Acuerdo Ministerial 3577-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 3577-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
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.. MINISTERIO DE EDUCACION
Guatemala, C. A.
ACUERDO MINISTERIAL No. 3577-2012
Guatemala, 02 de noviembre de 2012 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del sistema educativo nacional.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben presentar su solicitud
con el objeto de impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.
CONSIDERANDO:
Que en virtud que el Centro Educativo Nueva Vida, presentó su solicitud para impartir la carrera
técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.
CONSIDERANDO:
Que en virtud que el Centro Educativo Nueva Vida, presentó su solicitud para impartir la carrera Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, contando con el dictamen técnico favorable AC. No. 38-2012 de fecha dieciséis de octubre de dos mil doce, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz, es procedente la autorización de las referidas carreras.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal c) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo Gubernativo No. 165-96.
ACUERDA: Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 201 3-2015, 2014-2016, 2015-2017, 2016-2018 y 2017-2019, al Centro Educativo Nueva Vida del municipio de San Pedro Carchá del
departamento de Alta Verapaz para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada vespertina. b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y cinco (35) períodos semanales. 7 c) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de
desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y cinco (35) períodos semanales. 7 c) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos. 7 4 \ \. Página 2 de 3
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Guatemala, C. A. d) Pensum de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural. Pensum de Estudios que se aplicará en la Carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural Cuarto Grado No. Asignatura Períodos 1 Historia: Guatemala, Mesoamérica y Universal 3 2 Matemáticas 4 3 Física Fundamental 3 4 Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno | (L1) 5 5 Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma | (L2) 4 6 Expresión Artística y Corporal |: Danza, Teatro y su 3 didáctica 7 Psicopedagogía y Didáctica Generales 3 8 Educación Bilingüe Intercultural 4 9 Informática Aplicada a la Educación 3 10 Práctica Docente: Observación de educación formal y no 3 formal 35 Quinto Grado No. Asignatura Períodos 1 Seminario sobre Problemas de Educación 4 2 Medio Social y Natural | y su didáctica 3 3 Estadística Aplicada a la Educación 3 4 Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno 11 (L1) 4 5 Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma 11 (L2) 4
3 Estadística Aplicada a la Educación 3 4 Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno 11 (L1) 4 5 Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma 11 (L2) 4 6 Expresión Artística y Corporal 11: Educación Musical y su 4 didáctica 7 Psicopedagogía Infantil 3 8 Didáctica de las Matemáticas 3 9 Planificación y Evaluación 3 10 | Práctica Docente: Observación y participación 4 35Página 3 de 3
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Guatemala, C. A. Sexto Grado No. Asignatura Períodos 1 Realidad Social Cultural: Cultura, Identidad y Derechos 3 Humanos 2 Medio Social y Natural II y su didáctica 3 3 Química 4 4 Didáctica del Idioma Materno (L1) 4 5 Didáctica del Segundo Idioma (L2) 4 6 Literatura Universal 3 7 Literatura Maya, Ladina, Xinka y Garifuna 3 8 Expresión Artística y Corporal 111: Artes Plásticas, Artes de 3 las Culturas de Guatemala y su didáctica 9 Enfoques Pedagógicos: Educación para la democracia y en 3 valores 10 | Práctica Docente 5 35 Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Currículum Nacional Base y del Pensum de Estudios de las carreras autorizadas en el presente Acuerdo Ministerial, respectivamente. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz autorizará las
Pensum de Estudios de las carreras autorizadas en el presente Acuerdo Ministerial, respectivamente. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz autorizará las siguientes cohortes de las carreras autorizadas a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz, supervisará la ejecución de las acciones del Centro Educativo Nueva Vida para el aseguramiento de la calidad educativa. Artículo 5. Diploma y Título acreditado. Cumplidos a satisfacción la estructura y plan de estudios establecidos para las carreras autorizadas, se extenderá a los estudiantes el diploma y título correspondiente. Artículo 6. Validación. Se valida la última cohorte 2012-2014, para la carrera de Magisterio de Educación Primaria que imparte el Centro Educativo Nueva Vida. Artículo 7. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 8. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.
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COMUNÍQUESE,
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