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Acuerdo Ministerial 2807-2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 2807-2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2013

MINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, C. A. o 2 1} 1 3 heal LA . ) _

ACUERDO MINISTERIAL No. 507

Guatemala, 20 de diciembre de 2013 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO Que, de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es función de los Ministros de Estado, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio. CONSIDERANDO Que, por medio del Acuerdo Ministerial número 4170-2012 de fecha 11 de diciembre de 2012 se reformó el artículo 8 del Acuerdo Ministerial número 2232-2012 de fecha 01 de agosto de 2012, en cuanto al plazo establecido para la liquidación de la Dirección Ejecutora del Programa Mi Familia Progresa y Unidad Especial de Ejecución del Programa de Inversión Social Mi Familia Progresa; y que actualmente no se ha concluido con el traslado e integración del inventario de la totalidad de los bienes muebles asignados y con la liquidación del área financiera, por lo que de acuerdo a lo solicitado por la Comisión Liquidadora, es necesario ampliar el plazo establecido.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) del Decreto número 11497 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 10 del Decreto número 12-91, del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación

Nacional.

ACUERDA: Articulo 1. Se reforma el Artículo 1 del Acuerdo Ministerial número 4170-2012 de fecha

Decreto número 12-91, del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.

ACUERDA: Articulo 1. Se reforma el Artículo 1 del Acuerdo Ministerial número 4170-2012 de fecha 11 de diciembre de 2012, en cuanto al plazo establecido para la liquidación de la Dirección Ejecutora del Programa Mi Familia Progresa y Unidad Especial de Ejecución del Programa de Inversión Social Mi Familia Progresa, el cual queda así: “Articulo 4. Plazo. El plazo improrrogable para la liquidación de la Dirección Ejecutora del Programa Mi Familia Progresa y Unidad Especial de Ejecución del Programa de Inversión Social Mi Familia Progresa deberá realizarse a mas tardar el 30 de junio de 2014” Articulo 2. Vigencia. El presente Acuerdo Ministerial empieza a regir inmediatamente.

COMUNÍQUESE

a CINTHYA CARÓ É AGUILA MENDIZABAL, y En a.C R

/

ALFREDO GUSTAVO

VICEMINISTRO DE EDU

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