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Acuerdo Ministerial 2313-2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 2313-2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2013

MINISTERIO DE EDUCACION

Guatemala, C. A.

ACUERDO MINISTERIAL No. 2313-2013

GUATEMALA, 08 de octubre de 2013 LA MINISTRA DE EDUCACION CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 73 determina que, el Estado podrá subvencionar a los centros educativos privados gratuitos y la ley regulará lo relativo a esta materia. Los centros educativos privados funcionarán bajo la inspección del Estado; y están obligados a llenar, por lo menos, los planes y programas oficiales de estudio.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección Departamental de Educación de Escuintla, en Resolución número D.D.E.E./D.T.P No. 0074-2013 del 12 de abril de 2013 autoriza el funcionamiento del Instituto: 1) Instituto de Educación Básica por Cooperativa de Enseñanza, ubicado en Colonia Palmeras del Norte, municipio de Escuintla departamento de Escuintla.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Administración Financiera —DAFI-, en el Dictamen número 232 de fecha 16 de agosto de 2013, autoriza la ampliación presupuestaria, solicitada por la Dirección Departamental de Educación de Escuintla, para subvencionar al Instituto por Cooperativa de Enseñanza, arriba indicado.

El Despacho Ministerial, a través de Resolución número 1234 de fecha 28 de agosto de 2013, aprueba N la modificación presupuestaria.

POR TANTO: Con base a lo considerado y en ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 73 y 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en el Decreto

N la modificación presupuestaria.

POR TANTO: Con base a lo considerado y en ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 73 y 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en el Decreto número: 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional, en sus artículos 1, 2, 3, 8, 10, 26 y 27; Decreto Número 17-95 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Institutos de Educación por Cooperativa de Enseñanza, Artículo 3, reformado por el Decreto numero 55-2007 del Congreso de la República de Guatemala.

ACUERDA: Artículo 1. Autorizar la subvención siguiente: 1) Instituto de Educación Básica por Cooperativa de Enseñanza, ubicado en Colonia Palmeras del Norte, municipio de Escuintla departamento de Escuintla, por la cantidad VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE QUETZALES EXACTOS

(Q. 27,957.00). PaMINISTERIO DE EDUCACION

Guatemala, C. A. Artículo 2. El presente acuerdo tiene vigencia inmediatamente.

COMUNÍQUESE

CINTHYA CARÓLINA DEL ÁGUILA MENDIZÁBAL <

Mala, Cr

VICEMINISTRO DE EDUCACION

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