🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Acuerdo Ministerial 2752-2012

Ministerio de Educación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 2752-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

Página 1 de 1

MINISTERIO DE EDUCACION o 2 Contratos) 186 de DINFO

ACUERDO MINISTERIAL No. 2752-2012

Guat 1 Y CA. Guatemala, 13 de Septiembre de 2012 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Informática considera necesaria la contratación de servicios” técnicos-profesionales, con cargo al renglón presupuestario 186 "Servicios de Informática y Sistemas Computarizados', del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar cada uno de los contratos suscritos y darle validez a sus cláusulas contractuales.

POR TANTO: En ejercido de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; ~del Decreto Número 57-92del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26 del $ dlamento; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de, Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 186, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.

Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de, Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 186, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo. Artículo 2. Se contratan los servicio” técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo las partidas presupuestarias respectivas, a las personas indicadas en los contratos siguientes: DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Al Número de Valor Total del Contrato e Nombre de la Persona Contratada (IVA incluido) 186 Deran2 | EDGARDO ALFREDO ALVARADO LÓPEZ \ Q. 23,000.00 201%11130008102°01500:000-002:1860101 1000 o' 186 36742012 | EDUARDO JOSÉ VILLAGRÁN ORELLANA \ Q. 12,600.00 201Z-lllBOOOSlOfxfli-OOSOOMZ-lflkolakllofl§000m0 N 7 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en los instrumentos contractuales en referencia. Artículo 3. Los productos que se entreguen como consecuencia de las contrataciones respectivas quedarán en resguardo de la Dirección de Informática, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección de Informática, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Intema del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores.

Informática, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Intema del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

COMUNÍQUESE

[A DEL AG! MENDIZÁBAL47

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2673 - 1/5

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TECNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y SEIS GUION DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES GUION DOS MIL DOCE (No. 186-2673-2012) / En la ciudad de Guatemala, el día cinco (05) de septiembre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: JORGE LEONEL VILLEDA LEMUS de cuarenta y cinco (45) años de edad, casado, guatemalteco, Ingeniero en Ciencias y Sistemas, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número Un billón seiscientos ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta y cinco millones ochocientos setenta y dos mil ciento tres (1684555872103) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de la Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección de Informática -DINFOpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero

representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección de Informática -DINFOpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero ochocientos sesenta y nueve guión dos mil doce (DIREH-0869-2012), de fecha uno (01) de marzo del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número dieciséis guión dos mil doce (16-2012), de fecha uno (01) de marzo del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108) y folio múmero 44, señalando para recibir notificaciones Delegación de Recursos Humanos del Ministerio de Edúcación, sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección de Informática; y, por la otra parte, EDGARDO ALFREDO ALVARADO LÓPEZ” de veintiuno (21) años de edad, soltero,

guatemalteco, BACHILLER EN COMPUTACIÓN CON ORIENTACIÓN

CIENTIFICA CON VEINTE CURSOS APROBADOS EN LA CARRERA DE LICENCIATURA EN’ DISEÑO GRÁFICO, con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Únigs número dos billones ciento noventa y un mil cien millones seiscientos noventa ña ciento uno (2191100690101), extendido por el Registro Nacional de las Personas, E

Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Únigs número dos billones ciento noventa y un mil cien millones seiscientos noventa ña ciento uno (2191100690101), extendido por el Registro Nacional de las Personas, E

residencia en ONCEAVA AVENIDA VEINTISÉIS GUIÓN TREINTA Y NUEVE,

IMHERNANDEZ

A

Ne MOB,

4 03 004

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2673 - 2/5

ZONA DOCE, COLONIA LA REFORMITA, municipio de Guatemala departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que

Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para CONFIGURACIÓN DE FORMULARIOS ELECTRÓNICOS Y FORMA DE ALMACENAJE EN LAS BASES DE DATOS, en DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Realizar la configuración de los diseños que le sean encomendados por el encargado del Área de Diseño del Departamento de Procesamiento de Datos de la Dirección de Informática. b) Conformar un expediente por cada formulario configurado, utilizando para ello los formularios certificados por la norma ISO-9000. c) Configuración de los campos que integran el formulario. d) Enlace del formulario con la base de datos que recibirá la información procesada. e) Velar por la calidad de los diseños realizados. “El (la) contratista? se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO UNO: Entrega de Informe detallando los servicios prestados, acompañado de un CD contenga los quince formularios requeridos. Se entregará el veintiocho de septigh! Á de dos mil doce. PRODUCTO DOS: Entrega de Informe detallando los servigio prestados, acompañado de un CD que contenga los veinticinco formularios requeridos.

de dos mil doce. PRODUCTO DOS: Entrega de Informe detallando los servigio prestados, acompañado de un CD que contenga los veinticinco formularios requeridos.

IMHERNANDEZ

3&%

MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2673 - 3/5

Se entregará el treinta y uno de octubre de dos mil doce. PRODUCTO TRES: Entrega de Informe detallando los servicios prestados, acompañado de un CD que contenga los veinte formularios requeridos. Se entregará el diez de diciembre de dos mil doce.

TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de VEINTITRÉS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.23,000.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en tres (3) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA QUETZALES EXACTOS (Q.5,750.00) equivalentes al veinticinco por ciento (25%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Un segundo pago por un monto de NUEVE MI DOSCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.9,200.00) equivalentes al cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Y un tercer y último pago por un monto de OCHO MIL CINCUENTA A QUETZALES EXACTOS (Q.8,050.00) equivalentes al treinta y cinco por ciento (35%) del monto total del contrato, contra entrega a

OCHO MIL CINCUENTA A QUETZALES EXACTOS (Q.8,050.00) equivalentes al treinta y cinco por ciento (35%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 3indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento dos guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero pero dos /Quién ciento ‘échenta y Sais guión cero ciento uno guión once mil (2012-11130008102-01-00-000-002-186-0101-11000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para esto concepto y según Constancia de Disponibilidad NRO, Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones ciento treinta y dos mil cuarocioos setenta y ocho (18132478). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo e 13 vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo

IMHERNANDEZ E sn

CaB2

MINISTERIO DE EDUCACION

setenta y ocho (18132478). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo e 13 vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo

IMHERNANDEZ E sn

CaB2

MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. / 2673 - 4/5

Ministerial correspondiente y finalizará el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de

Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en . . .. " NO199; cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) por Up, Sa N negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestacién de los servitig > contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el

IMHERNANDEZ2

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2673 - 5/5

ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el

IMHERNANDEZ2

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2673 - 5/5

Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente. DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley.

DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73

CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. LF e f) 7 P, 1M D a Director Di a -femrática DINFOEDGARÑO ALFRÉDO ALVARADO LÓPEZ pirectión di 5 de Educación Ministeri

IMHERNANDEZFaz

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2674 - 1/5

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS

TÉCNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y SEIS GUION DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO GUION DOS MIL DOCE (No. 186-2674-2012) / En la ciudad de Guatemala, el día cinco (05) de septiembre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: JORGE LEONEL VILLEDA LEMUS de cuarenta y cinco (45) años de edad, casado, guatemalteco, Ingeniero en Ciencias y Sistemas, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de

años de edad, casado, guatemalteco, Ingeniero en Ciencias y Sistemas, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número Un billón seiscientos ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta y cinco millones ochocientos setenta y dos mil ciento tres (1684555872103) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de la Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección de Informática -DINFOpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero ochocientos sesenta y nueve guión dos mil doce (DIREH-0869-2012), de fecha uno (01) de marzo del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número dieciséis guión dos mil doce (16-2012), de fecha uno (01) de marzo del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108) y folio número 44, señalando para recibir notificaciones Delegación de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección de Informática; y, por la otra parte, EDUARDO

Humanos del Ministerio de Educación, sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección de Informática; y, por la otra parte, EDUARDO JOSÉ VILLAGRÁN ORELLANA de veintiseis (26) años de edad, soltero,

guatemalteco, BACHILLER EN CIENCIAS Y LETRAS CON DIECISIETE

CURSOS APROBADOS EN LA CARRERA DE INGENIERÍA EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN, con domicilio en el y

Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal EN = Identificación, Código Úlnico número Un billón quinientos setenta y cinco me novecientos seis millones doscientos treinta y dos mil uno (1575906232001), extendido Kn por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en SEXTA AVENIDA "A"

IMHERNANDEZDL 52

MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2674 - 2/5

DOS GUIÓN CUARENTA Y NUEVE ZONA DOS, COLONIA EL TESORO, municipio de Mixco departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas — siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del

PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para ESTANDARIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE EQUIPOS DE CÓMPUTO DEL MINEDUC, en DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Determinar los requerimientos de trabajo con los usuarios idóneos de las direcciones del Ministerio para determinar el equipo que debe ser estandarizado. c) + Elaborar el plan de trabajo para realizar las configuraciones y estandarizaciones identificadas. d) Realizar el ordenamiento de IPs, estandarización de las configuraciones y aplicaciones de los equipos de computación, soporte de ofimática

estandarizado. c) + Elaborar el plan de trabajo para realizar las configuraciones y estandarizaciones identificadas. d) Realizar el ordenamiento de IPs, estandarización de las configuraciones y aplicaciones de los equipos de computación, soporte de ofimática en las dependencias de la Planta Central del Ministerio de Educación. “El (la) contratista” se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO UNO: Planificación de la ejecución de la estandarización del equipo, incluyendo cronograma Io y, de actividades. Se entregará el veintiocho de septiembre de dos mil doce. PRODUCTO = - DOS: Informe de ejecución de la estandarización realizada en setenta equipos & NN cómputo, debidamente aprobado por la Dirección de Informática. Se entregará el o, 0 treinta de octubre de dos mil doce. PRODUCTO TRES: Informe de ejecución de la IMHERNANDEZFa MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2674 - 3/5 estandarización realizada en cincuenta y ocho equipos de cómputo, debidamente aprobado por la Dirección de Informática, así como la entrega del informe final. Se entregará el catorce de diciembre de dos mil doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTAY, la cantidad de DOCE MIL SEISCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.12,600.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en tres (3) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA QUETZALES EXACTOS

agregado -IVA-, distribuida en tres (3) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA QUETZALES EXACTOS (Q.1,890.00) equivalentes al quince por ciento (15%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Un segundo pago por un monto de CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS QUETZALES EXACTOS (Q.5,796.00) equivalentes al cuarenta y seis por ciento (46%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Y un tercer y último pago por un monto de CUATRO MIL NOVECIENTOS CATORCE QUETZALES EXACTOS (Q.4,914.00) equivalentes al treinta y nueve por ciento (39%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 3 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento dos guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión

cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento dos guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y seis guión cero ciento uno guión once mil guión cero, cero / cero - cero puión cero cero cero cero 7 Af E p P (2012-11130008102-01-00-000-002-186-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto NO, S No de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE CODE la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto y según Constancia de “a Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones ciento treinta y dos 0 mil doscientos once (18132211). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y IMHERNANDEZ% ao MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2674 - 4/5 la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el catorce (14) de diciembre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del

FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal

(a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta catorce (14) de diciembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste.

SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones

SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este O, N contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de lag? 2 obligaciones contractuales, b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTAS, 1 en la prestación delos servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con % sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión IMHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2674 - 5/5 unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRA

Consultar sobre este documento ...