Acuerdo Ministerial 2672-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 2672-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
Página 1 de 1 MINISTERIO DE EDUCACION o ada 7 Contratos) 189 de DIGEMOCA
ACUERDO MINISTERIAL No. 2672-2012
Guatemala , 06 de Septiembre de 2012 Guatemala, C. A. ' P LA VICEMINISTRA DE EDUCACION ENCARGADA DEL DESPACHO CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, se considera necesaria la contratación de servicios técnicos-profesionales, con cargo al renglón presupuestario Neg "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar cada uno de los contratos suscritos y darle validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) Decreto Número 114-97del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26de su Reglamento, Acuerdo - Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de
(Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18y con base en la designación emitida en el Acuerdo Ministerial número 2596-2012 de fecha 30 de agosto de 2012.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios
designación emitida en el Acuerdo Ministerial número 2596-2012 de fecha 30 de agosto de 2012.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Téchicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 2. Se contratan los servicios técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a las personas indicadas en los contratos siguientes: N DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA201211130008128-01-0 02189-01017110000000:0000 Número de Nombre de la Persona Contratada Valor Total del Contrato contrato (IVA incluído) 189 - 2639-2012 RITA SOFIA COTZAL BARAN \ Q. 17,400.00 > 189 - 2640-2012 [\DENNYS MACGIVER LÓPEZ AGUSTÍN Q. 17,400.00 189 - 2641-2012 NALEX ESTUARDO JONATÁN JERÓNIMO LÓPEZ xQ. 17,400.00 189 - 2642-2012 | \GILDA VERÓNICA SAMAYOA REYES \ Q. 17,400.00 ¡[ 189 - 2643-2012 \VICTOR MANUEL GIRÓN CARDONA \Q. 17,400.00 89 - 2644-2012 “ANTONIO GUMERCINDO SANTOS COBÓN \Q. 17,400.00 189 - 2645-2012 “SELVYN BENEDICTO NIMATUJ AGUILAR \Q. 17,400.00
89 - 2644-2012 “ANTONIO GUMERCINDO SANTOS COBÓN \Q. 17,400.00 189 - 2645-2012 “SELVYN BENEDICTO NIMATUJ AGUILAR \Q. 17,400.00
El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. Los productos que se entreguen como consecuencia de las contrataciones respectivas quedarán en resguardo de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
A ALFREDO GUSTAVO, ARCÍA AR LA
VICEMINISTRO DE/EDUCACIÓN ES
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CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
TÉCNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2639-2012) Fi En la ciudad de Guatemala, el día tres (03) de mi del año dos mil doce (2012).
NOSOTROS: MARCELINO AJCABUL RAMÍREZ” de cuarenta (40) años de edad,
DOCE (No. 189-2639-2012) Fi En la ciudad de Guatemala, el día tres (03) de mi del año dos mil doce (2012).
NOSOTROS: MARCELINO AJCABUL RAMÍREZ” de cuarenta (40) años de edad, soltero, guatemalteco, Licenciado en Pedagogía y Administración Educativa, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden G guión siete (G-7) y de registro tres mil trescientos treinta (3330), extendida por el Alcalde Municipal de Santiago Atitlán, departamento de Sololá actuando por delegación de la Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCApersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero quinientos veintinueve guión dos mil doce
(DIREH-0529-2012), de fecha uno (01) de enero del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número cuatro guión dos mil doce (4-2012), de fecha uno (01) de febrero del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para recibir notificaciones Delegación de
de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para recibir notificaciones Delegación de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección General de Monitoreo Y Verificación/ de la Calidad DIEM y, por la otra parte, mg soria compa COT; BARÁN de treinta y tres (33) años de edad, > guatemalteca, negra DE
EDUCACIÓN PARA EL HOGAR CON VEINTICUATRO CURSOS
APROBADOS EN /LA CARRERA DE TÉCNICO UNIVERSITARIO EN TRABAJO SOCIAL, con domicilio en el Departamento de Solola. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número Un billón setecientos diecinueve (1715782950719), extendido por el Registro Nacional” de las Peys residencia en CANTON TZANCHALÍ, ALDEA CERRO DE ORO, municipio de
IMHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2639 - 2/6
Santiago Atitlan departamento de Solola lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las — cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del
PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para
APLICADOR DE PRUEBAS DE mn EN CENTROS EDUCATIVOS
DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ,/ en DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Realizar las visitas a cada una de las aulas de los establecimientos educativos asignados; b) Resguardar debidamente los instrumentos de evaluación y recolección de información; c) Recibir instrucciones por parte del coordinador departamental de DIGEMOCA en el que se encuentre realizando el proceso sobre el mejoramiento de las técnicas de recopilación de información por medio
de evaluación y recolección de información; c) Recibir instrucciones por parte del coordinador departamental de DIGEMOCA en el que se encuentre realizando el proceso sobre el mejoramiento de las técnicas de recopilación de información por medio de los instrumentos de evaluación y recolección de información; d) Elaborar informes de actividades diarias y semanales; e) Elaborar registro de constancias de asistencia de los establecimientos visitados; f) Realizar la aplicación de pruebas a estudiantes, docentes y otros, y garantizar la calidad del proceso con la correcta utilización de instrumentos de evaluación y recolección de información; g) Entregar la docume | ss Ne solicitada por la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la DIGEMOCA - en las fechas planificadas y designadas en las reuniones o debidam¢nte
IMHERNANDEZ MINEDUC & No + &
377MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2639 - 3/6 notificadas por otros medios; h) Movilizarse a los lugares asignados por la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad con el objeto de cumplir con las actividades y responsabilidades; i) Asistir a las capacitaciones para recibir las debidas instrucciones para el monitoreo que se realiza en el momento; j) Velar por la integridad de la aplicación de los formatos o pruebas, asegurando que la información recolectada sea verídica e informando al coordinador departamental de DIGEMOCA sobre cualquier actividad anómala que observe. El no informar sobre ello será considerado motivo de terminación del contrato; k) Apoyar en la organización de los equipos que realizaran las evaluaciones. El (La) Contratista se compromete a entregar el siguiente producto: PRODUCTO ÚNICO: Listado de sedes indicando los departamentos,
motivo de terminación del contrato; k) Apoyar en la organización de los equipos que realizaran las evaluaciones. El (La) Contratista se compromete a entregar el siguiente producto: PRODUCTO ÚNICO: Listado de sedes indicando los departamentos, municipios y códigos de la escuela, aplicada durante la Evaluación por fecha según información brindada por la Subdirección Técnica. Cantidad de evaluados por salón, sección y grado, según formato que se les proporcionará por la Subdirección Técnica.
Fecha de entrega: 31 de octubre de 2012 TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de Dpersima MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.17,400.00), “cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, en un único pago, contra entrega y a entera satisfacción del Producto indicado en los Términos de Referencia. en un único pago por un monto de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS
(Q.17,400.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. El pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega del producto, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y
el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega del producto, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. El pago que se efectúe en
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GUATEMALA C.A. 2639 - 4/6 nueve guión cero ciento uno guión once mil guión cero cero cero cero guión cero Cero cero cero (2012-11130008128-01-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto y según Constancia de Disponibilidad o ua número dieciocho millones noventa y tres mil [o] setecientos cuarenta (180937403. CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el treinta y uno (31) de octubre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la
“EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta y uno (31) de octubre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco
provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones
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318 7MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2639 - 5/6 del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA)
expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente. DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, “incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS.
DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulades los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en seis
IMHERNANDEZ
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2639 - 6/6
objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en seis
IMHERNANDEZ
374573 MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2639 - 6/6 (6) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. / 9 | " PR Director de la Dirección General d Verificación de la Calidad -DIGEMOCALic. Marcelino Ajeabul Ramirez Director General de Monitoreo y Verificación de la Calidad - DIGEMOCA - MINEDUC
? RITA pOr COTzaL BARÁN
IMHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2640 - 1/6
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
TECNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE
GUION DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2640-2012) En la ciudad de Guatemala, el día tres (03) de 7. del año dos mil doce (2012).
NOSOTROS: MARCELINO AJCABUL RAMÍREZ/ de cuarenta (40) años de edad, soltero, guatemalteco, Licenciado en Pedagogía y Administración Educativa, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden G guión siete (G-7) y de registro tres mil trescientos treinta (3330), extendida por el Alcalde Municipal de Santiago Atitlán, departamento de Sololá actuando por delegación de la Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de
Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCApersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero quinientos veintinueve guión dos mil doce (DIREH-0529-2012), de fecha uno (01) de enero del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número cuatro guión dos mil doce (4-2012), de fecha uno (01) de febrero del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para recibir notificaciones Delegación de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección General de Monitoreo Y Verificación de la -DIGEMOCA-; y, por la otra parte, DENNYS Naco LÓPEZ AGUSTÍN / de veintitrés ) años de edad, soltero; guatémalteco, / PERITO EN
MECANICA GENERAL Y BACHILLER INDUSTRIAL CON VEIN CURSOS
APROBADOS EN LA CARRERA DE INGENIERÍA AMBIENTAL, con domicilio en el Departamento de Huehuetenango. Me identifico con el Documento Personal de
MECANICA GENERAL Y BACHILLER INDUSTRIAL CON VEIN CURSOS
APROBADOS EN LA CARRERA DE INGENIERÍA AMBIENTAL, con domicilio en el Departamento de Huehuetenango. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número dos billones doscientos sesenta novecientos veintisiete millones seiscientos veintiuno mil trescientos veintiseis NMANCILLA AMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2640 - 2/6 (2262927621326), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en SEGUNDA AVENIDA ZONA DOS, municipio de Santa Cruz Barillas departamento de Huehuetenango lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO AMAT DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES/ de conformidad con las cláusulas — siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48 y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1,
República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para
APLICADOR DE PRUEBAS DE EVALUACIÓN EN CENTROS EDUCATIVOS
DEL DEPARTAMENTO DE JUTIAPA, en DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Realizar las visitas a cada una de las aulas de los establecimientos educativos asignados; b) Resguardar debidamente los instrumentos de evaluación y recolección de información; c) Recibir instrucciones por parte del coordinador departamental de DIGEMOCA en el que se encuentre realizando el proceso sobre el mejoramiento de las técnicas de recopilación de información por medio de los instrumentos de evaluación y recolección de información; d) Elaborar informes de actividades diarias y semanales; e) Elaborar registro de constancias de asi los establecimientos visitados; f) Realizar la aplicación de pruebas a estudiantes, NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2640 - 3/6 docentes y otros, y garantizar la calidad del proceso con la correcta utilización de
los establecimientos visitados; f) Realizar la aplicación de pruebas a estudiantes, NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2640 - 3/6 docentes y otros, y garantizar la calidad del proceso con la correcta utilización de instrumentos de evaluación y recolección de información; g) Entregar la documentación solicitada por la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad — DIGEMOCA - en las fechas planificadas y designadas en las reuniones o debidamente notificadas por otros medios; h) Movilizarse a los lugares asignados por la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad con el objeto de cumplir con las actividades y responsabilidades; i) Asistir a las capacitaciones para recibir las debidas instrucciones para el monitoreo que se realiza en el momento; j) Velar por la integridad de la aplicación de los formatos o pruebas, asegurando que la información recolectada sea verídica e informando al coordinador departamental de DIGEMOCA sobre cualquier actividad anómala que observe. El no informar sobre ello será considerado motivo de terminación del contrato; k) Apoyar en la organización de los equipos que realizaran las evaluaciones. El (La) Contratista se compromete a entregar el siguiente producto: PRODUCTO ÚNICO: Listado de sedes indicando los departamentos, municipios y códigos de la escuela, aplicada durante la Evaluación por fecha según información brindada por la Subdirección Técnica. Cantidad de evaluados por salón, sección y grado, según formato que se les proporcionará por la Subdirección Técnica.
Fecha de entrega: 31 de octubre de 2012 TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a
sección y grado, según formato que se les proporcionará por la Subdirección Técnica.
Fecha de entrega: 31 de octubre de 2012 TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de presen MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.17,400.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, en un único pago, contra entrega y a entera satisfacción del Producto indicado en los Términos de Referencia. en un único pago por un monto de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS CQUETZALES EXACTOS
(Q.17,400.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. El pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el NMANCILLA 21%MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2640 - 4/6 producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. El pago que se efectúe en cumplimiento del presente contrato, se cargará a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento veintiocho guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y
mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento veintiocho guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil guión cero cero cero cero guión cero 7 cero cero (2012-11130008128-01-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPYA dieciocho millones noventa y tres mil setecientos sesenta y cinco (18093765). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el treinta y uno (31) de octubre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una mueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el
artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta y uno (31) de octubre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de
NMANCILLA
7MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2640 - 5/6 procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. ÑSEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que p