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Acuerdo Ministerial 2531-2014

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 2531-2014
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2014

Ministerio de Educacién

Guatemala, C. A. ACUERDO MINISTERIAL No. 2531-2014

GUATEMALA, 9 DE DICIEMBRE DE 2014

LA VICEMINISTRAMINISTRA DE EDUCACIÓN

ENCARGADA DEL DESPACHO CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 73 determina que, el Estado podrá subvencionar a los centros educativos privados gratuitos y que estos funcionarán bajo la inspección del Estado; estando obligados a llenar, por lo menos los planes y programas oficiales de estudio.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección Departamental de Educación de San Marcos, en Resolución No. 129-2014 Ref.

RACF/DDE/SACICEGR., de fecha 21 de febrero de 2014; resuelve autorizar la creación y el funcionamiento del Instituto de Educación Básica por Cooperativa, Aldea Porvenir Candelaria, del Municipio de Comitancillo, Departamento de San Marcos.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Administración Financiera -DAFI-, en el Dictamen número 265 de fecha 27 de agosto de 2014, opina que es procedente autorizar la ampliación presupuestaria solicitada por la Dirección Departamental de Educación de San Marcos, para subvencionar al citado Instituto, lo cual fue aprobado según Resolución número 1641 de fecha 17 de septiembre de 2014 suscrita por la Señora Ministra de Educación, que aprueba la reprogramación presupuestaria.

POR TANTO: Con base a lo considerado y en ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 73 y 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los Artículos 1, 2,

POR TANTO: Con base a lo considerado y en ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 73 y 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los Artículos 1, 2, 3, 8, 10, 26 y 27 del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional; Artículo 3, del Decreto Número 17-95 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Institutos de Educación por Cooperativa de Enseñanza.

ACUERDA: ARTÍCULO 1. Autorizar la subvención al Instituto de Educación Básica por Cooperativa, Aldea Porvenir Candelaria, del Municipio de Comitancillo, Departamento de San Marcos, por la cantidad de

VEINTISIETE MIL OCHENTA Y TRES QUETZALES EXACTOS (Q.27, 083.00).

ARTÍCULO 2. El presente acuerdo tiene vigencia inmediatamente.

COMUNÍQUESE , o .

ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARC! "E

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