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Acuerdo Ministerial 2869-2012

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 2869-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

MINISTERIO DE EDUCACION

Guatemala, C. A. ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 2869-2012 u

GUATEMALA, 24 DE SEPTIEMBRE 2012

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Informática (DINFO) ha solicitado la aprobación del Contrato Administrativo número” DIDECO-06-102-2012-C, suscrito el díaM7 de septiembre de 2012, por el señor Alfredo Gustavo García Archila, en su calidad de Segundo Viceministro de Educación, en representación del Ministerio de Educación, y el seño" Domingo Adolfo Guzmán Pereira en su calidad de Gerente Financiero y Representante Legal de la entidad denominada” DATUM, SOCIEDAD ANÓNIMA para la renovación de derechos de actualización y soporte técnico para la base de datos del Ministerio de Educación.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22 y 27 literales a), ¢) y m) y 33 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; y lo preceptuado en el artículo 48 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las dieciocho (18) cláusulas de que consta el Contrato Administrativa DIDECOEstado y 26 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las dieciocho (18) cláusulas de que consta el Contrato Administrativa DIDECO06-102-2012-C, suscrito el día 47 de septiembre de 2012, por el señor Alfredo Gustavo García Archila, en su calidad de Segundo Viceministro de Educación, en representación del Ministerio de Educación, y el señor Domingo Adolfo Guzmán Pereira en su calidad de'Gerente Financiero y Representante Legal de la entidad denominada DATUM, SOCIEDAD ANÓNIMA para la renovación de derechos de actualización y soporte técnico para la base de datos del Ministerio de Educación, bajo la partida presupuestaria número: 2012-11130008M02:01100-000-002-158-101-11-0000-0000 del Presupuesto General de Gastos Vigente o la que en el futuro corresponda, por un monto de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN QUETZALES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS (Q.332,731.72), incluido el Impuesto al Valor Agregado —IVA. Los demás pormenores se detallan en el contrato administrativo en referencia y que forman parte integral del presente instrumento.

Artículo 2. El presente acuerdo entra a regir inmediatamente.

COMUNÍQUESE

CINTHYA C. DEL Aga MENDIZÁBAL

ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARCHILA VICEMINISTRO DEJEDUCACIÓN: : ! = g S < i =

A

CONTRATO ADMINISTRATIVO NÚMERO: DIDECO-06-102-2012-C

ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARCHILA VICEMINISTRO DEJEDUCACIÓN: : ! = g S < i =

A CONTRATO ADMINISTRATIVO NÚMERO: DIDECO-06-102-2012-C En la ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala, el diecisiete (17) de ‘optembre de dos mil doce (2012), comparecemos, por una parte, el sefor ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARCHILA, de cuarenta y nueve (49) años de edad, casado, guatemalteco, Economista, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación -DPI-, con Código Único de Identificación (CUI) número: dos mil doscientos cincuenta espacio cuarenta y dos mil treinta y siete espacio cero ciento uno (2250 42037 0101) extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP) de la República de Guatemala. Actúo en mi calidad de Segundo Viceministro de Educación según lo acredito con mi nombramiento contenido en Acuerdo Gubernativo número dos (2), de fecha dieciocho (18) de enero de dos mil doce (2012) y certificación del acta de toma de posesión del cargo número catorce guión dos mil doce (14-2012), de fecha diecinueve (19) de enero de dos mil doce (2012), asentada en el folio ciento veintinueve (129) del Libro de Actas de hojas movibles para toma de posesión número L dos (L2) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas con registro mediante Acuerdo Ministerial número cero cero cero seis guión dos mil doce (0006-2012), de fecha dos

Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas con registro mediante Acuerdo Ministerial número cero cero cero seis guión dos mil doce (0006-2012), de fecha dos trece mil ochocientos treinta y tres (13833), actuando por delegación de la Autoridad Nominadora del MINISTERIO DE EDUCACIÓN para la suscripción del presente contrato y que me fuera otorgada (2) de enero de dos mil doce (2012). Señalo como lugar para recibir notificaciones o citaciones la sede del Ministerio de Educación ubicada en la sexta (6%) calle uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) de esta ciudad; y por la otra parte, el señor DOMINGO ADOLFÓ GUZMÁN PEREIRA, de cincuenta y nueve (59) años de edad, casado, guatemalteco, Contador Público y Auditor, de este domicilio; con Documento Personal de Identificación -DPI-, con Código Único de Identificación (CUI) número: dos mil doscientos ochenta espacio noventa y nueve mil seiscientos cuarenta y uno espacio cero novecientos uno (2280 99641 0901) extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP) de la República de Guatemala. Actúo en mi calidad de Gerente Financiero y Representante Legal de la entidad denominada: DATUM, SOCIEDAD ANÓNIMA, según lo acredito con fotocopia autenticada del acta notarial de mi197 nombramiento autorizada en esta ciudad el día catorce (14) de noviembre de dos mil once (2011) por el Notario Joaquín Enrique Diaz Durán Anleu e inscrito en el Registro Mercantil General de la República con el número doscientos tres mil ciento treinta y tres (203133), Folio cincuenta y cuatro (54) del Libro ciento

Notario Joaquín Enrique Diaz Durán Anleu e inscrito en el Registro Mercantil General de la República con el número doscientos tres mil ciento treinta y tres (203133), Folio cincuenta y cuatro (54) del Libro ciento treinta (130) de Auxiliares de Comercio, de fecha veintiuno (21) de noviembre de dos mil once (2011). Mi representada está inscrita en el Registro Mercantil General de la República con número dieciséis mil ciento once (16111), Folio noventa y uno (91), Libro setenta y ocho (78) de Sociedades Mercantiles. Tiene asignado el Número de Identificación Tributaria cinco millones ciento ochenta y siete mil cuatrocientos (5187400) y es propietaria de la empresa mercantil denominada DATUM, la cual quedó inscrita el cinco (5) de octubre de mil novecientos ochenta y ocho (1988) en el Registro Mercantil de la SÉ reía A. US . Ga DE EOI República con número ochenta y nueve mil doscientos ochenta y tres (89283), Folio ciento cincuenta y ocho (158), del Libro ochenta y cinco (85) de Empresas Mercantiles. Señalo como lugar para recibir notificaciones, citaciones o emplazamientos la quinta (5%) avenida cinco guión cincuenta y cinco (5-55), zona catorce (14), Edificio EuroPlaza, torre dos (2) nivel doce (12) oficina un mil doscientos dos (1202) de esta ciudad capital. Ambos otorgantes manifestamos ser de los datos de identificación personal arriba consignados; que nos encontramos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles; que tuvimos a la vista la documentación relacionada y que las representaciones que ejercitamos son suficientes para el

esta ciudad capital. Ambos otorgantes manifestamos ser de los datos de identificación personal arriba consignados; que nos encontramos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles; que tuvimos a la vista la documentación relacionada y que las representaciones que ejercitamos son suficientes para el otorgamiento del presente contrato, de conformidad con la Ley y a nuestro juicio. En lo sucesivo, ambos otorgantes, en su orden, nos denominamos “EL MINISTERIO" y “LA CONTRATISTA". En la calidad con la que actuamos, por este acto celebramos CONTRATO ADMINISTRATIVO conforme las siguientes Y cláusulas: PRIMERA. BASE LEGAL. El presente contrato se suscribe con base en los Artículos 47, 48 y 49 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado; y 26 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la precitada ley, así como Ne cualquier otra disposición lega! que sea aplicable y también con base en la Resolución número novecientos veíntitrés (923), de fecha veintisiete (27) de agosto de dos mil doce (2012) suscrita por el for Alfredo Gustavo García Archila, en su calidad de Viceministro de Educación, por la que se aprueba 2/8 Ancona enoA la adjudicación del proceso de Cotización identificado como: C guión cero diecisiete diagonal dos mil doce guión MINEDUC diagonal ciento dos (C-017/2012-MINEDUC/102).- SEGUNDA. OBJETO y MONTO DE ESTE CONTRATO. A) OBJETO: El objeto del presente contrato es la RENOVACIÓN DE a DERECHOS DE ACTUALIZACIÓN Y SOPORTE TÉCNICO PARA LA BASE DE DATOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, de conformidad con las Especificaciones Técnicas establecidas para el

DERECHOS DE ACTUALIZACIÓN Y SOPORTE TÉCNICO PARA LA BASE DE DATOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, de conformidad con las Especificaciones Técnicas establecidas para el efecto, aceptadas por “LA CONTRATISTA” al presentar su oferta dentro del proceso ya indicado. B) MONTO: El monto total del presente contrato es de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN QUETZALES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS (Q.332,731.72), que incluye el Impuesto al Valor Agregado —IVAy no podrá variar durante la vigencia del mismo, salvo en el caso que beneficie a los intereses del Estado -TERCERA. RESPONSABILIDADES DE “LA 3 a CONTRATISTA”. a) "LA CONTRATISTA” es responsable de cumplir el objeto de este contrato en la SE Du forma, precio, lugar determinado y tiempo estipulados en su oferta, las bases del proceso y las mo E s 2 Especificaciones Técnicas requeridas, a entera satisfacción de "EL MINISTERIO", que conformaron los SL > documentos de cotización para la presente contratación y que forman parte integral del presente contrato; b) "LA CONTRATISTA” será responsable civil, penal o administrativamente de cualquier tipo de daño o perjuicio provocado a "EL MINISTERIO” con motivo de la ejecución del presente contrato; en tal sentido, N desde ya exime totalmente a “EL MINISTERIO" de cualquier obligación o responsabilidad por tales conceptos; c) “LA CONTRATISTA" deberá cumplir con sus obligaciones sin necesidad de requerimiento alguno, de conformidad con lo establecido en los artículos 1428 y 1431 del Código Civil, Decreto Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República.- CUARTA. CARGAS TRIBUTARIAS. El monto del presente

alguno, de conformidad con lo establecido en los artículos 1428 y 1431 del Código Civil, Decreto Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República.- CUARTA. CARGAS TRIBUTARIAS. El monto del presente contrato incluye el Impuesto al Valor Agregado -IVAy está sujeto a cualquier otro impuesto, tasa o contribución que fijen las leyes vigentes del país. "LA CONTRATISTA" está obligada a pagar ¡oportunamente sus impuestos y demás obligaciones que adquiere al suscribir este contrato. QUINTA. ¡FORMA DE PAGO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA. A) FORMA DE PAGO: a) El monto del presente contrato se hará efectivo por "EL MINISTERIO” en un único pago, mediante acreditamiento en la cuenta 3/8P Gobierno de Gualemal de depósitos monetarios que “LA CONTRATISTA" tenga registrada en la Tesorería Nacional, dentro del plazo establecido en el artículo 31 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, previa presentación de la factura correspondiente, inventario de cuentas, Certificado de Conformidad y Autorización de Pago (ADQ-FOR-05) firmado y sellado por el director de la Dirección de Informática — DINFOcon los que se acreditará que la renovación de los derechos de actualización y soporte técnico de la base de datos del Ministerio de Educación fue recibida a su entera conformidad y que "LA CONTRATISTA" cumplió con los compromisos pactados en el contrato en el plazo ofertado y los demás documentos indicados en las bases del proceso; b) El pago se efectuará únicamente en Quetzales; c) La factura presentada en ningún caso excederá el valor del presente contrato. B) PARTIDA PRESUPUESTARIA. El monto del presente contrato será pagado con cargo a la partida presupuestaria: B3

factura presentada en ningún caso excederá el valor del presente contrato. B) PARTIDA PRESUPUESTARIA. El monto del presente contrato será pagado con cargo a la partida presupuestaria: B3 É dos mil doce guión once millones ciento treinta mil ocho guión ciento dos guión cero uno guión cero cero & > guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento cincuenta y ocho guión cero ciento uno guión once SE A 7 “Lv .S PA EL guión coro cero cero cero guión cero cero cero cero (2012-11130008-102-01-00-000-002-158-0101-11R - => 0000-0000) consignada en el Dictamen Financiero y/o Certificación Presupuestaria de la Solicitud de Gasto/Requerimiento, que obra en el respectivo expediente administrativo o la partida o partidas que se creen o habiliten en el futuro para este concepto, así también de conformidad con la Constancia de Disponibilidad Presupuestaria ~CDPnúmero dieciócho millones doscientos siete mil cuarenta y nueve (18207049)-SEXTA. CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES CONTRATADAS. "LA CONTRATISTA” deberá cumplir con el objeto del presente contrato de acuerdo a las Especificaciones Técnicas establecidas en las bases del proceso y la oferta presentada, en la forma, cantidades exactas, lugar y plazo de entrega ofertado, indicados en los documentos que conforman la Cotización ya identificada. “LA CONTRATISTA" entiende que no se pagará más del valor estipulado en el presente Y NE y se compromete a guardar los Principios que rigen el derecho comercial. Las especificaciones LE

identificada. “LA CONTRATISTA" entiende que no se pagará más del valor estipulado en el presente Y NE y se compromete a guardar los Principios que rigen el derecho comercial. Las especificaciones LE 4 articulares mínimas ofertadas por "LA CONTRATISTA" se describen de manera general así: Renovación ¡ “A Ny de derechos de actualización y soporte técnico de manejo de base de datos (edición estándar) relacional 4/8(RDBMS) y transaccional actual, con una vigencia de un (1) afio. La renovacion de los derechos de actualización permitirá actualizar y configurar seis (6) procesadores así: a) Cuatro (4) licencias por procesador para servidor configurado en Cluster (2 nodos) de base de datos en producción; b) Dos (2) licencias por procesador para servidor de base de datos alterno. El soporte técnico será el denominado “premier” que será prestado vía internet, las veinticuatro (24) horas de los trescientos sesenta y cinco (365) días del año. El servicio técnico será prestado por Consultores residentes en Guatemala, con nivel de certificación OCP y con cinco (5) años de experiencia en tecnología Oracle. "LA CONTRATISTA” ofrecerá: a) asistencia técnica local en horario de siete por veinticuatro (7x24) los trescientos sesenta y cinco (365) días del año, acceso de siete por veinticuatro (7x24) al sitio de internet de DATUM, asistencia <E en actualizaciones de la base de datos corporativa, tiempo de respuesta menor de dos (2) horas, en caso NE de emergencia, derecho a servicio de atención de consultas telefónicas en cantidad ilimitada, visita Se trimestral para diagnosticar el estado de la base de datos institucional, entregando un documento con el 5

NE de emergencia, derecho a servicio de atención de consultas telefónicas en cantidad ilimitada, visita Se trimestral para diagnosticar el estado de la base de datos institucional, entregando un documento con el 5 Sl resultado del diagnóstico, b) Taller de capacitación presencial de respaldo y recuperación con una 5 duración de ocho (8) horas para tres (3) participantes; c) Certificado de Licenciamiento con el período de cobertura. Adicionalmente a lo antes indicado, "LA CONTRATISTA” deberá cumplir con todas las especificaciones, características y demás condiciones descritas en su oferta sin variación alguna. SÉPTIMA. DEL PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LA RENOVACIÓN DE LOS DERECHOS DE ACTUALIZACIÓN Y SOPORTE TÉCNICO DE LA BASE DE DATOS DEL MINEDUC: El plazo de entrega del objeto del presente contrato es de UN (1) DÍA HÁBIL contado a partir del siguiente día de la publicación en GUATECOMPRAS del contrato y Acuerdo Ministerial que lo aprueba, en el entendido de que en caso de incumplimiento total o parcial, "EL MINISTERIO” podrá imponer las sanciones o tomar las medidas que estime convenientes. El lugar de entrega es en la Planta Central de “EL MINISTERIO" ituado en sexta (6) calle uno guión ochenta y siete (1-87) zona diez (10), de esta ciudad, específicamente en las oficinas de la Dirección de informática ubicadas en la sala número veinte (20) del edificio uno (1), directamente a ta Comisión Receptora y Liquidadora nombrada para el efecto. OCTAVA. 5/8. A) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. "LA CONTRATISTA” deberá prestar FIANZA DE CUMPLIMIENTO

edificio uno (1), directamente a ta Comisión Receptora y Liquidadora nombrada para el efecto. OCTAVA. 5/8. A) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. "LA CONTRATISTA” deberá prestar FIANZA DE CUMPLIMIENTO (seguro de caución), depósito en efectivo o constituir hipoteca para asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el contrato, por un valor que represente el diez por ciento (10%) del monto total del mismo, que deberá incluir el Impuesto al Valor Agregado -IVAy estará vigente durante todo el tiempo que subsistan las obligaciones accesorias de "LA CONTRATISTA" provenientes de este contrato relacionadas con el Soporte Técnico, Asistencia Técnica Local y Transferencia Tecnológica a favor de “EL MINISTERIO” que en el presente caso es de un (1) año, que es el tiempo que dura la renovación de Derechos de Actualización y Soporte Técnico para la Base de Datos del Ministerio de Educación. Transcurrido dicho plazo, "EL MINISTERIO podrá extender la constancia de haber recibido a su satisfacción la garantía de calidad o de funcionamiento, según lo establecido en el artículo 65 de la Ley de Contrataciones del Estado y literal a) del artículo 39 de su Reglamento. Esta garantía podrá hacerse efectiva, si "LA CONTRATISTA" incumple con lo estipulado en cualquiera de las cláusulas del contrato.- B) GARANTÍA DE CALIDAD Y/O FUNCIONAMIENTO: Para garantizar el valor de desperfectos de & fábrica, calidad o funcionamiento que le sean imputables a “LA CONTRATISTA” sobre lo adquirido, deberá prestar a favor y entera satisfacción de “EL MINISTERIO”, FIANZA DE CALIDAD Y/O

& fábrica, calidad o funcionamiento que le sean imputables a “LA CONTRATISTA” sobre lo adquirido, deberá prestar a favor y entera satisfacción de “EL MINISTERIO”, FIANZA DE CALIDAD Y/O FUNCIONAMIENTO, equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, emitida por una institución aseguradora autorizada para operar en el país. También podrá "LA CONTRATISTA", a su elección, prestar la garantía por medio de depósito en efectivo, hipoteca o prenda en el mismo porcentaje mencionado. Cualquiera de estas garantías tendrá una vigencia mínima de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de recepción, de conformidad con el artículo 67 de la Ley de Contrataciones del Estado.-NOVENA. VARIACIONES EN CALIDAD Y CANTIDAD. De conformidad con el artículo 86 de la Ley de Contrataciones del Estado, si “LA CONTRATISTA” modifica la calidad y/o cantidad de lo i pactado en el presente contrato, será sancionada con una multa del cien por ciento (100%) del valor que represente la parte afectada de la negociación. DÉCIMA. PROHIBICIONES. “LA CONTRATISTA” en ningún caso podrá enajenar, ceder, traspasar o disponer en cualquier forma o título, total o parcialmente, 6/8 71R los derechos que adquiere a través de este contrato, de lo contrario “EL MINISTERIO" queda facultado para dar por terminado el mismo en forma automática y sin necesidad de trámite alguno, aplicando las sanciones que correspondan conforme a las leyes que rigen la materia. DÉCIMA PRIMERA. SANCIÓN PECUNIARIA POR RETRASO EN LA ENTREGA. De conformidad con los artículos 85 y 87 de la Ley de

sanciones que correspondan conforme a las leyes que rigen la materia. DÉCIMA PRIMERA. SANCIÓN PECUNIARIA POR RETRASO EN LA ENTREGA. De conformidad con los artículos 85 y 87 de la Ley de Contrataciones del Estado vigente, si "LA CONTRATISTA”, por causas que le fueren imputables se retrasare con el cumplimiento del objeto del presente contrato en el tiempo estipulado como plazo de entrega, será sancionada con una multa equivalente al cero punto cinco (0.5) por millar del monto total del contrato, por cada día de atraso en que incurra. Esto sin perjuicio de dejar sin efecto el contrato y deducir las demás responsabilidades que procedan. DÉCIMA SEGUNDA. SUJECIÓN DE LAS PARTES A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las partes se someten a las leyes de la República de Guatemala en todo lo relacionado a este contrato y convienen expresamente que, cualquier diferencia o reclamación que surgiere entre las partes derivadas del mismo, se resolverán sometiéndolas a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 102 de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio que “EL MINISTERIO” se reserva el derecho de ejercer las acciones civiles y penales que correspondan. DÉCIMA TERCERA. APROBACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato deberá ser aprobado mediante Acuerdo Ministerial de conformidad con lo que establece el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 de su Reglamento. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a él, los documentos de Cotización respectivos; la oferta presentada por "LA CONTRATISTA”; el expediente que sirvió de base

de su Reglamento. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a él, los documentos de Cotización respectivos; la oferta presentada por "LA CONTRATISTA”; el expediente que sirvió de base para la elaboración del presente contrato y en general, toda la documentación que en el mismo se menciona y la que se produzca con posterioridad, hasta que finalice la vigencia del mismo. DÉCIMA CUARTA. NOTIFICACIÓN A CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS. De conformidad con lo que Yoo Juana el artículo 75 de la Ley de Contrataciones del Estado, del presente contrato, de su \ | incumplimiento, resolución, rescisión o nulidad, “EL MINISTERIO" deberá remitir, dentro el plazo de treinta (30) días contados a partir de su aprobación, o de la respectiva decisión, una copia a la Contraloría 7/8 750o 249 General de Cuentas, para efectos de registro, control y fiscalización. DÉCIMA QUINTA. FINIQUITO. De conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, luego de que esté aprobada la liquidación de la presente negociación, las partes deberán otorgarse mutuo finiquito que los libera de sus obligaciones, salvo lo relativo a posibles responsabilidades que le surgieren con posterioridad a "LA CONTRATISTA”, que “EL MINISTERIO" podrá deducir, siempre que esto proceda, con fundamento en lo que para el efecto establece el artículo 67 de la ley citada.- DÉCIMA SEXTA. VIGENCIA. El presente contrato entrará en vigencia a partir de la fecha de notificación de su aprobación hasta la aprobación de la Liquidación del mismo. DÉCIMA SÉPTIMA. DEL COHECHO. Yo, Domingo

VIGENCIA. El presente contrato entrará en vigencia a partir de la fecha de notificación de su aprobación hasta la aprobación de la Liquidación del mismo. DÉCIMA SÉPTIMA. DEL COHECHO. Yo, Domingo Adolfo Guzmán Pereira en la calidad y representación con que actúo manifiesto, que conozco las penas relativas al delito de cohecho así como las disposiciones en el Capítulo Ii del Titulo XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de “EL MINISTERIO” para aplicar las sanciones administrativas que pudieran corresponder a mí representada, incluyendo la inhabilitación en el Sistena GUATECOMPRAS. DÉCIMA OCTAVA. LECTURA Y ACEPTACIÓN DEL CONTRATO. Los otorgantes, en forma expresa, hacemos constar que hemos leído el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales lo aceptamos en todas y cada una de sus partes, ratificamos y firmamos en ocho (8) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación impresas únicamente en su anverso. Di ne a lolo Guzmán Pereira Aepresantante Legal mudos G 0 "VICEMINISTRO oe NPMER? 8/8 meno s . menso

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