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Acuerdo Ministerial 2617-2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 2617-2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2013

Página 1 de 3

MINISTERIO DE EDUCACION

Guatemala, C. A. ACUERDO MINISTERIAL No. 28 Nov 2013 Guatemala, --=----———————————————.. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del pais.

CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con ei Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del sistema educativo nacional.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deven presentar su solicitud

con el objeto de impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO: Que en virtud que el Instituto Privado Mixto Vocacional Miguelense, presentó su solicitud para

Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO: Que en virtud que el Instituto Privado Mixto Vocacional Miguelense, presentó su solicitud para

impartir la carrera Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, contando con el dictamen técnico favorable No. 17-2013 Ref. RACF/diob/DDE. de fecha cinco de julio de dos mil trece, emitido por la Dirección Departamental de Educación de San Marcos, es procedente la autorización de las referidas carreras.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 33 fiteral c) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo Gubernativo No. 165-96.

ACUERDA: Artículo 1. Autorización, Autorizar las cohortes de los años 2014-2016, 2015-2017, 2016-2018 y 2017-2019, al Instituto Privado Mixto Vocacional Miguelense del municipio de San Miguel

Ixtahuacán del departamento de San Marcos para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada matutina. b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación infantil Bilingüe Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y cinco (35) » períodos semanales.

b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación infantil Bilingüe Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y cinco (35) » períodos semanales. 7 c) Duración de los períodos de clase: Los periodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos.Guatemala, C. A.

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d) Pensum de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural. Pensum de Estudios que se aplicará en la Carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingiie Intercultural Cuarto Grado No. Asignatura Períodos

Historia: Guatemala, Mesoamérica y Universal

Matemáticas Física Fundamental Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno | (L1) Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma | (L2) Expresión Artística y Corporal |: Danza, Teatro y su didáctica Psicopedagogía y Didáctica Generales Educación Bilingüe Intercultural Informática Aplicada a la Educación 10 Práctica Docente: Observación de educación formal y no formal Quinto Grado Asignatura Períodos Seminario sobre Problemas de Educación Medio Social y Natural | y su didáctica Estadística Aplicada a la Educación Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno lí (L1) Comunicación y Lenguaje: Segundo idioma II (L2) Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica Psicopedagogía Infantil Didáctica de las Matemáticas Planificación y Evaluación

Comunicación y Lenguaje: Segundo idioma II (L2) Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica

Psicopedagogía Infantil Didáctica de las Matemáticas Planificación y Evaluación 10 Práctica Docente: Observación y participaciónPégina3 de 3

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Guatemala, C. A. Sexto Grado No. Asignatura Períodos 1 Realidad Social Cultural: Cultura, Identidad y Derechos 3 Humanos 2 Medio Social y Natural 11 y su didáctica 3 3 Química 4 4 Didáctica del Idioma Materno (L1) 4 5 Didáctica del Segundo Idioma (L2) 4 6 Literatura Universal 3 7 Literatura Maya, Ladina, Xinka y Garifuna 3 8 Expresión Artística y Corporal 111: Artes Plásticas, Artes de 3 las Culturas de Guatemala y su didáctica 9 Enfoques Pedagógicos: Educación para la democracia y en 3 valores 10 | Práctica Docente 5 35 Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de San Marcos «la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Currículum Nacional Base y del Pensum de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial, respectivamente. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de San Marcos autorizará las siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de San Marcos, supervisará la

siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de San Marcos, supervisará la ejecución de las acciones del instituto Privado Mixto Vocacional Miguelense” para el aseguramiento de la calidad educativa. Artículo 5. Título acreditado. Cumplidos a satisfacción la estructura y plan de estudios establecidos para la carrera autorizada, se extenderá a los estudiantes el título correspondiente. Artículo 6, Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 7. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.

COMUNÍQUESE,

A Ta

OLA EVELYN AMADO JACOBO DÉ SEGURA GUTBERTO NICOLÁS LEIVA ALVAREZ

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