Acuerdo Ministerial 3084-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 3084-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
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MINISTERIO DE EDUCACION —— 8 Contratos) 189 de DIGEDUCA
ACUERDO MINISTERIAL No. 3084-2012
Guatemala, 11 de Octubre de 2012 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, la \Direccion General de Evaluación e Investigación Educativa, considera necesaria la contratación de servicios técnicos profesionales, con cargo al renglón presupuestario \189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar cada uno de los contratos suscritos y darle validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento; Acuerdo — Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas, Manual de Clasificaciones Presupuestarias p el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo E Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.
ACUERDA: Artículo E Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Técnicos-Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 2. Se contratan los servicios técnicos-profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a las personas indicadas en los contratos siguientes: N ) 2012-11130008120-05%00°000-002:189"0101°11000-0000-0000 Número de Nombre de la Persona Contratada O inche o 189 2782-2012 LILIAN LORENA VELÁSQUEZ FUENTES Q. 10,000.00 189 N2784-2012 | MARIO RENE PÉREZ VÁSQUEZ NQ10,000.00 189 - 2785-2012 WALTER ALFREDO PÉREZ VÁSQUEZ > Q. 10,000.00 189 2787-2012 GERMÁN RONALDO LÁZARO REYES > Q. 8,400.00 189 2788-2012 OSCAR HUMBERTO CARRERA ALVARADO N\ Q. 8,400.00 189 27852012 | \WENDY YOMARA REYES GIRÓN DE LORENZO N 9 8,400.00 | 189527002012 | MÓNICA ALEJANDRA RIVERA BENITEZ y AQ 8,400.00 [ 18927512012 | \SUSAN YANNELA LÓPEZ RODRÍGUEZ Q. 8,400.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en los instrumentos contractuales en referencia.
[ 18927512012 | \SUSAN YANNELA LÓPEZ RODRÍGUEZ Q. 8,400.00
El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en los instrumentos contractuales en referencia. Artículo 3. Los productos que se entreguen como consecuencia de las contrataciones respectivas quedarán en resguardo de la Virección General de Evaluación e Investigación Educativa, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de ta, Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente. COMUNÍQUESE Oe fa menorzinar
EoMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2782 - 1/5
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
TECNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2782-2012) Y En la ciudad de Guatemala, el día cuatro (04) de octubre del año dos mil doce (2012).
NOSOTROS: LUISA FERNANDA MÚLLER DURÁN de treinta y nueve (39) años de edad, soltera, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro ochocientos noventa y dos
edad, soltera, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro ochocientos noventa y dos mil setecientos ochenta y cinco (892785), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General de Evaluación, Investigación y Estandares Educativos -DIGEDUCApersonería que acredito por medio del nombramiento itenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero cero setenta y siete guión A il nueve (DIREH-0077-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve ), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número ocho guión dos nueve (8-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos dos mil ochocientos sesenta y cuatro (L2 2864) y folio número 0793, señalando para recibir notificaciones Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, quinta calle (5) cuatro guión treinta y tres (4-33), zona uno (1), Edificio Plaza Rabí sede de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa; y,
para recibir notificaciones Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, quinta calle (5) cuatro guión treinta y tres (4-33), zona uno (1), Edificio Plaza Rabí sede de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa; y, por la otra parte, LILIAN LORENA VELÁSQUEZ FUENTES de treinta (30) años de edad, casada, guatemalteca, SECRETARIA Y OFICINISTA CON PÉNSUM CERRADO EN LA CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número dos billones trescientos treinta y ocho mil veintitrés millones doscientos mil ciento uno (2338023200101), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en VEINTIOCHO CALLE DOCE GUIÓN TREINTA Y CINCO, ZONA TRECE, municipio de Guatemala IMHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2782 - 2/5 departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de
del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que aprueba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Prosionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para INGRESO Y VERIFICACIÓN DE DATOS PARA LA EVALUACIÓN PILOTO DEL TERCE, en DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Organizar, clasificar y verificar los materiales a procesar y procesados. b) Realizar todas las actividades requeridas para la captura de datos de la Evaluación TERCE. c) Ingreso de la información en el sistema proporcionado por el TERCE llamado DATA MANAGEMENT EXPERT (DME). d) Manipular y resguardar cada uno de los instrumentos proporcionados durante el tiempo que dure el procesamiento de la información. e) Velar por el orden de los instrumentos según el embalaje recibido en cada paquete. f) Velar por la exactitud y calidad de los instrumentos procesados. g) Llevar un registro del material ingresado al sistema. h) Elaboración y presentación de
información. e) Velar por el orden de los instrumentos según el embalaje recibido en cada paquete. f) Velar por la exactitud y calidad de los instrumentos procesados. g) Llevar un registro del material ingresado al sistema. h) Elaboración y presentación de informe de las actividades realizadas. i) Realizar una copia de respaldo de los archivos al finalizar el ingreso de datos. “El (la) contratista” se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO UNO: Entrega de reporte de producción autorizado por el Coordinador de DIGEDUCA. Este reporte deberá tener como mínimo cinco mil
IMHERNANDEZ
81MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2782 - 3/5 (5,000) hojas procesadas, dicho producto será entregado el diecinueve (19) de noviembre del dos mil doce (2012). PRODUCTO DOS: Entrega de reporte de producción autorizado por el Coordinador de DIGEDUCA. Este reporte deberá tener como mínimo cuatro mil (4,000) hojas procesadas y cuestionarios e las escuelas procesadas, dicho producto será entregado el diez (10) de diciembre del dos mil doce (2012). TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL y CONTRATISTA", la cantidad de DIEZ MIL QUETZALES EXACTOS (Q.10,000.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en dos (2) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de CUATRO MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.4,500.00) equivalentes al cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos
EXACTOS (Q.4,500.00) equivalentes al cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Y un segundo y último pago por un monto de CINCO MIL ¿QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.5,500.00) equivalentes al cincuenta y por ciento (55%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del solo 2 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra a del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E N INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, deberá extender el Certificado de Conformidad y A « Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento veinte guión cero cinco guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil uió cero/ cero cero ,cero uión cero ero cero cero & Y OP EE ED 0 SL WI (2012-11130008120-05-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012),
& Y OP EE ED 0 SL WI (2012-11130008120-05-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este, concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones trescientos sesenta y cuatro mil ochocientos sesenta y ocho (18364868). CUARTA: PLAZO DEL IMHERNANDEZ BbE 8 © < € o APLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, | por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De Ny Y idad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de " ol MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2782 - 4/5 | | CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de s aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el catorce | (14) de diciembre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato | bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho | a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la | presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la
presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE ontrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta catorce (14) de diciembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la
IMHERNANDEZ3
MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2782 - 5/5 ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter TÉCNICOS-PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado
público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente. DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley.
DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. 7 /s Directorale fa Dirección General de Eval ación, , E vena FUENTES Investigación y Estandafdcelau£anisos unan DIRECTORA GENERAL -DIGEDUCAIMHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2784 - 1/5
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
TÉCNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE
IMHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2784 - 1/5
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
TÉCNICOS-PROFESIONALES NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2784-2012) En la ciudad de Guatemala, el día cuatro (04) de octubre del año dos mil doce (2012).
NOSOTROS: LUISA FERNANDA MULLER DURÁN de treinta y nueve (39) años de edad, soltera, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro ochocientos noventa y dos mil setecientos ochenta y cinco (892785), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de ¡Guatemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce 2), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de ora de la Dirección General de Evaluación, Investigación y Estandares ativos -DIGEDUCApersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero cero setenta y siete guión dos mil nueve (DIREH-0077-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve Y (2009), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número ocho guión dos mil nueve (8-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), asentada
Y (2009), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número ocho guión dos mil nueve (8-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del - Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos dos mil ochocientos sesenta y cuatro (L2 2864) y folio número 0793, señalando para recibir notificaciones Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, quinta calle (5) cuatro guión treinta y tres (4-33), zona uno (1), Edificio Plaza Rabí sede de la Dirección General de A... e Investigación Educativa; y, por la otra parte, MARIO RENE PÉREZ VÁSQUEZ' de treinta y tres (33) años de edad, soltero, guatemalteco, BACHILLER EN CIENCIAS Y LETRAS CON CINCUENTA Y CUATRO CURSOS APROBADOS EN LA CARRERA DE ARQUITECTURA, con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número dos billones trescientos setenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro millones setecientos sesenta mil ciento uno (2373644760101), extendido por el Registro Nacional de las Personas,
con residencia en DECIMA CALLE CINCO GUIÓN CERO CINCO ZONA SEIS,
NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2784 - 2/5
RESIDENCIALES CATALINA, municipio de Villa Nueva departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos
NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2784 - 2/5
RESIDENCIALES CATALINA, municipio de Villa Nueva departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES, de conformidad con las — cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48 y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del EN igisterio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones las estarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, = ri o ba la Normativa de Contratación de Servicios Técnicos Profesionales y/o Técnico Profesionales bajo el Subgrupo de Gasto 18. SEGUNDA: OBJETO DEL y CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar o 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para
INGRESO Y VERIFICACIÓN DE DATOS PARA LA EVALUACIÓN PILOTO
o 18. Acuerdo Ministerial Número 661-2010 del Ministerio de Educación, que sus SERVICIOS TÉCNICOS-PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para INGRESO Y VERIFICACIÓN DE DATOS PARA LA EVALUACIÓN PILOTO DEL TERCE, en DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Organizar, clasificar y verificar los materiales a procesar y procesados. b) Realizar todas las actividades requeridas para la captura de datos de la Evaluación TERCE. c) Ingreso de la información en el sistema proporcionado por el TERCE llamado DATA MANAGEMENT EXPERT (DME). d) Manipular y resguardar cada uno de los instrumentos proporcionados durante el tiempo que dure el procesamiento de la información. e) Velar por el orden de los instrumentos según el embalaje recibido en cada paquete. f) Velar por la exactitud y calidad de los instrumentos procesados. g) Llevar un registro del material ingresado al sistema. h) Elaboración y presentación de informe de las actividades realizadas. i) Realizar una copia de respaldo de los archivos al finalizar el ingreso de datos. “El (la) contratista” se compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO UNO: Entrega de reporte de producción autorizado NMANCILLA 2%MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2784 - 3/5 por el Coordinador de DIGEDUCA. Este reporte deberá tener como mínimo cinco mil (5,000) hojas procesadas, dicho producto será entregado el diecinueve (19) de noviembre del dos mil doce (2012). PRODUCTO DOS: Entrega de reporte de producción autorizado por el Coordinador de DIGEDUCA. Este reporte deberá tener
(5,000) hojas procesadas, dicho producto será entregado el diecinueve (19) de noviembre del dos mil doce (2012). PRODUCTO DOS: Entrega de reporte de producción autorizado por el Coordinador de DIGEDUCA. Este reporte deberá tener como mínimo cuatro mil (4,000) hojas procesadas y cuestionarios e las escuelas procesadas, dicho producto será entregado el diez (10) de diciembre del dos mil doce (2012). TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL AA CONTRATISTA", la cantidad de DIEZ MIL QUETZALES EXACTOS (Q.10,000.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en dos (2) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de CUATRO MIL QUINIENTOS QUETZALES < N EXACTOS (Q.4,500.00) equivalentes al cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto ferencia. Y un segundo y último pago por un monto de CINCO MIL FUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.5,500.00) equivalentes al cincuenta y cinco por ciento (55%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en
INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento veinte guión cero cinco guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil guió cero 7 apo SP guión e VA cero cero (2012-11130008120-05-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para 7 concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones trescientos sesenta y NMANCILLAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2784 - 4/5 cinco mil cien (18365100). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su apyobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el catorce (14) de diciembre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva
Ministerial correspondiente y finalizará el catorce (14) de diciembre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, (a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta catorce (14) de diciembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste.
PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste.
SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con
NMANCILLA
2HMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2784 - 5/5 sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito — correspondiente. NOVENA: