Acuerdo Ministerial 3851-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 3851-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
MINISTERIO DE EDUCACION mm: :s:% 1 Contratos) 189 de DICOMS
ACUERDO MINISTERIAL No. 3851-2012
Guatemala, 16 de Noviembre de 2012 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Comunicación Social -DICOMS-, considera necesaria la contratación de servicios — profesionales, con cargo al renglón presupuestario. 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente pasa el año 2012, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y darle validez a sus cláusulas contractuales. J POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26de su Reglamento, Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) dáusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las doce (12) dáusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 2. Se contratan los servidos, profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente: DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS2012-11130008117-01-00-000-002-189-0101-11000 Número de Valor Total del Contrato contrato Nombre de la Persona Contratada (EVA incluído) 89 2883-2012 [MARÍA DE LOS ANGELES FUENTES SÁNCHEZ DE MONZÓN Q. 89,600.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la Dirección de Comunicación Social -DICOMS-, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. > Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Dirección de Comunicación Social -DICOMS-, la rendición de cuentas ante la Contraloria General de Cuentas, Dirección de Auditoria Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
COMUNÍQUESE:
MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A. 2883 - 1/6
Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente.
COMUNÍQUESE:
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CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES
NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES GUION DOS MIL DOCE (No. 189-2883-2012) VA En la ciudad de Guatemala, el día ocho (08) de noviembre del año dos mil doce (2012). NOSOTROS: ALEJANDRO DE LEÓN DUQUE de treinta y ocho (38) años de edad, soltero, guatemalteco, Bachiller en Ciencias y Letras, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos billones doscientos cuarenta mil seiscientos cincuenta y siete millones ochocientos cincuenta mil ciento uno (2240657850101) extendido por el Registro Nacional de las Personas actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero setecientos catorce guión dos mil doce (0714-2012), de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil doce (2012), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Director de la Dirección de Comunicación Social -DICOMSpersonería que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cuatro mil doscientos sesenta y siete guión dos mil once (DIREH-4267-2011), de fecha tres (03) de octubre del año dos mil once (2011), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número
siete guión dos mil once (DIREH-4267-2011), de fecha tres (03) de octubre del año dos mil once (2011), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número cincuenta y dos guión dos mil once (52-2011), de fecha tres (03) de octubre del año dos mil once (2011), asentada en el Libro de Actas de hojas móviles de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas bajo registro L dos trece mil ochocientos treinta y tres (L2 13833) y folio número 67, señalando para recibir notificaciones la sexta calle (6) uno guión ochenta y siete (1-87), zona diez (10) sede de la Dirección de Comunicación Social -DICOMS-; y, por la otra parte, MARÍA DE LOS ANGELES FUENTES SÁNCHEZ DE MONZÓN de cuarenta y tres (43) años de edad, casada, guatemalteca, LICENCIADA EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN, colegiado (a) número siete mil dieciocho (7018), con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro número setecientos setenta mil noventa y cinco (770095), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala departamento de Guatemala, con residencia en SEXTA AVENIDA DOS GUIÓN SETENTA Y UNO ZONA DOS, municipio de Guatemala departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y
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departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y JGHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA CA. 2883 - 2/6 “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1 sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA Y COMUNICACIÓN POLÍTICA, en DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Abrir nuevos espacios de discusión educativa, basado en los conceptos fundamentales que ya tienen aceptación, para integrar a actores importantes en la educación, más allá de los espacios en los que se ha desarrollado hasta
las actividades siguientes: a) Abrir nuevos espacios de discusión educativa, basado en los conceptos fundamentales que ya tienen aceptación, para integrar a actores importantes en la educación, más allá de los espacios en los que se ha desarrollado hasta ahora. Dentro de estas actividades es necesario identificar a representantes de sectores del ámbito educativo, que están abiertas a una reforma y dispuestas a trabajar en una propuesta; b) Utilizar nuevas voces que ya están a favor del mejoramiento de la calidad educativa y no se han manifestado públicamente en este sentido. Para llevar a cabo esta acción será necesario recolectar insumos en tomo a estos nuevos voceros para difundir su posición a través de herramientas como testimoniales; c) Difundir la apertura de nuevos espacios físicos para rescatar el ciclo escolar y garantizar su continuidad. Esto reforzará una imagen de acción y liderazgo que permitirá al Ministerio contar con percepciones positivas alrededor de sus acciones; d) Llevar a cabo reuniones con editores y columnistas de los medios de comunicación para dar a conocer las acciones del Ministerio de Educación y la importancia de la Mesa Técnica de Formación Inicial Docente. Esto se hará con el objetivo de balancear la información publicada; e) Elaborar guiones para spots de radio y video que transmitan el liderazgo del Ministerio. Dentro de estos spots se transmitirá la necesidad de llevar a cabo una reforma educativa, la importancia del trabajo que ya se ha realizado dentro de los esfuerzos de reforma y
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4: E INISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA CA. 2883 - 3/6 finalmente la disposición del Ministerio de llevar a cabo un diálogo abierto; f) Llevar a cabo un Digital Check-Up, para analizar la temperatura de las redes sociales en torno al
INISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA CA. 2883 - 3/6 finalmente la disposición del Ministerio de llevar a cabo un diálogo abierto; f) Llevar a cabo un Digital Check-Up, para analizar la temperatura de las redes sociales en torno al tema. Con esta herramienta Digital Check-Up, realizar un estudio de las redes sociales más importantes de Guatemala y la información que los usuarios manejan dentro de las mismas. La cual ayuda a determinar el “sentir público” en cuanto a determinado tema, y presenta insumos para desarrollar una estrategia digital que tome en cuenta las opiniones de los públicos objetivos del Ministerio de Educación. El (La) Contratista se compromete a entregar los productos siguientes: PRODUCTO UNO: Planificación de los materiales y contenidos comunicacionales, fecha de entrega: 30 de noviembre de 2012; PRODUCTO DOS: Productos/materiales informativos, análisis de percepciones de los temas que se trabajarán en cumplimiento con la Propuesta de Formación Inicial Docente del MINEDUC, fecha de entrega 3 de diciembre de 2012; PRODUCTO TRES: Informe final con la estrategia de comunicación para la difusión de la Estrategia de Comunicación de la Propuesta de Formación Inicial Docente, fecha de entrega 07 de diciembre de 2012. TERCERA: MONTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" se compromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la cantidad de /OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS QUETZALES EXACTOS cmo cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en tres (3) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA QUETZALES
QUETZALES EXACTOS cmo cifra que incluye el impuesto al valor agregado -IVA-, distribuida en tres (3) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA QUETZALES EXACTOS (Q.26,880.00) equivalentes al treinta por ciento (30%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Un segundo pago por un monto de TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA QUETZALES EXACTOS (Q.35,840.00) equivalentes al cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de Referencia. Y un tercer y último pago por un monto de VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA QUETZALES EXACTOS (Q.26,880.00) equivalentes al treinta por ciento (30%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 3 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-, deberá extender el Certificado de
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Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se
conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL -DICOMS-. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil doce guión Once mil ciento treinta millones ocho mil ciento diecisiete guión cero uno guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero ños guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil A lA SI y A (2012-11130008117-01-00-000-002-189-0101-11000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el año DOS MIL DOCE (2012), o la(s) que se cree(n) en un futuro para este contepto y según Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPnúmero dieciocho millones quinientos noventa y cuatro mil quinientos cuarenta y dos (18594542). CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO. El plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del Acuerdo Ministerial correspondiente y finalizará el siete 67 de diciembre del año dos mil doce (2012). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia implica una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley
cláusula. QUINTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", FIANZA DE CUMPLIMIENTO, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, emitida por una institución afianzadora autorizada para operar en el país. De conformidad con la literal (a) del artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha fianza deberá estar vigente hasta siete (07) de diciembre del año dos mil doce (2012), fecha en que termina la contratación. En caso de incumplimiento por parte de “EL (LA) CONTRATISTA”, "EL MINISTERIO" iniciará los tramites correspondientes para hacerla efectiva, dando oportunamente a la entidad afianzadora de que se trate, el aviso relativo al incumplimiento de su fiado. El JGHERNANDEZN MINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA C.A, 2883 - 5/6 procedimiento de cobro, autorizado por la Superintendencia de Bancos, deberá aparecer en la póliza respectiva. SEXTA: PROHIBICIONES. “EL (LA) CONTRATISTA” tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que
tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar información a terceros sobre los asuntos que sean de su conocimiento, como resultado de los servicios que preste. SÉPTIMA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Estado, a través del Ministerio de Educación, sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato unilateralmente y en cualquier momento: a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por negligencia evidente de "EL (LA) CONTRATISTA" en la prestación de los servicios contratados, o por negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; c) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; d) Por decisión unilateral dictada por el Despacho Superior de "EL MINISTERIO". e) Por cualquier otra causa que afecte a los intereses del Estado. También las partes podrán dar por rescindido el contrato por mutuo consentimiento. En este caso, deberán ponerse de acuerdo en la forma de concluir su relación contractual y la liquidación de todo pago pendiente y el otorgamiento del finiquito correspondiente. NOVENA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO Y OTRAS CONDICIONES. Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a el: a) El expediente que sirvió de base para su elaboración; b) Todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho
consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de honorarios, tal como se establece en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala ya identificado anteriormente.
DÉCIMA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA PRIMERA: DE LO RELATIVO AL COHECHO. Yo, "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del JGHERNANDEZMINISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA CA. - 2883 - 6/6
Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos integramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en seis (6) hojas de papel membretado del Ministerio de Edueación. Em auto uo, de la Dirección de cación S RÍA DE LOS ANGELES FUENTES SÁNCHEZ C
aceptamos, ratificamos y firmamos en seis (6) hojas de papel membretado del Ministerio de Edueación. Em auto uo, de la Dirección de cación S RÍA DE LOS ANGELES FUENTES SÁNCHEZ C