Acuerdo Ministerial 2790-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 2790-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
MINISTERIO DE EDUCACION faesreamonn
- ACUERDO MINISTERIAL No. 2790-2012
Guatemala, CA. Guatemala , 17 de Septiembre de 2012 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, la "Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-, considera necesaria la contratación de servicios técnicos-profesionales, con cargo al renglón presupuestario 489 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar cada uno de los contratos suscritos y darle validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto número 57-92del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26de su lamento, Acuerdo — Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de sificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doceN (12), cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 1. Se aprueban las doceN (12), cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo. Artículo 2. Se contratan los servicios técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a las personas indicadas en los contratos siguientes: 2012-11130008128-1°00% N89010111000-0008-0000 Número de Valor Total del Contrato contrato Nombre de la Persona Contratada (IVA incluído) 189 - 3677-2012 — |SWILLIAM ENRIQUE MORENO GÓMEZ Q. 17,400.00 1898 2681-2012 FRANZ NATÁN MÉRIDA MENDOZA Q. 17,400.00 189 2682-2012 |NWILI CAROL RAMOS PÉREZ Q. 17,400.00 189. 2690-2012 OLIVERIO CAAL CAHUEC Q. 17,400.00 1 plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en los instrumentos contractuales en referencia. Artículo 3. Los productos que se entreguen como consecuencia de las contrataciones respectivas quedarán en resguardo de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de
documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. NO, Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente, Le . DA 22 " sz COMUNÍQUESE 2 H
© %,MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2677 - 1/6
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
TECNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2677-2012) En la ciudad de Guatemala, el día cinco (05) de septiembre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: MARCELINO AJCABUL RAMÍREZ “de cuarenta (40) años de edad, soltero, guatemalteco, Licenciado en Pedagogía y Administración Educativa, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden G guión siete (G-7) y de registro tres mil trescientos treinta (3330), extendida por el Alcalde Municipal de Santiago Atitlán, departamento de Sololá actuando por delegación de la Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad
dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCApersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero quinientos veintinueve guión dos mil doce (DIREH-0529-2012), de fecha uno (01) de enero del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número cuatro guión dos mil doce (4-2012), de fecha uno (01) de febrero del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para recibir notificaciones Delegación de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección o de Monitoreo Y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-; y, por la otra parte,” WILLIAM ENRIQUE MORENO GÓMEZ de treinta y siete (37) años de edad, soltero, guatemalteco, PERITO
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CURSOS APROBADOS EN LA CARRERA DE ABOGACIÍA Y NOTARIADO, con domicilio en el Departamento de Huehuetenango. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número Un billón novecientos
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con domicilio en el Departamento de Huehuetenango. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número Un billón novecientos IMHERNANDEZ qMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2677 - 2/6 de Huehuetenango departamento de Huehuetenango lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las — cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar
aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para
APLICADOR DE PRUEBAS DE EVALUACIÓN EN CENTROS EDUCATIVOS
DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ, en DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Realizar las visitas a cada una de las aulas de los establecimientos educativos asignados; b) Resguardar debidamente los instrumentos de evaluación y recolección de información; c) Recibir instrucciones por parte del coordinador departamental de DIGEMOCA en el que se encuentre realizando el proceso sobre el mejoramiento de las técnicas de recopilación de información por medio de los instrumentos de evaluación y recolección de información; d) Elaborar informes de actividades diarias y semanales; e) Elaborar registro de constancias de asistencia de los establecimientos visitados; f) Realizar la aplicación de pruebas a estudiantes, docentes y otros, y garantizar la calidad del proceso con la correcta utilización de eutos de evaluación y recolección de información; g) Entregar la documentación or la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad — A - en las fechas planificadas y designadas en las reuniones o debidamente IMHERNANDEZTOY MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. . 2677 - 3/6 notificadas por otros medios; h) Movilizarse a los lugares asignados por la Dirección
IMHERNANDEZTOY MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. . 2677 - 3/6 notificadas por otros medios; h) Movilizarse a los lugares asignados por la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad con el objeto de cumplir con las actividades y responsabilidades; i) Asistir a las capacitaciones para recibir las debidas instrucciones para el monitoreo que se realiza en el momento; j) Velar por la integridad de la aplicación de los formatos o pruebas, asegurando que la información recolectada sea verídica e informando al coordinador departamental de DIGEMOCA sobre cualquier actividad anómala que observe. El no informar sobre ello será considerado motivo de terminación del contrato; k) Apoyar en la organización de los equipos que realizaran las evaluaciones. El (La) Contratista se compromete a entregar el siguiente producto: PRODUCTO ÚNICO: Listado de sedes indicando los departamentos, municipios y códigos de la escuela, aplicada durante la Evaluación por fecha según información brindada por la Subdirección Técnica. Cantidad de evaluados por salón, sección y grado, según formato que se les proporcionará por la Subdirección Técnica.
Fecha de entrega: 31 de octubre de 2012 TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad / de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.17,400.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, en un único pago, contra entrega y a entera satisfacción del Producto indicado en los Términos de Referencia. en un único pago
CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.17,400.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, en un único pago, contra entrega y a entera satisfacción del Producto indicado en los Términos de Referencia. en un único pago por un monto de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.17,400.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. El pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega del producto, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. El pago que se efectúe en cumplimiento del presente contrato, se cargará a la partida presupuestaria número: dos ha e guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento veintiocho guión cero cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y
IMHERNANDEZ
239MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2677 - 4/6 nueve guión cero co uno guió once az guión, cero cg cero ua gyión e cero cero cero (2012-11130008128-01-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del
nueve guión cero co uno guió once az guión, cero cg cero ua gyión e cero cero cero (2012-11130008128-01-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para eye concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones ciento treinta mil ochocientos cuarenta y cuatro (18130844). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el treinta y uno Loa octubre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato,
Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta y uno (31) de octubre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como aroporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, esultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que e deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del 1799
MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2677 - 6
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por
DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene - calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente. DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley.
Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente. DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley.
DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los 0 y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente 5 y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo
IMHERNANDEZper MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2677 - 6/6 aceptamos, ratificamos y firmamos en seis (6) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. 7
WILLIAM ENRIQUE MORENO GÓMEZ
Lic Marcelino Ajabul Ramina
DIRECTOR GENERAL DE MONITOREO
RIFICACIÓN DE LA CALIDAD
Y VE IGEMOCA - MINEDUC
IMHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2681 - 1/6
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
TECNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE
IMHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2681 - 1/6
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TECNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2681-2012) En la ciudad de Guatemala, el día siete (07) de septiembre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: MARCELINO AJCABUL RAMÍREZ de cuarenta (40) años de edad, soltero, guatemalteco, Licenciado en Pedagogía y Administración Educativa, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden G guión siete (G-7) y de registro tres mil trescientos treinta (3330), extendida por el Alcalde Municipal de Santiago Atitlán, departamento de Sololá actuando por delegación de la Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCApersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero quinientos veintinueve guión dos mil doce (DIREH-0529-2012), de fecha uno (01) de enero del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número cuatro guión dos mil doce (4-2012), de fecha uno (01) de febrero del año dos mil doce (2012), asentada en el
certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número cuatro guión dos mil doce (4-2012), de fecha uno (01) de febrero del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para recibir notificaciones Delegación de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de Fla Calidad -DIGEMOCA-; y, por la otra parte, FRANZ NATÁN MÉRIDA MENDOZA de veinticuatro (24) años de edad, soltero, guatemalteco, MAESTRO
DE EDUCACIÓN PRIMARIA URBANA CON SETENTA Y DOS CURSOS
APROBADOS DE LA CARRERA DE LICIENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES, con domicilio en el Departamento de Huehuetenango. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número Un billón novecientos cuarenta y un mil novecientos treinta y siete millones ochocientos un extendido por el Registro Nacional de las keMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. . 2681 - 2/6 CERO OCHO, ZONA ONCE, municipio de Huehuetenango departamento de Huehuetenango lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar
Huehuetenango lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para
APLICADOR DE PRUEBAS DE EVALUACIÓN EN CENTROS EDUCATIVOS
DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, en DIRECCIÓN GENERAL DE
MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. Debiendo
APLICADOR DE PRUEBAS DE EVALUACIÓN EN CENTROS EDUCATIVOS
DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, en DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Realizar las visitas a cada una de las aulas de los establecimientos educativos asignados, b) Resguardar debidamente los instrumentos de evaluación y recolección de información; c) Recibir instrucciones por parte del coordinador departamental de DIGEMOCA en el que se encuentre realizando el proceso sobre el mejoramiento de las técnicas de recopilación de información por medio de los instrumentos de evaluación y recolección de información; d) Elaborar informes de actividades diarias y semanales; e) Elaborar registro de constancias de asistencia de los establecimientos visitados; f) Realizar la aplicación de pruebas a estudiantes, docentes y otros, y garantizar la calidad del proceso con la correcta utilización de trumentos de evaluación y recolección de información; g) Entregar la documentaciónm
MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2681 - 3/6
DIGEMOCA - en las fechas planificadas y designadas en las reuniones o debidamente notificadas por otros medios; h) Movilizarse a los lugares asignados por la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad con el objeto de cumplir con las actividades y responsabilidades; i) Asistir a las capacitaciones para recibir las debidas instrucciones para el monitoreo que se realiza en el momento; j) Velar por la integridad de la aplicación de los formatos o pruebas, asegurando que la información recolectada sea verídica e informando al coordinador departamental de DIGEMOCA sobre cualquier actividad anómala que observe. El no informar sobre ello será considerado
de la aplicación de los formatos o pruebas, asegurando que la información recolectada sea verídica e informando al coordinador departamental de DIGEMOCA sobre cualquier actividad anómala que observe. El no informar sobre ello será considerado motivo de terminación del contrato; k) Apoyar en la organización de los equipos que realizaran las evaluaciones. El (La) Contratista se compromete a entregar el siguiente producto: PRODUCTO ÚNICO: Listado de sedes indicando los departamentos, municipios y códigos de la escuela, aplicada durante la Evaluación por fecha según información brindada por la Subdirección Técnica. Cantidad de evaluados por salón, sección y grado, según formato que se les proporcionará por la Subdirección Técnica.
Fecha de entrega: 31de octubre de 2012 TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad y DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.17,400.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, en un único pago, contra entrega y a entera satisfacción del Producto indicado en los Términos de Referencia. en un único pago por un monto de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS
(Q.17,400.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. El pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos Z Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-, deberá extender
pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos Z Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega del producto, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y /{ VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. El pago que se efectúe en sumplimiento del presente contrato, se cargará a la partida presupuestaria número: dosMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2681 - 4/6 uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero sio uno guión ana mil Suión cero y cero ¿cero gero guión cero cero cero cero (2012-11130008128-01-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para y concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones ciento cuarenta y tres mil ciento cuarenta y dos (18143142). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el treinta y uno dos octubre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni
plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el treinta y uno dos octubre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta y uno (31) de octubre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El
incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como rcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, 130MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2681 - 5/6 se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El