Acuerdo Ministerial 287-2023
Ministerio de Energía y Minas
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 287-2023
- Autor
- Ministerio de Energía y Minas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2023
MINISTERIO GOBIERNO de <
GUATEMALA | PE” DR. ALEJANDRO GIAMMATTE!
ACUERDO MINISTERIAL 287-2023
GUATEMALA, 27 DE NOVIEMBRE DE 2023
EL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS CONSIDERANDO: Que la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República, confiere la autoridad y competencia a los Ministros de Estado para los asuntos propios de su ramo; asimismo, para dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo; CONSIDERANDO: Que el Titular de cada sujeto obligado debe designar al servidor público, empleado u órgano interno que fungirá como Unidad de Información Pública, debiendo tener un enlace en todas las oficinas o dependencias que el sujeto obligado tenga ubicadas a nivel nacional, según cita el artículo 19 de la Ley de Acceso a la Información Pública.
CONSIDERANDO: Que con fecha 27 de junio de 2022, por medio del Acuerdo Ministerial Número 163-2022, se designó a las personas para que funjan como enlaces de la Unidad de Información Pública, de este Ministerio; no obstante, es necesario realizar su reforma.
POR TANTO: En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos: 152, 154 y 194 literal b) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4, 22 y 27 inciso m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 19 de la Ley de Acceso a la Información Pública; 4 literal h) y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; oficio identificado
Organismo Ejecutivo; 19 de la Ley de Acceso a la Información Pública; 4 literal h) y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; oficio identificado como OF. No.UIP-76-2023/SPP de fecha 21 de noviembre de 2023; y, Remisión número DSMEMI1477 de fecha 22 de noviembre de 2023 de Despacho Superior, ACUERDA: ARTÍCULO 1. Reformar el artículo 2 del Acuerdos Ministeriales número 163-2022 de fecha 27 de junio de 2022, el cual queda así: “ARTÍCULO 2. Designar al siguiente personal para que funjan como enlaces de la Unidad de Información Pública, de este Ministerio.
NOMBRE DEL ENLACE NOMBRE DEL ENLACE
o TITULAR & SUPLENTE DEPENDENCIA
Enrique Roberto Cifuentes | Wilson Wilfredo Monzón | Viceministerio de Domínguez Zetino __ Desarrollo Sostenible E Marlon Ednivan Morales | Dina Paola Sierra Villagrán | Secretaría General Estada Ma e Jorge José Daniel Soto Xiloj | Ruth Liliana Rodríguez Dirección General de 4 . lkconzaled Energia ¥ 4 José Feliciano Gabriel | Laura Beatriz Chanax Dirección General de Wong Ane E Minería Lesbia Verónica Méndez | Veldy Anacaren Corado | Dirección General de Berdúo Vásquez y José Juan | Hidrocarburos | Ramírez Canté E Seidi Ibeth Isales López | Delia Leticia Chuy TuyucMINISTERIO 8813.\'%2?4% A DE ENERGIA DR. ALEJANDRO CIAMMATTEI Y MINAS “Marcelina Floridalma | N/A | Dirección General | Santizo Quexel i Administrative
8813.\'%2?4% A DE ENERGIA DR. ALEJANDRO CIAMMATTEI Y MINAS “Marcelina Floridalma | N/A | Dirección General | Santizo Quexel i Administrative Zaqueo Par Juracán | Jessica Lucrecia Valdés Laboratorios Técnicos | Gallardo [Joseline Waleska Muralles De la Rosa | Karen Zuriely Rivera Aj Unidad de Fiscalización Claudia Lucia Donis Conde | N/A Unidad de Auditoría ET Interna _ = Diana Cristina Rodríguez | N/A Unidad de Administración Guevara Financiera Glenda Marisol Jolón | Walter Vinicio Oswaldo | Unidad de Gestión González Alvarado Gerónimo _ | Sccioambiental__________] Rosa Lilian Itzep Tunche Silvia Alejandra Lemus Unidad de Recursos Castellanos Humanos Yessica Alejandra Cortez Coronado N/A — Unidad de Planificación y Modernización institucional | Nelly Yanira Baten Ruiz Marta Esperanza Pop Xinic | Unidad de Asesoría TT | Jurídicos "TE Mónica Scarlett Mac | Ruben Eduardo Maldonado | Unidad de Cocperación Donald Gallardo Estrada e o | Internacional Ligia Susana Revolorio N/A | Unidad de Comunicación Rosales | Social ARTÍCULO 3. Los enlaces son los responsables de recibir las solicitudes provenientes de la Unidad de Información Pública, dar el seguimiento correspondiente a lo interno de su dependencia, que la información remitida de forma física o electrónica a la Unidad de Información Pública, sea puntual, legible, fdedigna y enviada en el plazo establecido, observando el resguardo de los datos sensibles.
dependencia, que la información remitida de forma física o electrónica a la Unidad de Información Pública, sea puntual, legible, fdedigna y enviada en el plazo establecido, observando el resguardo de los datos sensibles. ARTÍCULO 4. En el caso de vacante temporal o definitiva de los servidores públicos designados en el artículo uno, se deberá dar aviso por escrito de manera inmediata al Despacho Superior con copia a la Unidad de Información Pública, para los efectos de la sustitución. ARTÍCULO 5. El presente Acuerdo Ministeral surte sus efectos a partir del día de su emisión y debe notificarse a las personas designadas y a la Unidad de Información Pública de este Ministerio. Enrique Chu Mac COMUNÍQUESE, la Mía | Ing. Manuel AE OAriti