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Acuerdo Ministerial 3234-2012

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 3234-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

Guatemala, C. A. MINISTERIO DE EDUCACION Acuerdo No 22002 Página 1 de 1 lata 1 Contrato(s) 189 de DICOMS

ACUERDO MINISTERIAL No. 3234-2012

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Guatemala , 23 de Octubre de 2012 Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Comunicación Social -DICOMS-, considera necesaria la contratación de servicios Y profesionales, con cargo al renglón presupuestario, 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y darle validez a sus cláusulas contractuales.

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, Guatemala; 27, literal del Decreto número Reglamento, Acuerdo POR TANTO: m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas literales a) y f) de la Constitución Política de la República de de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 Ley de Contrataciones del Estado y 26de su Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo den Servicios Profesionales, bajo

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo den Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.

Artículo 2. Se contratan los \ servicos profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente: \ DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS2012-11130008117-01-00-000-002-000-189-0101-11000-0000-0000 Número de Valor Total del Contrato rato Nombre de la Persona Contratada (IVA incluído) 189 - 2851-2012 WILHELM PAÚL OVERBECK GONZÁLEZ > Q 49,280.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la Dirección de Comunicación Social - -DICOMS-, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. — Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta Comunicación Social responsabilidad del Director o representante de la Dirección de -DICOMS-, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

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Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

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25 %MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2851 - 15

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES

NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2851-2012) ./ En la ciudad de Guatemala, el día diecinueve (19) de octubre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: ALEJANDRO DE LEÓN DUQUE de treinta y ocho (38) años de edad, soltero, guatemalteco, Bachiller en Ciencias y Letras, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos billones. doscientos cuarenta mil seiscientos cincuenta y siete millones ochocientos cincuenta mil ciento uno (2240657850101) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección de Comunicación Social -DICOMSpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cuatro mil doscientos sesenta y siete guión dos mil once (DIREH-4267-2011), de fecha tres (03) de octubre del año dos mil once (2011), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número

siete guión dos mil once (DIREH-4267-2011), de fecha tres (03) de octubre del año dos mil once (2011), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número cincuenta y dos guión dos mil once (52-2011), de fecha tres (03) de octubre del año dos mil once (2011), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos trece mil ochocientos treinta y tres (L2 13833) y folio número 67, señalando para recibir notificaciones la sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección de Comunicación Social -DICOMS-; y, por la otra parte, “VILHELM PAÚL OVERBECK GONZÁLEZ de treinta y cuatro (34) años de edad, soltero, guatemalteco, LICENCIADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL CON ESPECIALIZACIÓN EN PRODUCCIÓN EN RADIO Y TELEVISIÓN, colegiado (a) número diecinueve mil quinientos setenta y cuatro (19574), con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico , con residencia en SEXTA CALLE UNO GUIÓN TREINTA Y DOS ZONA OCHO, COLONIA PANORAMA CIUDAD SAN CRISTÓBAL, municipio de Mixco departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En

DiMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2851 - 2/5

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3,

DiMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2851 - 2/5

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para PRODUCCIÓN DE AUDIOVISUALES, en DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Producción de videos en temas prioritarios del Despacho Superior y Vicedespachos para poder difundir la información en los medios de comunicación masiva y altemativa tales como Radio, TV y Prensa escrita, portales web y redes sociales; b) Planificación de temas de interés de la Cartera Educativa; c) Elaboración de guiones para Radio y Televisión; d) Filmación, Producción y Edición de videos institucionales, videos educativos, videos informativos, videos de capacitación, videos de sensibilización, videos inductivos,

interés de la Cartera Educativa; c) Elaboración de guiones para Radio y Televisión; d) Filmación, Producción y Edición de videos institucionales, videos educativos, videos informativos, videos de capacitación, videos de sensibilización, videos inductivos, videos promocionales y videos documentales. El (La) Contratista se compromete a entregar los productos siguientes: PRODUCTO UNO: Entrega de planificación de los materiales y contenidos audiovisuales, fecha de entrega: treinta (30) de octubre de 2012.

PRODUCTO DOS: Entrega de productos/archivos del material audiovisual de todos los temas que se generan en Educación, fecha de entrega: quince (15) de noviembre de

2012. PRODUCTO TRES: Entrega de informe final del plan de audiovisuales para la Dirección de Comunicación Social, fecha de entrega: catorce (14) de diciembre de

2012. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de CUARENTA Y / NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA QUETZALES EXACTOS (Q.49,280.00), cifra que incluye el impuesto al valor gado -IVA-, distribuida en tres (3) pagos de la siguiente manera: Un primer pago uNonto de CATORCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATROMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2851 - 35

QUETZALES EXACTOS (Q.14,784.00) equivalentes al treinta por ciento (30%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Un segundo pago por un monto de CATORCE MIL

SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO QUETZALES EXACTOS (Q.14,784.00)

monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Un segundo pago por un monto de CATORCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO QUETZALES EXACTOS (Q.14,784.00) equivalentes al treinta por ciento (30%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Y un tercer y último pago por un monto de DIECINUEVE MIL SETECIENTOS DOCE QUETZALES EXACTOS (Q.19,712.00) equivalentes al cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 3 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento diecisiete guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión cero cero cero guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento/ uno guión Ve mil ¿guión Go ,Fero o e 0 - cero cero cero cero

guión cero cero dos guión cero cero cero guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento/ uno guión Ve mil ¿guión Go ,Fero o e 0 - cero cero cero cero (2012-11130008117-01-00-000-002-000-189-0101-11000-0000-0000) — del — Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ochenta y cuatro (18457084). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el catorce (al de diciembre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, Xy “UU uird sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la Aeedoscbip cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con

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7MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2851 - 4/5 los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el

los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta catorce (14) de diciembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN

como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el rgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parteMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2851 - 55 del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o

MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente.

DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo IN del Título XII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema 4GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel membretado del

Ministerio de Educació Dirgftore la Dirección de Cy

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