🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Acuerdo Ministerial 42-2017

Ministerio de Desarrollo Social

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 42-2017
Autor
Ministerio de Desarrollo Social
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2017

GOBIZRNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL EE motes gt ENE s

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DS-42-2017

Guatemala, 17 de mayo de 2017

EL VICEMINISTRO ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO

ENCARGADO DEL DESPACHO CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala faculta a cada Ministro de Estado a dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los asuntos relacionados con su Ministerio, así como velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo. CONSIDERANDO Que a través de Resolución Ministerial número DS-51-2017 de fecha seis de abril de dos mil diecisiete, el titular de esta Cartera Ministerial, delega en el Director Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Social, la facultad de suscribir bajo su estricta responsabilidad la Primera Modificación al Contrato Administrativo de Obra número cero cero tres guión dos mil doce (CAO-003-201 2), para la ejecución del Proyecto número cuarenta y siete guion cero guion dos mil doce (47-0-2012) denominado “Ampliación de Centro Escolar", a ejecutarse. en la-comunidad de Cantón Ixtalito del municipio de Nuevo Progreso del departamento de San Marcos.

CONSIDERANDO

CONSIDERANDO Que-el Director Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Social -FODES-, mediante Oficio número OF-DE-621-2017, de fecha cuatro de mayo de dos mil diecisiete, solicita la aprobación de la Primera Modificación al Contrato Administrativo de Obra número cero cero tres guión dos mil doce (CAO-003-2012), celebrado entre el Fondo Nacional Para la Paz y su Unidad Ejecutora de Proyectos y la entidad mercantil denominada COVIRE, Sociedad Anónima, a través de su Administrador Único y Representante Legal, el Señor Ariel Francisco Xicará Estacuy, para lo cual adjunta los documentos de soporte respectivos, toda vez que se ha cumplido con la presentación de las garantías siguientes: 1) Endoso a la Fianza de Cumplimiento de Contrato clase C guion dos (C-2), Póliza número cuatrocientos cuarenta y ocho mil doscientos setenta y nueve (448279), de fecha veintiuno de abril de dos mil diecisiete y su respectiva Certificación de Autenticidad emitida en la misma fecha; y II) Endoso a la Fianza de Anticipo clase C guion cifico (C-5), Póliza número cuatrocientos cuarenta y ocho mil doscientos ochenta (448280), de fecha veintiuno de abril de dos mil diecisiete, y su respectiva Certificación de Autenticidad emitida en la misma fecha; todos los documentos emitidos por la entidad Aseguradora Fidelis, Sociedad Anónima. CONSIDERANDO Que la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Social, por medio de Dictamen número DAJ-125-2017/RERB/cabg, de fecha ocho de mayo de dos mil 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala GA. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DB

3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala GA. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DB GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL diecisiete, que copiado literalmente en su parte conducente, indica que: “..ES PROCEDENTE que el Señor Ministro de Desarrollo Social apruebe la primera modificación al Contrato Administrativo de Obra número cero cero tres guión dos mil doce (CAO-003-2012), referente al proyecto número cuarenta y siete guión cero guión dos mil doce (47-0-2012), denominado “Ampliación de Centro Escolar”, a ejecutarse en la Comunidad de Cantón Ixtalito del Municipio de Nuevo Progreso del departamento de San Marcos. POR TANTO Con base eñ lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos: 194 literal ) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 47, 48, 49, 54, 65, 66 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala; 42, 55, 56, 58 y 59 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo número 1222016, del Presidente de la República de Guatemala; 7 literal j. del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social, Acuerdo Gubernativo número 87-2012, del Presidente de la República de Guatemala;

ACUERDA:

ACUERDA: Artículo 1, Aprobar la PRIMERA MODIFICACIÓN al Contrato Administrativo de Obra húmero cero cero tres guión dos mil doce (CAO-003-2012), celebrado entre el Fondo Nacional Para la Paz y su Unidad Ejecutora de Proyectos y la entidad mercantil denominada. COVIRE, Sociedad Anónima, a. través de su Administrador Único y Representante Legal, el Señor Ariel Francisco Xicará Estacuy, para la Ejecución del Proyecto número cuarenta y siete guion cero guion dos mil doce (47-0-2012) denominado, “Ampliación de Centro Escolar", a ejecutarse en la comunidad de Cantón Ixtalito del municipio de Nuevo Progreso del departamento de San Marcos.

Artículo 2. El Director Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Social, deberá bajo su responsabilidad, llevar a cabo las notificaciones y procedimientos administrativos que correspondan, de conformidad con la ley de la materia. Artículo 3. El presente Acuerdo Ministerial surte efectos inmediatamente. 4 7 Rodriguez vi En COMUNÍQUESE. ¡Zominiatro de Desarrol 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 wwwmides gob.gt | | | i ! $ i | i

| |] GOBIERNO DB LA

GUA MENISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

CONOCIMIENTO No. 109-2017

Secretaría General Guatemala, 19 de mayo de 2017 En la presente fecha se entrega a Despacho Superior del Ministerio de Desarrollo Social, el Proyecto de Acuerdo Ministerial número DS-42-2017 de fecha 17 de mayo de 2017, mediante la cual se aprueba la Primera Modificación al Contrato

En la presente fecha se entrega a Despacho Superior del Ministerio de Desarrollo Social, el Proyecto de Acuerdo Ministerial número DS-42-2017 de fecha 17 de mayo de 2017, mediante la cual se aprueba la Primera Modificación al Contrato CAQ-003-2012, Comunidad de Cantón Ixtalito del municipio de Nuevo Progreso departamento de San Marcos, para su consideración, comentarios y firma respectiva.

Firma de quien entrega: e Us a - N as Y Firma de quien recibe: . 3ra, Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA PBX: 2300-5406 des Guatemala vsmides gobi r

3 E. Ps . E

@ GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE Ne GUATEMALAW | 15 KA 2017

7

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

BEQORETARIA mE DICTAMEN No, DAJ-125-2017/RERB/cabg ¡E Tea FIRMA...

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA: Guatemala, ocho de mayo de dos mil diecisiete, -— " . " -

ASUNTO: MEDIANTE PROVIDENCIA DS No.0743-2017/1JGMC/amrr, 8 DE MAYO DE 2017, EL DESPACHO SUPERIOR TRASLADA OFICIO No, OF-DE-624-2017 DE FECHA 04 DE MAYO DE 2017, DEL SR, EDGAR LEO! NEL ARIZPE CARRIÓN, DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO DE DESARROLLO SOCIAL, DONDE TRASLADA EXPEDIENTE QUE CONTIENE LA DOCUMENTACIÓN REFERENTE AL PROYECTO NÚMERO 47.0-2012, DENOMINADO "AMPLIACIÓN DE CENTRO ESCOLAR" A EJECUTARSE EN LA COMUNIDAD DE CANTON IXTALITO DEL MUNICIPIO DE NUEVO PROGRESO DEL DEPARTAMENTO DE NUEVO PROGRESO DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, SOLICITANDO APROBACIÓN DE LA PRIMERA MODIFICACIÓN AL CONTRATO AD MINISTRATIVO DE OBRA NÚMERO CERO CERO TRES GUIÓN DOS MIL DOCE (CA0-003-2012), CELEBRADO ENTRE EL FONDO NACIONAL PARA LA PAZ Y SU UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS -FONAPAZY LA ENTIDAD MERCANTIL DENOMINADA “COVIRE, SOCIEDAD ANÓNIMA”, Al RESPECTO, SOLICITA SE EMITA DICTAMEN JURÍ DICO, Y QUE DE SER PROCEDENTE SE EMITA EL INSTRUMENTO MINISTERIAL CORRESPONDIENTE DE ACUERDO A Los LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN LEY PARA EL EFECTO, EXPEDIENTE No, 00724 DE FECHA En atención al asunto descrito en el epigrafe del presente dictamen y, en cumplimiento de lo establecido en las literales d), e), $) y h) del artículo 23, del Acuerdo Gubernativo Número 87-2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social; se exporie lo siguiente:

1. ANTECEDENTES 1.1 Providencia DS No.743-201 7/1JGMC/amrr, Ex Despacho Superior traslada Oficio No. OF-DI Leonel Arizpe Carrión, Director Ejecutivo del que contiene la documentación referente al proyecto Número 47-0-2012, Deñominado “AMPLIACIÓN DE CENTRO ESCOLAR" A EJECUTARSE EN LA COMUNIDAD DE CANTON IXTALITO DEL MUNICIPIO DE NUEVO PROGRESO DEL DEPARTAMENTO DE NUEVO PROGRESO DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, solicitando APROBACIÓN DE LA PRIMERA MODIFICACIÓN AL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE OBRA NÚMERO CERO CERO TRES GUIÓN DOS MIL DOCE (CA0-003-2012), celebrado entre el Fondo Nacional para la Paz y su Unidad Ejecutora de Proyectos y la entidad Mercantil denominada COVIRE, SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de su Administrador Único y Representante Legal, el señor Ariel Francisco Xicará Estacuy. Al respecto, solicita se emita Dictami en Jurídico, y que de ser procedente se emita el Instrumento Ministerial correspondiente de acuerdo a los lineamientos establecidos en Ley, (Folio 71 1) pediente No. 00724 de fecha 8 de mayo de 2017, El E-621-2017 de fecha 4 de mayo de 2017, del Sr, Edgar Fondo de Desarrollo Sócial, donde traslada Expediente Página 1 de El { Sta. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 ¿ e

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL A AE e y& W | E i GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DB

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

1.2 Documentos relevantes del expediente:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL A AE e y& W | E i GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DB

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL 1.2 Documentos relevantes del expediente: 1.3 Oficio número: OF-DE-621-2017, de fecha 04 de mayo de 2017, del señor Edgar Leone! Arizpe Carrión, Director Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Social, mediante el cual solicita al Ministro de Desarrollo Social, APROBACIÓN DE LA PRIMERA MODIFICACIÓN AL CONTRATO PROGRESO DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, trasladando expediente que consta de 711 folios, en dos (2) letiz. (Folio 710)

1.4 Oficio referencia UAJ-278-2017 de fecha cuatro de mayo de dos mil diecisiete, de la señora Teresa de Jesús Calderón Sandoval, Subdirectora de la Unidad de Asesoria Jurídica del Fondo de Desarrollo 15 Certificación emitida por la Licenciada Teresa de Jesús Calderón Sandoval, Subdirectora de la Unidad = Sa Beneficiario: FONDO NACIONAL PARA LA PAZ (FONAPAZ), Fiado: COVIRE, SOCIEDAD ANÓNIMA. = Egg endoso de beneficiario: FONDO DE DESARROLLO SOCIAL ~FODES-. Certificación de Autenticidad ERRE de Fianza C-2 Póliza No. 448279 (ENDOSO), Fiado: COVIRE, SOCIEDAD ANÓNIMA, Fecha de EFE g Emisión: 21 de Abril de 2017. Endoso de Fianza C-5 De Anticipo, Póliza No, 448280, Beneficiario: = g 2 & FONDO NACIONAL PARA LA PAZ (FONAPAZ), Fiado: COVIRE, SOCIEDAD ANÓNIMA, endoso de o E beneficiario: FONDO DE DESARROLLO SOCIAL -FODES-. Certificación de Autenticidad de Fianza ú S RE g C-5 Póliza No. 448280 (ENDOSO), Fiando: COVIRE, SOCIEDAD ANÓNIMA, Fecha de emisión: 21 de E 2 2 Abril de 2017. Los anteriores documentos, de Aseguradora Fidelis, Sociedad Anónima, (Folio 708) g Si 1.6 Primera Modificación al Contrato Administrativo de Obra número cero Cero tres guión dos mil doce (CAO-003-2012) celebrado entre el Fondo Naciónal para la Paz y su Unidad Ejecutora de Proyectos y = la Entidad Mercantil denominada COVIRE, Sociedad Anónima, a través de su Administrador Único E y Página 2 de n Se 2 iz E Le

Página 2 de n Se 2 iz E Le 3ra. Avenida 644 zona 1, Guatemala CA PBX: 2300-5400 É &2 ME mides ar al R S mah vias AAA o Le “a>. ] 4 E GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Representante Legal, el señor Ariel Francisco Xicará Escacuy, para la ejecución del Proyecto número cuarenta y siete guión cero guión dos mil doce (47-0-2012) denominado, "Ampliación de Centro Escolar”, a ejecutarse en la comunidad de Cantón ixtalito del municipio de Nuevo Progreso del departamento de San Marcos. (Folio 694) 1.7 Certificación de fecha diecisiete de abril de dos mil diecisiete, emitida por la Subdirectora Financiera del Fondo de Desarrollo Social, donde certifica que de conformidad con el presupuesto de egresos 2017 aprobado al Fondo de Desarrollo Social, y según "Reporte Dinámico de Ejecución de Proyectos" generado a través del Sistema de Gestión —SIGES-, se cuenta coñ presupuesto asignado para el Nuevo Progreso del Departamento de San Marcos proyecto siguiente: C y SNIP__ DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO PARTIDA PRESUPUESTARIA T MONTO. - 111510 “Ampliación de Centro Escolar" a ejecularse eh la | 1 02 | Con Tod0 | 002 [ 121 [ 332 [ 31 060 | 000 | Q988,392.00 Comunidad de Cantón Ixlalito del Municipio de | 9 2

“La Constancia de Disponibilidad Presupuestaria -CDPpara este proyecto de inversión podrá ser aprobada y emitida en el sistema, toda vez se cuente con el proyecto debidamente aprobado en el Sistema Nacional de Inversión Pública —SINPde SEGEPLAN el cual deriva de contar con la primera Modificación del mismo. (Folio 691) 1.8 Copia de la Resolución Ministerial número DS-51-2017, de fecha 6 de abril de 2017, del Ministerio de Desarrollo Social, la que resuelve delegar en el Director Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Social — ‘FODES-, Edgar Leonel Arizpe Carrión, la facultad de suscribir bajo su estricta responsabilidad la Primera Modificación al Contrato Administrativo de Obra número cero cero tres guión dos mil doce (CAO-003-2012), del Proyecto número cuarenta y siete guión cero guión dos mil doce (470-2012) denominado “Ampliación de Centro Escolar”, a ejecutarse en la comunidad de Cantón Ixtalito del municipio de Nuevo Progreso del departamento de San Marcos. (Folio 686)

Pa 1.9 Certificación emitida por el Secretario del Comité Técnico del Fideicomiso de Desarrollo Social, del Foñdo de Desarrollo Social —FODES-, del Acta número cero uno guión dos mil diecisiete (01-2017), de fecha treinta y uno (31) de enero de dos mil diecisiete (2017), folios del trescientos sesenta y siete (367) al trescientos setenta y siete (377) del Libro de Actas de Hojas Móviles del Comité Técnico del Fideicomiso de Desarrollo Social, autorizado por la Contraloria General de Cuentas, con Registro número L guión dos, veintidós mil quinientos ochenta y siete (L2 22587), en la cual se transcribe el punto SEXTO, donde los miembros del Comité Técnico con derecho a voto resuelven 1) Tener por conocido y por recibido un ejemplar del Plan Operativo Anual de la Unidad Ejecutora del Fondo de Desarrollo Social. 11) Aprobar el PLAN OPERATIVO ANUAL de la Unidad Ejecutora del Fondo de Desarrollo Social para el período fiscal dos mil RA mides alFP

GOBIERNO

GUATE DE LA REPÚBLICA DE

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

1.10 1.11

ASESORÍA

JURÍDICA

MINISTERIO

DE

DESARROLLO

SOCIAL

CDA,

CLAUDIA

ARARIL

ASESOR

DIRECCIÓN DE E mides gt cuales figura en el número: 2, SNIP: 111510, DESCRIPCIÓN: Ampliación Escuela Primaria Cantón Ixtalito, Nuevo Progreso, San Marcos, MONTO PROGRAMADO; 988,392.00, (Folio 673)

DE E mides gt cuales figura en el número: 2, SNIP: 111510, DESCRIPCIÓN: Ampliación Escuela Primaria Cantón Ixtalito, Nuevo Progreso, San Marcos, MONTO PROGRAMADO; 988,392.00, (Folio 673) Opinión No. FODES-UAJ-039-2017, de la Unidad de Asesoría Jurídica ~Fondo de Desarrollo Social “FODES" adscrito al Ministerio de Desarrollo Social, de fecha dieciséis de marzo de dos mil diecisiete, que literalmente establece: "OPINA: 1. Que ES PROCEDENTE realizar la sustitución de Unidad Ejecutora para regularizar el expediente administrativo de mérito. 2. Que se realicen los procedimientos de regularización del expediente administrativo del proyecto número cuarenta y siete guión cero guión dos mil doce (47-0-2012) para que se ejecute en su totalidad y se proceda a la recepción contractual de la obra Y su posterior liquidación tal y como consta en el Contrato

Dictamen Técnico para Modificación de Contrato con información general del proyecto: AMPLIACIÓN DE CENTRO ESCOLAR, Ubicación: LA COMUNIDAD DE CANTÓN IXTALITO DEL MUNICIPIO DE NUEVO PROGRESO DEL DEPARTAMENTO DÉ SAN MARCOS, Código FODES: 54-0-2013, Fecha: 10 de marzo de 2017, emitido por el Ingeniero Edik Francisco Solórzano Marroquín, Sección de Supervisión de Proyectos; Visto Bueno del Ingeniero Elias Fermin Santiago López, Jefe de Sección de Supervisión e Ingeniero Fidel Jeremias de León y de León, Sub Director Técnico de Desarrollo del Foñdo de Desarrollo Social, concluyendo: “Se traslada a la Unidad de Asesoría Jurídica para hacer las siguientes modificaciones al contrato: Modificación al contrato debido al cambio de Unidad Ejecutora y además que este debe cumplir con las respectivas garantias contractuales, por lo que se debe hacer un endoso de fianzas, de cumplimiento y anticipo a nombre del Forido de Desarrollo Social, que garantice cumplir con todas las obligaciones que adquiere el Contrato Administrativo de Obra, la ratificación del tiempo contractual y los renglones a trabajar. En el plazo del presente proyecto está pendiente de ejecutar el 44.60% de los renglones de trabajo y contractualmente tiene 46 días de plazo para su ejecución, prorrogables los cuales pueden ser de conformidad con el contrato original. Por lo que considerando el avance físico y los días pendientes de finalizar se solicita realizar una ampliación de 4 meses adicionales al tiempo contractual con el que cuenta actualmente (...). JUSTIFICACIÓN: Debido a la escases de materiales en el occidente del país, ya que se estaba llevando a cabo la reconstrucción a causa del terremoto ocurrido el 7 de noviembre de 2012, La suspensión siguió vigente debido a la falta de disponibilidad financiera y el posterior cierre del Fondo Nacional para la Paz". (Folio 615)

3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala ¢ A, PRX: 2300-5400 | |uy Y 4 Y i , GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATE MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL 1,12 Contrato administrativo de obra número cero cero tres guión dos mil doce (CAO-003-2012) celebrado entre el Fondo Nacional para la Paz y su Unidad Ejecutora de Proyectos y la entidad mercantil denominada COVIRE, SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de su Administrador Único y Representante Legal, el señor Ariel Francisco Xicará Escacuy, para la ejecución del proyecto número cuarenta y siete guión cero guión dos mil doce (47-0-2012), denominado “Ampliación de centro escolar”, a ejecutarse en la comunidad de Cantón Ixtalito del municipio de Nuevo Progreso del departamento de San Marcos, de fecha siete de mayo de dos mil doce, con sus respectivas fianzas de cumplimiento de contrato y de anticipo. (Folio 476) 1.13 Resolución de aprobación de las cláusulas del Contrato Administrativo de Obra guión cero cero tres guión dos mil doce (CAO-003-2012), proyecto número cuarenta y siete guión cero guión dos mil doce u (47-0-2012), deñominación “Ampliación de Centro Escolar", ubicación: Comunidad de Cantón Ixtalito del municipio de Nuevo Progreso del departamento de San Marcos, monto: Q.1,235,490.00, Ejecutor: Covire, Sociedad Anónima. (Folio 477)

2. CONSIDERACIONES LEGALES: 2.1 Normas Constitucionales 2.1.1 La Constitución Política de la República de Guatemala, establece: hará los Artículo 193. Ministerios. Para el despacho de los negocios del Organismo Ejecutivo, e.

2.1 Normas Constitucionales 2.1.1 La Constitución Política de la República de Guatemala, establece: hará los Artículo 193. Ministerios. Para el despacho de los negocios del Organismo Ejecutivo, e. ministerios que la ley establezca, con las atribuciones y la competencia que la misma les señal Artículo 194. Funciones del ministro. Cada Ministerio estará a cargo de un ministro de Estado, quien = - C F > E 8 tendrá las siguientes funciones: a, Ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio; eu =$ b b...; £... Dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar tódos los negocios relacionados con su ministerio... |. ¡ = SE S Velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los =8 fondos públicos en los negocios confiados a su cargo. = e EXE E 2.2 Normas ordinarias específicas al caso concreto Ses SEE = “E 2 2.2.1 Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo 3 SE Ejecutivo Artículo 27. Atribuciones Generales de los Ministros. a) Cumplir y hacer que se cumpla el petencia. m) Dictar los acuerdos, ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su com) resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, | conforme la ley. Ira. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PRE: 2300-5400 [y] mides gr LoR Ro

P GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

.. GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Ira. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PRE: 2300-5400 [y] mides gr LoR Ro P GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE .. GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Artículo 31 Bis. Ministerio de Desarrollo Social. Al Ministerio de Desarrollo Social, como ente rector, le corresponde diseñar, regular y ejecutar las políticas públicas orientadas a mejorar el nivel de bienestar de los individuos o grupos sociales en situación de pobreza y pobreza extrema, de manera ámbito no cubierto por políticas públicas sectoriales y garantizar el derecho humano de ¡a población vulnerable para mejorar sus condiciones de vida, asegurando la participación de estos en el desarrollo 2.2.2 Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado Artículo 1. Objeto de la ley y ámbito de aplicación. Esta Ley tiene por objeto normar las compras, ventas, contrataciones, arrendamientos o cualquier olra modalidad de adquisición pública, que realicen: a) Los Organismos del Estado; ' Las entidades anteriores se sujetan a la presente Ley, su reglamento y a los procedimientos establecidos por la Dirección General de Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, dentro del ámbito de su competencia, en lo relativo al uso de fondos públicos, El reglamento establecerá los procedimientos aplicables para el caso de las entidades incluidas en las literales d), e) yO. contradigan las políticas y procedimientos de adquisiciones establecidos por los entes financieros o donantes. Si dichos entes financieros o donantes no tienen regulación establecida para tal fin, se aplicará lo establecido en La presente Ley. |

ESIONAL

Y

15 BARILLAS

GUZMÁN

ESORIA

JURÍDICA

SARROLLO

SOCIAL

|

ESIONAL

Y

15 BARILLAS

GUZMÁN

ESORIA

JURÍDICA

SARROLLO SOCIAL > = 5 £ o w o g o 2 E g g o 2 3 o 3 g = = g g 8 g 2 g 2 S g a 2 m & & o = g 3 N DE ASI 22004 CLAUDIA por ECCIÓ Contratante debe asegurar las asignaciones presupuestarias correspondientes (...) 1908 2 da 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 e BA mides y o ónGOBIBRNO DB LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DE ASI RIO DE DE! Le 2 = = [vu] miles gi Artículo 9. Autoridades competentes. Para efectos de aplicación de la presente Ley, se entenderán por autoridades superiores las siguientes: 4) PARA EL ORGANISMO EJECUTIVO: 4.2 Para los Ministerios y Secretarías de la Presidencia de la República: a) Cuando el monto no exceda de novecientos mil Quetzales (Q.900,000.00), el funcionario o funcionarios designados por el Ministro o Secretario, según corresponda, como autoridad administrativa superior, en forma permanente y por plazo indefinido, según la estructura orgánica del Ministerio o Secretaria y sus dependencias, incluyendo unidades ejecutoras o entidades adscritas a las mismas.

b) Cuando el monto exceda de novecientos mil Quetzales (Q.900,000.00), el Ministro del ramo o el Secretario correspondiente, en calidad de autoridad superior. Artículo 47, Suscripción del contrato, Los contratos que se celebren en aplicación de la presente ley, serán suscritos dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de la adjudicación definitiva en representación del Estado cuando las negociaciones sean para las dependencias sin personalidad Jurídica por el respectivo ministro del ramo. Dicho funcionario podrá delegar la celebración de tales contratos, en cada caso, en los viceministros, directores generales o directores de unidades ejecutoras, Artículo 49, De la forma del contrato. Los contratos deberán faccionarse en papel membretado de la dependencia interesada o en Papel simple con el sello de la misma, Cuando tengan que inscribirse o anotarse en los registros, deberán constar en Escritura Pública, autorizada por el Escribano de Gobierno. Sin embargo, el contrato podrá autorizarlo otro notario, siempre que los honorarios profesionales que se causen no sean pagados por el Estado. Artículo 65. De cumplimiento. Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el contrato, el contratista deberá prestar fianza, depósito en efectivo o constituir hipoteca en los porcentajes y condiciones que señale el reglamento. Para el caso de obras, además esta garantía cubrirá las fallas o desperfectos que aparecieren durante la ejecución del contrato, antes de que se constituya la garantía de conservación, Disposiciones Reglamentarias Acuerdo Gubernativo No, 87-2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social, de fecha 30 de abril de 2012,

Disposiciones Reglamentarias Acuerdo Gubernativo No, 87-2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social, de fecha 30 de abril de 2012, Artículo 7. Despacho Ministerial. El Ministro de Desarrollo Social es el titular y la máxima autoridad del Ministerio. Le corresponde ejercer la dirección y conducción técnica y administrativa de las políticas de su ramo a nivel nacional. b) Cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en materia de desarrolló social; i) Dirigir, tramitar y resolver los asuntos relacionados con el Despacho Ministerial. .. 5 “Q Pégina e % 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA, PBX: 2300-3400> GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DB GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL 2.3.2 Acuerdo Gubernativo No. 129.2013 de fecha 7 de marzo de 2013, del Presidente de la República 0 DE DE; SNISTERA Artículo 1. Creación del Fondo. Se crea el Fondo Social denominado "Fondo de Desarrollo Social" adscrito al Ministerio de Desarrollo Social, con el objeto de administrar los bienes, derechos y obligaciones que le sean trasladados por el FONDO NACIONAL PARA LA PAZ -FONAPAZy su unidad ejecutora de proyectos en liquidación, y el cumplimiento de sus fines. Asimismo, la ejecución de programas y proyectos relacionados con el desarrollo social.

Artículo 8. Creación de la Unidad Ejecutora, El Ministerio de Desarrollo Social, creará la Unidad Ejecutora del Fondo de Desarrollo Social, por medio del Acuerdo Ministerial correspondiente, La Unidad Ejecutora será responsable de la gestión financiera del presupuesto, de la contabilidad integrada y de tesorería, así como de la rendición de cuentas de los recursos públicos que se ejecuten a través del Fideicomiso “Fondo de Desarrollo Social",

2.3.3 Acuerdo Gubernativo No, 122-2016, del Presidente de la República, de fecha 15 de Junio de 2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Artículo 42. Suscripción y Aprobación de los Contratos, La suscripción del contrato deberá hacerla el funcionario de grado jerárquico inferior al de la autoridad que lo aprobará, Tales instrumentos deberán ser suscritos preferentemente en los organismos y entidades interesadas. Previo a la aprobación del contrato deberá constituirse la garantia de cumplimiento correspondiente, El contrato deberá ser aprobado en todos los casos, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la presentación por parte del contratista de la garantia del cumplimiento a que se refiere el artículo 65 de la Ley. En caso se hubiese pactado la entrega de un anticipo el contrato deberá especificar el monto pactado y las condiciones aplicables al mismo en concordancia con la Ley y este Reglamento, Para el caso de los sujetos regulados en las literales d), e) y 1) del artículo 1 de la Ley, suscribirá el contrato la persona que ocupe el puesto jerárquico inferior a aquel que conforme la estructura interna ocupe el puesto de autoridad superior, este último lo aprobará. Para los efectos de la aprobación del contrato y la aplicación del párrafo tercero del articulo 47 de la Ley, en las dependencias y entidades de la Presidencia de la República, la autoridad administrativa superior es el Secretario General.

Artículo 59. Autenticidad de las Fianzas. Para efectos de lo regulado en el artículo 69 de la Ley, la autenticidad de las fianzas se verificará mediante la certificación de autenticidad que emita la entidad afiahzadora, misma que deberá añexarse a la póliza respectiva, en donde se hará constar que la fianza ha sido emitida en cumplimiento de la Ley que rige la emisión de fianzas y que el firmante de la póliza posee las facultades y competencias respectivas. Los funcionarios o empleados públicos que tengan conocimiento de indicios de falsificación de fianzas están obligados a presentar la denuncia ante las autoridades competentes, 234 Acuerdo Ministerial número 236-2013 de fecha 13 de Junio de 2013 del Ministerio de Desarrollo EE mides 2 Social Artículo 1. Creación. Se crea la Unidad Ejecutora del Fondo de Desarrollo Social, como Unidad Página Pue ag =2 3ra. Aventda 6-44 zona 1, Guatemala C.A, PBX: 2300-5400 % L= Especial de Ejecución adscrita al Ministerio de Desarrollo Social, la que se denominará Fondo de NDA 00 0, 2 e EN EZ ; o1 +. 3

E GOBIBRNO DE LA REPÚBLICA DE

TE |

GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

235 O 3 3.1 e . 32 Ed mides et Desarrollo Social, que podrá abreviarse -FODES-.

TE |

GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

235 O 3 3.1 e . 32 Ed mides et Desarrollo Social, que podrá abreviarse -FODES-. Artículo 8, Responsabilidad, La Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora del Fondo de Desarrollo Social será responsable directamente ante los entes fiscalizadores internos y externos por las operaciones presupuestarias, contables y financieras que realicen, por lo que se deberá garantizar que se cumpla con una efectiva y oportuna rendición de cuentas. Acuerdo Ministerial DS-48-2015 de fecha 23 de abril de 2015 del Ministerio de Desarrollo Social. Articulo 6. Dirección Ejecutiva, La Dirección Ejecutiva del Fondo de Desarrollo Social, es el órgano de dirección y coordinación, responsable

Consultar sobre este documento ...