Acuerdo Ministerial 4258-2012
Ministerio de Educación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 4258-2012
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
Pág. 13
MINISTERIO DE EDUCACION
Guatemala, C. A.
ACUERDO MINISTERIAL No. 4258-2012
Guatemala, 17 de diciembre de 2012 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del sistema educativo nacional.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben
presentar su solicitud con el objeto de impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.
CONSIDERANDO: Que en virtud que el Instituto Normal Preprimaria Bilingüe Adscrito al Instituto
correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.
CONSIDERANDO: Que en virtud que el Instituto Normal Preprimaria Bilingüe Adscrito al Instituto Normal Mixto del Norte “Emilio Rosales Ponce”, presentó su solicitud para impartir la
carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, contando con el dictamen técnico favorable A.C. No. 42-2012 de fecha siete de diciembre de dos mil doce, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz, es procedente la autorización de la referida carrera.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, 33 literal c) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo
Gubernativo No. 165-96.
ACUERDA: Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 2013-2015, 2014-2016, 2015-2017, 2016-2018 y 2017-2019, al Instituto Normal Preprimaria Bilingiie Adscrito al Instituto Normal Mixto del Norte “Emilio Rosales Ponce” del municipio de Cobán
del departamento de Alta Verapaz para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural, bajo las siguientes estipulaciones:Guatemala, C. A. MINISTERIO DE EDUCACION Pág. 2/3 a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada vespertina. b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educ:
MINISTERIO DE EDUCACION Pág. 2/3 a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada vespertina. b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educ: Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, en treinta y cinco (35) períodos semanales. ación Infantil Bilingue quinto y sexto grados c) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos. d) Pensum de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural. Infantil Bilingúe Intercultural Cuarto Grado No. Asignatura Períodos
Historia: Guatemala, Mesoamérica y Universal
Matemáticas Física Fundamental Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno 1(L1) Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma | (L2) Expresión Artística y Corporal |: Danza, Teatro y su didáctica Psicopedagogía y Didáctica Generales Educación Bilingüe Intercultural Informática Aplicada a la Educación Práctica Docente: Observación de educación formal y no formal Quinto Grado Asignatura Períodos Seminario sobre Problemas de Educación Medio Social y Natural | y su didáctica Estadística Aplicada a la Educación Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno 11 (L1) Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma 11 (L2) Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica Psicopedagogía Infantil Didáctica de las Matemáticas
Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma 11 (L2) Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica
Psicopedagogía Infantil Didáctica de las Matemáticas Planificación y Evaluación 10 Práctica Docente: Observación y participación Pensum de Estudios que se aplicará en la Carrera de Magisterio de EducaciónPág. 3/3
"MINISTERIO DE EDUCACION
Guatemala, C. A. Sexto Grado No. Asignatura Períodos 1 Realidad Social Cultural: Cultura, Identidad y 3 Derechos Humanos 2 | Medio Social y Natural Il y su didáctica 3 3 Química 4 4 | Didáctica del Idioma Materno (L1) 4 5 | Didáctica del Segundo Idioma (L2) 4 6 | Literatura Universal 3 7 | Literatura Maya, Ladina, Xinka y Garífuna 3 8 | Expresión Artística y Corporal 111: Artes Plásticas, 3 Artes de las Culturas de Guatemala y su didáctica 9 | Enfoques Pedagógicos: Educación para la 3 democracia y en valores 10 | Práctica Docente 5 35 Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Pensum de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz autorizará las siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos.
Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz autorizará las siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Alta Verapaz, supervisará la ejecución de las acciones del Instituto Normal Preprimaria Bilingüe Adscrito al Instituto Normal Mixto del Norte “Emilio Rosales Ponce” para el aseguramiento de la calidad educativa. Artículo 5. Título acreditado. Cumplidos a satisfacción la estructura y plan de estudios establecidos para la carrera autorizada, se extenderá a los estudiantes el título correspondiente. Artículo 6. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 7. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.
CINTHYA
Vamna.c DE En, (e}
LOS VICEMINISTROS DE EDUCACIONZO PE En
EA