Estado, del Congreso de la República 2 E de Guatemala y sus reformas, B:6,- La Asociación Futuro Vivo, deberá cumplir con .la-Ley de E Educación Nacional, Decreto Número doce guión noventa: y uno (12-91) del -Congreso de la República de Guatemala y demás disposiciones ministeriales relacionadas con el funcionamiento de Lo 2 centros educativos y entidades educativas gratuitas subvencionadas por el Ministerio de Educación, así como utilizar el aporte económico otorgado por el Ministerio de Educación exclusivamente en los rubros establecidos en el presente convenio; en especial, prestando ininterrumpidamente -los 38 Ministerio de Educación Guatemala, €. A. servicios educativos gratuitos, B.7, La Asociación Futuro Vivo, con el propósito ‘de :dismínuir el ausentismo y la deserción de los alumnos en los centros educativos, se obliga a lograr un porcentaje mínimo del noventa y cinco por ciento (95%) de asistencia de los alumnos durante el cicio escolar; reduciendo drásticamente el porcentaje de deserción a un máximo del cinco por ciento (5%), así como, establecer un porcentaje mínimo del setenta y cinco por ciento (75%) en el rendimiento académico de los alumnos con el fin de garantizar la calidad de la enseñanza y aprendizaje que se
como, establecer un porcentaje mínimo del setenta y cinco por ciento (75%) en el rendimiento académico de los alumnos con el fin de garantizar la calidad de la enseñanza y aprendizaje que se desarrolla en los centros educativos subvencionados con el presente convenio, para lo cual deberán proporcionar informe del desarrollo de los programas de estudio, de las actividades realizadas y cualquier información estadística de la población escolar beneficiada, cuando la requieran las autoridades educativas del Ministerio de Educación, B.8, La Asociación Futuro Vivo, queda obligada a trasladar y presentar a los centros de evaluación. y en las fechas requeridas por la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa (DIGEDUCA) a los alumnos de los grados y ciclos a quienes - corresponda “aplicar pruebas de evaluación con el fin de garantizar la calidad de la enseñanza y aprendizaje que se desarrolla en los centros educativos subvencionados, =---——------—-:- OCTAVA. Prohibiciones. La Asociación Futuro Vivo, tiene especialmente prohibido: a) Ceder los derechos que provengan del presente convenio, b) Utilizar los fondos para fines distintos a los que se specifican en el presente Convenio, c) Celebrar empréstitos, con los fondos de la subvención, d) fectuar modificaciones en gastos y cantidades a ejecutarse, comprometiéndose a deducir las esponsabilidades civiles y penales que correspondan, a las personas que resulten involucradas en as Violaciones al presente convenio, así como a responder y reponer con sus propios fondos toda antidad de la subvención que se haya utilizado para fines distintos de los aquí establecidos, e) ar ‘cobros directos o indirectos por los servicios educativos que presten en los centros
as Violaciones al presente convenio, así como a responder y reponer con sus propios fondos toda antidad de la subvención que se haya utilizado para fines distintos de los aquí establecidos, e) ar ‘cobros directos o indirectos por los servicios educativos que presten en los centros ducativosobjeto de esta subvención y f) Contratar a personal docente y administrativo que tenga iguna relación laboral con el Ministerio de Educación o instituciones relacionadas laboralmente con el mismo.-. — - e NOVENA. Vigencia, causas para la terminación del convenio y revalidación: El presente convenio tendrá vigencia a partir de la presente fecha hasta su vencimiento el treinta y uno de diciembre del año dos mil doce (31/12/2012), pero podrá darse por terminado antes del vencimiento del plazo, en los casos siguientes: a) Si las partes así lo acordaran, b) Sí se diera uso distinto o se detectaran anomalías en el manejo y ejecución de los fondos aportados por el Ministerio de Educación, c) Si la Asociación Futuro Vivo, no cumpliera con los objetivos y obligaciones pactadas en el presente convenio y d) Por decisión unilateral del: Ministerio de Educación, por las razones que considere pertinentes. Especialmente en el incumplimiento de parte de la Asociación Futuro Vivo, de los compromisos pactados en el presente convenio y el desvanecimiento de los hallazgos que reporten las auditorías que se realicen en el transcurso de su ejecución. Al finalizar los efectos y vigencia del presente convenio, se liquidarán las obligaciones otorgándose finiquito recíproco entre ambas partes. La revalidación del convenio estará sujeta a : a) La disponibilidad financiera del Ministerio de Educación y que el aporte del programa educativo de la Asociación Futuro Vivo sea
ambas partes. La revalidación del convenio estará sujeta a : a) La disponibilidad financiera del Ministerio de Educación y que el aporte del programa educativo de la Asociación Futuro Vivo sea autorizado dentro del presupuesto del Ministerio: de Educación; para el año que corresponda, pudiendo variar el monto a subvencionar de acuerdo a la disponibilidad financiera, b) A solicitud de la Dirección Departamental de Educación de Guatemala Oriente, de conformidad con la evaluación que efectúe, dentro del ejercicio fiscal correspondiente, de la forma detallada que fueron invertidos los fondos asignados y la satisfacción de los resultados educativos logrados... a cimmmimm= DECIMA. Modificaciones, controversias y casos no previstos. Las disposiciones contenidas en el presente convenio :se podrán modificar de común acuerdo entre las partes. Las controversias 4Ministerio de Educación Ghiatemals, CA. surgidas con motivo de la interpretación, aplicación o cumplimiento del presente convenio, serán resueltas en forma conciliatoriaentre las partes otorgantes; de igual manera, se resolverán los aspectos no contemplados y los acuerdos a que se llegue en cualquiera de los casos anteriores, se formalizarán mediante addenda que pasarán a integrar el convenio. - DECIMA PRIMERA. Anexos. Forman parte del presente convenio: a) Certificación de aval emitido para la renovación .del convenio de subvención y Dictamen Técnico emitido por la Dirección Departamental de Educación de Guatemala Oriente, b) Documentos de acreditación y representación lega! de los otorgantes, c) Fotocopia de los Estatutos y Personalidad Jurídica de la Asociación Futuro Vivo, d) Certificación - del Número. de - Identificación - Tributaria . (NIT), e) - Certificación . de la
lega! de los otorgantes, c) Fotocopia de los Estatutos y Personalidad Jurídica de la Asociación Futuro Vivo, d) Certificación - del Número. de - Identificación - Tributaria . (NIT), e) - Certificación . de la Cuentadancia emitida por la Contraloría General de Cuentas, f) Certificación del Número de Registro de Operación en el Sistema Informático de Gestión de Guatecompras, g) Anteproyecto de presupuesto de ejecución acorde al aporte otorgado por el Ministerio de Educación, h) Finiquito recíproco entre ambas partes e i) Autorización de funcionamiento, Constancia de Propiedad del establecimiento educativo por ciclo escolar y Constancia de Gratuidad debidamente certificada por la Dirección Departamental de Educación correspondiente. - DÉCIMA SEGUNDA. Lectura y aceptación: En los términos y cldusulas relacionadas, ‘los comparecientes, en la calidad con que cada uno actuamos, hemos dado lectura al presente convenio y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales; lo ratificamos, aceptamos y firmamos en dos (2) originales contenidos en cinco (5) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación, impresas únicamente en su anverso. ————————————————]; ¡Agredo €. García A VICEMINISTRO DE EDUCA Presidenta y Representante Legal Asociación Futuro Vivo