Acuerdo Ministerial 2594-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 2594-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
707 Ministerio de Educación Guatemala, C. A.
ACUERDO MINISTERIAL No, 2594-2012
Guatemala, 30 de Agosto de 2012 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna, optimizando los recursos disponibles del Ministerio de Educación de conformidad con las leyes vigentes.
CONSIDERANDO: Que, ha sido solicitada la aprobación del Convenio de Subvención Económica para la Prestación de Servicios Educativos Gratuitos, suscrito entre el Ministerio de Educación y la Fundación Futuro de los Niños (Fundación Rudolf Walther) Convenio Número 08-2012, de fecha 01 de agosto de 2012, suscrito por Alfredo Gustavo García Archila, en su calidad de Segundo Viceministro de Educación, en Representación del Estado de Guatemala y el señor Werner Otoniel Monzón Alvarado, en su calidad de Mandatario Especial con Representación de la Fundación Futuro de los Niños (Fundación Rudolf Walther).
CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Administración Financiera ha informado que existen los recursos financieros para cubrir los compromisos adquiridos por el Ministerio de Educación, en el convenio antes indicado, por lo que es necesario emitir la aprobación correspondiente.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 71, 72, 73, y 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo preceptuado en los artículos 27 literales a), f) y m), 33 inciso a) del Decreto número 114-97 del Congreso de
f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo preceptuado en los artículos 27 literales a), f) y m), 33 inciso a) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 2, 3, 8, 10, y 33 literales b), €), d), k), m), r) y w) del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.
ACUERDA: Artículo 1. Aprobar las doce cláusulas de que consta el CONVENIO DE SUBVENCIÓN
ECONÓMICA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS GRATUITOS
SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA FUNDACION FUTURO DE LOS NIÑOS (FUNDACION RUDOLF WALTHER) Convenio Número 08-2012, de fecha 01 de agosto de 2012, el cual fue ratificado, aceptado y suscrito entre Alfredo Gustavo García Archila, en su calidad de Segundo Viceministro de Educación, en representación del Estado de Guatemala y el señor Werner Otoniel Monzón Alvarado en su calidad de Mandatario Especial con Representación de la Fundación Futuro de los Niños (Fundación Rudolf Walther) con el objeto de prestar sin discriminación uaMinisterio de Educación Guatemala, C. A. alguna, servicio público gratuito de educación en la Escuela Privada Rural Mixta con Orientación Agrícola y en Computación Rudolf Walther, a niñas y niños en condiciones económicas precarias, situación de abandono, orfandad, maltrato, víctimas de violencia; residentes en comunidades rurales del municipio de Salcajá y sus alrededores del departamento de Quetzaltenango.
económicas precarias, situación de abandono, orfandad, maltrato, víctimas de violencia; residentes en comunidades rurales del municipio de Salcajá y sus alrededores del departamento de Quetzaltenango. Artículo 2, El presente acuerdo entra en vigencia a partir de su notificación. E COMUNÍQUESE o5 g 8 S o o . Lo . oo, F
CINTHYA CAR! EL ÁGUILA MENDIZÁBAL
LA VICEMINISTRA DE EDUCACIÓN
nes OLGA EVELYN AMADO JACOBO DE SEGURAMinistesio de Educación Guatemala, €. A.
CONVENIO DE SUBVENCIÓN ECONÓMICA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
EDUCATIVOS GRATUITOS SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Y LA FUNDACIÓN FUTURO DE LOS NIÑOS (FUNDACIÓN RUDOLF WALTHER)
CONVENIO No.08-2012
En la ciudad de Guatemala, el día uno de agosto de dos mil doce (01/08/2012), comparecemos: Por una parte, Alfredo Gustavo García Archila, de cuarenta y nueve (49) años de edad, casado, guatemalteco. economista, de este domicilio, con Documento Personal de - Identificación -CUI- ... Número dos mil doscientos cincuenta espacio cuarenta y dos mil treinta y siete espacio cero ciento $ Uno (2250 42037 0101), extendido en Guatemala por el Registro Nacional de las Personas, en o del Ministerio de Educación. en calidad de Segundo Viceministro de Educación, función que ejerzo conforme nombramiento contenido en Acuerdo Gubernativo número dos (2), el dieciocho de enero de dos mil doce (18/01/2012) y acta de toma de posesión del cargo
función que ejerzo conforme nombramiento contenido en Acuerdo Gubernativo número dos (2), el dieciocho de enero de dos mil doce (18/01/2012) y acta de toma de posesión del cargo número catorce guión dos mil doce (14-2012) del diecinueve de enero de dos mil doce £ (19/01/2012), asentada en el libro de Actas de hojas movibles identificadas como L dos trece mil ochocientos treinta y tres (12 13833), folio número ciento veintinueve (129) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación; he sido delegado por el Ministerio de Educación para suscribir convenios y contratos de carácter administrativo por medio del Acuerdo Ministerial número cero, cero, cero seis guión dos mil ‘doce (0006-2012); señalo .lugar para recibir notificaciones, la sede central del Ministerio de Educación; ubicada en la sexta calle uno guión ochenta y siete; de la zona diez (6 Calle 1-87 zona 10), de esta ciudad; por otra parte, Werner Otonie! Monzón Alvarado, de cincuenta y nueve (59) años de edad, casado, guatemalteco, me entifico con Documento Personal de Identificación -CUInúmero mil setecientos cincuenta y cho espacio ochenta mil ‘quinientos cincuenta y siete espacio mil ciento cuatro (1758 80557 104), extendido en San Martín Zapotitlán, Departamento de Retalhuleu, por el Registro Nacional de las Personas; actlio en calidad de Mandatario Especial con Representación de la Fundación Futuro de los Niños (Fundación Rudolf Walther), calidad que acredito con la escritura número trescientos cinco (305), -de fecha veintinueve de febrero del año dos mil doce (29/02/2012),
Futuro de los Niños (Fundación Rudolf Walther), calidad que acredito con la escritura número trescientos cinco (305), -de fecha veintinueve de febrero del año dos mil doce (29/02/2012), suscrita por el notario Diego De León y De León, inscrita en el Registro de Poderes de la Dirección del Archivo General de Protocolos del Organismo Judicial, Delegación Regional de Occidente, con el número cero doce mil, ochocientos sesenta y uno (012861), el siete de marzo de dos mil doce (07/03/2012); para recibir notificaciones, citaciones o emplazamientos señalo la tercera avenida, Barrio el Carmen cuatro guión cuarenta y tres; zona tres (3 Av. 4-43, zona 3), - Salcaja, Quetzaltenango. Ambos comparecientes aseguramos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, ser de los datos de identificación personal indicados, hemos exhibido y puesto a la vista la documentación. que establece tales datos, por lo que consideramos que la representación que, respectivamente, .ejercitamos es suficiente, a nuestro juicio y conforme a la ley, para otorgar -el presente CONVENIO DE SUBVENCIÓN ECONÓNICA, PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS GRATUITOS NÚMERO CERO OCHO GUIÓN DOS MIL: DOCE (058-2012) SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA FUNDACIÓN FUTURO DE LOS NIÑOS (FUNDACIÓN RUDOLF WALTHER) de acuerdo cón las cláusulas siguientes: — - RIMERA.- Objeto, aportación y ejecución. El presente convenio tiene por objeto otorgar, durante el año dos mil doce (2012), una subvención económica de DOSCIENTOS DIEZ MiL ; 7/ i
cláusulas siguientes: — - RIMERA.- Objeto, aportación y ejecución. El presente convenio tiene por objeto otorgar, durante el año dos mil doce (2012), una subvención económica de DOSCIENTOS DIEZ MiL ; 7/ i ZaMinisterio de Educación Suatemala, CH. QUETZALES EXACTOS (Q.210,000.00), con cargo al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Ministerio de Educación, para que la Fundación "Futuro de los Niños" (Fundación Rudolf Walther) pueda prestar, sin discriminación alguna, servicio público gratuito de educación, en su Escuela Privada Rural Mixta con Orientación Agricola y en Computación Rudolf Walther, a niñas y niños en condiciones económicas precarias, situación de abandono, orfandad, maltrato, víctimas de - violencia; residentes en .comunidades ' rurales del municipio de Salcajá ‘y sus alrededores y que el Ministerio de Educación, a través de la: Dirección Departamental de Educación de Quetzaltenango, podrá entregar en forma proporcional de - acuerdo -a la - disponibilidad financiera del Ministerio de Educación, cuando lá Fundación Futuro de los Niños (Fundación Rudolf Walther) haya cumplido los trámites legales y administrativos correspondientes; contenidos en el MANUAL. OPERATIVO PARA SUBVENCIONES A CENTROS EDUCATIVOS PRIVADOS GRATUITOS. Dicho aporte será destinado en su totalidad, para el pago de salarios del personal docente que preste sus servicios en el referido centro educativo. La Fundación 4 Futuro de los Niños” (Fundación Rudolf Walther), -será cuentadante .y responsable de la == administración y liquidación de los aportes económicos a través de las respectivas cajas fiscales,
4 Futuro de los Niños” (Fundación Rudolf Walther), -será cuentadante .y responsable de la == administración y liquidación de los aportes económicos a través de las respectivas cajas fiscales, ante la Contraloría General de Cuentas.——— = i SEGUNDA. Base legal: El presente convenio se suscribe con fundamento en lo que preceptúan los artículos 71, 72, 73, 74 y 80 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 8,10 y 33, incisos b), €), d), i), k), m), r), s) y w) de la Ley de Educación Nacional, Decreto número N doce guión noventa y uno (12-91), del Congreso de la República de Guatemala.---. TERCERA. Fiscalización de la Contraloría General de Cuentas. Corresponde a la Contraloría General de Cuentas la fiscalización de los fondos aportados,.a efecto de verificar que sean utilizados para los fines estipulados en el presente convenio, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Número A guión ciento cuarenta y cuatro guión dos mil seis (A-144-2006) , de la Contraloría General de Cuentas, la Fundación Futuro de los Niños (Fundación Rudolf Walther) deberá facilitar las labores que esa entidad realice con fines de fiscalización en la , administración de los recursos otorgados adquiriendo la obligación de: a) Contribuir al desarrollo le las actividades de fiscalización que por mandato legal debe efectuar la Contraloría General de Cuentas, proporcionando a la misma los documentos, libros y cualquier información que los # auditores requieran y b) Que para un efectivo seguimiento de las operaciones y para facilitar el I proceso de fiscalización, todos los fondos que reciban del Estado o sean producto de colectas
Cuentas, proporcionando a la misma los documentos, libros y cualquier información que los # auditores requieran y b) Que para un efectivo seguimiento de las operaciones y para facilitar el I proceso de fiscalización, todos los fondos que reciban del Estado o sean producto de colectas públicas, deben constituirse en una cuenta bancaria específica que permita el efectivo contro! de y los ingresos y egresos de la misma y operar los registros contables, separadamente de otros sE fondos que reciba. e — . RE CUARTA. Intereses Bancarios. Los intereses bancarios generados por los recursos trasladados 8 como producto del presente convenio, se depositarán en la “Cuenta del Gobierno de la República A: de Guatemala, Fondo Común” cuando el banco que opere la cuenta específica de este convenio haga las acreditaciones correspondientes; este proceder se basa en lo dispuesto en el Decreto número treinta y tres guión dos mil once (33-2011) del Congreso de la República de Guatemala, NN Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado. HE A
5. Led atte Futuro de log E Sa a < Ko W QUINTA. Fiscalización, supervisión, monitoreo y evaluación, El Ministerio de Educación, por medio de las unidades correspondientes, velará por el cumplimiento de los objetivos y demás estipulaciones establecidas en el presente convenio de la siguiente manera: a) La Dirección de Auditoría Interna (DIDAI), fiscalizará los fondos públicos a que se refiere este convenio, en forma ZAMinisterto de Educación uateralo, CA. ex post, de acuerdo al Plan Anual de Auditoría (PAA) y con base a muestreo selectivo y normas
ZAMinisterto de Educación uateralo, CA. ex post, de acuerdo al Plan Anual de Auditoría (PAA) y con base a muestreo selectivo y normas de auditoría gubernamental. b) La. supervisión y monitoreo; corresponderá a las siguientes Direcciones: Dirección General de Gestión de Calidad Educativa (DIGECADE), Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural (DIGEBI), Dirección General de Monitoreo y Verificación de Calidad (DIGEMOCA), Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa (DIGEDUCA) y Dirección Departamental de Educación de Quetzaltenango, Dirección a la que corresponden los a . - centros que atiende la Fundación Futuro de los Niños (Fundación Rudolf Walther) en su labor AN 2% “educativa; .esta última, - evaluación de la ejecución de -los recursos financieros “asignados, des = %\ establecidos en el presente convenio.—-- - — S ERE BE 3 SEXTA. Obligaciones, A) Del Ministerio de Educación: A.1, Hacer efectiva la disponibilidad 22 =2 51 presupuestaria asighada por el Ministerio de Finanzas Públicas al Ministerio de Educación. Esta EA pe? obligación será cumplida a través de la Dirección de Administración Financiera del Ministerio de 25, = F/F Educación, quien trasladará el aporte acordado en la cláusula primera del presente convenio, para Ea + A" -los fines establecidos en la misma. Dicho aporte estará sujeto a la disponibilidad financiera del Ministerio de Educación. B) De la Fundación. “Futuro de los Niños” (Fundación Rudolf Walther): B.1, la (Fundación Rudolf Waither): queda obligada y se compromete a incluir y divulgar,
Ministerio de Educación. B) De la Fundación. “Futuro de los Niños” (Fundación Rudolf Walther): B.1, la (Fundación Rudolf Waither): queda obligada y se compromete a incluir y divulgar, en los documentos que edite, en su correspondencia y otros medios que estime convenientes, el reconocimiento del aporte que el Ministerio de Educación hace al financiamiento de su programa. B.2, La Fundación “Futuro de los Niños” (Fundación Rudolf Walther), deberá presentar a la Unidad de Administración Financiera de la Dirección Departamental.de Educación de Quetzaltenango, previo trámite de los pagos; fotocopia del oficio o conocimiento donde conste la entrega de las cajas fiscales a la Contraloría General de Cuentas. B.3, La Fundación “Futuro de los Niños” (Fundación Rudolf Walther), deberá rendir informes - narrativo-financieros - trimestrales -de la ejecución de los desembolsos recibidos del Ministerio de Educación ante la. Delegación de Auditoría Interna de la Dirección Departamental de Educación de Quetzaltenango, con copia a la Dirección de Administración Financiera (DAFI), a la Dirección de Auditoría interna DIDA! del Ministerio de Educación y a-la Delegación de la Contraloría General de Cuentas, a efecto de propiciar una evaluación permanente de los resultados y de los beneficios obtenidos con motivo del aporte otorgado. B.4, La Fundación “Futuro de los Niños” (Fundación Rudolf Walther): deberá presentar a la Dirección Departamental de Educación de Quetzaltenango, con copia a la Dirección de Administración Financiera (DAF!), a la Dirección de Auditoría Interna (DIDAI) del Ministerio de
presentar a la Dirección Departamental de Educación de Quetzaltenango, con copia a la Dirección de Administración Financiera (DAF!), a la Dirección de Auditoría Interna (DIDAI) del Ministerio de Educación y a la Delegación de la Contraloría General de Cuentas, un informe final anual, que contenga la evaluación total del funcionamiento de su programa,-los resultados del aprendizaje logrado por los alumnos asistentes y la forma detallada en que fueron invertidos los fondos asignados, los cuales deben estar respaldados con los comprobantes legítimos que amparan el destino dado a los mismos y que deben estar disponibles para su verificación por las autoridades correspondientes. B.5, La Fundación “Futuro de los Niños” (Fundación Rudolf Walther) y sus centros educativos, deberá publicar en el Sistema Informático de Gestión de Guatecompras, las compras, contrataciones -y adquisiciones ‘que efectúe con esta subvención económica, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto húmero cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) \ ey de Contrataciones del Estado. B.6, La Fundación “Futuro de los Niños" (Fundación Rudolf Walther) deberá observar el contenido de la Ley de Educación Nacional, Decreto número doce guión noventa y uno (12-91) del Congreso de la República de Guatemala y demás disposiciones ministeriales relacionadas con el funcionamiento de centros educativos y entidades educativasE J 2 Ministerio de Educación Duatemala, C. A. gratuitas subvencionadas por el Ministerio de Educación, así como utilizar el aporte económico otorgado por el Ministerio de Educación exclusivamente en los rubros establecidos en el presente
J 2 Ministerio de Educación Duatemala, C. A. gratuitas subvencionadas por el Ministerio de Educación, así como utilizar el aporte económico otorgado por el Ministerio de Educación exclusivamente en los rubros establecidos en el presente convenio, en especial, prestando ininterrumpidamente servicios educativos: gratuitos, B.7, La Fundación "Futuro de los Niños" (Fundación Rudolf Walther) con el propósito de disminuir el ausentismo y la deserción de los alumnos en los centros educativos, se obliga a lograr un porcentaje mínimo del noventa y cinco por ciento (95%) de asistencia de los alumnos durante el ciclo escolar, reduciendo, drásticamente, el porcentaje de deserción a un máximo del cinco por ciento (5%) y un porcentaje mínimo del setenta y cinco por ciento (75%) en el rendimiento académico de los alumnos con el fin de garantizar la calidad de la enseñanza y aprendizaje que se desarrolla en los centros educativos subvencionados mediante el presente convenio, para lo cual deberán proporcionar informes del desarrollo de los programas de estudio, de las actividades realizadas y cualquier información estadística de la población escolar beneficiada, cuando la requieran las autoridades educativas del Ministerio de Educación, B.8, La Fundación “Futuro de los Niños” (Fundación Rudolf Walther) queda obligada a trasladar y presentar a los centros de evaluación, en las fechas requeridas por la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa (DIGEDUCA), a los alumnos de los grados y ciclos a quienes correspondan aplicar pruebas de evaluación con el fin-de garantizar la calidad de la enseñanza y aprendizaje que se desarrolla en los centros educativos subvencionados .—--- - —
pruebas de evaluación con el fin-de garantizar la calidad de la enseñanza y aprendizaje que se desarrolla en los centros educativos subvencionados .—--- - — SEPTIMA. Prohibiciones; La Fundación “Futuro de los Niños" (Fundación Rudolf Walther) tiene especialmente prohibido: a) Ceder los derechos que provengan del presente convenio.. b) Utilizar los fondos para fines distintos a los que se especifican en el presente convenio: .c) Celebrar empréstitos con los fondos de la subvención. d) Efectuar modificaciones en gasto a cantidades a ejecutarse, - comprometiéndose - a deducir las -responsabilidades civiles: y penales ‘que correspondan, a las personas involucradas en las violaciones al presente convenio, así como a responder y reponer con sus propios fondos, toda cantidad de lá subvención que se haya utilizado para fines distintos de los aqui establecidos. e) Efectuar cobros directos o indirectos por los servicios educativos que presenten en los Centros Educativos objeto de esta subvención y ) Contratar a personal docente y administrativo que tenga relación. laboral con el Ministerio de Educación o instituciones relacionadas laboralmente con el mismo.-- — OCTAVA. Vigencia; causas para la terminación del convenio y revalidación: El presente convenio tendrá vigencia a partir de la presente fecha hasta su vencimiento el treinta y uno de diciembre del año dos mil doce (31/12/2012), pero podrá darse por terminado antes del vencimiento del plazo, en los casos siguientes: a) Si las partes así lo acordaran.-b) Si se diera uso distinto o se detectaran anomalías en el manejo y ejecución de los fondos aportados por el
vencimiento del plazo, en los casos siguientes: a) Si las partes así lo acordaran.-b) Si se diera uso distinto o se detectaran anomalías en el manejo y ejecución de los fondos aportados por el Ministerio de Educación. ¢) Si la Fundación “Futuro de los Niños" (Fundación Rudolf Walther) no cumpliera con los objetivos y obligaciones pactadas en el presente convenio y d) Por decisión unilateral del Ministerio de Educación, por las razones que considere pertinentes. Especialmente en el incumplimiento de parte de la Fundación “Futuro de los Niños” (Fundación Rudolf Walther) de los compromisos pactados en el presente convenio y el desvanecimiento de los hallazgos que reporten las auditorías que se realicen en el transcurso de su ejecución. Al finalizar los efectos y vigencia del presente convenio, se liquidarán las obligaciones respectivas, otorgándose finiquito eciproco entre ambas partes. La revalidación del convenio estará sujeta a: a) La disponibilidad financiera del Ministerio de Educación y que el aporte para el programa educativo de la Fundación “Futuro de: los Niños” (Fundación Rudolf Waither) sea autorizado dentro del presupuesto del 4Ministerio de Educación Guatemala, C..A. Ministerio de Educación, para el año que corresponda, pudiendo variar el monto a subvencionar de acuerdo a la disponibilidad financiera. b) A solicitud de la: Dirección Departamental de Educación de Quetzaltenango, de conformidad con la evaluación que efectúe, dentro del ejercicio fiscal correspondiente, de la forma detallada en que fueron invertidos los fondos asignados y la satisfacción de los resultados educativos logrados. — — NOVENA. Modificaciones, controversias y casos no previstos. Las disposiciones contenidas
fiscal correspondiente, de la forma detallada en que fueron invertidos los fondos asignados y la satisfacción de los resultados educativos logrados. — — NOVENA. Modificaciones, controversias y casos no previstos. Las disposiciones contenidas en el presente convenio se podrán modificar de común acuerdo entre las partes. Las controversias surgidas con motivo de la interpretación, aplicación o cumplimiento del presente convenio, serán resueltas:en forma conciliatoria entre las partes otorgantes; de igual manera, se resolverán los aspectos no contemplados y los acuerdos a que se llegue en cualquiera de los casos anteriores, se formalizarán mediante addenda que pasarán a integrar el presente convenio.——----———— <=. DÉCIMA. Anexos. Forman parte del presente convenio: a) Certificación de aval expresa emitida para :la renovación del convenio de -subvención y Dictamen Técnico emitido por la Dirección Departamental de Educación de Quetzaltenango. b) Documentos de acreditación y representación legal de los otorgantes..c) Fotocopia de los Estatutos y Personalidad Jurídica de la Fundación “Futuro de los Niños” (Fundación Rudolf Walther). d) Certificación del Número de identificación Tributaria: (NIT). e) Certificación de la Cuentadancia emitida por la Contraloría General de Cuentas. f) Certificación del Número de Registro de Operación en el Sistema Informático de Gestión de Guatecompras. . g) Anteproyecto de presupuesto de ejecución acorde al aporte otorgado por el Ministerio de Educación, h) Finiquito .recíproco - entre ambas partes e i) Autorización de funcionamiento, Constancia de Propiedad de los establecimientos educativos por ciclo escolar y Constancia de Gratuidad debidamente certificada por la Dirección Departamental
Autorización de funcionamiento, Constancia de Propiedad de los establecimientos educativos por ciclo escolar y Constancia de Gratuidad debidamente certificada por la Dirección Departamental de Educación correspondiente. _ - _— DÉCIMA PRIMERA. Lectura y aceptación. En los términos y -clausulas relacionadas, los comparecientes, en ‘la calidad con que cada uno actuamos, hemos dado lectura al presente convenio y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales; lo ratificamos, aceptamos y firmamos en dos (2) originales contenidos en cinco (5) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación, impresas únicamente en su anverso: - i