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Acuerdo Ministerial 2405-2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 2405-2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2013

Página 1 de 1 MINISTERIO DE EDUCACION pam 02013 [ 6 Contraogs) 189 de DIGEDUCA

ACUERDO MINISTERIAL No. 2405-2013

Guatemala, 24 de octubre de 2013 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, considera necesaria la contratación de servicios técnicos-profesionales, con cargo al renglón presupuestario 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2013, por lo que es procedente aprobar cada uno de los contratos suscritos y darle validez a sus cláusulas contractuales.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y 27, literal m) Decreto Número 114-97del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto Número 57-92del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento; Acuerdo “Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas, Manual de Clasificaciones Presupuestarias | para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las diecisiete (17) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios

| para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las diecisiete (17) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.

Artículo 2. Se contratan los servicios técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a las personas indicadas en los contratos siguientes: NN

NANA DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA 2013-1113-0008-120-12-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000

Número de Valor Total del Contrato contrato Nombre de la Persona Contratada (IVA incluído) 189 - 419-2013 ¥ |- LESLIE LUCÍA PÉREZ CAJAS Q. 7,500.00 189 - 420-2013 SILVIA LUCRECIA RAMOS LOPEZ DE MAYEN Q. 7,500.00 189-423-2013 /| BIANKA PAMELA CHACÓN LUARCA DE LÓPEZ Q. 7,500.00 189 - 424-2013 /| KARLA ROXANA PAZ RABANALES Q. 7,500.00 189 - 425-2013 ERICKA ISABEL GARCÍA HERNÁNDEZ Q. 7,500.00 | 189 - 426-2013 JACQUELINE ESTRADA FERNANDEZ Q. 7,500.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en los instrumentos contractuales en referencia.

| 189 - 426-2013 JACQUELINE ESTRADA FERNANDEZ Q. 7,500.00

El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en los instrumentos contractuales en referencia. Artículo 3. Los productos que se entreguen como consecuencia de -las contrataciones respectivas quedarán en resguardo de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

COMUNÍQUESE

208MINISTERIO DE EDUCACION - ) GUATEMALA C.A. 419 - 15

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS

TÉCNICOS-PROFESIONALES meno CIENTO OCHENTA Y NUEVE

GUION CUATROCIENTOS DIECINUEVE GUION DOS MIL TRECE (189-419-2013) / En la ciudad de Guatemala, el día diez (10) de octubre del año dos mil trece (2013).

NOSOTROS: LUISA FERNANDA MÚLLER DURÁN de cuarenta (40) años de edad, casada, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con Documento “Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil

NN

casada, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con Documento “Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil NN “¿Quinientos treinta, catorce mil quinientos veintidós, cero ciento uno (2530 14522 0101) ‘extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala xl Áctuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero cero cero dos guión dos mil trece (0002-2013), de fecha dos (02) de enero del año dos mil trece (2013), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa -DIGEDUCAlo que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero cero setenta y siete guión dos mil nueve (DIREH-0077-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), y certificación del Acta de toma de poresión del cargo, número ocho guión dos mil nueve (8-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009) asentada en el Libro de Actas de hojas móviles Número cero setecientos noventa y tres (0793) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas con registro número L dos dos mil ochocientos sesenta y cuatro (122864), señalando para recibir notificaciones en Avenida Reforma ocho guión sesenta (8-60) zona nueve (9), Edificio Galerías Reforma, Torre II, octavo nivel sede de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, y, por la otra

guión sesenta (8-60) zona nueve (9), Edificio Galerías Reforma, Torre II, octavo nivel sede de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, y, por la otra parte, NU LUCÍA PÉREZ CAJASyde veintinueve (29) años de edad, dadas”

guatemaltecd, BACHILLER EN CIENCIAS Y LETRAS POR MADUREZ ¿CON

PENSUM CERRADO EN LA CARRERA DE PROFESORADO EN ENSEÑANZA MEDIA EN LENGUAJE Y COMUNICACIÓN, con domicilio en el Departamento de Escuintla. Me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único e Identificación número dos mil trescientos setenta y cuatro, setenta y siete mil diecisiete, cero novecientos . uno (2374 77017 0901 extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, con residencia en QUINTA AVENIDA OCHO GUIÓN CERO UNO ZONA DOS{/municipio de Tiquisate departamento de Escuintla lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y ICHUAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 419 - 2/5 por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS ” TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo

44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; - Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. y SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se ompromete a prestar us SERVICIOS cnIcos momias ma MINISTERIO", como/para CALIFICACIÓN DE LA PRUEBA DE ESCRITURA DEL NIVEL PRIMARIA REGIÓN NORTE, y bajo la supervisión de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Asistir a las capacitaciones programadas por la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa para recibir el entrenamiento específico sobre el uso de la pauta de corrección. ¿-b) Participar en el proceso de marcha blanca para lograr la consistencia de calificación entre codificadores garantizando la confiabilidad de los resultados. c) Calificar los ítems de respuesta abierta de la prueba de Escritura de los estudiantes de primaria de la región

en el proceso de marcha blanca para lograr la consistencia de calificación entre codificadores garantizando la confiabilidad de los resultados. c) Calificar los ítems de respuesta abierta de la prueba de Escritura de los estudiantes de primaria de la región norte, utilizando las pautas de corrección establecidas para cada uno de los mm] Participar en los consensos de los procesos de corrección que tienen como objetivo dar seguimiento y revisar la consistencia en las calificaciones de los codificadores, este proceso se denomina doble corrección. e) Reunir en los formatos correspondientes la información obtenida através de la calificación de las pruebas de primaria de Escritura de la región norte. % Realizar un informe que contenga la descripción del proceso de calificación de las pruebas de primaria de Escritura de la región norte, además de toda la información recabada durante el proceso. mimo "EL (LA) CONTRATISTA" se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO ÚNICO: Entrega de 2 CDs que contengan el informe en PDF del proceso de calificación de los ítems de respuesta abierta de la prueba de Escritura de los estudiantes de primaria de la región norte. Un CD quedará en resguardo en la subdirección de Desarrollo de la DIGEDUCA y ICHUA 206% MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 419 - 3/5 el otro formará parte del expediente de solicitud de pago. Fecha de entrega 27 de noviembre 2013. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad total de SIETE MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS

noviembre 2013. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad total de SIETE MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.7,500.00), en un único pago de SIETE MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.7,500.00) El pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, ¿deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega y el producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA. El pago que se efectúe en cumplimiento del presente contrato, se cargará a la partida presupuestaria número: dos mil trece guión un mil ciento trece guión cero cero cero ocho guión ciento veinte guión doce guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero add oa Ao A ae mens - - -120-12-00-000-002-189- - - - ) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, consignada en la Solicitud de Gasto/Requerimiento que sirve de base para esta contratación, o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto. CUARTA: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el veintinueve (29) de noviembre del

un futuro para este concepto. CUARTA: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el veintinueve (29) de noviembre del año dos mil trece (2013). eda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula.

QUINTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. De conformidad con los artículos 65 y 69de la Ley de Contrataciones del Estado y 26del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", Seguro de Caución (Fianza de Cumplimiento), equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. De conformidad con la literal a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha garantía deberá estar vigente hasta el veintinueve (29) de noviembre

ICHUA 25MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 419 - 45 del año dos mil trece (2013), fecha en que termina la contratación. Esta garantía podrá hacerse efectiva, si “EL (LA) CONTRATISTA”, incumple con lo estipulado en

GUATEMALA C.A. 419 - 45 del año dos mil trece (2013), fecha en que termina la contratación. Esta garantía podrá hacerse efectiva, si “EL (LA) CONTRATISTA”, incumple con lo estipulado en cualquiera de las cláusulas del contrato. SEXTA: PROHIBICIONES. En ningún caso podrá “EL (LA) CONTRATISTA” enajenar, ceder, traspasar o disponer en cualquier forma o título, total o parcialmente, los derechos que adquiere a través de este contrato, de lo contrario "EL MINISTERIO" queda facultado para dar por terminado el mismo en foma automática y sin necesidad de trámite alguno, aplicando las sanciones que " correspondan conforme a las leyes que rigen la materia. Esta prohibición prevalecera aún después de haber finalizado por cualquier causa el presente contrato, haciéndose E -responsable "EL (LA) CONTRATISTA" por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar. SÉPTIMA: DERECHOS DE AUTOR. Los derechos de autor y derechos conexos vinculados con cualquier clase de material producido bajo los términos de este contrato, son propiedad exclusivamene de "EL MINISTERIO". OCTAVA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

NOVENA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. "EL MINISTERIO", sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato en cualquier momento de la forma siguiente: A) Unilateralmente: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Si el Producto no cumple con los requisitos, contenido y/o plazo de

responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato en cualquier momento de la forma siguiente: A) Unilateralmente: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Si el Producto no cumple con los requisitos, contenido y/o plazo de entrega establecidos en los Términos de Referencia; y, c) Por decisión unilateral dictada por el Despacho superior de “EL MINISTERIO”. B) Mutuo Consentimiento: En este caso, las partes deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir la relación contractual, y la liquidación de todo pago pendiente así como el otorgamiento del finiquito correspondiente Y, C) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor.

DÉCIMA: SUJECIÓN DE LAS PARTES A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las partes se someten a las leyes de la República de Guatemala en todo lo relacionado a este contrato y convienen expresamente que, cualquier diferencia o reclamación que surgiere entre las partes, derivadas del mismo, se resolverán sometiéndolas a la competencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 102de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio que "EL MINISTERIO" ejerza las acciones legales que correspondan. DÉCIMA PRIMERA: CARGAS TRIBUTARIAS. El monto del presente contrato incluye el Impuesto al Valor Agregado -IVAy está sujeto a cualquier otro impuesto, tasa o contribución que fijen las leyes vigentes del país. "EL

(LA) CONTRATISTA" está obligada a pagar oportunamente sus impuestos y demás ICHUA 204MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 419 - 5/5 obligaciones que adquiere al suscribir este contrato. DÉCIMA SEGUNDA:

ICHUA 204MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 419 - 5/5 obligaciones que adquiere al suscribir este contrato. DÉCIMA SEGUNDA: DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL PRESENTE CONTRATO. Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a) Los términos de referencia; b) el expediente que sirvió de base para su elaboración; y, c) todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". DÉCIMA TERCERA: CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN. Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de HONORARIOS.

DÉCIMA CUARTA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA

QUINTA: NOTIFICACIÓN A LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS.

De conformidad con lo que establece el artículo 75 de la ley de Contrataciones del Estado, del presente contrato, de su incumplimiento, resolución, rescisión o nulidad, "EL MINISTERIO" deberá remitir, dentro del plazo de treinte (30) días contados a partir de su aprobación, o de la respectiva decisión, una copia a la Contraloría General de Cuentas, para efectos de registro, control y fiscalización. DÉCIMA SEXTA: DEL COHECHO. "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesta, que conozco las penas relativas al delito de

para efectos de registro, control y fiscalización. DÉCIMA SEXTA: DEL COHECHO. "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesta, que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de "EL MINISTERIO" para aplicar las sanciones administrativas que pudieran corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SÉPTIMA: ACEPTACIÓN. En los téminos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos integramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel s/ Directora de laDirécción General de Evijuacion ¢ N LESLIE LUCIA PEREZ CAJAS Investigación Educativa -DIGEDUCAN\ % . o

ICHUAN

(D

MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 420 - 1/5

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS

TECNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y UEVE GUION CUATROCIENTOS VEINTE GUION DOS MIL TRECE (189-420-2013) En la ciudad de Guatemala, el día diez (10) de octubre del año dos mil trece (2013).

NOSOTROS: LUISA FERNANDA MÚLLER DURÁN de cuarenta (40) años de edad, casada, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil

casada, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil quinientos treinta, catorce mil quinientos veintidós, cero ciento uno (2530 145220101) 4 $ extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala $5 actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero cero cero dos guión dos mil trece (0002-2013), de fecha dos (02) de enero del año dos mil trece (2013), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa -DIGEDUCAlo que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero cero setenta y siete guión dos mil nueve (DIREH-0077-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número ocho guión dos mil nueve (8-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009) asentada en el Libro de Actas de hojas móviles Número cero setecientos noventa y tres (0793) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas con registro número L dos dos mil ochocientos sesenta y cuatro (L2 2864), señalando para recibir notificaciones en Avenida Reforma ocho guión sesenta (8-60) zona nueve (9), Edificio Galerías Reforma, Torre II, octavo nivel sede la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa; y, por la otra

guión sesenta (8-60) zona nueve (9), Edificio Galerías Reforma, Torre II, octavo nivel sede la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa; y, por la otra parte, SILVIA LUCRECIA RAMOS LÓPEZ DE MAYEN de cincuenta y uno (51) años de edad, casada, guatemalteca, MAESTRA DE EDUCACIÓN PRIMARIA URBANA CON VENTICUATRO CURSOS APROBADOS EN LA CARRERA DE PROFESORADO EN ENSEÑANZA MEDIA EN PSICOLOGÍA, con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil seiscientos sesenta y nueve, sesenta y seis mil novecientos sesenta y nueve, cero ciento uno (2669 66969 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, con residencia en VENTIDOS AVENIDA DOCE GUIÓN SESENTA ZONA SEIS, BARRIO SAN ANTONIO, municipio de Guatemala departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su ICHUA oMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 420 - 2/5 orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS 'TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de

siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26y 78 del Acuerdo Gubemativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 14-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo “Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, anual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18.

SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar, sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para CALIFICACIÓN DE LA PRUEBA DE ESCRITURA DEL NIVEL PRIMARIA REGIÓN SURORIENTAL, bajo la supervisión de 7

Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Asistir a las capacitaciones programadas por la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa para recibir el entrenamiento específico sobre el uso de la pauta de corrección. b) Participar en el proceso de marcha blanca para lograr la consistencia de calificación entre codificadores garantizando la confiabilidad de

General de Evaluación e Investigación Educativa para recibir el entrenamiento específico sobre el uso de la pauta de corrección. b) Participar en el proceso de marcha blanca para lograr la consistencia de calificación entre codificadores garantizando la confiabilidad de los resultados. c) Calificar los ítems de respuesta abierta de la prueba de Escritura de los estudiantes de primaria de la región Suroriental, utilizando las pautas de corrección establecidas para cada uno de los ítems. d) Participar en los consensos de los procesos de corrección que tienen como objetivo dar seguimiento y revisar la consistencia en las calificaciones de los codificadores, este proceso se denomina doble corrección. e) Reunir a en los formatos correspondientes la información obtenida a través de la calificación de las pruebas de primaria de Escritura de la región Suroriental. f) Realizar un informe que contenga la descripción del proceso de calificación de las pruebas de primaria de Escritura de la región Suroriental, además de toda la información recabada durante el proceso. Asimismo, "EL (LA) CONTRATISTA" se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO ÚNICO: Entrega de 2 CDs que contengan el informe en PDF del proceso de calificación de los ítems de respuesta abierta de la prueba de Escritura de los estudiantes de primaria de la región Suroriental. Un CD quedará en resguardo en la ICHUA \AMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 420 - 3/5 subdirección de Desarrollo de la DIGEDUCA y el otro formará parte del expediente de solicitud de pago. Fecha de entrega 27de noviembre 2013. TERCERA: MONTO

TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se

subdirección de Desarrollo de la DIGEDUCA y el otro formará parte del expediente de solicitud de pago. Fecha de entrega 27de noviembre 2013. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad total de SIETE MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.7,500.00), en un único pago de SIETE MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.7,500.00) El pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos Referencia que dan origen A -— presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega del producto, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA. El pago que se efectúe en cumplimiento del presente contrato, se cargará a la partida presupuestaria número: dos mil trece guión un mil ciento trece guión cero cero cero ocho guión ciento veinte guión doce guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil guión cero cero cero cero guión cero cero cero cero (2013-1113-0008-120-12-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, consignada en la Solicitud de

(2013-1113-0008-120-12-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, consignada en la Solicitud de Gasto/Requerimiento que sirve de base para esta contratación, o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto. CUARTA: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el veintinueve (29) de noviembre del año dos mil trece (2013). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula.

QUINTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. De conformidad con los artículos 65 y 69de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", Seguro de Caución (Fianza de Cumplimiento), equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. De conformidad con la literal a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones

ICHUA 10y

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 420 - 45

conformidad con la literal a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones ICHUA 10y MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 420 - 45 del Estado, dicha garantía deberá estar vigente hasta el veintinueve (29) de noviembre del año dos mil trece (2013), fecha en que termina la contratación. Esta garantía podrá hacerse efectiva, si “EL (LA) CONTRATISTA”, incumple con lo estipulado en cualquiera de las cláusulas del contrato. SEXTA: PROHIBICIONES. En ningún caso podrá “EL (LA) CONTRATISTA” enajenar, ceder, traspasar o disponer en cualquier forma o título, total o parcialmente, los derechos que adquiere a través de este contrato, de lo contrario "EL MINISTERIO" queda facultado para dar por terminado el mismo en “ forma automática y sin necesidad de trámite alguno, aplicando las sanciones que - correspondan conforme a las leyes que rigen la materia. Esta prohibición prevalecera aún © después de haber finalizado por cualquier causa el presente contrato, haciéndose responsable "EL (LA) CONTRATISTA" por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar. SÉPTIMA: DERECHOS DE AUTOR. Los derechos de autor y derechos conexos vinculados con cualquier clase de material producido bajo los términos de este contrato, son propiedad exclusivamente de "EL MINISTERIO". OCTAVA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. NOVEN

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