Acuerdo Ministerial 4255-2012
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 4255-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
MINISTERIO DE EDUCACION Pág, 1 de 3
Guatemala, C. A.
ACUERDO MINISTERIAL No. 4255-2012
Guatemala, 17 de diciembre de 2012 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del sistema educativo nacional.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben
presentar su solicitud con el objeto de impartir la carrera de Maestro de Educación PrePrimaria, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal c) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo
Gubernativo No. 165-96.
ACUERDA: Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 2013-2015, 2014-2016, 2015-2017, 2016-2018 y 2017-2019, al Instituto Normal Mixto del Norte “Emilio Rosales Ponce” del municipio de Cobán departamento de Alta Verapaz para impartir la
carrera de Maestro de Educación Pre-Primaria, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada vespertina. b) Períodos de clase: La carrera de Maestro de Educación Pre-Primaria, se desarrollará secuencialmente, para cuarto grado en treinta y cuatro (34), quinto grado en treinta y ocho (38) y sexto grado en treinta y dos (32) períodos e semanales. SA c) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos. eMINISTERIO DE EDUCACION Pág. 2 de 3 Guatemala, C. A. ea d) Plan de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Maestro de Educación Pre-Primaria. Plan de Estudios para Maestros de Educación Pre-Primaria Cuarto Grado Área Períodos Literatura Hispanoamericana Lenguaje Infantil Estudios Socioeconómicos de Centro América Psicobiología Pedagogía General
Plan de Estudios para Maestros de Educación Pre-Primaria Cuarto Grado Área Períodos Literatura Hispanoamericana Lenguaje Infantil Estudios Socioeconómicos de Centro América Psicobiología Pedagogía General Didáctica General Historia de la Educación Educación Estética a) Formación Musical 3 b) Iniciación a la Danza Infantil y Rondas Total 34 Quinto Grado Área Períodos Pre-lectura y Lectura Inicial Legislación y Administración Escolar Psicología y Psicopatología del Niño Estadística Aplicada a la Educación Didáctica de la Educación Parvularia Moral y Ética Profesional Elaboración de Material Didáctico Manualidades Infantiles Educación Estética II a) Formación Musical b) Artes Plásticas Evaluación Escolar Total Sexto Grado Area Períodos Literatura Infantil y Prácticas Escénicas 3 Introducción a la Filosofía 5 Puericultura y Medicina de Urgencia 3 4 2 Seminario Sobre Aspectos de la Educación Nacional Juegos Educativos y Rondas Educación Estética III a) Formación Musical b) Teatro Infantil 7. | Práctica Docente (1 semestre para alumnas) Total Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Plan de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz
corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Plan de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz autorizará las siguientes cohortes a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. urMINISTERIO DE EDUCACION Pág. 3de 3 Guatemala, C. A. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz, supervisará la ejecución de las acciones del Instituto Normal Mixto del Norte “Emilio Rosales Ponce” para el aseguramiento de la calidad educativa. Artículo 5. Título acreditado. Cumplido a satisfacción el plan de estudios establecidos para la carrera autorizada, se extenderá a los estudiantes el título correspondiente. Artículo 6. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 7. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.