Acuerdo Ministerial 2381-2013
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 2381-2013
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
MINISTERIO DE EDUCACION 1 Contato) 169 de 120
ACUERDO MINISTERIAL No. 2381-2013
Guatemala, 18 de octubre de 2013
Guatemala, C. A LA MINISTRA DE EDUCACIÓN , C. A.
CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, considera necesaria la contratación de servicios técnicos-profesionales, con cargo al renglón presupuestario 189 "Otros Estudios y/o Servicios”, del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2013, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y darle validez a sus Cláusulas contractuales, POR TANTO: En ejercido de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 27, literal m) Decreto Número 114-97del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto Número 57-92del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento; Acuerdo — Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las diecisiete (17) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 1. Se aprueban las diecisiete (17) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo. Artículo 2. Se contratan los servicos técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente: DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA 2013-1113-0008-120-01-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000 Número de Valor Total del Contrato Nombre de la Persona Contratada (IVA Incluído) 189 - 416-2013 PRISCILA XIOMARA FRANCO LÓPEZ DE MONTENEGRO Q. 11,650.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos Inmediatamente.
COMUNÍQUESE
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Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos Inmediatamente.
COMUNÍQUESE
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GUATEMALA C.A. 416 - 1/6
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
TÉCNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION CUATROCIENTOS DIECISÉIS GUION DOS MIL TRECE ada, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil quinientos treinta, catorce mil quinientos veintidos, cero ciento uno (2530 14522 0101) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero cero cero dos guión dos mil trece (0002-2013), de fecha dos (02) de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa -DIGEDUCAlo que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero cero setenta y siete guión dos mil nueve (DIREH-0077-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número ocho guión dos mil nueve (8-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009) asentada en el Libro de Actas de hojas móviles Número cero setecientos noventa y tres (0793) de la
mil nueve (8-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009) asentada en el Libro de Actas de hojas móviles Número cero setecientos noventa y tres (0793) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas con registro número L dos dos mil ochocientos sesenta y cuatro (L2 2864), señalando para recibir notificaciones en Avenida Reforma ocho guión sesenta (8-60) zona nueve (9), Edificio Galerías Reforma, Torre II, octavo nivel sede de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa; y, por la otra parte, PRISCILA XIOMARA FRANCO LÓPEZ DE MONTENEGRO de treinta y ÓN is (36) años de edad, casada, guatemalteca, SECRETARIA BILINGUE (ESPAÑOL INGLES) CON PENSUM CERRADO DE LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, con domicilio en el Departamento de cáatemata. Me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil trescientos setenta y cinco, treinta y cinco mil cuatrocientos sesenta y siete, cero ciento uno (2375354670101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, con residencia en enero del año dos mil trece (2013), en representación del Ministerio de Educación de AVENIDA CHINAUTLA, DIECISEIS GUIÓN TREINTA Y UNO, ZONA DOS, i COLONIA MELGAR DÍAZ, municipio de Guatemala departamento de Guatemala | lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN
i COLONIA MELGAR DÍAZ, municipio de Guatemala departamento de Guatemala | lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su | PARRIOLAIÓ MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 416 - 26 orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO ERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas < 6.
Seven s: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 3 Aa a 7, ¿sy 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de dal e taciones del Estado; 26y 78 del Acuerdo Gubemativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18.
SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus /SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL
SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus /SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL
MINISTERIO", como/para /INGRESO, CONSOLIDACIÓN DE DATOS, ENTREGA Y RECEPCIÓN DE MATERIAL DE EVALUACIÓN DEL TERCE, bajo la supervisión de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Vaciar la información contenida en las hojasfisicas de cuestionarios que forman parte de los instrumentos del TERCE, al sistema -DATA MANAGEMENT EXPERTDME, siguiendo un lenguaje de códigos especifico. b) Ingresar la información, de acuerdo al orden en que se encuentran los cuestionarios según el bloque que le sea proporcionado. c) Procesar un mínimo de 60,000 hojas físicas de cuestionarios que forman parte de los instrumentos del TERCE. d) Reportar por _medio de hojas de control, la cantidad de hojas físicas de los cuestionarios ingresados al Osores e) Elaborar un informe de las actividades ejecutadas. f) Verificar la entrega y e Lo Xqcepción del material procesado de la Evaluación del -TERCEen el Centro de a G el G <sigífientes productos: PRODUCTO NO. 1: Informe de producción No.l, procesamiento rétiones. Asimismo, "EL (LA) CONTRATISTA" se compromete a entregar los 7 de 30,000 hojas físicas de cuestionarios que forman parte de los instrumentos de evaluación del TERCE. Entregará 2 informes, uno impreso que quedará en resguardo en la Subdirección de Análisis y el otro en digital que formará parte del expediente de pago.
evaluación del TERCE. Entregará 2 informes, uno impreso que quedará en resguardo en la Subdirección de Análisis y el otro en digital que formará parte del expediente de pago. Se entregará el 31 de octubre. PRODUCTO NO. 2: Informe de producción No.2, procesamiento de 30,000 hojas físicas de cuestionarios que forman pare de los instrumentos de evaluación del TERCE. Entregará 2 informes, uno impreso que quedará PARRIOLA AMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 416 - 3/6 en resguardo en la Subdirección de Análisis y el otro en digital que formará parte del expediente de pago. Se entregará el 28 de noviembre. PRODUCTO NO. 3: Informe de la entrega y recepción del material procesado de la Evaluación del -TERCE-, en el centro de a Úerack es. Entregará 2 informes, uno impreso que quedará en resguardo en la dirección de Análisis y el otro en digital que formará parte del expediente de pago. eng ará el 11de diciembre TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y A DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad total de ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA QUETZALES EXACTOS (Q.11,650.00), distribuida en tres (3) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA QUETZALES EXACTOS (Q.4,660.00) equivalentes al " cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Un segundo pago por un monto de CUATRO MIL SETENTA Y
monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Un segundo pago por un monto de CUATRO MIL SETENTA Y SIETE QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q.4,077.50) equivalentes al treinta y cinco por ciento (35%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Y un tercer y último pago por un monto de DOS MIL NOVECIENTOS DOCE QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q.2,912.50) equivalentes al veinticinco por ciento (25%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 3 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de cada uno de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN STIGACIÓN EDUCATIVA. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del & a presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil trece guión un miÉ iento trece guión cero cero cero ocho guión ciento veinte guión cero uno guión cero A guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento un guión 7 mí guión cero cero, e cero guiú cero cero cero cero
A guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento un guión 7 mí guión cero cero, e cero guiú cero cero cero cero (2013-1113-0008-120-01-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del — Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, consignada en la Solicitud de Gasto/Requerimiento que sirve de base para esta contratación, o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto. CUARTA: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del PARRIOLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. / 416 - 46 Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el trece (13) de diciembre del año dos mil trece (2013). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin dad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. La GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. De conformidad con los artículos 65 Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", Seguro de Caución (Fianza de Cumplimiento), equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. De
favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", Seguro de Caución (Fianza de Cumplimiento), equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. De conformidad con la literal a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha garantía deberá estar vigente hasta el trece (13) de diciembre del año dos mil trece (2013), fecha en que termina la contratación. Esta garantía podrá hacerse efectiva, si “EL (LA) CONTRATISTA”, incumple con lo estipulado en cualquiera de las cláusulas del contrato. SEXTA: PROHIBICIONES. En ningún caso podrá “EL (LA) CONTRATISTA” enajenar, ceder, traspasar o disponer en cualquier forma o título, total o parcialmente, los derechos que adquiere a través de este contrato, de lo contrario "EL MINISTERIO" queda facultado para dar por terminado el mismo en forma automática y sin necesidad de trámite alguno, aplicando las sanciones que correspondan conforme a las leyes que rigen la materia. Esta prohibición prevalecera aún después de haber finalizado por cualquier causa el presente contrato, haciéndose responsable "EL (LA) CONTRATISTA" por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar. SÉPTIMA: DERECHOS DE AUTOR. Los derechos de autor y derechos conexos vinculados con lquier clase de material producido bajo los términos de este contrato, son propiedad exelisivamente de "EL MINISTERIO". OCTAVA: FINIQUITO. El finiquito que se otofgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del SY, . ¥ lamento de la Ley de Contrataciones del Estado. NOVENA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. "EL MINISTERIO", sin responsabilidad de su parte, podrá dar por
SY, . ¥ lamento de la Ley de Contrataciones del Estado. NOVENA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. "EL MINISTERIO", sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato en cualquier momento de la forma siguiente: A) Unilateralmente: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Si alguno de los Productos no cumple con los requisitos, contenido y/o plazo de entrega establecidos en los Téminos de Referencia; y, c) Por decisión unilateral dictada por el Despacho superior de “EL MINISTERIO”. B) Mutuo Consentimiento: En este caso, las partes deberán ponerse PARRIOLA aaMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 416 - 5/6 de acuerdo en la forma de concluir la relación contractual, y la liquidación de todo pago pendiente así como el otorgamiento del finiquito correspondiente Y, C) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA: SUJECIÓN DE LAS PARTES A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las partes se n a las leyes de la República de Guatemala en todo lo relacionado a este contrato y Slonviguen expresamente que, cualquier diferencia o reclamación que surgiere entre las Í E artes derivadas del mismo, se resolverán sometiéndolas a la competencia del Tribunal Sp & lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 102 de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio que "EL MINISTERIO" ejerza las acciones legales que correspondan. DÉCIMA PRIMERA: CARGAS TRIBUTARIAS. El monto del presente contrato incluye el Impuesto al Valor Agregado -IVAy está sujeto a cualquier otro impuesto, tasa o contribución que fijen las leyes vigentes del país.
El monto del presente contrato incluye el Impuesto al Valor Agregado -IVAy está sujeto a cualquier otro impuesto, tasa o contribución que fijen las leyes vigentes del país. "EL (LA) CONTRATISTA" está obligada a pagar oportunamente sus impuestos y demás obligaciones que adquiere al suscribir este contrato. DÉCIMA SEGUNDA: DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL PRESENTE CONTRATO. Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a) Los términos de referencia; b) el expediente que sirvió de base para su elaboración; y, c) todos los” documentos e informes que se produzcan como conseeuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". D ÉCIMA TE RA: CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN. Los servicios que prestará “EL - (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de HONORARIOS.
DÉCIMA CUARTA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos egales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA
e INTA: NOTIFICACIÓN A LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS.
De conformidad con lo que establece el artículo 75de la ley de Contrataciones del tado, del presente contrato, de su incumplimiento, resolución, rescisión o nulidad, "EL | MINISTERIO" deberá remitir, dentro del plazo de treinte (30) días contados a partir de su aprobación, o de la respectiva decision, una copia a la Contraloria General de Cuentas,
| MINISTERIO" deberá remitir, dentro del plazo de treinte (30) días contados a partir de su aprobación, o de la respectiva decision, una copia a la Contraloria General de Cuentas, para efectos de registro, control y fiscalización. DÉCIMA SEXTA: DEL COHECHO. "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesta, que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de "EL MINISTERIO" para
PARRIOLA
44ario “A MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 416 - 6/6 aplicar las sanciones administrativas que pudieran corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SÉPTIMA: ACEPTACIÓN. En los téminos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos integramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en seis (6) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación, i únicamente en su anverso. O. Directora de la Dirección General de Eval Investigación Educativa -DIGEDUCAPRISCILA XIOMARA FRANCO LÓPEZ DE