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Acuerdo Ministerial 3477-2012

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 3477-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

Pág, 13

MINISTERIO DE EDUCACION

Guatemala, C. A.

ACUERDO MINISTERIAL No. 3477-2012

Guatemala, 31 de octubre de 2012 LA MINISTRA DE EDUCACION CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.

CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Naciona! de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del sistema educativo nacional.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben

presentar su solicitud con el objeto de impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO: Que en virtud que el Colegio Cultural Ave María de la Asunción, presentó su solicitud

correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO: Que en virtud que el Colegio Cultural Ave María de la Asunción, presentó su solicitud

para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingúe Intercultural, contando con el dictamen técnico favorable número SAC/286-2012/STP/A.S.E. de fecha treinta y uno de octubre de dos mil doce, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Guatemala Sur, es procedente la autorización de la referida carrera.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal c) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo

Gubernativo No. 165-96.

ACUERDA: Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 2013-2015, 2014-2016, 2015-2017, 2016-2018 y 2017-2019, al Colegio Cultural Ave María de la Asunción del

municipio de Villa Nueva del departamento de Guatemala para impartir la carrera de Magisterio de Educación infantil Bilingüe Intercultural, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y y en jornadas matutina. 7Guatemala, C. A.

MINISTERIO DE EDUCACION

Pág. 23 b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados

MINISTERIO DE EDUCACION

Pág. 23 b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y cínco (35) períodos semanales. c) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos. d) Pensum de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural. Pensum de Estudios que se aplicará en la Carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural Cuarto Grado Asignatura Periodos

Historia: Guatemala, Mesoamérica y Universal 3

Matematicas Fisica Fundamental Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno | (L1) Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma | (L2) Expresión Artística y Corporal 1: Danza, Teatro y su didáctica Psicopedagogía y Didáctica Generales Educación Bilingue Intercultural OOO [ODA Informática Aplicada a la Educación Práctica Docente: Observación de educación formal y no formal W uso» Alalwlis Quinto Grado No. Asignatura Periodos Seminario sobre Problemas de Educacion Medio Social y Natural | y su didactica Estadística Aplicada a la Educación

Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno Il (L1)

Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma II (L2) Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica

Psicopedagogía Infantil Didáctica de las Matemáticas

Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma II (L2) Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica

Psicopedagogía Infantil Didáctica de las Matemáticas Planificación y Evaluación 10 Práctica Docente: Observación y participaciónPág. 33

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Guatemala, C. A. Sexto Grado I No. Asignatura Períodos 1 | Realidad Social Cultural: Cultura, Identidad y 3 Derechos Humanos 2 | Medio Social y Natural tl y su didáctica 3 3 | Química 4 4 | Didáctica del idioma Materno (L1) 4 5 | Didáctica del Segundo Idioma (L2) 4 6 | Literatura Universal 3 7 | Literatura Maya, Ladina, Xinka y Garífuna 3 8 | Expresión Artística y Corporal III: Artes Plásticas, 3 Artes de las Culturas de Guatemala y su didáctica 9 | Enfoques Pedagógicos: Educación para la 3 democracia y en valores 10 | Práctica Docente 5 35 Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Guatemala Sur la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Pensum de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Guatemala Sur autorizará las siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Guatemala Sur, supervisara la ejecución de las acciones del Colegio Cultural Ave María de la Asunción

los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Guatemala Sur, supervisara la ejecución de las acciones del Colegio Cultural Ave María de la Asunción para el aseguramiento de la calidad educativa. Artículo 5. Título acreditado. Cumplidos a satisfacción la estructura y plan de estudios establecidos para la carrera autorizada, se extenderá a los estudiantes el título correspondiente. Artículo 6. Validación. Se valida la última cohorte 2012-2014, para la carrera de Magisterio de Educación Primaria que imparte el Colegio Cultural Ave María de la Asunción. Artículo 7. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 8. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación. DE E, o OpE Ena

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GUTBERTO NICOLÁS LEIVA ALVAREZ

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