🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Acuerdo Ministerial 2840-2012

Ministerio de Educación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 2840-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

Página 1 de 1 MINISTERIO DE EDUCACION peto o800 2012 i 4 Contratos) 169 de DIGEMOCA

ACUERDO MINISTERIAL No. 2840-2012

Guatemala, 20 de Septiembre de 2012 Guatemala, C. A. ' Soy LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-, considera necesaria la contratación de servicios técnicos-profesionales, con cargo al renglón presupuestario 189 "Otros Estudios y/o Servicios"; del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar cada uno de los contratos suscritos y darle validez a sus cláusulas contractuales.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, ley de Contrataciones del Estado y 26 del lamento; Acuerdo — Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas, Manual de “Clasificaciones Presupuestarias pura el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios

pura el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.

Artículo 2. Se contratan los servicios técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a las personas indicadas en los contratos siguientes: N Di Cl N R 2012°11130008128°91°00°908-002%4890101+11000:0000-000 7 mes Nombre de la Persona Contratada in de co 1892707-2012 JOSE LUIS MACZ POOU Q. 17,400.00 189% 2708-2012 |NEVA MARITZA AJANEL LAYNES DE TIPAZ NQ 17,400.00 189< 2709-2012 — | FEDERICO GUILLERMO MOTA DE PAZ q. 17,400.00 189% 2710-2012 JOSÉ ALBERTO LÓPEZ MONTH Q. 17,400.00 1 plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en los instrumentos contractuales en referencia. Artículo 3. Los productos que se entreguen como consecuencia de las contrataciones respectivas quedarán en resguardo de la \Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección

Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

COMUNÍQUESEMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2707 - 1/6

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS

TÉCNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL SETECIENTOS SIETE GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2707-2012) © / En la ciudad de Guatemala, el día catorce (14) de septiembre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: MARCELINO AJCABUL RAMÍREZ de cuarenta (40) años de edad, soltero, guatemalteco, Licenciado en Pedagogía y Administración Educativa, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden G guión siete (G-7) y de registro tres mil trescientos treinta (3330), extendida por el Alcalde Municipal de Santiago Atitlán, departamento de Sololá actuando por delegación de la Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de

Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCApersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero quinientos veintinueve guión dos mil doce (DIREH-0529-2012), de fecha uno (01) de enero del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número cuatro guión dos mil doce (4-2012), de fecha uno (01) de febrero del año dos mil doce (2012), asentada en el i Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para recibir notificaciones Delegación de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-; y, por la otra parte, /JosE LUIS MACZ POOU' de cuarenta y cinco (45) años de edad, casado, guatemalteco, BACHILLER EN

CIENCIAS Y LETRAS CON PROFESORADO DE ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA Y PROMOTOR DE DERECHOS HUMANOS Y CULTURA DE e s

Ca Y

AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION

CIENCIAS Y LETRAS CON PROFESORADO DE ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA Y PROMOTOR DE DERECHOS HUMANOS Y CULTURA DE e s

Ca Y AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. . 2707 - 2/6

Coban departamento de Alta Verapaz, con residencia en BARRIO CANIHAB, 7 municipio de San Pedro Carcha /departamento de Alta Verapaz” lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto

661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto

18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que e compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para APLICADOR

DE PRUEBAS DE EVALUACIÓN EN CENTROS EDUCATIVOS DEL

DEPARTAMENTO DE JUTIAPA, en DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Realizar las visitas a cada una de las aulas de los establecimientos educativos asignados; b) Resguardar debidamente los instrumentos de evaluación y recolección de información; c) Recibir instrucciones por parte del coordinador departamental de DIGEMOCA en el que se encuentre realizando el proceso sobre el mejoramiento de las técnicas de recopilación de información por medio

AAZMITIA

194MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2707 - 3/6 docentes y otros, y garantizar la calidad del proceso con la correcta utilización de instrumentos de evaluación y recolección de información; g) Entregar la documentación solicitada por la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad — DIGEMOCA - en las fechas planificadas y designadas en las reuniones o debidamente notificadas por otros medios; h) Movilizarse a los lugares asignados por la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad con el objeto de cumplir con las actividades y responsabilidades; i) Asistir a las capacitaciones para recibir las debidas

notificadas por otros medios; h) Movilizarse a los lugares asignados por la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad con el objeto de cumplir con las actividades y responsabilidades; i) Asistir a las capacitaciones para recibir las debidas instrucciones para el monitoreo que se realiza en el momento; j) Velar por la integridad de la aplicación de los formatos o pruebas, asegurando que la información recolectada sea verídica e informando al coordinador departamental de DIGEMOCA sobre cualquier actividad anómala que observe. El no informar sobre ello será considerado motivo de terminación del contrato; k) Apoyar en la organización de los equipos que realizaran las evaluaciones. El (La) Contratista se compromete a entregar el siguiente producto: PRODUCTO ÚNICO: Listado de sedes indicando los departamentos, municipios y códigos de la escuela, aplicada durante la Evaluación por fecha según información brindada por la Subdirección Técnica. Cantidad de evaluados por salón, sección y grado, según formato que se les proporcionará por la Subdirección Técnica.

Fecha de entrega: 31 de octubre de 2012 TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad VAN DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.17,400.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, en un único pago, contra entrega y a entera satisfacción del Producto indicado en los Términos de Referencia. en un único pago por un monto de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS

(Q.17,400.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato,

por un monto de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS

(Q.17,400.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. El pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos N cia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE OREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-, deberá extender AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2707 - 4/6 producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. El pago que se efectúe en cumplimiento del presente contrato, se cargará a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento veintiocho guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero ciego uno guión, ones me mil guión cero cero cero cero guión pero cero cero cero (2012-11130008128-0100000-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para Fe concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones ciento setenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y tres (18177453). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su

de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones ciento setenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y tres (18177453). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el treinta y uno (31) de octubre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sín responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta y uno (31) de octubre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de limiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará

octubre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de limiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará ites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad adora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El AAZMITIA aMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2707 - 5/6 procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” | | | | tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales, b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por

ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito “correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte el presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente. DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus s legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley.

A PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) TISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así

AAZMITIA valMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. . 2707 - 6/6 como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XII del Decreto 17-73

AAZMITIA valMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. . 2707 - 6/6 como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en seis (6) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. 9 . . T ~ Director de la Dirección General de Mo JOSE luis MAEZ POOU Verificación de la Galidad -DIGEMOCAY Lie Manaloo Ajubl Soma Director General de Monitoreo Verificación de la Calidad

DIGEMOCA - MINEDUC

AAZMITIA

195»

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2708 - 1/6

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS

TÉCNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE

GUION DOS MIL SETECIENTOS OCHO GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2708-2012) En la ciudad de Guatemala, el día catorce (14) de septiembre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: MARCELINO AJCABUL RAMÍREZ ZA (40) años de edad, soltero, guatemalteco, Licenciado en Pedagogía y Administración Educativa, de

(2012). NOSOTROS: MARCELINO AJCABUL RAMÍREZ ZA (40) años de edad, soltero, guatemalteco, Licenciado en Pedagogía y Administración Educativa, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden G guión siete (G-7) y de registro tres mil trescientos treinta (3330), extendida por el Alcalde Municipal de Santiago Atitlán, departamento de Sololá actuando por delegación de la Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCApersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero quinientos veintinueve guión dos mil doce (DIREH-0529-2012), de fecha uno (01) de enero del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número cuatro guión dos mil doce (4-2012), de fecha uno (01) de febrero del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108), señalando para recibir notificaciones Delegación de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sexta calle (6) uno guión ochenta y iete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección General de Monitoreo y Verificación

Recursos Humanos del Ministerio de Educación, sexta calle (6) uno guión ochenta y iete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad -DIGEMOCA-; y, por la otra parte, /EVA MARITZA, AJANEL LAYNES DE TIPÁZ de treinta y uno (31) años de edad, cagada quatemalteca,

SECRETARIA ECUTIVA BILINGUE CON ESPECIALIDAD EN

COMPUTACIÓN” con DIECIOCHO ICURSOS APROBADOS EN LA

CARRERA DE LICENCIADRA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES, ABOGADO Y NOTARIO, “con domicilio en el Departamento de Quiche. Me co con el Documento Personal de Identificación, Código Único número Un ovecientos un mil quinientos setenta millones quinientos cuarenta y un mil entos uno (1901570541401), extendido por el Registro Nacional de las

IMHERNANDEZ veMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2708 - 2/6

Personas, con residencia en SEXTA AVENIDA CINCO GUIÓN DIECIOCHO ZONA UNO, municipio de Santa Cruz Del Quiche departamento de Quiche lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de

siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto

18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS TECNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para APLICADOR

DE PRUEBAS DE EVALUACIÓN E CENTROS EDUCATIVOS DEL

DEPARTAMENTO DE GUATEMALA en DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Realizar las visitas a cada una de las aulas de los establecimientos educativos asignados; b) Resguardar debidamente los instrumentos de evaluación y recolección de información; c) Recibir instrucciones por parte del coordinador departamental de DIGEMOCA en el que se encuentre realizando el proceso sobre el mejoramiento de las técnicas de recopilación de información por medio

de evaluación y recolección de información; c) Recibir instrucciones por parte del coordinador departamental de DIGEMOCA en el que se encuentre realizando el proceso sobre el mejoramiento de las técnicas de recopilación de información por medio de los instrumentos de evaluación y recolección de información; d) Elaborar informes de actividades diarias y semanales, e) Elaborar registro de constancias de asistencia de establecimientos visitados; f) Realizar la aplicación de pruebas a estudiantes, y otros, y garantizar la calidad del proceso con la correcta utilización de tos de evaluación y recolección de información; g) Entregar la documentación

IMHERNANDEZ

Y[Ae MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2708 - 3/6 solicitada por la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad — DIGEMOCA - en las fechas planificadas y designadas en las reuniones o debidamente notificadas por otros medios; h) Movilizarse a los lugares asignados por la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Calidad con el objeto de cumplir con las actividades y responsabilidades; i) Asistir a las capacitaciones para recibir las debidas instrucciones para el monitoreo que se realiza en el momento; j) Velar por la integridad de la aplicación de los formatos o pruebas, asegurando que la información recolectada sea verídica e informando al coordinador departamental de DIGEMOCA sobre cualquier actividad anómala que observe. El no informar sobre ello será considerado motivo de terminación del contrato; k) Apoyar en la organización de los equipos que realizaran las evaluaciones. El (La) Contratista se compromete a entregar el siguiente producto: PRODUCTO ÚNICO: Listado de sedes indicando los departamentos,

motivo de terminación del contrato; k) Apoyar en la organización de los equipos que realizaran las evaluaciones. El (La) Contratista se compromete a entregar el siguiente producto: PRODUCTO ÚNICO: Listado de sedes indicando los departamentos, municipios y códigos de la escuela, aplicada durante la Evaluación por fecha según información brindada por la Subdirección Técnica. Cantidad de evaluados por salón, sección y grado, según formato que se les proporcionará por la Subdirección Técnica.

Fecha de entrega: 31 de octubre de 2012 TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.17,400.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, en un único pago, contra entrega y a entera satisfacción del Producto indicado en los Términos de Referencia. en un único pago , por un monto de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS e (Q.17,400.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. El ago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega del producto, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y

el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega del producto, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE MONITOREO Y NRIFICACIÓN DE LA CALIDAD -DIGEMOCA-. El pago que se efectúe en plimiento del presente contrato, se cargará a la partida presupuestaria número: dos E IMHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2708 - 4/6 mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento veintiocho guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión oe cn guión cero, cera cero per ión cero cero cero cero (20%2-11130008128-01-06-000-00%189-0101-11000 00070000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho míllones ciento setenta y siete mil trescientos ochenta y nueve 181772897 CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente , y finalizará el treinta y uno (31) de octubre del año dos mil doce (2012). Queda/ establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho

aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente , y finalizará el treinta y uno (31) de octubre del año dos mil doce (2012). Queda/ establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de e Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta treinta y uno (31) de ST) octubre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer

los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer —==n la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como óporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento,

IMHERNANDEZ

148MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2708 - 5/6 como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y

Consultar sobre este documento ...