Acuerdo Ministerial 24-2016
Ministerio de Desarrollo Social
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 24-2016
- Autor
- Ministerio de Desarrollo Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2016
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATE] MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL mides gt
Mides Guatemala
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DS-24-2016
Guatemala, 05 de mayo de 2016. EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República establece que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia y su fin supremo es la realización del bien común y que es deber del estado garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. CONSIDERANDO Que los artículos 19 numeral 14 y el 31 Bis de la Ley del Organismo Ejecutivo Decreto 114-97 y sus reformas contenidas en el Decreto 1-2012 ambos del Congreso de la República de Guatemala, establecen que el Ministro de Desarrollo Social deberá cumplir y hacer que se cumpla el régimen jurídico concerniente al diseño, ejecución, organización, coordinación, control y prestación de los servicios relacionados con los programas sociales orientados a la población en condiciones de pobreza y extrema pobreza, promoviendo acciones para evitar la exclusión y vulnerabilidad. CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo Ministerial número 02-2012 de fecha siete de mayo de dos mil doce, se creó el Programa Social “Mi Bolsa Segura”, como una herramienta de protección social, que articula la asistencia alimentaria en forma periódica a familias que viven en pobreza y pobreza extrema promoviendo acciones para evitar la exclusión y vulnerabilidad, delegando la responsabilidad de ejecución del Programa al Viceministerio de Protección Social. Actualmente es necesario
familias que viven en pobreza y pobreza extrema promoviendo acciones para evitar la exclusión y vulnerabilidad, delegando la responsabilidad de ejecución del Programa al Viceministerio de Protección Social. Actualmente es necesario modificar algunos aspectos y reformar el Acuerdo referido al inicio. CONSIDERANDO Que mediante un trabajo conjunto entre los Viceministerios de Protección Social y Viceministerio de Política, Planificación y Evaluación, se crea la intervención de Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos, del Programa Social “Mi Bolsa Segura”, habiendo logrado la cohesión de todos los aspectos a tomar en consideración para la emisión del presente Acuerdo Ministerial. CONSIDERANDO Que a traves de la Opinión Técnica número 193-DPS-2016/JU de fecha 04 de mayo de 2016, emitida por la Dirección de Prevención Social del Viceministerio de Protección Social, describen que después del análisis del caso es necesario el acceso de alimentos de familias a través de la entrega de una Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos, destinada a la compra de productos de la canasta básica alimentaria, según listado que deberá consignarse en los [ 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gt| GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATE] MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ides gt Mides Guaremala Manuales que se aprueben para el efecto y para facilitar el acceso se hará a traves de una Tarjeta de débito, con el propósito de facilitar el acceso a los alimentos. La importancia y trascendencia a que se refiere el presente acuerdo, se
Manuales que se aprueben para el efecto y para facilitar el acceso se hará a traves de una Tarjeta de débito, con el propósito de facilitar el acceso a los alimentos. La importancia y trascendencia a que se refiere el presente acuerdo, se sustenta con la Opinión Técnica Favorable número 08A-2016 de fecha cuatro de mayo de dos mil dieciséis de la Dirección de Diseño y Normatividad del Viceministerio de Política y Planificación y Evaluación; Dictamen favorable de la Dirección de Asesoría Jurídica, y Certificación Presupuestaria de la Dirección de Presupuesto número 005-2016 de fecha 05 de mayo de 2016, del Ministerio de Desarrollo Social. CONSIDERANDO Que la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Social, por medio de Dictamen Jurídico número DAJ-097-2016/RERB/ilcg, de fecha cinco de mayo de dos mil dieciséis, indica: Que es PROCEDENTE la reforma al Acuerdo Ministerial que crea el Programa Socia! Mi Bolsa Segura. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos: 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 31 bis de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, 7 literal j del Acuerdo Gubernativo 87-2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social. ACUERDA Reformar el Acuerdo Ministerial número 02-2012 de fecha siete de mayo de dos mil doce, que crea el Programa Social “Mi Bolsa Segura”, del Ministerio de Desarrollo Social. Artículo 1. Se adiciona el artículo 8 Bis. El cual queda así:
Reformar el Acuerdo Ministerial número 02-2012 de fecha siete de mayo de dos mil doce, que crea el Programa Social “Mi Bolsa Segura”, del Ministerio de Desarrollo Social. Artículo 1. Se adiciona el artículo 8 Bis. El cual queda así: “Artículo 8 Bis. Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos. Se incluye la intervención Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos del Programa Social “Mi Bolsa Segura” del Ministerio de Desarrollo Social, como mecanismo de protección social, que genera condiciones para la asistencia alimentaria y el acceso a productos de la canasta básica Alimentaria a las familias que viven en condición de pobreza y pobreza extrema. De la siguiente forma: a) Objetivo: La Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos, tiene por objetivo incrementar el acceso a los productos de la canasta básica alimentaria para familias en condición de pobreza y pobreza extrema, residentes en áreas urbanas y rurales del departamento de Guatemala; b) Transferencia: La Transferencia Monetaria Condicionada para # 4 Alimentos otorgada por el Programa Social es de Q250.00 entregada 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gti GUATE]
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
©) d) e) f) 9) h) de forma periódica a la persona titular de la familia o a la persona autorizada para el efecto, de acuerdo a la disponibilidad financiera del Ministerio de Desarrollo Social, con el cumplimiento de las corresponsabilidades establecidas en el Manual! Operativo que se apruebe para el efecto;
autorizada para el efecto, de acuerdo a la disponibilidad financiera del Ministerio de Desarrollo Social, con el cumplimiento de las corresponsabilidades establecidas en el Manual! Operativo que se apruebe para el efecto; Entrega: La Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos se entregará a los usuarios del programa a través de una tarjeta de débito o por medio de los sistemas que en el futuro se utilicen, en los términos establecidos en el Manual Operativo del Programa Social Mi Bolsa Segura que se apruebe para el efecto; Población Objetivo: La Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos, está dirigida a familias residentes en áreas urbanas y rurales que por su situación de pobreza y pobreza extrema, enfrentan limitaciones para tener acceso a productos de la canasta básica alimentaria. identificados conforme a los criterios de focalización y seleccionados de acuerdo a los criterios de inclusión establecidos en el Manual Operativo que se apruebe para el efecto; Cobertura: El Programa Social está dirigido a atender a familias del departamento de Guatemala, residentes en áreas urbanas y rurales (colonias y barrios marginales) en situación de pobreza y pobreza extrema. Las áreas de intervención del Programa Social serán identificadas con base a los mecanismos de focalización geográfica e individual establecidos por el Ministerio de Desarrollo Social, a través de varias fases que se llevarán a cabo según lo determine el Ministerio de Desarrollo Social; Ejecución: Corresponde a la Dirección de Prevención Social, a través de la Subdirección de Bolsa de Alimentos, y el apoyo directo de la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social;
de Desarrollo Social; Ejecución: Corresponde a la Dirección de Prevención Social, a través de la Subdirección de Bolsa de Alimentos, y el apoyo directo de la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social; Regulación: Las reglas de operación de la intervención de la Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos del Programa Social Mi Bolsa Segura, se encontraran establecidas en el Manual Operativo respectivo. Todo lo relacionado a la elaboración y actualización de las normas operativas corresponde al Viceministerio de Política, Planificación y Evaluación, a través de la Dirección de Diseño y Normatividad de Programas; Financiamiento: La ejecución del Programa Social citado, está sujeta 3 la disponibilidad financiera del Ministerio de Desarrollo Social; 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATE] MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL i) Evaluación: El Viceministerio de Política, Planificación y Evaluación, a través de la Dirección de Monitoreo y Evaluación establecerá los indicadores de monitoreo y evaluación, orientados a medir el avance del cumplimiento de la actividad dentro del Programa Social.” Artículo 2. Vigencia. El presente Acuerdo Ministerial entra en vigencia inmediatamente. COMUNÍQUESE, José Guillermo Moreno Cordón MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL El mid gl 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 es Mides Guatemala mides gob gto La Ra LICA ka p
GUATEMALA 7 TERIO DE DESARROLLO SC TAL
El mid gl 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 es Mides Guatemala mides gob gto La Ra LICA ka p GUATEMALA 7 TERIO DE DESARROLLO SC TAL -SECRETARIA GENERALMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN En la ciudad de Guatemala, siendo las 70 horas, con__27 minutos, del día e) de mayo del año dos mil dieciséis, constituido en las Oficinas Centrales del Viceministerio Administrativo y Financiero del Ministerio de Desarrollo Social, ubicadas en tercera aveñida seis guion cuarenta y cuatro zona uno, edificio Fátima (3%. Avenida 6-44 zona 1) del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, Notifico a: Parana Pepa fotocopia simple del Acuerdo Ministerial número DS-24-2016, de fecha 05 de mayo de 2016, el cual consta de _<+ folios, dictado por el Señor Ministro de Desarrollo Social, por medio del cual se reforma el Acuerdo Ministerial número 02-2012 de fecha siete de mayo de dos mil doce, relacionado a la Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos por las razones descritas en el mismo, quien recibe de conformidad y de enterado SI NO firma. F
NOTIFICADOR
Observaciones: Expediente: 161.1 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C A, PBX: 2300-5400 www mides.gob.gt atGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE 'GUATEMAL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL «SECRETARIA GENERAL. MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN
www mides.gob.gt atGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE 'GUATEMAL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL «SECRETARIA GENERAL. MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN En la ciudad de Guatemala, siendo las 7 horas, con__ $5 minutos, del día L de mayo del año dos mil dieciséis, constituido en las Oficinas Centrales del Viceministerio de Política, Planificación y Programación del Ministerio de Desarrollo Social, ubicadas en la décima calle tres guion treinta y uno, zona uno, edificio Champerico (102. Calle 3-31, Zona 1, edificio Champerico) del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, Notifico a: jala León fotocopia simple del Acuerdo Ministerial número DS-24-2016, de fecha 05 de mayo de 2016, el cual consta de + folios, dictado por el Señor Ministro de Desarrollo Social, por medio del cual se reforma el Acuerdo Ministerial número 02-2012 de fecha siete de mayo de dos mil doce, relacionado a la Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos por las razones descritas en el mismo, quien recibe de conformidad y de enterado SI LL NO _ firma.
e. MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL e DE POLITICA
NOTIFICADOR
Observaciones: Expediente 161.1
Sra, Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA, PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtGOBIERNO DE La REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL El mides gl -SECRETARIA GENERAL - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN
www.mides.gob.gtGOBIERNO DE La REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL El mides gl -SECRETARIA GENERAL - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN En la ciudad de Guatemala, siendo las q horas, con 05 minutos, del dia 6 de 7240 del año dos mil dieciséis, constituido en las Oficinas Centrales del Viceministerio de Protección Social, del Ministerio de Desarrollo Social, ubicadas en Avenida del Ferrocarril dos guion sesenta y siete, zona trece, (Avenida del Ferrocarril 2-67, Zona 13) del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, Notifico a: Dni Vecinos ME d 177 fotocopia simple del Acuerdo Ministerial número DS-24-2016, de fecha 05 de mayo de 2016, el cual consta de _U folios, dictado por el Señor Ministro de Desarrollo Social, por medio del cual se reforma el Acuerdo Ministerial húmero 02-2012 de fecha siete de mayo de dos mil doce, relacionado a la Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos por las razones descritas en el mismo, quien recibe de conformidad y de enterado SI NO firma.
NOTIFICADOR
Observaciones: Expediente 161.1 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL NE 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2301
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VlCEDESPA HO DE PROTECCION SOCIALMINISTERIO DE SEN SOCIAL
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G UATEMALA 7 Dictamen DAJ No. 97-2016RERB/ilgg 2
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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCI one LOTO pe BUT
DICTAMEN No. DAJ-097-2016/RERB/ilcg MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA: Guatemala, cinco de mayo de dos mil dieciséis.-------------------e==m=e=me=e enn neo ASUNTO: El Despacho Superior de este Ministerio, remite Nota de Traslado No. 06312016 de fecha 04 de mayo de 2016, Expediente No. 006090, mediante la cual traslada el oficio No. 195-2016 /JU/hr de fecha 04 dé mayo de 2016, del Director de Prevención Social con visto bueno del señor Viceministro de Protección Social, por medio de la cual solicita Dictamen Jurídico Creación de la actividad de Transferencia Monetaria Condicionada Para | Alimentos, como mecanismos de Protección Social, que general condiciones | para asistencia alimentaria y el acceso á productos de la canasta básica | alimentaria a familias que viven en condiciones de pobreza y pobreza extrema. En atención al asunto descrito en el epígrafe de la presente y en cumplimiento de lo establecido en las literales d), e), f) y h) del artículo 23, del Acuerdo Gubernativo Número 87-2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social; se expone lo siguiente:
1. ANTECEDENTES:
lo establecido en las literales d), e), f) y h) del artículo 23, del Acuerdo Gubernativo Número 87-2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social; se expone lo siguiente:
1. ANTECEDENTES: 1.1 Con fecha 26 de abril de 2016, el señor Ministro de Desarrollo Social en oficio No. DS441/JGMC/rd, les solicita al Licenciado Aldo Fabrizio Pagurut Vega Viceministro de Protección Social y al Licenciado Leónides Demetreo Morán Herrera Viceministro de Política, Planificación y Evaluación, inicien el proceso de diseño de una nueva intervención que debiera llamarse “transferencia monetaria condicionada para alimentos”. 1.2 Col iceministro de Protección 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400
www.mides.cob.el SAAGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARRO! 3 SOCIAL 1.3 Con fecha 04 de mayo de 2016, el Despacho Superior de este Ministerio, remite Nota de Traslado No. 0631-2016, expediente No. 006090, mediante la cual traslada el oficio No. 195-DPS-2016 /JU/hr de fecha 04 de mayo de 2016, del Director de Prevención Social con visto bueno del señor Viceministro de Protección Social, en la que solicita Dictamen Jurídico de esta Dirección de Asesoría Jurídica, sobre la Creación de la actividad de Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos, como mecanismos de Protección Social, que genera condiciones para asistencia alimentaria y el acceso a productos de la canasta básica alimentaria a familias que viven en condiciones de pobreza y pobreza
Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos, como mecanismos de Protección Social, que genera condiciones para asistencia alimentaria y el acceso a productos de la canasta básica alimentaria a familias que viven en condiciones de pobreza y pobreza extrema. 1.4 Con fecha 4 de mayo de 2016 el Viceministro de Política, Planificación y Evaluación de este Ministerio, con oficio Ref.: VPPE: DM-jtr-127B-2016, remite Opinión Técnica No. 08A-2016 de fecha 4 de mayo de 2016, por medio de la cual opina en los incisos de la a) a la |, donde contempla criterios técnicos que favorecen la implementación de la Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos del Programa Social Mi Bolsa Segura traslada el Diseño para la creación de una nueva intervención de Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos. 1.5 Con fecha 5 de mayo de 2016, el señor Secretario General de esté Ministerio, en oficio OF. No.SG-77-A-2016, solicita al señor Viceministro Administrativo y Financiero, Certificación Financiera para determinar la disponibilidad Presupuestaria para realizar la intervención de Transferencias Monetaria Condicionada para alimentos. 1.6 Con fecha 5 de mayo de 2016 el Viceministro Administrativo Financiero en oficio VMAFJMRW/app-436-2016 traslada OFICIO -DF-UDAF-345-2016/EM/pr, emitido por la Directora de Financiera por medio del cual remite Oficio SDP-UDAF-MIDES-3712016/jv/)C; de la Subdirección de Presupuesto; fechado el día 5 de mayo de 2016, por medio del cual adjunta la CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA No. 005-2016, donde
2016/jv/)C; de la Subdirección de Presupuesto; fechado el día 5 de mayo de 2016, por medio del cual adjunta la CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA No. 005-2016, donde manifiesta que en partida No.2016-11130020-201-14-00-000-003-000-211-0101-21 al día 5 de mayo de 2016, cuenta con la disponibilidad presupuestaria de noventa millones ciento treinta y tres mil seiscientos sesenta y un quetzales (Q.90,133,661.00), dentro del programa 14 “ Apoyo” para el consumo adecuado de Alimentos”, Actividad 03 “ Bolsa de Alimentos”, renglón 211 “ Alimentos para Personas”, Geográfico 0101 “ Guatemala” para realizar la intervención de Transferencia Monetaria Condicionada para alimentos si así lo autoriza el Despacho Superior de este ministerio. SRÁ Jus MINIS TENO DE DESARROLLO SOCIAL Emil es pl 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C A. PBX: 2300-5400 B www.mides.gob.gtGOBIERNO BE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
2, LICABL) SO CONCRETO:
2.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA.
Artículo 194. Funciones del ministro... 2.2. DECRETO NÚMERO 01-2012, REFORMAS A LA LEY DEL ORGANISMO EJECUTIVO,
DECRETO NÚMERO 114-97, AMBOS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA.
Artículo 19. Ministerios. Para el despacho de sus negocios el Organismo Ejecutivo tendrá los siguientes ministerios: ... 14. Ministerio de Desarrollo Social.
DECRETO NÚMERO 114-97, AMBOS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA.
Artículo 19. Ministerios. Para el despacho de sus negocios el Organismo Ejecutivo tendrá los siguientes ministerios: ... 14. Ministerio de Desarrollo Social. Artículo 31 Bis. Ministerio de Desarrollo Social. Al Ministerio de Desarrollo Social, como ente rector, le corresponde diseñar, regular y ejecutar las políticas públicas orientadas a mejorar el nivel de bienestar de los individuos o grupos sociales en situación de pobreza y pobreza extrema, de manera que sc les dote de capacidades y oportunidades para mejorar sus condiciones de vida, asegurando el respeto de sus derechos humanos y constitucionales. .. 8) Establecer mecanismos de coordinación y cooperación con otras entidades del gobierno central, entidades descentralizadas y autónomas, incluyendo a las municipalidades, con respeto y observancia de su autonomía, en especial en cuanto al fortalecimiento y efectividad de las funciones asignadas al Ministerio,... h) Promover, planificar, coordinar y definir metas de corto, mediano y largo plazo, así como sus indicadores de impacto para dar seguimiento a la política general del Estado en el área social, con el objetivo de mejorar el nivel de vida de los beneficiarios de los programas sociales que se determinen;...
2.3. REGLAMENTO ORGÁNICO INTERNO DEL MINISTERIO DE DESARRÓLLO SOCIAL.
Acuerdo Gubernativo No. 87-2012. de fecha 30 de ábril de 2012 Artículo 7. Despacho Ministerial. El Ministro de Desarrollo Social es el titular y la máxima autoridad del Ministerio. Le corresponde ejercer la dirección y conducción técnica y administrativa de las políticas de sú ramo a nivel nacional... Además de las disposiciones
Artículo 7. Despacho Ministerial. El Ministro de Desarrollo Social es el titular y la máxima autoridad del Ministerio. Le corresponde ejercer la dirección y conducción técnica y administrativa de las políticas de sú ramo a nivel nacional... Además de las disposiciones contenidas en la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley del Organismo Ejecutivo y sus reformas, tiene las siguientes atribuciones: i) Dirigir, tramitar y resolver los asuntos relacionados con el Despacho Ministerial; j) Dictar los acuerdos, resoluciones, irculares y otras disposiciones relacionadas con los asuntos de desarrollo social, conforme la ey. Artículo 23. Asesoría Jurídica. La Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Social es la encargada de orientar, asesorar y realizar todas las acciones legales del Ministerio, además de velar por el cumplimiento de la legislación guatemalteca, ejercer la representación en todos los litigios legales en los que forme parte el Ministerio y sus atribuciones son: .., A Estudiar y resolver los expedientes que necesiten opiñión o dictamen jurídico. 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.atGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Dictamen DAJ No. 0097-2016RERB/ilgg EXIC DE DESARROLLO SOCIAL 2.4 ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 02-2012 DE FECHA SIETE DE MAYO DE DOS MIL DOCE Artículo 1. Creación. Se crea el programa social “Mi Bolsa Segura “ adscrito al Ministerio de Desarrollo Social, como herramienta de protección social urbana, que articula la asistencia
DOCE Artículo 1. Creación. Se crea el programa social “Mi Bolsa Segura “ adscrito al Ministerio de Desarrollo Social, como herramienta de protección social urbana, que articula la asistencia alimentaria en forma periódica a familias que viven en pobreza, pobreza externa y Vulnerabilidad, con el cumplimiento de la corresponsabilidad de capacitación y el empoderamiento de las mujeres como agentes de cambios y promotoras del desarrollo de sus hijos e hijas, con el propósito de reducir la vulnerabilidad social.
3. ANÁLISIS JURÍDICO DEL CASO CONCRETO: Del estudio y análisis de la solicitud formulada por el señor Ministro de Desarrollo Social en oficio No. DS-441/JGMC/rdl de fecha 26 de abril de 2016 a los Viceministros de Protección Social y de Política , Planificación y Evaluación de este ministerio, emitieron sus opiniones, Opinión Técnica Favorable No. 193-DPS-2016/JU de fecha 4 de mayo de 2916, el Director de Protección Social del Viceministerio de Desarrollo Social de este Ministerio, manifiesta que es necesario la implantación de la intervención de la Transferencia Condicionada para Alimentos, a través del cual las familias usuarias podrán tener acceso a productos de la canasta básica en puntos determinado de su comunidad toda vez hayan cumplido con las corresponsabilidades establecidas, debido a que el presente caso es necesario se reformar el Acuerdo ministerial 02-2012 de fecha 7 de mayo de 2012 y Opinión Técnica Favorable No.
08A-2016 de fecha 4 de mayo de 2016 de la Dirección de Diseño y Normatividad del Viceministerio de Política y Planificación y Evaluación y Certificación Presupuestaria de la
08A-2016 de fecha 4 de mayo de 2016 de la Dirección de Diseño y Normatividad del Viceministerio de Política y Planificación y Evaluación y Certificación Presupuestaria de la Dirección de Presupuesto número 005-2016 de fecha 5 de mayo de 2016, del Ministerio de Desarrollo Social, esta Dirección de Asesoría Jurídica opina: á) Que es procedente emitir el Acuerdo Ministerial correspondiente.
4. DICTAMEN: Con base en los antecedentes leyes aplicables al caso esta Asesoría Jurídica, considera procedente LA REFORMA AL ACUERDO MINISTERIAL, que crea el Programa Social “ Mi
5. TRÁMITE: Que el presente expediente procedentes. vuelva a la Secretaria General, para los efectos que estime
SHY DIRECTOR DE ASES MINISTERIO DE DESARR 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA, PBX: 2300-5400 www,mides.sob.atMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Guatemala, 05 de mayo de 2016 Oficio No. 8G-77-B-2016 Licenciado
RONALDO ENRIQUE RAMÍREZ BARRIOS
Director de Asesoría Jurídica Ministerio de Desarrollo Social Ciudad.
Licenciado Ramírez Barrios: Atentamente me dirijo a usted, para solicitarle se sirva emitir con carácter de urgente y por instrucciones del Señor Ministro de Desarrollo Social, Dictamen Jurídico para determinar si es procedente la intervención de Transferencia Monetaria Condicionada para Alimentos, con bese a lo solicitado en el expediente de soporte conformado.
Por la atención que merezca al presente, aprovecho la ocasión para suscribirme, Cordialmente.
Condicionada para Alimentos, con bese a lo solicitado en el expediente de soporte conformado. Por la atención que merezca al presente, aprovecho la ocasión para suscribirme, Cordialmente. c.c. Archivo EKORNger Sra Avenida 6-fi zona 3, Guatemala CA PEX: 2300, www mies pob gGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
Gi | A | EMALA VICEMINISTERIO ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Guatemala, 05 de mayo de 2016
OFICIO VMAF-JMRW/app-436-2016
MINISTERIO DE CESE SOCIAL
EA Licenciado . Emerson Kenneth Ordóñez Reyna Secretario General -5 MAY 2016 Ministerio de Desarrollo Social Presente - LIO SECRETARIA MES NERAL HORA, G29 Em uamunsso Licenciado Ordóñez: Me dirijo a usted, en relación al Oficio No. SG-77-A-2016 de Secretaría General de fecha " 05 de mayo de 2016, en la que solicita gire instrucciones a donde corresponda con el objeto de que se emita Certificación Financiera para determinar si existe disponibilidad presupuestaria para realizar la intervención de Transferencia Monetaria Condicionada para alimentos. Al respecto me permito trasladar OFICIO-DF-UDAF-345-2016/EM/pr de la Dirección Financiera en la que remiten Oficio SDP-UDAF-MIDES-371-2016/)V/jc de fecha 05 de mayo 2016 de la Subdirección de Presupuesto de fecha 05 de mayo de 2016; así como
CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA No. 005-2016.
Atentamente, Lic. USe, det — SS
2016 de la Subdirección de Presupuesto de fecha 05 de mayo de 2016; así como
CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA No. 005-2016.
Atentamente, Lic. USe, det — SS VICEMINISTRO o Y FINANCIERO MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Anexo: 04 folios originales 3ra, Avenida 644 700 3, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 mides gr ides Guatemalaí
E y GOBIERNO DE LA ARPÚBIICA DE GUATEMALA e = OFICIO-DF-UDAF-545-2016/EM/pr Guatemala, 05 de mayo de 2016
Señor Viceministro: Respetuosamente me dirijo a usted, en respuesta a Oficio VMAFJIMRW/app-435-2016; fechado el día 05 de mayo’ de 2016; por medio del cual solicitan certificación presupuestaria para la bolsa de alimentos; para tales efectos me permito remitirle Oficio SDP-UDAF-MIDES-371-2016/ TV/ic; de la Subdirección de Presupuesto; fechado el día 05 de mayo de 2016; así como CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA No. 005-2016 remitiendo lo anteriormente requerido.
Sin otro particular, me suscribo de usted, Atentamente, Licenciado Msc. José Mauricio Rodríguez Wever Viceministro Administrativo y Financiero MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Ministerio de Desarrollo Social D mil | Presente 05 MAY 2016 | cuajar ) ;j;ifig{fbfl@;fifwagigg
152.GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE UATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL El mides gr
Presente 05 MAY 2016 | cuajar ) ;j;ifig{fbfl@;fifwagigg 152.GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE UATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL El mides gr Mides Guatemala Guatemala, 05 de Mayo de 2016
SDP-UDAF-MIDES-371-2016/IV/jc
Licenciada Evangelina Morales Directora Financlera Ministerio de Desarrollo Social Estimada Licenciada Morales: Tengo el agrado de dirigirme a usted con el propósito de dar respuesta a su Memorándum DE-UDAF-491-2016/EM/pr del 5 de Mayo del 2016, el cual hace referencia al Oficio VMAFJMRW/app-435-2016 del Vicedespacho Administrativo Financiero, del 5 de mayo del año 2016, mediante el cuabsolicita se emita una Certificación Financiera para determinar si existe disponibilidad presupuestaria para realizar la intervención de Transferencia Monetaria Condicionada para alimentos, solicitada por el Secretario General del Ministerio de Desarrollo Social, mediante el documento Of. No, SG-77-A-2016 del 5 de mayo de 2016. En tal virtud me permito remitir para su Visto Bueno la Certificación Presupuestaria No. 0052016 mediante la cual la Sub Dirección de Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Social hace constar que la partida presupuestaria: No. 2016-11130020-201-14-00-000-003-000-211-0101-21, al día de hoy cuenta con la disponibilidad presupuestaria de noventa millones ciento treinta y tres mil seiscientos sesenta y un quetzales (Q90,133,661.00), dentro del Programa 14 “Apoyo para el consumo
disponibilidad presupuestaria de noventa millones ciento treinta y tres mil seiscientos sesenta y un quetzales (Q90,133,661.00), dentro del Programa 14 “Apoyo para el consumo adecuado de Alimentos”, Actividad 03 “Bolsa de Alimentos”, renglón 211 “Ali