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Acuerdo Ministerial 32-2016

Ministerio de Desarrollo Social

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 32-2016
Autor
Ministerio de Desarrollo Social
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2016

GOBIBRNO DE LA REPÚBLICA DE GUATE MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL mides et

E Mides Guatemala

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DS-32-2016

Guatemala, 27 de junio de 2016 EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es función de los Ministros, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio, velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo. CONSIDERANDO Que mediante Resolución Ministerial número DS-64-2016 dictada por el Ministro de Desarrollo Social el veintitrés de mayo de dos mil dieciséis, se delegó en el Viceministro Administrativo y Financiero, la facultad de suscribir bajo su estricta responsabilidad los Convenios que sean necesarios para el Intercambio de Información y Apoyo Institucional para la depuración de las bases de datos de los beneficiarios de los Programas Sociales, del Ministerio de Desarrollo Social — MIDES-, y posteriormente a la suscripción de cualquier convenio, se solicite al titular del Ministerio la respectiva aprobación de los mismos. CONSIDERANDO Que el Ministerio de Desarrollo Social -MIDESsuscribió el Convenio Marco Interinstitucional de Cooperación para el intercambio de Información con la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, con el objetivo de definir y facilitar la validación de información de los usuarios de los programas sociales del Ministerio de Desarrollo Social y de los contribuyentes inscritos en la

Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, con el objetivo de definir y facilitar la validación de información de los usuarios de los programas sociales del Ministerio de Desarrollo Social y de los contribuyentes inscritos en la Superintendencia de Administración Tributaria, estableciendo con ello, una política de acercamiento y trabajo que mantenga dicha información actualizada y con ello coadyuvar a la depuración y validación de la base de datos de usuarios de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, observando las restricciones legales que imponen la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley de Acceso a la Información Pública y demás leyes relacionadas. CONSIDERANDO Que la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio, emite Dictamen número DAJ-069-2016/migt, de fecha treinta de marzo de dos mil dieciséis, el que copiado textualmente, en su parte conducente indica: “Que es PROCEDENTE la celebración de los Documentos siguientes: a) Convenio Marco Interinstitucional de Ira. Avenida 6-44-zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATE MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ES: Cooperación para el Intercambio de Información entre el Ministerio de Desarrollo Social y la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-... © POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), f) y m) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; y 7 literal j. del Acuerdo

Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), f) y m) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; y 7 literal j. del Acuerdo Gubemativo número 87-2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social. ACUERDA Artículo 1. Aprobar el Convenio Marco Interinstitucional de Cooperación para el Intercambio de Información suscrito entre el Ministerio de Desarrollo Social — MIDESy la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, con fecha veintisiete (27) de junio del año dos mil dieciséis (2016). Artículo 2. El presente Acuerdo Ministerial surte efectos inmediatamente. mides et ides Guatemala 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400. www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA REFUBLICA DE a o ; 3 { &3

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

CONVENIO MARCO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN PARA EL

INTERCANBIO DE INFORMACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL —MIDESy LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA — SATEn la ciudad de Guatemala, el día veintisiete de junio del año dos mil dieciséis.

NOSOTROS: por una parte JOSÉ MAURICIO HUMBERTO RODRÍGUEZ WEVER, de setenta años de edad, casado, guatemalteco, Economista, de este domicilio, me identifico con Documento Personal de Identificación -DP!- Código Único de Identificación —CUIsetenta años de edad, casado, guatemalteco, Economista, de este domicilio, me identifico con Documento Personal de Identificación -DP!- Código Único de Identificación —CUI- | número un mil ochocientos setenta y ocho; veinticinco mil cuatrocientos ocho; cero ciento | uno (1878 25408 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas -RENAPde | | | | la República de Guatemala, actúo en mi calidad de Viceministro Administrativo y Financiero del Ministerio de Desarrollo Social, institución que en adelante se denominará “MIDES”; calidad que acredito con: a) Fotocopia simple del Acuerdo Gubernativo de Nombramiento número uno (1) de fecha veinte de enero de dos mil dieciséis, emitido por el señor Presidente de la República, Jimmy Morales Cabrera; b) Certificación del Acta de Toma de Posesión del Cargo, número cero cero cincuenta y tres guión dos mil dieciséis (0053-2016) de fecha veintiuno de enero de dos mil dieciséis, que obra a folio número ciento treinta y ocho (138) del Libro de Actas de Hojas Móviles autorizado por ía Contraloría General de Cuentas, bajo el registro L dos veintiocho mil novecientos setenta y uno (L2 28971), de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerío de Desarrollo Social; c) Delegación otorgada en el inciso d), del artículo diez (10), del Acuerdo Gubemativo número ochenta y siete guión dos mil doce (87-2012), que contiene el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social; y d) Delegación de firma otorgada por el Ministro de Desarrollo Social mediante Resolución Ministerial número DS

Gubemativo número ochenta y siete guión dos mil doce (87-2012), que contiene el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social; y d) Delegación de firma otorgada por el Ministro de Desarrollo Social mediante Resolución Ministerial número DS guión sesenta y cuatro guión dos mil dieciséis (DS-64-2016), de fecha veintitrés de mayo de dos mil dieciséis; señalo como lugar para recibir notificaciones la tercera avenida seis guión cuarenta y cuatro (6-44) de la zona uno de esta ciudad capital. Y por otra parte JUAN FRANCISCO SOLÓRZANO FOPPA, de treinta y dos años de edad, soltero, guatemalteco, Abogado y Notario, de este domicilio, me identifico con Documento Personal de Identificación —DPICódigo Único de Identificación -CUInúmero dos mil seiscientos cuarenta y dos, ochenta y tres mil setenta y cuatro, cero ciento uno (2642 83074 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas —RENAPde la República de Guatemala, actúo en mi calidad de Superintendente de la Superintendencia de Administración Tributaria, institución que en adelante se denominará “SAT”; calidad que acredito con: a) Acuerdo Gubernativo de Nombramiento número cincuenta y nueve de fecha nueve de marzo de dos mil dieciséis, emitido por el señor Presidente Constitucional de la República y b) Certificación del Acta de Toma de Posesión del Cargo, / número diez mil doscientos ochenta y seis, asentada en el Libro de Actas Administrativa: {5 de la Gerencia de Recursos Humanos de la Superintendencia de Administración Tributaria, autorizado por la Contraloría General de Cuentas, correspondiéndole el

de la Gerencia de Recursos Humanos de la Superintendencia de Administración Tributaria, autorizado por la Contraloría General de Cuentas, correspondiéndole el número de folio diez mil doscientos noventa y cuatro; sefialo como lugar para recibir 3rá. Avenida 6-14 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 eE, o N LA mides gt des Guatemala wwmides gobgtGUATEMALA GC sar « "E ES mides g Mitles Guatemala MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL notificaciones el nivel ocho del edificio Torre SAT, ubicado en la séptima avenida número tres guión setenta y tres de la zona nueve del municipio y departamento de Guatemala. Los otorgantes manifestamos ser de los datos de identificación personal consignados, que nos encontramos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que en las calidades con las que actuamos, celebramos el siguiente CONVENIO MARCO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESY LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA -SAT-, el cual queda contenido en las cláusulas siguientes: PRIMERA: Declaración Institucional. Es de interés dentro del marco de las atribuciones de cada una de las instituciones antes indicadas, establecer una política de acercamiento y trabajo coordinado a efecto de mantener y permitir un acceso a la información que cada institución posee, siempre respetando las restricciones legales que imponen la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley de Acceso a la Información Pública y demás leyes relacionadas. Lo anterior con la finalidad de coadyuvar a la depuración y validación de la base de datos de

de Guatemala, la Ley de Acceso a la Información Pública y demás leyes relacionadas. Lo anterior con la finalidad de coadyuvar a la depuración y validación de la base de datos de los usuarios de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, manteniendo dicha información actualizada con cualquier cambio. SEGUNDA: Competencias Institucionales. De conformidad con el artículo 31 bis de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República, el Ministerio de Desarrollo Social, es el ente rector encargado de diseñar, regular y ejecutar las políticas públicas orientadas a mejorar el nivel de bienestar de los individuos o grupos sociales en situación de pobreza y pobreza extrema, de manera que se le dote de capacidades y oportunidades para mejorar sus condiciones de vida, asegurando el respeto de sus derechos humanos y constitucionales; de igual manera, el artículo 7 literal g) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social, Acuerdo Gubernativo número 87-2012, que regula las funciones del Despacho Superior del Ministerio, establece que dentro de sus atribuciones, el Ministro de Desarrollo Social puede suscribir convenios de cooperación técnica, financiera y administrativa con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que permitan alcanzar los objetivos en materia desarrollo social. Por su parte, la Superintendencia de Administración Tributaria —-SATes una entidad estatal descentralizada, que tiene competencia y jurisdicción en todo el territorio nacional, para ejercer con exclusividad las funciones de administración tributaria, según lo dispuesto en los artículos 1 y 3 de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, Decreto número 1-98 del Congreso de la República. Además, el mismo cuerpo legal en

ejercer con exclusividad las funciones de administración tributaria, según lo dispuesto en los artículos 1 y 3 de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, Decreto número 1-98 del Congreso de la República. Además, el mismo cuerpo legal en sus artículos 22 y 23 literal b), establece que el Superintendente es la autoridad administrativa superior y el funcionario ejecutivo de mayor nivel jerárquico de la institución, a quien le corresponde la representación legal de la Superintendencia de Administración Tributaria. Adicionalmente, los artículos 25 y 27 del Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria, Acuerdo de Directorio número 0072007, contemplan las funciones y atribuciones del Superintendente de Administración POR SU Tributaria, así como su facultad de otorgar mandatos judiciales. TERCERA: Objeto del É Convenio. El presente convenio tiene por objeto definir y facilitar la validación desa SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA información de los usuarios de los programas sociales del Ministerio de Desarrollo Social \ e O 3ra. Avenida 6-44:70na 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 www.mides:gob.gt

EGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DI GUATE? Esar MINISTERIO DE EE mides pu

E Mides Guatemala SARROLLO SOCIAL —MIDESy de fos contribuyentes inscritos en la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, a excepción de la información que de acuerdo a la legislación vigente deba permanecer bajo garantía de confidencialidad, atendiendo a lo establecido en el artículo 24 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el artículo 22 de la

Tributaria -SAT-, a excepción de la información que de acuerdo a la legislación vigente deba permanecer bajo garantía de confidencialidad, atendiendo a lo establecido en el artículo 24 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el artículo 22 de la Ley del Acceso a la Información Pública, al artículo 101 “A” del Código Tributario y el artículo 44 de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria.

CUARTA: Compromisos de las Partes. 1. Compromisos Generales: Las partes nos comprometemos a lo siguiente: A) Velar porque los fines de este Convenio sean institucionales para darle mayor celeridad y transparencia a los servicios que se prestan a la población; B) Observar confidencialidad de la información obtenida en aplicación de este Convenio, la que será utilizada para el propósito detallado y dentro del ámbito de las funciones legales asignadas a las instituciones que lo suscriben. C) Respetar la información de carácter confidencial y reservada de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley de Acceso a la Información Pública y la legislación ordinaria guatemalteca. La confidencialidad para las partes subsistirá, aun cuando se hubiere dado por terminado, por cualquier causa este Convenio; D) Crear una mesa técnica de coordinación para iratar los temas que se relacionan con las partes signatarias, así como analizar e implementar los compromisos del presente convenio, nombrando a los miembros titulares y sustitutos respectivos, extremo que será notificado a las instituciones suscriptoras. li. Compromiso específico de la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-: Proporcionar al MIDES información de los datos

nombrando a los miembros titulares y sustitutos respectivos, extremo que será notificado a las instituciones suscriptoras. li. Compromiso específico de la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-: Proporcionar al MIDES información de los datos generales de los contribuyentes inscritos en el Registro Tributario Unificado y si poseen o no vehículos o establecimientos activos; Ill, Compromiso específico del Ministerio de Desarrollo Social -MIDES-: Brindar información a la SAT sobre los usuarios o beneficiarios de cualquier programa social que se ejecute por el MIDES durante la vigencia del presente convenio, así como cualquier otra información a requerimiento de SAT que se considere útil para el ejercicio de las funciones legalmente asignadas.

QUINTA: Procedimiento para el Intercambio de Información. La dependencia responsable del cumplimiento del presente convenio por parte del Ministerio de Desarrollo Social será la Dirección de Asistencia Social del Viceministerio de Protección Social y por parte de la Superintendencia de Administración Tributaria, será la Intendencia de Recaudación y Gestión. La información será solicitada vía digital en la forma que sea consensuada por las dependencias responsables y será entregada en formato digital, salvo casos especiales. SEXTA: Colaboración Institucional. Las partes signatarias mantendrán su independencia institucional, técnica y administrativa, brindándose únicamente colaboración y asistencia para el desarrollo y ejecución del presente Convenio, conforme sus funciones, capacidades y competencias reguladas por las leyes que las rigen. SÉPTIMA: Principios. El presente convenio se regirá por los principios siguientes: a) Reciprocidad: Los derechos y las obligaciones de las partes serán asumidos en forma equitativa; b) Gratuidad: Toda la información y colaboración se proporcionará sin

siguientes: a) Reciprocidad: Los derechos y las obligaciones de las partes serán asumidos en forma equitativa; b) Gratuidad: Toda la información y colaboración se proporcionará sin costo alguno; c) Pertinencia: La información requerida y obtenida al amparo de este 40 Convenio deberá utilizarse única y exclusivamente para el cumplimiento del mismo. < OCTAVA: Financiamiento. Ambas instituciones acuerdan cubrir cada una los costos mb Zra Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA, PBX: 2300-5400 www.nides.gob.gt

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIAGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

GUATER sar MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL @ DESAR, re asta E ES o S Er e z Z, >% 4 .S, e Ef mides pr EE Milos Guatemala que incurran, para la implementación del servicio en sus propias responsabilidades aquí acordadas, siempre y cuando exista disponibitidad presupuestaria para tales efectos.

NOVENA: Resolución de Controversias. Las controversias que surjan derivadas de la interpretación y/o aplicación del presente convenio serán resueltas de común acuerdo por las partes. DÉCIMA: Dudas y Casos No Previstos. Cualquier duda o imprevisto que surgiere en la aplicación e interpretación del presente convenio o bien un aspecto no contemplado en el mismo, será resuelto de mutuo acuerdo, debiendo prevalecer el ordenamiento constitucional y ordinario, así como la observancia de reglamentos y acuerdos de ambas instituciones. DÉCIMA PRIMERA: Modificación o Ampliación. Toda modificación o ampliación al presente convenio será realizada de mutuo consentimiento

ordenamiento constitucional y ordinario, así como la observancia de reglamentos y acuerdos de ambas instituciones. DÉCIMA PRIMERA: Modificación o Ampliación. Toda modificación o ampliación al presente convenio será realizada de mutuo consentimiento por las partes signatarias y mediante cruce de cartas. DÉCIMA SEGUNDA: Terminación. Este convenio podrá darse por terminado, sin responsabilidad para las partes, por cualquiera de las causas siguientes: a) Por mutuo consentimiento, b) Por decisión unilateral de cualquiera de las partes, en cuyo caso la interesada deberá comunicarlo por escrito a la otra parte, con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario a la fecha en la cual se desee dar por terminado el mismo; y, c) Por caso fortuito o fuerza mayor; en este caso, la terminación del convenio deberá notificarse dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha en la que se produjo el caso fortuito o fuerza mayor.

DÉCIMA TERCERA: Vigencia y Plazo del Convenio. El presente convenio tendrá un plazo de cuatro (4) años y entrará en vigencia a partir de su suscripción, el cual podrá ser prorrogado a voluntad de las partes mediante cruce de cartas. DÉCIMA CUARTA: Aceptación. Los comparecientes en las calidades con que actuamos, hemos leído y manifestamos nuestra conformidad con el contenido del presente documento y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos, el cual queda contenido en cuatro (4) hojas de papel bond, impresas en su anverso, mismas que contienen el membrete del Ministerio de Desarrollo Social -MIDESy de la Superintendencia de Administración Tributaria —SAT-. Este Convenio de

firmamos, el cual queda contenido en cuatro (4) hojas de papel bond, impresas en su anverso, mismas que contienen el membrete del Ministerio de Desarrollo Social -MIDESy de la Superintendencia de Administración Tributaria —SAT-. Este Convenio de Cooperación Interinstitucional ha sido redactado en dos (2) originales fieles en su contenido para ser entregado a cada una de las partes. e EEE Ta uricio otero Rodri ever —Juan Francisco ooo Foppa | Vice iStrativo-Financiero Superintendente Ministerio de Desarrollo Social Superintendencia de Administración Tributaria dra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA, PBX: 2300-5400 www.mides gob.gt

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