Acuerdo Ministerial 254-2023
Ministerio de Energía y Minas
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 254-2023
- Autor
- Ministerio de Energía y Minas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2023
GOBIERNO de MINISTERIO
GUATEMALA DE ENERGÍA OR. ALEJANDRO CIAMMATTEN Y MINAS
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 254-2023
GUATEMALA, 26 DE OCTUBRE DE 2023
EL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS CONSICERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece en su artículo 194 que dentro de las funciones que le corresponden a los Ministros de Estado se encuentra la de dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negccios relacionadas con su Ministerio. Conforme al artículo 154, cada uno de los órganos del Estedo debe mantenerse dentro del conjunto de atribuciones expresas que le son asignadas por la Constitución y las leyes. CONSICERANDO Que con el Decreto número 16-2021 del Congreso de la República, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2022, se creó la comisión interna del Ministerio de Energía y Minas, siendo la encargada de revisar, analizar y verificar el origen de los saldos contables para la depuración de los mismos a efecto se reflejen saldos rezonables en los Estados Financieros, a fin de regular la situación contable de la entidad. Asímismo, dicha Comisión permanece en el ejercicio fiscal 2023 en el marco de lo regulado por el Decreto número 54-2022 del Congreso de la República de Guatemala CONSICERANDO Que con fecha 25 de abril de 2022, por medio del Acuerdo Ministerial Número 110-2022, se acordó reformar el Acuerdo Ministerial Número 74-2022; no obstante, es necesario reformar en cuanto a la integración de la Comisión Interna de Saldos Contables del Ministerio de Energía y
acordó reformar el Acuerdo Ministerial Número 74-2022; no obstante, es necesario reformar en cuanto a la integración de la Comisión Interna de Saldos Contables del Ministerio de Energía y Minas a fin de designar la instancia responsable de verificar y dar seguimiento a sus objetivos y cumplimiento de sus fines. POR TANTO En el ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 152, 154, 193 y 194 literal c) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4, 20, 22, 27 literales a) y m) y 34 del Decreto número 14-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo; 3, 4 literal f), 6 literal b) del Acuerdo Gubernativo 382-2006, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; Oficio OFI-UDAF-148-2023 de fecha 17 de octubre de 2023 de la Unidad de Administración Financiera; ACUERDA: ARTÍCULO 1. Reformar el Artículo 3 del Acuerdo Ministerial 74-2022 de fecha 14 de marzo de 2022, el cual queda así: “Artículo 3. INTEGRACIÓN. La Comisión Interna de saldos contables del Ministerio de Energía y Minas estará integrada de la siguiente manera: a) Viceministro de Energía y Minas, quier debe fungir como coordinador de la Comisión Interna de Saldos Contables. b) El Director/a General Administrativa, ) El Director/a Ceneral de Energía, d) El Director/a General de Hidrocarburos, ) El Jefe de la Unidad de Administración Financiera UDAF, f) El Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica,
) El Director/a Ceneral de Energía, d) El Director/a General de Hidrocarburos, ) El Jefe de la Unidad de Administración Financiera UDAF, f) El Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica, - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona 11, Las Charcas © O © wnímemgobet PBX: (+502) 2419 6464DR. ALEJANDRO CIAMMATTEI MINAS
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Y g) El Jefe de la Unidad de Auditoría Interna. Los integrantes de la Comisión Interna podrán hacerse acompañar de asesores específicos, pero no podrán delegar dicha función en tercera persona. De igual forma, la Comisión deberá coordinarse con la Dirección de Contabilidad del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas para alcanzar el objetivo de sus fines." En cuanto a los demás términos y disposiciones del Acuerdo Ministerial que por medio del presente se reforma, conservan toda su fuerza y validez legal. ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo Ministerial surte sus efectos inmediatamente y debe notificarse al Viceministerio de Energía y Minas, Dirección General Administrativa, Dirección General de Energía, Dirección General de Hidrocarburos, Jefatura de la Unidad de Administración Financiera, Jefatura de la Unidad de la Unidad de Asesoría Jurídica y a la Jefatura de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Energía y Minas. Enrique Chu Mac
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Licda. Rita Marí Secretaria - OFICINAS CENTRALESJefatura de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Energía y Minas. Enrique Chu Mac
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Licda. Rita Marí Secretaria - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona 11, Las Charcas o [f) © Wwww.mem.gob.gt PBX: (+502) 2419 6464