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Acuerdo Ministerial 3613-2012

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 3613-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

103” Página 1 de 1

MINISTERIO DE EDUCACION E 3 Contrato(s) 189 de DIGECUR

ACUERDO MINISTERIAL No. 3613-2012

Guatemala , 05 de Noviembre de 2012 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Currículo -DIGECUR-, considera necesaria la contratación des servicios profesionales, con cargo al renglón presupuestario > 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar cada uno de los contratos suscritos y darle validez a sus cláusulas contractuales.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 27, literal m) Decreto Número 114-97del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento; Acuerdo — Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas, Manual de Clasificaciones Presupuestarias LA el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.

ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) cláusulas de que constan los Contratos Administrativos de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncian en el artículo 2 del presente acuerdo.

Artículo 2. Se contratan los servicios “profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a las personas indicadas en los contratos siguientes: \ DIRECCIÓN GENERAL DE CURRÍCULO -DIGECUR2012-11130008126-14-01-000-001-189-0101-11000-0000-0000 nr Nombre de la Persona Contratada Mero del perso 189 2856-2012 DILIA CONSUELO FIGUEROA MONTERROSO DE TEOS VQ. 18,000.00 | 189 2874-2012 JORA LUCRECIA COJ DUARTE DE SALAZAR xQ 18,000.00 Y 1892875-2012 MARIA TERESA PAZ GARCIA e 16,000.00 |” El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en los instrumentos contractuales en referencia. I tículo 3. Los productos que se entreguen como consecuencia de las contrataciones respectivas quedarán en resguardo de la Dirección General de Currículo -DIGECUR-, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna de los productos requeridos en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por los contratos suscritos queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección General de Currículo -DIGECUR-, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores.

General de Currículo -DIGECUR-, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

COMUNÍQUESE % Loa oy a CINTHYATC NKDEL ÁGUIÍA MENDIZÁBAL ola, C1 ALFREDO GUSTAVÓ GARCÍA ARCHILA

VICEMINISTRO YE EDUCACIÓNMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2856 - 1/6

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES

NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2856-2012) En la ciudad de Guatemala, el día veinticuatro (24) de octubre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: MÓNICA GENOVEVA FLORES REYES de treinta y siete (37) años de edad, soltera, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro novecientos quince mil novecientos sesenta y cinco (915965), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Gutemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión — dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General De Curriculo -DIGECURpersonería que acredito

(2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General De Curriculo -DIGECURpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión der spostión del cargo, número nueve guión dos mil doce (9-2012), de fecha uno (01) de <a E. Nu arzo del año dos mil doce (2012), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la ontraloría General de Cuentas bajo registro L dos catorce mil ciento ocho (L2 14108) y folio número 37, señalando para recibir notificaciones la sexta calle uno guión ochenta y siete de la zona diez (6a. Calle 1-87 zona 10) sede de la Dirección General de Currículo -DIGECUR-; y, por la otra parte, DILIA CONSUELO FIGUEROA MONTERROSO DE TEOS de sesenta y uno (61) años de edad, casada, guatemalteca, LICENCIADA EN ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA, LICENCIADA EN EDUCACIÓN Y MAGISTER EN GERENCIA EDUCATIVA, colegiado (a) número siete mil ochocientos noventa y uno (7891), con domicilio en 1 Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número dos billones cuatrocientos un mil doscientos Ochenta y ocho millones seiscientos noventa mil ciento uno (2401288690101), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en CATORCE

AVENIDA TREINTA Y CUATRO GUIÓN TREINTA Y CUATRO, ZONA

TRECE, CONDOMINIO MONTE AZUL, APARTAMENTO ONCE GUIÓN A,

extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en CATORCE

AVENIDA TREINTA Y CUATRO GUIÓN TREINTA Y CUATRO, ZONA

TRECE, CONDOMINIO MONTE AZUL, APARTAMENTO ONCE GUIÓN A, AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A, 2856 - 2/6 municipio de Guatemala departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.

SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a - "EL

MINISTERIO", como/para ELABORACIÓN Y DESARROLLO DEL MANUAL

; INTRODUCCIÓN PARA LA SUBÁREA CURRICULAR DE ESTRATEGIAS

% APRENDIZAJE DEL CURRICULUM NACIONAL BASE DE

MINISTERIO", como/para ELABORACIÓN Y DESARROLLO DEL MANUAL

; INTRODUCCIÓN PARA LA SUBÁREA CURRICULAR DE ESTRATEGIAS

% APRENDIZAJE DEL CURRICULUM NACIONAL BASE DE

BACHILLERATO EN CIENCIAS Y LETRAS CON ORIENTACIÓN EN

EDUCACIÓN, en DIRECCIÓN GENERAL DE CURRÍCULO -DIGECUR-.

Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Presentar el plan de trabajo y el 1 cronograma de actividades de acuerdo con los lineamientos establecidos por el MINEDUC para su aprobación. b) Elaborar un Manual introductorio para la subárea de Estrategias de Aprendizaje, dirigido a los docentes con la finalidad de promover la formación de los estudiantes de bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación del Nivel de Educación Media, Ciclo de Educación Diversificada. El anual debe redactarse de acuerdo con los lineamientos señalados en el documento ™ ineamientos curriculares para la elaboración de materiales de aprendizaje, elaborado por DIGECUR, de manera que responda a los retos de la Reforma Educativa dentro del marco de la Transformación Curricular, así como a los aspectos formativos y pedagógicos expresados en el Curriculum Nacional Base de la carrera respectiva, de igual manera, a la implementación de los ejes del currículo. Además, se debe impulsar el aprendizaje individual y cooperativo, así también, promover el aprendizaje AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2856 - 3/6 significativo con las fases respectivas; asimismo, se orientará el desarrollo de las actividades organizando adecuadamente a los estudiantes, en espacios agradables y disponiendo un clima afectivo favorable. El Manual caracterizado por una metodología

significativo con las fases respectivas; asimismo, se orientará el desarrollo de las actividades organizando adecuadamente a los estudiantes, en espacios agradables y disponiendo un clima afectivo favorable. El Manual caracterizado por una metodología activa, debe ofrecer la información y las actividades de manera mediada, adecuada a la edad de los estudiantes, al nivel educativo al cual corresponden y a la orientación en Educación. Asimismo, se requiere la evidencia de un equilibrio entre las ilustraciones y la información procurando que exista estrecha relación entre ambas y que las ilustraciones manifiesten las características de los cuatro Pueblos del país. Así también, toda la información contenida en el Manual, debe ser creada por la persona contratada. Si fuera necesario copiar una cita textualmente, se anotará la referencia bibliográfica. Asimismo, la bibliografía será trabajada de acuerdo con el sistema APA. c) Entregar las artes finales para impresión del documento de acuerdo con los requerimientos establecidos por el MINEDUC. d) Participar en la entrega técnica del Manual. “El (la) contratista” se compromete a entregar el siguiente producto: PRODUCTO ÚNICO: El de Educación Media, Ciclo de Educación Diversificada. El Manual debe redactarse de acuerdo con los lineamientos señalados en el documento Lineamientos curriculares para la elaboración de materiales de aprendizaje, elaborado por DIGECUR, de manera que responda a los retos de la Reforma Educativa dentro del marco de la Transformación Curricular, así como a los aspectos formativos y pedagógicos expresados en el Curriculum Nacional Base de la carrera respectiva, de igual manera, a la implementación de los ejes del currículo. Además, se debe impulsar el aprendizaje individual y cooperativo, así también, promover el aprendizaje significativo con las

Curriculum Nacional Base de la carrera respectiva, de igual manera, a la implementación de los ejes del currículo. Además, se debe impulsar el aprendizaje individual y cooperativo, así también, promover el aprendizaje significativo con las ases respectivas; asimismo, se orientará el desarrollo de las actividades organizando < ecuadamente a los estudiantes, en espacios agradables y disponiendo un clima ectivo favorable. El Manual caracterizado por una metodología activa, debe ofrecer la información y las actividades de manera mediada, adecuada a la edad de los estudiantes, al nivel educativo al cual corresponden y a la orientación en Educación. Asimismo, se requiere la evidencia de un equilibrio entre las ilustraciones y la información procurando que exista estrecha relación entre ambas y que las ilustraciones manifiesten AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2856 - 4/6 las características de los cuatro Pueblos del país. Así también, toda la información contenida en el Manual, debe ser creada por la persona contratada. Si fuera necesario copiar una cita textualmente, se anotará la referencia bibliográfica. Asimismo, la bibliografía será trabajada de acuerdo con el sistema APA. Este producto debe ser entregado el quince de noviembre de dos mil doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de DIECIOCHO MIL QUETZALES EXACTOS mono, cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, en un único pago por un monto de DIECIOCHO MIL QUETZALES EXACTOS (Q.18,000.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de

EXACTOS (Q.18,000.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. El pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por Términos Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN RAL DE CURRÍCULO -DIGECUR-, deberá extender el Certificado de S 1 of rmidad y Autorización de Pago contra la entrega del producto, en la que conste su & (Qentaci(m oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto quedará en se efectúe en cumplimiento del presente contrato, se cargará a la partida presupuestaria resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE CURRÍCULO -DIGECUR-. El pago que número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento veintiseis . guión catorce guión cero uno guión cero cero cero guión cero cero uno guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil guión cero cero cero cero guión r A PAI cero cero cero cero (2012-11130008126-14701-000-001-189-0107-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto y según onstancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones N cuatrocientos noventa y tres mil doscientos uno (18493201). CUARTA: PLAZO DEL ONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su

onstancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones N cuatrocientos noventa y tres mil doscientos uno (18493201). CUARTA: PLAZO DEL ONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el quince (15) de noviembre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2856 - 5/6 presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta quince (15) de noviembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso

conformidad con la literal (a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta quince (15) de noviembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" 3d afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El E dimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios ntratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de

Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE

AAZMITIA

Va:MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2856 - 6/6

FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente.

DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas

manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en seis (6) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación. Eo 9. fal De Curriculo FIGUEROA MONTERROSO

AAZMITIA oMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2874 .- 1/6

CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES

NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2874-2012) En la ciudad de Guatemala, el día treinta y uno (31) de octubre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: MÓNICA GENOVEVA FLORES REYES de treinta y siete (37) años de edad, soltera, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro novecientos quince mil novecientos sesenta y cinco (915965), extendida por el Alcalde Municipal

cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro novecientos quince mil novecientos sesenta y cinco (915965), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Gutemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión — dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General De Curriculo -DIGECURpersonería que acredito ue or. medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión S fa & & DE ochocientos cincuenta y nueve guión dos mil doce (DIREH-0859-2012), de fecha Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos + catorce mil ciento ocho (L2 14108) y folio número 37, señalando para recibir notificaciones la sexta calle uno guión ochenta y siete de la zona diez (6a. Calle 1-87 zona 10) sede de la Dirección General de Currículo -DIGECUR-; y, por la otra parte, NORA LUCRECIA COJ DUARTE DE SALAZAR de cuarenta y ocho (48) años de edad, casada, guatemalteca, LICENCIADA EN PSICOLOGÍA, colegiado (a) número seis mil cuatrocientos ochenta y uno (6481), con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número dos billones cuatrocientos dieciocho mil ciento treinta y ocho millones cuatrocientos mil

ochenta y uno (6481), con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación, Código Único número dos billones cuatrocientos dieciocho mil ciento treinta y ocho millones cuatrocientos mil ciento uno (2418138400101), extendido por el Registro Nacional de las Personas, con residencia en SEGUNDA CALLE TREINTA Y TRES GUIÓN CINCUENTA Y CINCO, ZONA SIETE, CONDOMINIO CAMINO VERDE, municipio de Guatemala departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2874 - 2/6 y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar

modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para

ELABORACIÓN Y DESARROLLO DEL MANUAL DE INTRODUCCIÓN

PARA LA SUBÁREA CURRICULAR DE PSICOLOGÍA DEL CURRICULUM

NACIONAL BASE DE BACHILLERATO EN CIENCIAS Y LETRAS CON ENTACIÓN EN EDUCACIÓN, en DIRECCIÓN GENERAL DE YRRICULO -DIGECUR-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) lineamientos establecidos por el MINEDUC para su aprobación. b) Elaborar un Manual introductorio para la subárea de Psicología, dirigido a los docentes con la finalidad de promover la formación de los estudiantes de bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación del ¡Nivel de Educación Media, Ciclo de Educación Diversificada. El Manual debe redactarse de acuerdo con los lineamientos señalados en el documento Lineamientos curriculares para la elaboración de materiales de rendizaje, elaborado por DIGECUR, de manera que responda a los retos de la Reforma Educativa dentro del marco de la Transformación Curricular, así como a los aspectos formativos y pedagógicos expresados en el Curriculum Nacional Base de la carrera respectiva, de igual manera, a la implementación de los ejes del currículo. Además, se debe impulsar el aprendizaje individual y cooperativo, así también, promover el aprendizaje significativo con las fases respectivas; asimismo, se orientará el desarrollo de las actividades organizando adecuadamente a los estudiantes, en espacios agradables y disponiendo un clima afectivo favorable. El Manual caracterizado

promover el aprendizaje significativo con las fases respectivas; asimismo, se orientará el desarrollo de las actividades organizando adecuadamente a los estudiantes, en espacios agradables y disponiendo un clima afectivo favorable. El Manual caracterizado AAZMITIA % >MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2874 - 3/6 por una metodología activa, debe ofrecer la información y las actividades de manera mediada, adecuada a la edad de los estudiantes, al nivel educativo al cual corresponden y a la orientación en Educación. Asimismo, se requiere la evidencia de un equilibrio entre las ilustraciones y la información procurando que exista estrecha relación entre ambas y que las ilustraciones manifiesten las características de los cuatro Pueblos del país. Así también, toda la información contenida en el Manual, debe ser creada por la persona contratada. Si fuera necesario copiar una cita textualmente, se anotará la referencia bibliográfica. Asimismo, la bibliografía será trabajada de acuerdo con el sistema APA. c) Entregar las artes finales para impresión del documento de acuerdo con los requerimientos establecidos por el MINEDUC. d) Participar en la entrega técnica del Manual. "El (la) contratista” se compromete a entregar el siguiente producto: PRODUCTO ÚNICO: Manual introductorio para la subárea de Psicología, dirigido a los docentes con la finalidad de promover la formación de los estudiantes de bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación del Nivel de Educación s lineamientos señalados en el documento Lineamientos curriculares para la aboración de materiales de aprendizaje, elaborado por DIGECUR, de manera que responda a los retos de la Reforma Educativa dentro del marco de la Transformación Curricular, así como a los aspectos formativos y pedagógicos expresados en el

aboración de materiales de aprendizaje, elaborado por DIGECUR, de manera que responda a los retos de la Reforma Educativa dentro del marco de la Transformación Curricular, así como a los aspectos formativos y pedagógicos expresados en el urriculum Nacional Base de la carrera respectiva, de igual manera, a la implementación de los ejes del currículo. Además, se debe impulsar el aprendizaje individual y cooperativo, así también, promover el aprendizaje significativo con las fases respectivas; asimismo, se orientará el desarrollo de las actividades organizando adecuadamente a los estudiantes, en espacios agradables y disponiendo un clima afectivo favorable. El Manual caracterizado por una metodología activa, debe ofrecer a información y las actividades de manera mediada, adecuada a la edad de los estudiantes, al nivel educativo al cual corresponden y a la orientación en Educación. Asimismo, se requiere la evidencia de un equilibrio entre las ilustraciones y la información procurando que exista estrecha relación entre ambas y que las ilustraciones manifiesten las características de los cuatro Pueblos del país. Así también, toda la información contenida en el Manual, debe ser creada por la persona contratada. Si fuera necesario copiar una cita textualmente, se anotará la referencia bibliográfica. Asimismo, AAZMITIAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 2874 - 4/6 la bibliografía será trabajada de acuerdo con el sistema APA. Este producto será entregado el quince de noviembre de dos mil doce. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de DIECIOCHO MIL QUETZALES EXACTOS estao cifra que incluye el impuesto al valor

DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de DIECIOCHO MIL QUETZALES EXACTOS estao cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, en un único pago por un monto de DIECIOCHO MIL QUETZALES EXACTOS (Q.18,000.00) equivalentes al cien por ciento (100%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. El pago se realizará contra entrega del informe y producto establecido por los Términos Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE CURRÍCULO -DIGECUR-, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega del producto, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y el producto quedará en resguardo de la DIRECCIÓN GENERAL DE CURRÍCULO -DIGECUR-. El pago que <a e efectúe en cumplimiento del presente contrato, se cargará a la partida presupuestaria Y ra 2, %@nero: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento veintiseis guión catorce guión cero uno guión cero cero cero guión cero cero uno guión ciento + ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil sión, cero cero. cero cero guión cero cero cero cero (2015-11130008126-14/01-600-001-183-0101-11600-00d0-0000) del Presupuesto

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