🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Acuerdo Ministerial 3832-2012

Ministerio de Educación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 3832-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

"e Página 1 de 1 ue

e MINISTERIO DE EDUCACION

ACUERDO MINISTERIAL No. 3832-2012

Guatemala, 15 de noviembre de 2,012 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, el renglón presupuestario 184 comprende el pago por servicios económicos, contables y de auditoría y, que, en los contratos celebrados al amparo de este renglón presupuestario se encuentra establecida la facultad de darlos por terminado en forma unilateral y en cualquier momento por incumplimiento de las obligaciones contractuales.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección De Auditoría Interna-DIDAI-, suscribió el Contrato de Servicios Profesionales con el Licenciado en Contaduría Pública y Auditoría Elfego Amán López Ramírez, identificado con el número 184-1570-2012, de fecha 25 de junio de 2012, aprobado por el Acuerdo Ministerial número 1833-2012, de fecha 27 de junio de 2012, cuyo objeto consistió en Servicios Profesionales para Auditoría, de conformidad con los términos de referencia respectivos.

CONSIDERANDO: Que, el Licenciado Silverio René Hernández De León, en su calidad de Director de la Dirección De Auditoría Interna-DIDAI-, procedió a dar por terminada la relación contractual detallada en el considerando anterior, con fecha 06 de noviembre de 2012, mediante el formulario de solicitud de rescisión / terminación de contratos subgrupo 18 y en Acta DIDAI Número 26-2012 de fecha 06 de noviembre de 2012, en la cual establece que el señor Elfego Amán López Ramírez incumplió con

rescisión / terminación de contratos subgrupo 18 y en Acta DIDAI Número 26-2012 de fecha 06 de noviembre de 2012, en la cual establece que el señor Elfego Amán López Ramírez incumplió con las condiciones contractuales al entregar en fecha extemporánea el primer producto, aunado a esto se estableció que existe una serie de deficiencias en la elaboración del mismo, faltando así, a la Cláusula Octava del contrato.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a), b), y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y 27 literal m) del Decreto número 114-97 del

Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, ACUERDA: Artículo 1. Aprobar la terminación contractual unilateral, sin responsabilidad para el Ministerio de Educación, por motivo de incumplimiento del contratista, realizada por la Dirección De Auditoría Interna -DIDAI-, con efectos a partir del 06 de noviembre de 2012, al contrato de Servicios Profesionales suscrito por dicha Dirección con el señor Elfego Amán López Ramírez, identificado con el número 184-1570-2012, de fecha 25 de junio de 2012, aprobado por el Acuerdo Ministerial número 1833-2012, de fecha 27 de junio de 2012. Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.

COMUNÍQUESE

CINTHYA CA DEL ÁQUILA MENDIZÁBAL MINIS > €, >

ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARCHILA

VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN

Consultar sobre este documento ...