Acuerdo Ministerial 3400-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 3400-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
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MINISTERIO DE EDUCACION DDD. po 3 Contrato(s) 189 de DIGECUR
ACUERDO MINISTERIAL No. 3400-2012
Guatemala , 30 de Octubre de 2012 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Currículo -DIGECUR-, considera necesaria la contratación de - servicios profesionales, con cargo al renglón presupuestario 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar cada uno de los contratos suscritos y darle validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26de su Reglamento, Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 2. Se contratan los servicios profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a las personas indicadas en los contratos siguientes: N - o - g PEINE ere ree Número de Valor Total del Contrato rato Nombre de la Persona Contratada (IVA incluído) N 189 - 2857-2012 VERONICA ARGENTINA DE LEON SANTIZO XQ. 18,000.00 189 - 2858-2012 MARÍA DEL ROSARIO GARCÍA VELÁSQUEZ XQ. 18,000.00 183 - 2659-2012 INSILVIA EDITH ROSAL LAZO DE OVANDO Q. 18,000.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en los instrumentos contractuales en referencia. Artículo 3. Los productos que se entreguen como consecuencia de las contrataciones respectivas quedarán en resguardo de la Dirección General de Currículo -DIGECUR-, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Currículo -DIGECUR-, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
General de Currículo -DIGECUR-, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
/ ALFR} GUSTAVO GARCÍA ARCHILA|
VICEMINISTRO DE EQUCACIÓN .
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GUATEMALA C.A. 2857 - 1/6 2>5CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES
NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2857-2012) En la ciudad de Guatemala, el día veinticuatro (24) de octubre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: MÓNICA GENOVEVA FLORES REYES de treinta y siete (37) años de edad, soltera, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro novecientos quince mil novecientos sesenta y cinco (915965), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Gutemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General De Curriculo -DIGECURpersonería que acredito
(2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General De Curriculo -DIGECURpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión O Ta. ochocientos cincuenta y nueve guión dos mil doce (DIREH-0859-2012), de fecha LA ETA (01) de marzo del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108) y folio número 37, señalando para recibir notificaciones la sexta calle uno guión ochenta y siete de la zona diez (6a. Calle 1-87 zona 10) sede de la Dirección General de Currículo -DIGECUR-; y, por la otra parte, ÁERONICA ARGENTINA DE LEON SANTIZO de cuarenta y uno (41) años de edad, soltera, guatemalteca, LICENCIADA EN TRABAJO SOCIAL, colegiado (a) número siete mil ciento | setenta y nueve (7179), con domicilio en el Departamento de Chimaltenango. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Unico número dos billones trescientos setenta y tres mil cuatrocientos veintiocho millones quinientos cincuenta mil ciento uno (2373428550101), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en KILÓMETRO CUARENTA Y NUEVE PUNTO CINCO, VILLA CONCHY SAN MIGUEL, municipio de El Tejar departamento de Chimaltenango lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos
Personas, con residencia en KILÓMETRO CUARENTA Y NUEVE PUNTO CINCO, VILLA CONCHY SAN MIGUEL, municipio de El Tejar departamento de Chimaltenango lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA)
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CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para
ELABORACIÓN Y DESARROLLO DEL MANUAL DE INTRODUCCIÓN
PARA LA SUBÁREA CURRICULAR DE CIENCIAS SOCIALES Y
FORMACIÓN CIUDADANA DEL CURRICULUM NACIONAL BASE DE
HILLERATO EN CIENCIAS Y LETRAS CON ORIENTACIÓN EN
PARA LA SUBÁREA CURRICULAR DE CIENCIAS SOCIALES Y
FORMACIÓN CIUDADANA DEL CURRICULUM NACIONAL BASE DE
HILLERATO EN CIENCIAS Y LETRAS CON ORIENTACIÓN EN
UCACIÓN, en DIRECCIÓN GENERAL DE CURRÍCULO -DIGECUR-.
Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Presentar el plan de trabajo y el cronograma de actividades de acuerdo con los lineamientos establecidos por el MINEDUC para su aprobación. b) Elaborar un Manual introductorio para la subárea de Ciencias Sociales y Formación Ciudadana, dirigido a los docentes con la finalidad de promover la formación de los estudiantes de bachillerato en Ciencias y Letras con Ml E orientación en Educación del Nivel de Educación Media, Ciclo de Educación Diversificada. El Manual debe redactarse de acuerdo con los lineamientos señalados en el documento Lineamientos curriculares para la elaboración de materiales de prendizaje, elaborado por DIGECUR, de manera que responda a los retos de la Reforma Educativa dentro del marco de la Transformación Curricular, así como a los aspectos formativos y pedagógicos expresados en el Curriculum Nacional Base de la carrera respectiva, de igual manera, a la implementación de los ejes del currículo. Además, se debe impulsar el aprendizaje individual y cooperativo, así también, promover el aprendizaje significativo con las fases respectivas; asimismo, se orientará el desarrollo de las actividades organizando adecuadamente a los estudiantes, en AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2857 - 3/6 espacios agradables y disponiendo un clima afectivo favorable. El Manual caracterizado por una metodología activa, debe ofrecer la información y las actividades de manera mediada, adecuada a la edad de los estudiantes, al nivel educativo al cual corresponden
espacios agradables y disponiendo un clima afectivo favorable. El Manual caracterizado por una metodología activa, debe ofrecer la información y las actividades de manera mediada, adecuada a la edad de los estudiantes, al nivel educativo al cual corresponden y a la orientación en Educación. Asimismo, se requiere la evidencia de un equilibrio entre las ilustraciones y la información procurando que exista estrecha relación entre ambas y que las ilustraciones manifiesten las características de los cuatro Pueblos del país. Así también, toda la información contenida en el Manual, debe ser creada por la persona contratada. Si fuera necesario copiar una cita textualmente, se anotará la referencia bibliográfica. Asimismo, la bibliografía será trabajada de acuerdo con el sistema APA. c) Entregar las artes finales para impresión del documento de acuerdo con los requerimientos establecidos por el MINEDUC. d) Participar en la entrega técnica del Manual. “El (la) contratista”? se compromete a entregar el siguiente producto: PRODUCTO ÚNICO: El producto esperado consiste en un Manual introductorio para OT A . . . . . e ueno 8. subárea de Ciencias Sociales y Formación Ciudadana, dirigido a los docentes con la Hnálidad de promover la formación de los estudiantes de bachillerato en Ciencias y etras con orientación en Educación del Nivel de Educación Media, Ciclo de Educación Diversificada. El Manual debe redactarse de acuerdo con los lineamientos señalados en el documento Lineamientos curriculares para la elaboración de materiales de aprendizaje, elaborado por DIGECUR, de manera que responda a los retos de la Reforma Educativa dentro del marco de la Transformación Curricular, así como a los aspectos formativos y pedagógicos expresados en el Curriculum Nacional Base de la
de aprendizaje, elaborado por DIGECUR, de manera que responda a los retos de la Reforma Educativa dentro del marco de la Transformación Curricular, así como a los aspectos formativos y pedagógicos expresados en el Curriculum Nacional Base de la carrera respectiva, de igual manera, a la implementación de los ejes del currículo. Además, se debe impulsar el aprendizaje individual y cooperativo, así también, promover el aprendizaje significativo con las fases respectivas; asimismo, se orientará . el desarrollo de las actividades organizando adecuadamente a los estudiantes, en == espacios agradables y disponiendo un clima afectivo favorable. El Manual caracterizado por una metodología activa, debe ofrecer la información y las actividades de manera mediada, adecuada a la edad de los estudiantes, al nivel educativo al cual corresponden y a la orientación en Educación. Asimismo, se requiere la evidencia de un equilibrio entre las ilustraciones y la información procurando que exista estrecha relación entre ambas y que las ilustraciones manifiesten las características de los cuatro Pueblos del país. Así también, toda la información contenida en el Manual, debe ser creada por la AAZMITIA° ARO ME uedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE CURRÍCULO -DIGECUR-. e E MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2857 - 4/6 persona contratada. Si fuera necesario copiar una cita textualmente, se anotará la referencia bibliográfica. Asimismo, la bibliografía será trabajada de acuerdo con el sistema APA. Este producto debe ser entregado el quince de noviembre de dos mil doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la
sistema APA. Este producto debe ser entregado el quince de noviembre de dos mil doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de DIECIOCHO MIL QUETZALES EXACTOS A cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, en un único pago por un monto de DIECIOCHO MIL QUETZALES EXACTOS (Q.18,000.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. El pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE CURRÍCULO -DIGECUR-, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega del producto, en 7 lá: que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto ciento veintiseis guión catorce guión cero uno guión cero cero cero guión cero cero uno guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil guión cero cero erp echo Y "Y Y , AAA cero (2012-11130008126e 01000 001-189-010111000 0000 0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este ofeento y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones cuatrocientos noventa y tres mil doscientos ochenta y cinco (18493285). CUARTA: PLAZO DEL
o la(s) que se cree(n) en un futuro para este ofeento y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones cuatrocientos noventa y tres mil doscientos ochenta y cinco (18493285). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el quince A de noviembre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con AAZMITIA >MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA CA. 2857 - s6 231 los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta quince (15) de
emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta quince (15) de noviembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la a idad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El il) Re Xa)miento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer & §lai§ póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin MEY responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en == cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por == negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de
Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2857 - 6/6 del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente.
DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas
manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en seis (6) hojas embretado del Ministerio de Educación.
monta ARGENTINA DE Leon SANTIZO
AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2858 - 1/6
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES
NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL HOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2858-2012) En la ciudad de Guatemala, el día veinticuatro (24) de octubre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: MÓNICA GENOVEVA FLORES REYES de treinta y siete (37) años de edad, soltera, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro novecientos quince mil novecientos sesenta y cinco (915965), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Gutemala actuando por delegación de La Señora
cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro novecientos quince mil novecientos sesenta y cinco (915965), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Gutemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión aa mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce S A 261», en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de SAO 4 cero ochocientos cincuenta y nueve guión dos mil doce (DIREH-0859-2012), de fecha uno (01) de marzo del año dos mil doce (2012), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número nueve guión dos mil doce (9-2012), de fecha uno (01) de marzo del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108) folio número 37, señalando para recibir notificaciones la sexta calle uno guión ochenta y siete de la zona diez (6a. Calle 1-87 zona 10) sede de la Dirección General de Currículo -DIGECUR-; y, por la otra parte, MARÍA DEL ROSARIO GARCÍA VELÁSQUEZ de cincuenta y ocho (58) años de edad, soltera, guatemalteca,
LICENCIADA EN PEDAGOGÍA Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN, colegiado
(a) número un mil ochocientos dieciocho (1818), con domicilio en el Departamento
LICENCIADA EN PEDAGOGÍA Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN, colegiado
(a) número un mil ochocientos dieciocho (1818), con domicilio en el Departamento de Chimaltenango. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número Un billón setecientos treinta y seis mil ochocientos treinta y ocho millones doscientos setenta y un mil trescientos veinticuatro (1736838271324), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en TERCERA CALLE CINCO GUIÓN CINCUENTA Y CINCO, ZONA DOS, SANTA TERESITA, municipio de Chimaltenango departamento de Chimaltenango lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2858 - 2/6 denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la | República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones
| República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.: SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar us SERVICIOS PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para ELABORACIÓN Y
DESARROLLO DEL MANUAL DE INTRODUCCIÓN PARA LA SUBÁREA
RICULAR DE FUNDAMENTOS DE PEDAGOGÍA DEL CURRICULUM ORIENTACIÓN EN EDUCACIÓN, en DIRECCIÓN GENERAL DE CURRÍCULO -DIGECUR-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Presentar el plan de trabajo y el cronograma de actividades de acuerdo con los lineamientos establecidos por el MINEDUC para su aprobación. b) Elaborar un Manual | introductorio para la subárea de Fundamentos de Pedagogía, dirigido a los docentes con la finalidad de promover la formación de los estudiantes de bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación del Nivel de Educación Media, Ciclo de Educación Diversificada. El Manual debe redactarse de acuerdo con los lineamientos ñalados en el documento Lineamientos curriculares para la elaboración de materiales de aprendizaje, elaborado por DIGECUR, de manera que responda a los retos de la Reforma Educativa dentro del marco de la Transformación Curricular, así como a los aspectos formativos y pedagógicos expresados en el Curriculum Nacional Base de la carrera respectiva, de igual manera, a la implementación de los ejes del currículo. Además, se debe impulsar el aprendizaje individual y cooperativo, así también,
aspectos formativos y pedagógicos expresados en el Curriculum Nacional Base de la carrera respectiva, de igual manera, a la implementación de los ejes del currículo. Además, se debe impulsar el aprendizaje individual y cooperativo, así también, promover el aprendizaje significativo con las fases respectivas; asimismo, se orientará el desarrollo de las actividades organizando adecuadamente a los estudiantes, en AAZMITIA wrMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2858 - 3/6 espacios agradables y disponiendo un clima afectivo favorable. El Manual caracterizado por una metodología activa, debe ofrecer la información y las actividades de manera mediada, adecuada a la edad de los estudiantes, al nivel educativo al cual corresponden y a la orientación en Educación. Asimismo, se requiere la evidencia de un equilibrio entre las ilustraciones y la información procurando que exista estrecha relación entre ambas y que las ilustraciones manifiesten las características de los cuatro Pueblos del país. Así también, toda la información contenida en el Manual, debe ser creada por la persona contratada. Si fuera necesario copiar una cita textualmente, se anotará la | referencia bibliográfica. Asimismo, la bibliografía será trabajada de acuerdo con el sistema APA. c) Entregar las artes finales para impresión del documento de acuerdo con del Manual. “El (la) contratista” se compromete a entregar el siguiente producto: | los requerimientos establecidos por el MINEDUC. d) Participar en la entrega técnica | PRODUCTO ÚNICO: El producto esperado consiste en un Manual introductorio para dación en Educación del Nivel de Educación Media, Ciclo de Educación SS €/ . . Piversificada. El Manual debe redactarse de acuerdo con los lineamientos señalados en | documento Lineamientos curriculares para la elaboración de materiales de
dación en Educación del Nivel de Educación Media, Ciclo de Educación SS €/ . . Piversificada. El Manual debe redactarse de acuerdo con los lineamientos señalados en | documento Lineamientos curriculares para la elaboración de materiales de aprendizaje, elaborado por DIGECUR, de manera que responda a los retos de la Reforma Educativa dentro del marco de la Transformación Curricular, así como a los aspectos formativos y pedagógicos expresados en el Curriculum Nacional Base de la | =~ carrera respectiva, de igual manera, a la implementación de los ejes del currículo. Además, se debe impulsar el aprendizaje individual y cooperativo, así también, promover el aprendizaje significativo con las fases respectivas; asimismo, se orientará el desarrollo de las actividades organizando adecuadamente a los estudiantes, en espacios agradables y disponiendo un clima afectivo favorable. El Manual caracterizado por una metodología activa, debe ofrecer la información y las actividades de manera mediada, adecuada a la edad de los estudiantes, al nivel educativo al cual corresponden y a la orientación en Educación. Asimismo, se requiere la evidencia de un equilibrio entre las ilustraciones y la información procurando que exista estrecha relación entre ambas y que las ilustraciones manifiesten las características de los cuatro Pueblos del país. Así también, toda la información contenida en el Manual, debe ser creada por la AAZMITIA stMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2858 - 4/6 persona contratada. Si fuera necesario copiar una cita textualmente, se anotará la referencia bibliográfica. Asimismo, la bibliografía será trabajada de acuerdo con el sistema APA. Este producto debe ser entregado el quince de noviembre de dos mil
doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO.
referencia bibliográfica. Asimismo, la bibliografía será trabajada de acuerdo con el sistema APA. Este producto debe ser entregado el quince de noviembre de dos mil doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de DIECIOCHO MIL QUETZALES EXACTOS (Q.18,000.00), cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, en un o mico pago por un monto de DIECIOCHO MIL QUETZALES EXACTOS (Q.18,000.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. El pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos Referencia que dan origen al presente contrato. DIRECCIÓN GENERAL DE CURRÍCULO -DIGECUR-, deberá extender el ciento veintiseis guión catorce guión cero uno guión cero cero cero guión cero cero uno guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil guión cero cero cer cero guió ero cero eero cero | 7 P S (20 30008126-14-01-000-001-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero diodo millones cuatrocientos noventa y cinco mil cuatrocientos cincuenta y siete (18495