Acuerdo Ministerial 2337-2013
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 2337-2013
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
DI 40 US MINISTERIO DE EDUCACION Piano 1d 1 Acuerdo No.177:2013 1 Contrato(s) 189 de DIGEDUCA
ACUERDO MINISTERIAL No.2337-2013
Guatemala, 11 de octubre de 2013 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, considera necesaria la contratación de servicios profesionales, con cargo al renglón presupuestario 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2013, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y dare validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 27, literal m) Decreto Número 114-97del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto Número 57-92del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento; Acuerdo — Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas, Manual de Clasificaciones Presupuestarias Ipara el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las diecisiete (17) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales,
Ipara el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las diecisiete (17) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 2. Se contratan los servicios profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente: 2013-1113-0008-120-12-00-002-002-189-0101-11000-0000-0000 Número de N Valor Total del Contrato contrato Nombre de la Persona Contratada (IVA incluido) 189 - 392-2013 KARLA DESIREÉ ARCHILA BOITÓN Q. 7,500.00 |” El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
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de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 392 - 1/5
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES NUMERO
TENTO OCHENTA Y NUEVE GUION TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS ON DOS MIL TRECE (189-392-2013) / oK la ciudad de Guatemala, el día treinta (30) de septiembre del año dos mil trece (2013). NOSOTROS: LUISA FERNANDA MÚLLER DURÁN de cuarenta (40) años de edad, casada, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil quinientos treinta, catorce mil quinientos veintidós, cero ciento uno (2530 14522 0101) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero cero cero dos guión dos mil trece (0002-2013), de fecha dos (02) de enero del año dos mil trece (2013), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa -DIGEDUCAlo que acredito por medio del nombramiento
enero del año dos mil trece (2013), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa -DIGEDUCAlo que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero cero setenta y siete guión dos mil nueve (DIREH-0077-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número ocho guión dos mil nueve (8-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009) asentada en el Libro de Actas de hojas móviles Número cero setecientos noventa y tres (0793) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas con registro número L dos dos mil ochocientos sesenta y cuatro (L22864), señalando para recibir notificaciones en Avenida Reforma ocho guión sesenta (8-60) zona nueve (9), Edificio Galerías Reforma, Torre II, octavo nivel sede de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa; y, por la otra parte, ÁNELA DESIREÉ ARCHILA BOITÓN de treinta (30) años de edad, soltera,
guatemalteca, MAESTRA DE EDUCACIÓN PRIMARIA URBANA CON
LICENCIATURA EN LA CARRERA DE EDUCACIÓN, colegiado (a) número veintiuno mil setenta (21070), con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número un mil quinientos noventa y mueve, cuarenta y un mil seiscientos
veintiuno mil setenta (21070), con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número un mil quinientos noventa y mueve, cuarenta y un mil seiscientos ochenta y siete, cero ciento uno (1599416870101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, con residencia en AVENIDA ZARAGOZA CASA CATORCE, TERRAZAS ZONA OCHO, municipio de Mixco departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL ICHUAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 392 - 2/5 2 EA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de col E midad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 del Acuerdo Gubemativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo, Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus
Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para CALIFICACIÓN DE LA PRUEBA DE CIENCIAS NATURALES DEL NIVEL PRIMARIA REGIÓN METROPOLITANA, bajo la supervisión de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Asistir a las capacitaciones programadas por la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa para recibir cl entrenamiento específico sobre el uso de la pauta de corrección. b) Participar en el proceso de marcha blanca para lograr la consistencia de calificación entre codificadores garantizando la confiabilidad de los resultados. c) Calificar los ítems de respuesta abierta de la pmeba de Ciencias Naturales de los estudiantes de primaria de la región metropolitana, utilizando las pautas de corrección establecidas para cada uno de los ítems. d) Participar en los consensos de los procesos de corrección que tienen como objetivo dar seguimiento y revisar la consistencia en las calificaciones de los codificadores, este proceso se denomina doble corrección. e) Reunir en los formatos correspondientes la información obtenida a través de la calificación de las pruebas de primaria de Ciencias Naturales de la región metropolitana. f) Realizar un informe que contenga la descripción del proceso de calificación de las pruebas primaria de Ciencias Naturales de la región metropolitana, además de toda la información recabada durante el proceso. Asimismo, "EL (LA) CONTRATISTA" se compromete a entregar los siguientes
contenga la descripción del proceso de calificación de las pruebas primaria de Ciencias Naturales de la región metropolitana, además de toda la información recabada durante el proceso. Asimismo, "EL (LA) CONTRATISTA" se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO ÚNICO: Entrega de 2CD que contengan el informe en PDF del proceso de calificación de los ítems de respuesta abierta de la prueba de Ciencias Naturales de los estudiantes de primaria de la región metropolitana. Un CD quedará en resguardo en la subdirección de Desarrollo de la DIGEDUCA y el otro formará parte del expediente de solicitud de pago. Fecha de entrega 27 de noviembre 2013 TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se ICHUAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 392 - 3/5 compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad total de SIETE MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.7,500.00), en un único pago de SIETE ¿MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.7,500.00) El pago se realizará contra ©’ entrega del informe y producto establecido por los Términos Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega del producto, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA. El pago que se efectúe en cumplimiento del presente contrato, se cargará a la partida
oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA. El pago que se efectúe en cumplimiento del presente contrato, se cargará a la partida presupuestaria número: dos mil trece guión un mil ciento trece guión cero cero cero ocho guión ciento veinte guión doce guión cero cero guión cero cero dos guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil guión cero cero cero cero, puión, faro , coro, hero cero (2013-1113-0008-120-12-00-002-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, consignada en la Solicitud de Gasto/Requerimiento que sirve de base para esta contratación, o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto. CUARTA: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el veintinueve L de noviembre del año dos mil trece (2013). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula.
QUINTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. De conformidad con los artículos 65 y 69de la Ley de Contrataciones del Estado y 26del Reglamento de la Ley de
QUINTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. De conformidad con los artículos 65 y 69de la Ley de Contrataciones del Estado y 26del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", Seguro de Caución (Fianza de Cumplimiento), equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. De conformidad con la literal a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha garantía deberá estar vigente hasta el veintinueve (29) de noviembre del año dos mil trece (2013), fecha en que termina la contratación. Esta garantía podrá hacerse efectiva, si “EL (LA) CONTRATISTA”, incumple con lo estipulado en
ICHUA aroMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 392 - 4/5 cualquiera de las cláusulas del contrato. SEXTA: PROHIBICIONES. En ningún caso podrá “EL (LA) CONTRATISTA” enajenar, ceder, traspasar o disponer en cualquier ¿forma o título, total o parcialmente, los derechos que adquiere a través de este contrato, de lo contrario "EL MINISTERIO" queda facultado para dar por terminado el mismo en forma automática y sin necesidad de trámite alguno, aplicando las sanciones que correspondan conforme a las leyes que rigen la materia. Esta prohibición prevalecera aún después de haber finalizado por cualquier causa el presente contrato, haciéndose
forma automática y sin necesidad de trámite alguno, aplicando las sanciones que correspondan conforme a las leyes que rigen la materia. Esta prohibición prevalecera aún después de haber finalizado por cualquier causa el presente contrato, haciéndose responsable "EL (LA) CONTRATISTA" por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar. SÉPTIMA: DERECHOS DE AUTOR. Los derechos de autor y derechos conexos vinculados con cualquier clase de material producido bajo los términos de este contrato, son propiedad exclusivamente de "EL MINISTERIO". OCTAVA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
NOVENA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. "EL MINISTERIO", sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato en cualquier momento de la forma siguiente: A) Unilateralmente: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Si el Producto no cumple con los requisitos, contenido y/o plazo de entrega establecidos en los Términos de Referencia; y, c) Por decisión unilateral dictada por el Despacho superior de “EL MINISTERIO”. B) Mutuo Consentimiento: En este caso, las partes deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir la relación contractual, y la liquidación de todo pago pendiente así como el otorgamiento del finiquito correspondiente Y, C) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA: SUJECIÓN DE LAS PARTES A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las partes se someten a las leyes de la República de Guatemala en todo lo relacionado a este contrato y convienen expresamente que,
DÉCIMA: SUJECIÓN DE LAS PARTES A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las partes se someten a las leyes de la República de Guatemala en todo lo relacionado a este contrato y convienen expresamente que, cualquier diferencia o reclamación que surgiere entre las partes, derivadas del mismo, se resolverán sometiéndolas a la competencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 102de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio que "EL MINISTERIO" ejerza las acciones legales que correspondan. DÉCIMA PRIMERA: CARGAS TRIBUTARIAS. El monto del presente contrato incluye el Impuesto al Valor Agregado -IVAy está sujeto a cualquier otro impuesto, tasa o contribución que fijen las leyes vigentes del país. "EL
(LA) CONTRATISTA" está obligada a pagar oportunamente sus impuestos y demás obligaciones que adquiere al suscribir este contrato. DÉCIMA SEGUNDA:
DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL PRESENTE CONTRATO. Forman parte
ICHUA voMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 392 - 5/5 integral del presente contrato los siguientes documentos: a) Los términos de referencia; b) el expediente que sirvió de base para su elaboración; y, c) todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". DÉCIMA TERCERA: CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN. Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución
CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN. Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de HONORARIOS. DÉCIMA CUARTA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA
QUINTA: NOTIFICACIÓN A LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS.
De conformidad con lo que establece el artículo 75 de la ley de Contrataciones del Estado, del presente contrato, de su incumplimiento, resolución, rescisión o nulidad, "EL MINISTERIO" deberá remitir, dentro del plazo de treinte (30) días contados a partir de su aprobación, o de la respectiva decisión, una copia a la Contraloría General de Cuentas, para efectos de registro, control y fiscalización. DÉCIMA SEXTA: DEL COHECHO. "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesta, que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de "EL MINISTERIO" para aplicar las sanciones administrativas que pudieran corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SÉPTIMA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos integramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás
inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SÉPTIMA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos integramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación, impresas únicamente en su anverso. A o E e E 2 EME" RARÍA DESIREE ARCHILA BOITON cr 9). L Directora de la Dfrección General de Eval Investigación Educativa -DIGEDUCAMareo ICHUA A