Acuerdo Ministerial 2434-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 2434-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
MINISTERIO DE EDUCACION acero M2 ira 1 Contato() 189 de DIGEFOCE
ACUERDO MINISTERIAL No. 2434-2012
Guatemala, C. A. Guatemala, 28 de Septiembre de 2012 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Comunicación Social -DICOMS-, considera necesaria la contratación de servicios Y profesionales, con cargo al renglón presupuestarios 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y darle validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26de su Reglamento, Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de /- Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. o] ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) dáusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestarionl89, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) dáusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestarionl89, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 2. Se contratan los servicios profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente: N - DIl L -| 201241130003117~o‘xu116=0m3\—ot)z\stm>13930101\1100crb0003§0%I Número de Valor Total del Contrato Contrato Nombre de la Persona Contratada (IVA incluído) 169 - 2747-2012 RINA ODETH MONROY LOYO Q. 37,500.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la i Dirección de Comunicación Social -DICOMS-, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago — correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de 1 Dirección de Comunicación Social -DICOMS-, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente. yO DE €, <P DE EL, A a COMUNÍQUESE 29 Lx op 52 50 z 50 . 22
©, EL ÁGUILÁ MENDIZÁBAL moto, C- ™
Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente. yO DE €, <P DE EL, A a COMUNÍQUESE 29 Lx op 52 50 z 50 . 22
©, EL ÁGUILÁ MENDIZÁBAL moto, C- ™
ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARCHII
VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN eMINISTERIO DE EDUCACION T GUATEMALA C.A. 2747 - 1/5 v
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES
NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2747-2012) En la ciudad de Guatemala, el día veintisiete (27) de septiembre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: ALEJANDRO DE LEÓN DUQUE de treinta y siete (37) años de edad, soltero, guatemalteco, Bachiller en Ciencias y Letras, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos billones doscientos cuarenta mil seiscientos cincuenta y siete millones ochocientos cincuenta mil ciento uno (2240657850101) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el o Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección de Comunicación Social -DICOMSpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cuatro mil doscientos sesenta y
de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección de Comunicación Social -DICOMSpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cuatro mil doscientos sesenta y siete guión dos mil once (DIREH-4267-2011), de fecha tres (03) de octubre del año dos mil once (2011), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número cincuenta y dos guión dos mil once (52-2011), de fecha tres (03) de octubre del año dos mil once (2011), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General > de Cuentas bajo registro L dos trece mil ochocientos treinta y tres (L2 13833) y folio número 67, señalando para recibir notificaciones la sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección de Comunicación Social -DICOMS-; y, por la otra parte, RINA ODETH MONROY LOYO de cuarenta y dos (42) años de edad, — soltera, guatemalteca, LICENCIADA EN CIENCIAS DE LA \ COMUNICACION Y PERIODISTA PROFESIONAL, colegiado (a) número cinco | mil cuatrocientos setenta (5470), con domicilio en el Departamento de Guatemala. 1 Me identifico con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro \ número ochocientos nueve mil quinientos ochenta y uno (809581), extendida por el 1 | 1 Alcalde Municipal de Guatemala departamento de Guatemala, con residencia en
CISIETE CALLE A CUATRO GUIÓN TREINTA Y OCHO ZONA TRES,
\ número ochocientos nueve mil quinientos ochenta y uno (809581), extendida por el 1 | 1 Alcalde Municipal de Guatemala departamento de Guatemala, con residencia en
CISIETE CALLE A CUATRO GUIÓN TREINTA Y OCHO ZONA TRES,
JGHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2747 - 2/5
MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso 1) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a "EL
MINISTERIO", como/para PROFESIONAL EN COMUNICACIÓN
ESTRATÉGICA, en DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-.
Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) La Profesional deberá fortalecer a la Dirección en procesos de Comunicación Interna y Externa para dar a conocer la
ESTRATÉGICA, en DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-.
Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) La Profesional deberá fortalecer a la Dirección en procesos de Comunicación Interna y Externa para dar a conocer la gestión del Ministerio con la Comunidad Educativa; b) Deberá apoyar a la Dirección en el manejo de crisis por las distintas coyunturas y anticiparse a los hechos a fin de garantizar la adecuada información que se enviará a las audiencias clave del Sector Educación; c) Deberá construir la redacción de contenidos para realizar productos y material comunicacional para el personal administrativo y para los docentes; d) Deberá apoyar y recomendar políticas para fortalecer los procesos del monitoreo de medios de comunicación; e) Deberá realizar la articulación de mensajes institucionales; f) Deberá buvega una estrategia de comunicación interinstitucional. El (La) Contratista se compromete a presentar los Productos siguientes: PRODUCTO UNO: Planificación de los materiales y contenidos comunicacionales; fecha de entrega: doce (12) de octubre de 2012; PRODUCTO DOS: Productos/materiales informativos, divulgativos, monitoreo de medios y educativos de acuerdo a los temas que se trabajarán en cumplimiento a las Políticas Educativas del MINEDUC; fecha de entrega: treinta (30) de octubre de 2012; DUCTO TRES: Informe final con la estrategia de comunicación interinstitucional; e entrega treinta (30) de noviembre de 2012. TERCERA: MONTO TOTAL A NTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a
JGHERNANDEZ
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(AMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2747 - 3/5
A NTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a
JGHERNANDEZ
WU (AMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2747 - 3/5 pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.37,500.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en tres (3) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de SIETE MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.7,500.00) equivalentes al veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1indicado en los Términos de Referencia. Un segundo pago por un monto de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA AQUETZALES EXACTOS (Q.18,750.00) equivalentes al cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Y un tercer y último pago por un monto de ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA QUETZALES EXACTOS (Q.11,250.00) equivalentes al treinta por ciento (30%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 3 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos
COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento diecisiete guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión cero cero cero guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil guión cero cero cero cero guión cero cero cero cero (2012-11130008117-01-00-000-002-000-189-0101-11000-0000-0000) del — Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones trescientos nueve mil quinientos treinta y siete (18309537) CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del JGHERNANDEZ 17 voY” MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2747 - 4/5 ZA circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin
GUATEMALA C.A. 2747 - 4/5 ZA circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta (30) de noviembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA”
procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el D cho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los er Ses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por JGHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2747 - 5/5 mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base
otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente.
DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo INM del Título XIM del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo
Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. , (hub £ tw Director ¿NDirección de Comunicación Tal RINA ODETH MONROY LOYO