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Acuerdo Ministerial 3086-2012

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 3086-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

Ministerio de Educación

Guatemala, CA. ACUERDO MINISTERIAL Na, SUSO 2012

GUATEMALA, .1 $ OCT 2012

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley de Educación Nacional, el Sistema Educativo Nacional es el conjunto ordenado e interrelacionado de elementos, procesos y sujetos a través de los cuales se desarrolla la acción educativa, de acuerdo con las características, necesidades e intereses de la realidad histórica, económica y cultural guatemalteca, CONSIDERANDO: Que, por medio del Acuerdo Ministerial número 2386-2012 de 10 de agosto de2012, se emitió Reglamento para el Estudio de Demanda Educativa y Creación de Puestos Docentes en Centros Educativos Oficiales; sin embargo se ha estimado indispensable, examinar exhaustivamente las circunstancias que inciden en el funcionamiento de los Centros Educativos Públicos, para procesar -en detallesu problemática.

POR TANTO: En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, incisos a) y 1) de la Constitución Política de la República; 27, inciso m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 3 y 10 de la Ley de Educación Nacional, Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala; ACUERDA: ARTICULO 1. Derogar el Acuerdo Ministerial número 2386-2012 de fecha 10 de agosto de 2012, que contiene el Reglamento para el Estudio de Demanda Educativa y Creación de Puestos Docentes en Centros Educativos Oficiales.

ACUERDA: ARTICULO 1. Derogar el Acuerdo Ministerial número 2386-2012 de fecha 10 de agosto de 2012, que contiene el Reglamento para el Estudio de Demanda Educativa y Creación de Puestos Docentes en Centros Educativos Oficiales.

ARTICULO 2. En tanto se conciuye el estudio para la determinación de los parámetros de la Demanda Educativa y Creación de Puestos Docentes en Centros Educativos Públicos, se continuará aplicando la resolución número 173 de fecha 16 de marzo de 2011 del Ministerio de Educación. así como cualquier otra disposición que contribuya a la determinación de los parámetros mencionados, ARTÍCULO 3, El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario de Centro América.

COMUNÍQUESE.

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Zé’ a E —GUTBERTO NICOLAS LEIVA ALVARE] VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN» =7 Pe € Mal.

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