🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Acuerdo Ministerial 46-2016

Ministerio de Desarrollo Social

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 46-2016
Autor
Ministerio de Desarrollo Social
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2016

GOBIERNO DE LA anpÚBLICA DE e

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DS-46-2016

Guatemala 14 de septiembre de 2016 EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es función de los Ministros, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio, velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad. administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo. CONSIDERANDO Que la ley del Organismo Ejecutivo crea el Ministerio de Desarrollo Social, como el ente rector del diseño, regulación y ejecución de las políticas públicas, orientadas a mejorar el nivel de bienestar de los individuos y grupos sociales en situaciones de pobreza y pobreza extrema, de manera que los dote de capacidades y oportunidades para. mejorar sus ‘condiciones de vida, con respeto a los derechos humanos y Constitucionales. CONSIDERANDO Que con fecha veintiséis de febrero de dos mil dieciséis, se emitió el Acuerdo Ministerial DS-12-2016, en el cual, entre otras disposiciones, se reestructura la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social del Ministerio de Desarrollo Social, por las causas indicadas en el referido Acuerdo, tomando como base los dictámenes y opiniones técnicos, financieros y jurídicos respectivos. CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo Ministerial DS-15-2016 de fecha dieciocho de marzo del año

tomando como base los dictámenes y opiniones técnicos, financieros y jurídicos respectivos. CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo Ministerial DS-15-2016 de fecha dieciocho de marzo del año dos mil dieciséis, se reformó el Acuerdo Ministerial DS-12-2016, en el sentido que se adiciona el artículo 7 BIS, por medio del cual se mantiene la vigencia administrativa de la Subdirección Departamental (22) de la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social por un plazo de seis meses a partir de la fecha de emisión del mismo. CONSIDERANDO Que atraves de Oficio número DCO 580-2016/jp de fecha diecinueve de agosto del año dos mil dieciséis, el Director de Coordinación y Organización con visto bueno del teoViceministro de Protección Social, ambos de este Ministerio, somete a consideración el Ministro de Desarrollo Social, prorrogar la vigencia de la estructura “Sub 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 230 www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE — GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Departamental (22)", para lo cual se hizo el respectivo análisis, concluyendo que con lo normado se ha obtenido resultados favorable y que la continuidad del mismo se hace necesario para la efectiva ejecución de los programas sociales encaminados dentro del Ministerio de Desarrollo Social. CONSIDERANDO Que la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Social por medio de Dictamen número DAJ-293-2016/RERB/migt, de fecha trece de septiembre del año dos mil dieciséis, emite dictamen favorable, el que copiado textualmente en su parte

Dictamen número DAJ-293-2016/RERB/migt, de fecha trece de septiembre del año dos mil dieciséis, emite dictamen favorable, el que copiado textualmente en su parte conducente indica: “... Que es PROCEDENTE la prórroga por el plazo de seis meses, computados a partir del 17 de septiembre de 2016, la entrada en vigencia de la nueva estructura de la Sub Dirección Departamental (22), contenido en el Acuerdo Ministerial DS-12-2016, y la cual modifica el Reglamento Interno del Ministerio de Desarrollo Social (Acuerdo Ministerial DS-07-2012), y cuya entrada en vigencia fue suspendida temporalmente por el plazo de seis meses, por el Acuerdo Ministerial DS-15-2016 ...”, POR TANTO En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y b) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales f) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; i. y j. del Acuerdo Gubernativo número 87-2012, del Presidente de la República, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social. ACUERDA Artículo 1. Se reforma el Acuerdo Ministerial DS-12-2016 de fecha veintiséis de febrero del año dos mil dieciséis, en el sentido de reformar el artículo 7BIS., quedando este de la siguiente manera: “Artículo 7 BIS. Transitorio. Se prorroga hasta el diecisiete de marzo del año dos mil diecisiete, la entrada en vigendia de la nueva estructura de la Sub Dirección Departamental (22) de la Dirección de Coordinación Y organización -DCOcreada

“Artículo 7 BIS. Transitorio. Se prorroga hasta el diecisiete de marzo del año dos mil diecisiete, la entrada en vigendia de la nueva estructura de la Sub Dirección Departamental (22) de la Dirección de Coordinación Y organización -DCOcreada mediante Acuerdo Ministerial número DS-12-2016 de fecha veintiséis de febrero del año dos mil dieciséis, con el objeto de continuar con la realización de las acciones administrativas y financieras ya encaminadas y que se requieren para concluir con la transición correspondiente.” Artículo 2. Se instruye al Viceministro de Protección Social para que vele por el efectivo cumplimiento de las disposiciones y la agilización del proceso de transición a 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2 wwwamides.gobgt _————__i Tu == GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Artículo 2, Vigencia. El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia el mismo día de su emisión.

COMUNÍQUESE

J MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL e i . Avenida 6-44 zona 1, Gua A PBI: 23 RE mides a 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300. 5400 www.mides.gob.gt — e EPspz a

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL El mides gr

B EEE -SECRETARIA GENERALMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN En la ciudad de Guatemata, siendo las a horas, con Sa minutos,

El mides gr B EEE -SECRETARIA GENERALMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN En la ciudad de Guatemata, siendo las a horas, con Sa minutos, del da 272 de le, Ly de dos mil dieciséis, constituido en las Oficinas Centrales del Viceministerio de Protección Social del Ministerio de Desarrollo Social, ubicadas en Avenida del Ferrocarril dos guion sesenta y siete zona trece (2-67, Zona 13) del municipio de Guatemala departamento de Guatemala, Notifico a:_ he | ] fotocopia simple del Acuerdo Ministerial número DS-46-2016, de fecha 14 de septiembre de 2016, el cual consta de tres folios, dictado por el Señor Ministro de Desarrollo Social, por las razones descritas en el mismo, quien recibe de conformidad y de enterado SI__X__NO____ firma.

Observaciones: 3ra, Avenida 6-44 zona 1, Guatemala GA. PBX: 2300-5400

www.mides.gob.gtDICTAMEN No, DAJ-293-2016/RERB/migt

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

| GUATEMALA UNISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SEC Ro ENBRA DICTAMEN No. DAJ-293-2016/RERBAMELÑO Sapa [e Mens DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL: Guatemala, trece de Septiembre de dos mil dieciséis. E . 18 SEP 2016 Mediante Providencia DSNo. 0274-2016/JGMC/amrr Expediente No. 06834

Guatemala, trece de Septiembre de dos mil dieciséis. E . 18 SEP 2016 Mediante Providencia DSNo. 0274-2016/JGMC/amrr Expediente No. 06834 de fecha seis de Septiembre El Despacho Superior del Ministerio de Desarrollo . Social, requiere Dictamen Jurfdico, con relacién al requerimiento realizado por (> J la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social, sobre prorrogar la entrada en vigencia de la nueva estructura de la Sub Dirección Departamental (22), creada por el Acuerdo Ministerial DS-12-2016, y la cual modifica el Reglamento Interno del Ministerio de Desarrollo Social (Acuerdo Ministerial DS-07-2012), y cuya entrada en vigencia fue suspendida temporalmente por el plazo do sois meses, por el Acuerdo Ministerial DS-152016, en tanto se llevaban a cabo las gestiones administrativas y ASUNTO: = presupuestarias para la transición correspondiente, de forma que no se <> interrumpa la atención a los programas sociales. eS TE 22 Esta Dirección de Asesoría Jurídica, procede a realizar el análisis jurídico de las presentes ES actuaciones, por lo que, para los efectos correspondientes, emite dictamen en los términos N e siguientes: tp sE 2 = 2 =

1. ANTECEDENTES: 1.1. Oficio DCO 580-2016/jp de fecha 19 de agosto de 2016, La Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social, con el visto buéno del Viceministro de Protección Social, remite al señor Ministro en el que considera que en este momento no se dan las condiciones para que la nueva estructura administrativa Sub Dirección

Organización del Viceministerio de Protección Social, con el visto buéno del Viceministro de Protección Social, remite al señor Ministro en el que considera que en este momento no se dan las condiciones para que la nueva estructura administrativa Sub Dirección Departamental (22) entre en vigencia, al considerar que la misma afectaría las posibilidades de atender los programas sociales, así como la propia ejecución del presupuesto del Ministerio. (Se adjunta análisis de la Estructura Orgánica de la Dirección de Coordinación y Organización de la Dirección de Coordinación y Organización. del Vice Ministerio de Protección Social, firmada por el Delegado Regional Social de la Dirección de Coordinación y Organización con el visto bueno del Director de Coodinacióny Organización y el Viceministro de Protección Social, el cual consta de 20 folios) 1.2. Providencia DS. No. 0274-2016//GMC/amrr de fecha 6 de septiembre de 2016. Expediente No. 06834, El Despacho Superior del Ministerio de Desarrollo Social reg esta Dirección Jurídico se emita Dictamen Jurídico, con relación al requerimiento reali 0-5400 , 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala G A. PBX: 2 EA mides gt EE asidos Camirmala www.mides gob.gtGORIERNO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA

DICTAMEN No. DAJ-293-2016/RERB/migt

UNISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

EE asidos Camirmala www.mides gob.gtGORIERNO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA

DICTAMEN No. DAJ-293-2016/RERB/migt UNISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL por la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social, sobre prorrogar la entrada en vigencia de la nueva estructura de la Sub Dirección Departamental (22), creada por el Acuerdo Ministerial DS-12-2016, y la cual modifica el Reglamento interno del Ministerio de Desarrollo Social (Acuerdo Ministerial DS-07-2012), y cuya entrada en vigencia fue suspendida temporalmente por el plazo de seis meses, por el Acuerdo Ministerial DS-15-2016. EEN mides a BE ASiine Mustela © wwwmides.gob gt

2. FUNDAMENTO LEGAL: .

2.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA.

Artículo 193. Ministerios. Para el despacho de los negocios del Organismo Ejecutivo, habrá los ministerios que la ley establezca, con las atribuciones y la competencia que la misma les señale, “Artículo 194. Funciones del ministro. Cada ministerio estará a cargo de un ministro de Estado, quien tendrá las siguientes funciones:...” 2.2 LEY DEL ORGANISMO EJECUTIVO. DECRETO NÚMERO 114-97 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA ARTICULO 27. ATRIBUCIONES GENERALES DE LOS MINISTROS. Además de las que asigna la Constitución Política de la República y otras leyes, los Ministros tienen las siguientes atribuciones: f) Dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, así como la administración de los recursos financieros, humanos y físicos bajo

asigna la Constitución Política de la República y otras leyes, los Ministros tienen las siguientes atribuciones: f) Dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, así como la administración de los recursos financieros, humanos y físicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y la eficacia en el empleo de los mismos. 2.3 ACUERDO GUBERNATIVO No. 87-2012, REGLAMENTO ORGÁNICO INTERNO DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, DE FECHA 30 DE ABRIL DE 2012. ARTICULO 7. Despacho Ministerial. El Ministro de Desarrollo Social es el titular y la máxima autoridad del Ministerio. Le corresponde ejercer la dirección y conducción técnica y administrativa de las políticas de su ramo a nivel nacional. Además de las disposiciones contenidas en la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley del Organismo Ejecutivo y sus reformas, tiene las siguientes atribuciones:... h. Aprobar manuales administrativos, de procedimientos y emitir las normas Internas que viabilicen el funcionamiento institucional.-i. Dirigir, tramitar y resolver los asuntos relacionados con el Despacho Ministerial. j. Dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con los asuntos de desarrollo social, conforme la ley. k. Crear, suprimir o fusionar las unidades administrativas del Ministerio, que le permitan’ alcanzar los objetivos institucionales. 1. Asignar funciones temporales o permanentes, a empleados, trabajadores y funcionarios públicos del Ministerio. s Do o dt Le Zz 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400GOBIERNO DE LA REFUBLICA DE

funcionarios públicos del Ministerio. s Do o dt Le Zz 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400GOBIERNO DE LA REFUBLICA DE DICTAMEN No, DAJ-293-2016/RERB/migt GUATEMALA UNISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL 2.4. ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 07-2012, DE FECHA 07 DE MAYO DE 2012, DEL

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Artículo 1. OBJETIVO. El presente Acuerdo tiene como fin principal aprobar la estructura interna del Ministerio de Desarrollo Social, con la finalidad de que las unidades administrativas que integran el Ministerio referido desarrollen sus funciones acordemente al EE mides a EE Mile Grratemvala + www.mides.gob.gt nivel jerárquico que ostentan. 2.5. ACUERDO MINISTERIAL NUMERO DS-12-2016 DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2016. ARTICULO 2. REFORMAR: El título previo al artículo veintiséis (26) del Acuerdo Ministerial siete guión dos mil doce (07-2012) del Ministerio de Desarrollo Social, de fecha siete (7) de mayo de dos mil doce (2012), el que queda de la siguiente forma: "Integración de la Dirección de Coordinación y Organización . El artículo veintiséis (26) del Acuerdo Ministerial siete guión dos mil doce (07-2012) del Ministerio de Desarrollo Social, de fecha siete (7) de mayo de dos mil'doce (2012), quedando de la siguiente forma:

INTEGRACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN Y ORGANIZACIÓN,

Ministerio de Desarrollo Social, de fecha siete (7) de mayo de dos mil'doce (2012), quedando de la siguiente forma: INTEGRACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN Y ORGANIZACIÓN, REGIONES (6) y MICRORREGIONES (76). La Dirección de Coordinación y Organización, para la atención de los programas sociales, se organizará en setenta y seis (76) microrregiones definidas según las necesidades del Ministerio de Desarrollo Social, las que serán a su vez integradas en seis (6) regiones, conforme la siguiente distribución departamental: Región 1: Petén y Alta Verapaz; Región 2 San Marcos, Quetzaltenango, Sololá y Totonicapán; Región 3 Retalhuleu, Suchitepéquez, Escuintla y Santa Rosa; Región 4: Quiche y Huehuetenango; Región 5 Izabal, Zacapa, Chiquimula, Jalapa y Jutiapa; y Región 6: Baja Verapaz, El Progreso, Guatemala, Sacatepéquez y Chimaltenango. Las funciones de la Dirección de Coordinación y Organización, son las siguientes: ESARR, JURO 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400GOBIE!

DICTAMEN No. DAJ-293-2016/RERB/migt

NNO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMATA

TUNISTERIO

a. Ejecutar la política, planes y programas sociales en las localidades en donde intervienen. b. Coordinar los mecanismos necesarios para promover la generación de redes sociales a fin de coordinar los esfuerzos de todas las organizaciones, sectores y ciudadanía en general, para constituirse en motores de su propio desarrollo y él de la comunidad favoreciendo la

b. Coordinar los mecanismos necesarios para promover la generación de redes sociales a fin de coordinar los esfuerzos de todas las organizaciones, sectores y ciudadanía en general, para constituirse en motores de su propio desarrollo y él de la comunidad favoreciendo la EX mides gt BES taifa Mina solución de sus problemas. c. Liderar y coordinar a los equipos de desarrollo social, hacia el logro de los objetivos nacionales. d. Facilitar el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos que requieren la : participación intergubernamental en materia de desarrollo social. e. Promover la participación de la sociedad en la formulación, implementación, monitoreo y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos de desarrolló social. f. Construir relaciones y alianzas estratégicas, que permitan lograr los resultados esperados. g. Coordinar los trabajos de censos departamentales y municipales con relación a los programas sociales. h. Coordinar los talleres y capacitaciones en torno al desarrollo social.

  1. Todas aquellas que le sean asignadas por las autoridades superiores.

Los supervisores de cada región, serán responsables por los correspondientes supervisores departamentales, quienes a su vez serán responsables de los coordinadores de las sedes micro regionales ubicadas en su respectivo departamento. 2.6. ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DS-15-2016 DE FECHA 18 DE MARZO DE 2016

DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Artículo 1. Se reforma el Acuerdo Ministerial número DS-12-2016 de fecha veintiséis de febrero de dos mil dieciséis, en el sentido de agregar al mismo, un nuevo artículo 7 BIS, el cual queda de la siguiente manera:

Artículo 1. Se reforma el Acuerdo Ministerial número DS-12-2016 de fecha veintiséis de febrero de dos mil dieciséis, en el sentido de agregar al mismo, un nuevo artículo 7 BIS, el cual queda de la siguiente manera: “Artículo 7 BIS. Transitorio. Por.un plazo de seis meses, computado a partir de la entrada 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gt sinmalaDICTAMEN No. DAJ-293-2016/RERB/migt

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA TINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL A actual de la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social a la nueva estructura administrativa creada por el presente Acuerdo Ministerial, se mantendrá la vigencia administrativa de la “Subdirección Departamental (22)" de la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social, a efecto de poder realizar las contrataciones temporales que se requiera con cargo al renglón presupuestario utilizar en. su momento las disponibilidades presupuestarias que se asignen a otras estructuras administrativas del Ministerio de Desarrollo Social, ”

3. ANÁLISIS: Del Estudio jurídico de la solicitud formulada. por el Ministro de Desarrollo Social -MIDESen el que solicita se Dictamine con relación al requerimiento realizado por la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social, sobre prorrogar la entrada en vigencia de la nueva estructura de la Sub Dirección Departamental (22), creada por el Acuerdo Ministerial DS-12-2016, y la cual modifica el Reglamento Interno

prorrogar la entrada en vigencia de la nueva estructura de la Sub Dirección Departamental (22), creada por el Acuerdo Ministerial DS-12-2016, y la cual modifica el Reglamento Interno del Ministerio de Desarrollo Social (Acuerdo Ministerial DS-07-2012). Por lo que esta Dirección de Ascsoría Jurídica considera lo siguiente:

ASESORA

JURÍD TA

TINISTERIO

DE

DESARROLLO

SOCIAL

Licda. He 3.1. Se observa que las consideraciones realizadas por el Director de Coordinación y Organización con el Visto Bueno del Viceministro de Protección Social en oficio DCO 5802016/jp al Despacho Superior, sobre la motivación de la prórroga de la suspensión de la temporalidad de entrada en vigencia de la nueva estructura de la Sub Dirección Departamental (22), creada por el Acuerdo Ministerial DS-12-2016, y la cual modifica el Reglamento Interno del Ministerio de Desarrollo Social (Acuerdo Ministerial DS-07-2012), y cuya entrada en vigencia fue suspendida temporalmente por el plazo de seis meses, por el va Acuerdo Ministerial DS-15-2016, en tanto se llevaban a cabo las gestiones administrativas y L > presupuestarias para la transición correspondiente, de forma que no se interrumpa la atención a los programas sociales. Son las mismas que motivaron la prorroga inicial, sin que haya existido todavía un avance real sobre las gestiones administrativas ante la Oficina Nacional de Servicio Civil, y sobre las modificaciones presupuestarias correspondientes, a efecto de poder financiar las plazas de la nueva estructura con ef financiamiento asignado originalmente a la estructura vigente. 3.2. Se observa que ante la situación anterior, y por la amenaza de que la entrada en

efecto de poder financiar las plazas de la nueva estructura con ef financiamiento asignado originalmente a la estructura vigente. 3.2. Se observa que ante la situación anterior, y por la amenaza de que la entrada en vigencia de la nueva estructura administrativa, pueda en forma provocar una crisis institucional, derivada de: a) una crisis de recursos humanos, por la necesidad de rescindir contratos administrativos de la estructura vigente, que deja de tener vigencia; b) una crisis presupuestaria, por la imposibilidad de poder contar con las partidas correspondientes para incluir al personal de la nueva estructura en el gasto corriente, ello por la falta de autorización administrativa correspondiente de la Oficina Nacional del Servicio Civil; y c) una crisi ejecución, por la parálisis de la Dirección de Coordinación y Organización, que no per . Sra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 El mides gt EEE Mictoo Caatemala www.mides.gob.glDICTAMEN No. DAJ-293-2016/RERB/migt GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA UNISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL oportunamente la medición de corresponsabilidades que permitan la ejecución eficaz de los programas sociales, 3.3. Por lo anterior, esta Asesoría Jurídica comparte el criterio de [a recomendación realizada por la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social, en que se recomienda una prórroga por un a plazo de seis meses, a a efecto de que pueda concluirse con las gestiones administrativas y presupuestarias necesarias que permitan el funcionamiento de la nueva estructura administrativa.

O 4. DICTAMEN:

que se recomienda una prórroga por un a plazo de seis meses, a a efecto de que pueda concluirse con las gestiones administrativas y presupuestarias necesarias que permitan el funcionamiento de la nueva estructura administrativa. O 4. DICTAMEN: Esta Dirección de Asesoría Jurídica, luego del análisis de la documentación acompañada, y de las normas legales aplicables, considera: 4.1. Que es PROCEDENTE la prórroga por el plazo de seis meses, computados a partir del 17 de septiembre de 2016, la entrada en vigencia de la nueva estructura de la Sub Dirección Departamental (22), contenido en el Acuerdo Ministerial DS-12-2016, y la cual modifica ol Reglamento Interno del Ministerio de Desarrollo Social (Acuerdo Ministerial DS-07-2012), y cuya entrada en vigencia fue suspendida temporalmente por el plazo de seis meses, por el Acuerdo Ministerial DS-15-2016. 4.2. Pase a consideración y firma del Señor Ministro de Desarrollo Social, el proyecto de Acuerdo Ministerial, por medio del cual se prorroga la entrada en vigencia del Acuerdo Ministerial DS-7-2016,

5. TRÁMITE: Pase el presente expediente el cual consta de veinticuatro (24) folios más el Dictamen Jurídico y proyecto de Resolución Ministerial a la Secretaria General del Ministerio de Desarrollo Social, para su conocimiento y efectos consiguientes.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Vo. Bo. E 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 mides gt E E www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA NEFÓBLICA DE E

Ea MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

E E www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA NEFÓBLICA DE E

Ea MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DS-XX-2016

Guatemala, 17 de Septiembre de 2016. O 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA, PBX: 2300-5400 Es mides gt mo venidos ga ma EE Midos

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

CONSIDERANDO: Que la Constitucion Política de la República de Guatemala, establece que es función de los Ministros de Estado, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio; y que en el mismo sentido se pronuncia la Ley del Organismo Ejecutivo, al preceptuar que los Ministros tienen la atribución de dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, así como la administración de los recursos financieros, humanos y físicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y eficacia en el empleo de los mismos.

CONSIDERANDO: Que se estima conveniente prorrogar por un plazo de seis meses, computado a partir del diecisiete de septiembre de dos mil dieciséis, la entrada en vigencia del Acuerdo Ministerial DS-12-2016, de fecha 26 de febrero de 2016, a efecto de que puedan concluirse las gestiones administrativas y presupuestarias necesarias, a efecto de que pueda entrar en vigencia la nueva estructura administrativa de la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social, sin afectar la ejecución de los programas sociales.GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

POR TANTO:

Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social, sin afectar la ejecución de los programas sociales.GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos: 194 literales a y b de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales 1), m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley dei Organismo Ejecutivo y 7 literales i, j del Acuerdo Gubernativo Número 87-2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social.

ACUERDA: Artículo 1. SUSPENSIÓN DE ENTRADA EN VIGENCIA. Se suspende por un plazo de seis meses, computado a partir del diecisiete de septiembre de dos mil dieciséis, la entrada en vigencia del Acuerdo Ministerial DS-07-2016.

O Artículo 2. Vigencia. El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia inmediatamente.

COMUNIQUESE.

JOSE GUILLERMO MORENO CORDON.

MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL . 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 E mides gt . ) BEE Midos Guatemala www.mides.gob.gt. MINISTERIO DE DESARROLLO SUCIA: GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE - GUATEMALA 08 SEP” me MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ESORIA UR mona A & CA mue LOE PROVIDENCIA e aller teo ento DS. No.0274-2016/JGMC/amrr Expediente No. 06834

- GUATEMALA 08 SEP” me MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ESORIA UR mona A & CA mue LOE PROVIDENCIA e aller teo ento

DS. No.0274-2016/JGMC/amrr Expediente No. 06834 —SPACHO MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Guatemala seis de septiembre del año dos mil dieciséis. e —

ASUNTO: LIC. ROBIN ULISES VANEGAS VASQUEZ, DIRECTOR DE COORDINACION Y

ORGANIZACIÓN DEL VICEMINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL CON VISTO BUENO DEL LIC. ALDO FABRIZIO PAGURUT VEGA, MEDIANTE OFICIO DCO 580-2016/p DE FECHA 19 DE AGOSTO DE 2016, POR LAS RAZONES QUE EXPONE SOMETE A CONSIDERACIÓN LA PUESTA EN VIGENCIA O NO DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL VICEMINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL.——-——————— Con carácter de URGENTE, pase atentamente, al señor DIRECTOR DE ASESORÍA JURÍDICA, LIC. RONALDO RAMÍREZ BARRIOS, para su conocimiento y para que se sirva emitir dictamen Jurídico de acuerdo a los lineamientos establecidos en ley para el efecto, para la prosecución del trámite respectivo. José Guillermo Moreno Cordón Ministro de Desarrollo SocialAdjunto Expediente origina! que consta de 23 folios, como fuera recibido. Sra, Avenida 6-14 zona 1, Guatemala CA. PEX: 2400-5400 El mides grMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIA: EXPEDIENTE No. U5834 3 y o m: Guatemala, 19 de agosto de 2016

Sra, Avenida 6-14 zona 1, Guatemala CA. PEX: 2400-5400 El mides grMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIA: EXPEDIENTE No. U5834 3 y o m: Guatemala, 19 de agosto de 2016

OFICIO DCO 580-2016/jp

AER " SUP ZA"

HORA LO CO FRA: TADA

  • La Plus Respetable Señor Ministro.

Atentamente BE Mides Guatemala de Coordinación y Organización, para someter asu consideración la puesta en vigencia 9 no de la misma. Se hizo el análisis respectivo a la estructura administrativa conocida como Subdirección Departamental (22) aprobada con el Acuerdo Ministerial 7-2012, Reglamento Interno del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), con la nueva estructura llamada Dirección de Coordinación y Organización (DCO), Regiones (6), Microrregiones (76); sustentada con el Acuerdo Ministerial DS 12-2016, que modifica el Acuerdo Ministerial 7-2012, Para la actuación de la DCO a nivel nacional, se requiere de un andamiaje administrativo que le permita coordinar y organizar el trabajo institucional y velar por el cumplimiento de los planes, programas, objetivos y metas que el MIDES establece en cada uno de sus programas sociales. Así también para generar la interacción con los diferentes sectores que contribuyen y buscan mejorar la calidad de vida de los sujetos priorizados, fundamentado en los artículos 7, 29, 32 y 33 del Acuerdo Gubernativo 87-2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social; el cual faculta al MIDES para la elaboración de los manuales administrativos que orientan la ejecución de las actividades, crear, suprimir o fusionar las unidades administrativas y asignar

cual faculta al MIDES para la elaboración de los manuales administrativos que orientan la ejecución de las actividades, crear, suprimir o fusionar las unidades administrativas y asignar funciones temporales o permanentes al personal

Consultar sobre este documento ...