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Acuerdo Ministerial 2804-2012

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 2804-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

Pigina1 de 1 MINISTERIO DE EDUCACION toni R 1 Contatos) 189 de DIGEACE

ACUERDO MINISTERIAL No. 2804-2012

Guatemala, C. A. Guatemala, 18 de Septiembre de 2012 , C. A. LA MINISTRA DE EDUCACION CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.

CONSIDERANDO: Que, la birección General de Acreditación y Certificación-DIGEACE-, considera necesaria la contratación de servicios profesionales; con cargo al renglón presupuestario \189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y darle validez a sus cláusulas contractuales.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 27, literal m) Decreto Número 114-97del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto Número 57-92del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) dáusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestariq 189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) dáusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestariq 189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.

Artículo 2. Se contratan los servicios profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente: Neira N fifflfflfl DE SEDAN N Y CERTIFICACIÓN-DIGEACE2012-11130008121%12-0000-004-000S 890101-11000-00000000 Número de Valor Total del Contrato cont Nombre de la Persona Contratada (IVA incluído) 89 - 2699-2012 INÉS DE LEÓN VALDEAVELLANO Q. 15,000.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la Directión General de Acreditación y Certificación-DIGEACE-, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Acreditación y Certificación-DIGEACE-, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, dirección de Auditoria Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

COMUNÍQUESE

DEL ÁGUÍLA MENDIZÁBAL

de Auditoria Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

COMUNÍQUESE

DEL ÁGUÍLA MENDIZÁBAL

ALFREDO GUSTAVQ GARCÍA ARCHII

VICEMINISTRO DEJEDUCACIÓN aMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2699 - 15

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES

NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2699-2012) A En la ciudad de Guatemala, el día once (11) de septiembre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: SILVIA EUGENIA CASTRO CASTILLO DE ARRIAZA de cincuenta y ocho (58) años de edad, casada, guatemalteca, Maestría en Medición, Evalución e Investigación Educativas, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro cuatrocientos setenta y dos mil quinientos cuarenta y dos (472542), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General de Acreditación y Certificación -DIGEACEpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número

representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General de Acreditación y Certificación -DIGEACEpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero cero noventa y cinco guión dos mil nueve (DIREH-0095-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número once guión dos mil nueve (11-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles e de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro cuarenta y cuatro mil cincuenta y dos (44052) y folio número 24y 25, señalando para recibir notificaciones Delegación de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección General de Acreditación Y Certificación -DIGEACE-; y, por la otra parte, /INÉS DE LEÓN VALDEAVELLANO de veinticinco (25) años de edad, soltera, guatemalteca, LICENCIADA EN DISEÑO GRAFICO, colegiado (a) número G guión doscientos “ue (G-203), con domicilio en el Deperaen de Guatemala. Me identifico con el trescientos dos millones setecientos cuarenta mil ciento uno (2335302740101), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en DOCE AVENIDA NUEVE GUIÓN CINCUENTA, ZONA UNO, municipio de Guatemala departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones.

(2335302740101), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en DOCE AVENIDA NUEVE GUIÓN CINCUENTA, ZONA UNO, municipio de Guatemala departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones.

8 NMANCILLA stMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2699 - 2/5

En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para DIAGRAMADOR, en DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN-DIGEACE-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Reuniones con las coordinaciones y subdirección de procesos individuales e

DIAGRAMADOR, en DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN-DIGEACE-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Reuniones con las coordinaciones y subdirección de procesos individuales e institucionales de DIGEACE para comprender la información técnica y estilos en los que se diagramarán los manuales; b) Definir en consulta con el encargado de la unidad de informática de DIGEACE, en consulta con DINFO y de acuerdo a los procesos del Ministerio de Educación los formatos digitales en los que se diagramarán los manuales; c) Elaboración e implementación de una planificación para la diagramación y entrega de manuales; d) Diagramación de manuales; e) Enviar semanalmente un informe de avance a la subdirección de procesos individuales para revisión de los productos logrados; f) Entregar manuales diagramados de forma impresa y digital en un CD, a la Subdirección de Procesos Individuales y a la Subdirección de Acreditación y Certificación de Instituciones, según corresponda; g) Entrega de CD con las artes de diagramación de manuales. “EL (LA) CONTRATISTA” se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO UNO: a) Manual de acreditación y certificación de textos, acreditación y certificación de centros educativos; b) Manual Evaluación Externa del NMANCILLA seMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2699 - 3/5 proceso de acreditación y certificación de centros educativos; Se entregará el veintiséis de octubre de dos mil doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA)

CONTRATISTA", la cantidad de QUINCE MIL QUETZALES EXACTOS

de octubre de dos mil doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA)

CONTRATISTA", la cantidad de QUINCE MIL QUETZALES EXACTOS

(Q.15,000.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en dos (2) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA QUETZALES EXACTOS (Q.6,750.00) equivalentes al cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto lindicado en los Términos de Referencia. Y un segundo y último pago por un monto de OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA QUETZALES EXACTOS (Q.8,250.00) equivalentes al cincuenta y cinco por ciento (55%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN -DIGEACE-, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN -DIGEACE-. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento veintiuno guión doce guión cero uno guión cero cero cero

cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento veintiuno guión doce guión cero uno guión cero cero cero guión cero cero uno guión cero cero cero guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento , uno gyjón once mil, guión cero foro cero cero guión ero cero cero cero 7 7 (2012-11130008121-12-01-000-001-000-189-0101-11000-0000-0000) del — Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este remo y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones ciento sesenta y AD a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el veintiseis 26) de octubre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. . 2699 - 4/5 ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el

los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta veintiseis (26) de octubre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN

como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2699 - 5/5 mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente.

DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA

Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente.

DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes. leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. 9 LL Jue, ‘9 y Directo la Direcgion ener: ió - INES DE LE b y Certificación -DIGEACE?

NMANCILLA

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