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Acuerdo Ministerial 221-2014

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 221-2014
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2014

Ministerio de Educación Pág. 1 de 3 Guatemala, C. A.

ACUERDO MINISTERIAL No. 221-2094 .

Guatemala, 2 1 ENE 2014) LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.

CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del pals propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del sistema educativo nacional.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben presentar su solicitud

con el objeto de impartir la carrera de Maestro de Educación Preprimaria, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO:

Que en virtud que el Liceo Evangélico “El Alba”, presentó su solicitud para impartir la carrera de

favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO:

Que en virtud que el Liceo Evangélico “El Alba”, presentó su solicitud para impartir la carrera de Maestro de Educación Pre-Primaria, contando con el dictamen técnico favorable No. 551-2013 de fecha veintiséis de noviembre de dos mil trece, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango, es procedente la autorización de la referida carrera.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal c) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo Gubernativo No. 165-96.

ACUERDA: Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 2014-2016, 2015-2017 y 2016-2018 al Liceo Evangélico “El Alba” del municipio de Huehuetenango del departamento de

Huehuetenango para impartir la carrera de Maestro de Educación Pre-Primaria, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada vespertina. b) Períodos de clase: La carrera de Maestro de Educación Pre-Primaria, se desarrollará secuencialmente, para cuarto grado en trein:a y cuatro (34), quinto grado en treinta y ocho (38) y sexto grado en treinta y dos (32) períodos semanales. €) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos. alMinisterio de Educacién Guatemala, C. A.

(38) y sexto grado en treinta y dos (32) períodos semanales. €) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos. alMinisterio de Educacién Guatemala, C. A. Pág. 2 de 3 d) Plan de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Maestro de Educación Pre-Primaria. Plan de Estudios para Maestros de Educación Pre-Primaria Cuarto Grado No. Área Períodos semanales 1. | Literatura Hispanoamericana 5 2. | Lenguaje Infantil 3 3. | Estudios Socioeconómicos de Centro América 4 4. | Psicobiología 5 5. | Pedagogía General 4 6. | Didáctica General 4 7. | Historia de la Educación 4 8. | Educación Estética a) Formación Musical 3 b) Iniciación a la Danza Infantil y Rondas 2 Total 34 Quinto Grado No. Area Periodos semanales 1. | Pre-lectura y Lectura Inicial 5 2. | Legislación y Administración Escolar 4 3. | Psicología y Psicopatología del Niño 4 4. | Estadística Aplicada a la Educación 3 5. | Didáctica de la Educación Parvularia 5 6. | Moral y Ética Profesional 4 7. | Elaboración de Material Didáctico 3 8. _| Manualidades Infantiles 2 9. | Educación Estética Il a) Formación Musical 3 b) Artes Plásticas 2 10. | Evaluación Escolar 3 Total 38 Sexto Grado No. Área Períodos semanales 1. | Literatura Infantil y Prácticas Escénicas 3

a) Formación Musical 3 b) Artes Plásticas 2 10. | Evaluación Escolar 3 Total 38 Sexto Grado No. Área Períodos semanales 1. | Literatura Infantil y Prácticas Escénicas 3 2. | Introducción a la Filosofía 5 3._| Puericultura y Medicina de Urgencia 3 4. | Seminario Sobre Aspectos de la Educación Nacional 4 5. | Juegos Educativos y Rondas 2 6. | Educación Estética III a) Formación Musical 3 b) Teatro Infantil 2 7._| Práctica Docente (1 semestre para alumnas) 10 Total 32 Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Plan de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. \ Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango, autorizará las / siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. urMinisterio de Educación Pág 3de 3 Guatemala, C. A. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango, supervisará la ejecución de las acciones del Liceo Evangélico “El Alba” para el aseguramiento de la calidad educativa. Artículo 5. Título acreditado. Cumplidos a satisfacción la estructura y plan de estudios establecidos para la carrera autorizada, se extenderá a los estudiantes el título correspondiente. Artículo 6. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial.

Artículo 6. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 7. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.

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